ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD CONSEJO EJECUTIVO 115ª reunión Punto 7.4 del orden del día provisional EB115/34 13 de enero de 2005
Relaciones con las organizaciones no gubernamentales: reconsideración de dos solicitudes para el establecimiento de relaciones oficiales con la OMS1 Informe de la Secretaría
1. En su 113ª reunión, el Consejo Ejecutivo examinó la recomendación2 de su Comité Permanente de Organizaciones No Gubernamentales de que la OMS estableciera relaciones oficiales con el Consejo Internacional de Asociaciones de Fabricantes de Comestibles y con la Confederación de Industrias Agroalimentarias de la UE. El debate se centró en dos cuestiones, a saber, si se trataba de organizaciones sin fines de lucro y si tenían vinculaciones con la industria tabacalera. El Consejo solicitó que se obtuviera información complementaria de ambas organizaciones, y aplazó la continuación del examen del asunto hasta su 114ª reunión.3 2. En la 114ª reunión del Consejo Ejecutivo, el Comité Permanente examinó las respuestas de las dos organizaciones no gubernamentales a las preguntas formuladas.4 El informe del Comité se reproduce en el anexo 1. El Consejo acordó pedir a la Secretaría que «… investigue si existen vinculaciones entre esas dos organizaciones y la industria tabacalera; en caso afirmativo, si dichas vinculaciones podrían finalizar y si se podrían encontrar otras organizaciones que no tuvieran esas vinculaciones, y que informe al respecto al Consejo en su 115ª reunión».5 En consecuencia, en los anexos 2 y 3 se recogen las respuestas del Consejo Internacional y de la Confederación, respectivamente, a las preguntas formuladas. 3. Con respecto al pedido de información sobre otras organizaciones, la Secretaría examinó información acerca de diversas organizaciones no gubernamentales que fueron consultadas oficiosamente en relación con la elaboración de la Estrategia Mundial sobre Régimen Alimentario, Actividad Física y Salud y/o poseen la condición de observador en la Comisión del Codex Alimentarius, y por ende pueden tener motivos para mantener contactos con la OMS. Las que no tenían vinculaciones con la
Por lo que respecta a los criterios para el establecimiento de relaciones oficiales con las organizaciones no gubernamentales, véase la sección 3 de los «Principios que rigen las relaciones entre la Organización Mundial de la Salud y las organizaciones no gubernamentales», en Documentos básicos, 44ª ed., 2003. 2 3 4 5
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Documento EB113/23. Documento EB113/2004/REC/2, acta resumida de la décima sesión, sección 5. Documento EB114/12. Documento EB114/2004/REC/1, acta resumida de la sexta sesión, sección 2.
EB115/34
industria tabacalera no eran representativas del amplio espectro de la industria de fabricantes de comestibles, alimentos y bebidas.
INTERVENCIÓN DEL CONSEJO EJECUTIVO 4. Se invita al Consejo a que examine la información proporcionada por el Consejo Internacional de Asociaciones de Fabricantes de Comestibles y la Confederación de Industrias Agroalimentarias de la Unión Europea, así como la relativa a otras organizaciones no gubernamentales, y a que decida si procede que la OMS establezca relaciones oficiales con ambas organizaciones.
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ANEXO 1
ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD CONSEJO EJECUTIVO 114ª reunión Punto 6.4 del orden del día EB114/19 26 de mayo de 2004
Organizaciones no gubernamentales: reconsideración de dos solicitudes de establecimiento de relaciones oficiales con la OMS Informe del Comité Permanente de Organizaciones No Gubernamentales 1. En su 113ª reunión, el Consejo Ejecutivo examinó la recomendación de su Comité Permanente de Organizaciones No Gubernamentales de que la OMS estableciera relaciones oficiales con el Consejo Internacional de Asociaciones de Fabricantes de Comestibles y con la Confederación de Industrias Agroalimentarias de la UE. El debate se centró principalmente en determinar si se trataba de organizaciones sin fines de lucro y si tenían vinculaciones con la industria tabacalera. El Consejo decidió aplazar la adopción de decisiones sobre dicha recomendación y solicitar información complementaria de esas organizaciones sobre los dos puntos mencionados, para su examen por el Comité Permanente y por el Consejo en su 114ª reunión.1 2. El Comité Permanente2 se reunió el 24 de mayo de 2004 para examinar la información complementaria facilitada por las dos organizaciones no gubernamentales.3 3. El Comité celebró un debate para determinar si debía considerarse que esas organizaciones no tenían fines de lucro. Sobre la base de la información disponible, se llegó a la conclusión de que era evidente que no se trataba de organizaciones con fines de lucro, aun cuando había miembros de las asociaciones nacionales integradas en estas organizaciones no gubernamentales internacionales que eran entidades económicas dedicadas a la fabricación de alimentos y bebidas. 4. El Comité recibió información sobre la vinculación entre estas organizaciones y la industria tabacalera. Una sociedad matriz, que es propietaria de una fábrica de alimentos elaborados y de una empresa tabacalera, era miembro de una de las asociaciones nacionales del Consejo Internacional de Asociaciones de Fabricantes de Comestibles. La misma fábrica de alimentos, pero no la sociedad ma1 2
Documento EB113/2004/REC/2, acta resumida de la décima sesión, sección 5.
Miembros del Comité Permanente de Organizaciones No Gubernamentales: Dr. F. Huerta Montalvo, Presidente (Ecuador), Dr. A. A. Yoosuf (Maldivas), Dr. F. Lamata Cotanda (España), Dr. A. B. Osman (Sudán) y Sra. Le Thi Thu Ha (Viet Nam). 3
Documento EB114/12.
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triz, era miembro de una organización que a su vez era miembro de la Confederación de Industrias Agroalimentarias de la UE. Si bien la OMS tenía conocimiento de esa vinculación, ello no impidió que la Secretaría mantuviese contactos con esa fábrica de alimentos cuando lo consideró necesario y apropiado. 5. El Comité comprobó con preocupación la existencia de una vinculación con una industria cuyos productos eran peligrosos para la salud de la población. Consideró que, en caso de que se estableciesen relaciones oficiales con esas organizaciones, era preciso recordarles cuáles eran las políticas de la OMS en materia de control del tabaco y llevar a cabo un seguimiento para cerciorarse de que no se infringieran esas políticas. 6. El Comité también observó que en la resolución WHA57.17 y en la Estrategia Mundial sobre Régimen Alimentario, Actividad Física y Salud se solicita la cooperación de la industria alimentaria. Sin embargo, hizo hincapié en que, en caso de que la OMS estableciera relaciones oficiales con dichas organizaciones, había que cerciorarse de que no utilizaran esas relaciones para promover su propia labor en detrimento de la OMS. Se informó al Comité de que la Secretaría es muy estricta cuando considera que una organización hace un uso incorrecto de sus relaciones, oficiales u oficiosas, con la OMS. 7. En respuesta a una solicitud de aclaración con respecto al mecanismo de que dispone el Consejo Ejecutivo para el examen o el seguimiento de la colaboración con las organizaciones no gubernamentales que tienen relaciones oficiales con la OMS, se informó al Comité de que esas relaciones se establecen por un periodo de tres años, luego del cual se invita a las organizaciones a presentar un informe sobre sus actividades con la OMS. Sobre la base de ese informe, el Consejo decide si mantiene o no las relaciones oficiales con esas organizaciones. Sin embargo, si surgiese algún motivo de preocupación antes de la fecha prevista para ese examen trienal, se transmitirá al Consejo la información pertinente. 8. Dos miembros expresaron la opinión de que cuando existían vinculaciones con la industria tabacalera era aconsejable actuar con prudencia y que tal vez sería preferible seguir manteniendo relaciones de trabajo oficiosas. Tras sopesar la información facilitada, el Comité estimó que el examen trienal y el seguimiento de la actividad de las organizaciones eran salvaguardias adecuadas para garantizar la aplicación de las políticas y los principios de la OMS. Por consiguiente, decidió recomendar que la OMS estableciera relaciones oficiales con esas dos organizaciones a fin de ampliar al máximo las posibilidades de colaborar con todas las partes interesadas a fin de alcanzar sus objetivos de política.
INTERVENCIÓN DEL CONSEJO EJECUTIVO 9. Se invita al Consejo Ejecutivo a examinar el proyecto de resolución siguiente: El Consejo Ejecutivo, Habiendo examinado el informe de su Comité Permanente de Organizaciones No Gubernamentales,1 DECIDE aceptar que la OMS establezca relaciones oficiales con el Consejo Internacional de Asociaciones de Fabricantes de Comestibles y con la Confederación de Industrias Agroalimentarias de la UE.
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Documento EB114/19.
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ANEXO 2
ICGMA CONSEJO INTERNACIONAL DE ASOCIACIONES DE FABRICANTES DE COMESTIBLES 28 de agosto de 2004
Dr. A. Prost Director Relaciones con los Gobiernos, la Sociedad Civil y el Sector Privado Organización Mundial de la Salud CH-1211 Ginebra 27-Suiza
Estimado Dr. Prost: Le agradezco su comunicación de 25 de junio en la que nos pide información complementaria con respecto a la solicitud del Consejo Internacional de Asociaciones de Fabricantes de Comestibles (ICGMA) de entablar relaciones oficiales con la Organización Mundial de la Salud (OMS) e información relativa concretamente a los vínculos del Consejo Internacional con la industria tabacalera. El Consejo Internacional ha asumido el compromiso cabal de colaborar con la OMS en la aplicación de la Estrategia Mundial sobre Régimen Alimentario, Actividad Física y Salud. Como usted sabe, el ICGMA hizo suya la Estrategia Mundial antes de su adopción, y entiende que los recursos de la asociación y los del sector privado en general pueden jugar un papel constructivo en la reducción de las tasas nacionales de obesidad y el mejoramiento de la actividad física y la nutrición. Como se señaló anteriormente, el Consejo Internacional jamás ha abogado por asuntos tales como prohibiciones de consumo de tabaco, cuestiones sanitarias relacionadas con el tabaco, conveniencia de no fumar en determinados lugares, reglamentación del tabaco como droga, etc., ni ha adoptado una posición al respecto. Para reafirmar esa antigua práctica, los miembros del ICGMA han adoptado recientemente la medida adicional de codificarla en los estatutos del Consejo Internacional.1 Además, las distintas asociaciones miembros del ICGMA centran sus actividades exclusivamente en cuestiones relativas a alimentos y bebidas, conforme a lo dispuesto en sus respectivos estatutos, o bien como cuestión normativa.
Estatutos del ICGMA, artículo VI – Requisitos legales: El Consejo Internacional no tendrá como objeto, propósito ni función, ni estará facultado para: 1) participar en actividad alguna relacionada con las funciones comerciales particulares de sus miembros ni de miembros de éstos, como tampoco con decisiones independientes de los mismos relativas a dichas funciones, ni en actividades de cooperación internacional o efectiva del Consejo con los países de sus miembros, ni intentará influir en miembro alguno para que participe en una actividad de cooperación semejante; ni 2) participar en actividades o acciones de promoción relacionadas con el tabaco en las que intervengan cuestiones tales como prohibiciones de consumo de tabaco, cuestiones sanitarias relacionadas con el tabaco, conveniencia de no fumar en determinados lugares, reglamentación del tabaco como droga, y asuntos similares. Toda actividad que transgreda estas disposiciones está expresamente prohibida. [negritas añadidas por el autor] 2401 PENNSYLVANIA AVE., NW, 2ND FLOOR, WASHINGTON, DC 20037 USA Phone: 202.337.9400 • Fax: 202.337.4508 • icgma@gmabrands.com PARK LEOPOLD, RUE WIERTZ 50, 1050 BRUSSELS, BELGIUM Phone: 00 32 2 286 19 69 • Fax: 00 32 2 286 11 49
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Dr. A. Prost Agosto de 2004
Habiendo respondido de manera franca y completa al pedido de información cursado por la OMS, y habiendo demostrado que los objetivos del Consejo Internacional son plenamente compatibles con el programa de salud pública de la OMS, los miembros del ICGMA esperamos que podamos avanzar y colaborar con la OMS y sus Miembros para abordar cuestiones de salud pública mundiales de decisiva importancia de manera constructiva y mutuamente beneficiosa. Estimado Dr. Prost, acogeré con agrado cualesquiera preguntas y comunicaciones adicionales que se envíen a la dirección arriba indicada.
Muy atentamente,
Mark F. Nelson, Ph. D. Vicepresidente, Políticas Científicas y Reglamentarias Grocery Manufacturers of America en su calidad de Secretaría del ICGMA
ANEXO 3
CIAA RDE/066/04E Confederación de Industrias Agroalimentarias de la UE
Dr. A. Prost Director Relaciones con los Gobiernos, la Sociedad Civil y el Sector Privado Organización Mundial de la Salud
Bruselas, 7 de septiembre de 2004
Estimado Dr. A. Prost: Por la presente acuso recibo de su carta de fecha 25 de junio y le doy las gracias por su información y por darnos la oportunidad de aportar información adicional en apoyo de la solicitud de la CIAA relativa al establecimiento de relaciones oficiales con la Organización Mundial de la Salud. Entendemos que el Consejo Ejecutivo de la OMS, en su 114ª reunión, pidió información adicional acerca de la relación de la Confederación con la industria tabacalera. Como lo expresamos en nuestra carta anterior de fecha 1 de marzo de 2004, en los estatutos de la Confederación se declara que la CIAA no tiene intereses comerciales ni lucrativos, y además esos estatutos excluyen toda promoción de cualesquiera productos que no sean alimentos o bebidas. Queremos destacar que la Confederación mantiene un diálogo constructivo con la Comisión Europea, contribuyendo con sus competencias a la elaboración de una estrategia comunitaria para mejorar la nutrición en pro de la salud pública. En consecuencia, la CIAA ha acogido con satisfacción la adopción de la Estrategia Mundial sobre Régimen Alimentario, Actividad Física y Salud, y apoyó su recomendación de concertar alianzas con los gobiernos y las organizaciones no gubernamentales para aplicar las medidas encaminadas a enviar mensajes positivos y consecuentes para facilitar y hacer posible una acción integrada a fin de alentar la alimentación sana y la actividad física. Esperamos que la información presentada supra ayudará al Consejo Ejecutivo a hacerse una idea más clara de la función que desempeña la Confederación y de su carácter no lucrativo, ya que la CIAA ha de colaborar con la OMS y otras partes interesadas pertinentes con miras a la efectiva aplicación de la Estrategia Mundial. Quisiéramos proponerle que nos encontráramos a fines de septiembre o principios de octubre para conversar más detenidamente acerca de la solicitud de la Confederación. Esperamos poder mantener un encuentro con usted en esas fechas. Muy atentamente,
R. Destin Director General Avenue des Arts, 43 • B-1040 Bruxelles Tel.: +32 2 514 11 11 • Fax: +32 2 511 29 05 • E-mail: ciaa@ciaa.be • Web: http://www.ciaa.be