66.ª ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
A66/69 23 de mayo de 2013
Tercer informe de la Comisión A La Comisión A celebró su séptima sesión el 23 de mayo de 2013, bajo la presidencia del Dr. Walter T. Gwenigale (Liberia). Se decidió recomendar a la 66.ª Asamblea Mundial de la Salud que adoptara la resolución que se adjunta, relativa al siguiente punto del orden del día: 14. Promoción de la salud a lo largo del ciclo de vida 14.2 Seguimiento de las recomendaciones de las comisiones de alto nivel convocadas para mejorar la salud de la mujer y el niño Una resolución, en su forma enmendada, titulada: – Aplicación de las recomendaciones de la Comisión de las Naciones Unidas sobre Productos Básicos de Supervivencia para Mujeres y Niños
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Punto 14.2 del orden del día
Aplicación de las recomendaciones de la Comisión de las Naciones Unidas sobre Productos Básicos de Supervivencia para Mujeres y Niños
La 66.ª Asamblea Mundial de la Salud, Visto el informe sobre el seguimiento de las recomendaciones de las comisiones de alto nivel convocadas para mejorar la salud de la mujer y el niño;1 Recordando la resolución WHA63.15 sobre el monitoreo del logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio relacionados con la salud y la resolución WHA65.7 sobre la aplicación de las recomendaciones de la Comisión de las Naciones Unidas sobre la Información y la Rendición de Cuentas para la Salud de la Mujer y el Niño; Recordando asimismo que el Secretario General de las Naciones Unidas, mediante la Estrategia Mundial para la Salud de la Mujer y el Niño, hizo un llamamiento a la comunidad mundial a que colaborara para salvar 16 millones de vidas de aquí a 2015; Reconociendo que un gran número de Estados Miembros y asociados han hecho promesas y asumido compromisos con la Estrategia Mundial del Secretario General de las Naciones Unidas para la Salud de la Mujer y el Niño; Reconociendo que cada año millones de mujeres y niños mueren innecesariamente por enfermedades que pueden evitarse fácilmente mediante productos médicos de bajo costo; Reconociendo asimismo la necesidad apremiante de reconocer y superar las barreras que impiden el acceso de mujeres y niños a los productos apropiados; Acogiendo con agrado el informe de la Comisión de las Naciones Unidas sobre Productos Básicos de Supervivencia para Mujeres y Niños, la cual calcula que en un plazo de cinco años se pueden salvar 6 millones de vidas si se mejora el acceso a 13 productos básicos que no han sido objeto de la debida atención (véase el anexo); Acogiendo también con agrado las medidas recomendadas por la Comisión de las Naciones Unidas sobre Productos Básicos de Supervivencia para Mujeres y Niños y el plan de aplicación correspondiente; Reconociendo que las medidas recomendadas por la Comisión de las Naciones Unidas sobre Productos Básicos de Supervivencia para Mujeres y Niños también aumentarán el acceso a una serie más amplia de productos básicos;
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Documento A66/14.
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Reconociendo asimismo la necesidad de promover, establecer o apoyar y fortalecer los servicios de salud que las mujeres y los niños necesitan desde antes del embarazo y durante este, así como en el puerperio inmediato y la infancia; Reafirmando la importancia de facilitar la transferencia de tecnología mutuamente acordada entre países desarrollados y países en desarrollo, así como entre países en desarrollo cuando corresponda; Reconociendo la función desempeñada por el Grupo de Examen de Expertos independientes en la valoración de los progresos realizados en la aplicación de las medidas recomendadas, 1. INSTA a los Estados Miembros a que pongan en práctica, según corresponda, el plan de aplicación sobre productos básicos de supervivencia para las mujeres y los niños, que incluye: 1) mejorar la calidad, el suministro y el uso de los 13 productos básicos de supervivencia y otros productos esenciales para la salud reproductiva, de la madre, del recién nacido y del niño, bajo la supervisión y orientación de profesionales sanitarios, cuando se necesite, y aprovechando para el efecto las mejores prácticas de la tecnología de la información y las comunicaciones; 2) preparar planes para aplicar ampliamente las intervenciones apropiadas que permitan aumentar la demanda y la utilización de los servicios de salud, en particular por los grupos desatendidos; 3) facilitar el acceso universal a todos los miembros de la sociedad, en particular los más pobres, a los 13 productos básicos de supervivencia y otros productos esenciales para la salud reproductiva, materna, del recién nacido y del niño; 4) mejorar la eficacia de la reglamentación armonizando los requisitos de registro y racionalizando los procesos de evaluación, incluso concediendo prioridad al examen de productos básicos de supervivencia; 5) implantar mecanismos e intervenciones de utilidad comprobada para que los prestadores de asistencia sanitaria conozcan bien las directrices nacionales más recientes sobre salud maternoinfantil; 2. PIDE a la Directora General: 1) que colabore con el UNICEF, el UNFPA, el Banco Mundial, el ONUSIDA, ONU Mujeres, las autoridades de reglamentación nacionales, regionales e internacionales, miembros del sector privado y otros asociados para fomentar y lograr que haya productos básicos seguros de buena calidad; 2) que colabore con los Estados Miembros y los apoye, según corresponda, con miras a mejorar la eficacia, la estandarización y la armonización de los organismos de reglamentación con respecto a los requisitos de registro, así como racionalizar los procesos de evaluación, incluso concediendo prioridad al examen de productos básicos de supervivencia; 3) que brinde apoyo al Grupo de Examen de Expertos independientes sobre la Información y la Rendición de Cuentas para la Salud de la Mujer y el Niño cuando evalúe los progresos realizados por la Estrategia Mundial del Secretario General de las Naciones Unidas para la Salud de la Mujer y el Niño y la aplicación de las recomendaciones de la Comisión de las Naciones Unidas sobre Productos Básicos de Supervivencia para Mujeres y Niños;
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4) que cada año hasta 2015, por conducto del Consejo Ejecutivo, informe a la Asamblea Mundial de la Salud sobre los progresos realizados en el seguimiento de las recomendaciones de la Comisión de las Naciones Unidas sobre Productos Básicos de Supervivencia para Mujeres y Niños en el marco del punto del orden del día concerniente a la promoción de la salud a lo largo del ciclo de vida.
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ANEXO Producto básico, según la etapa de la vida1 Productos básicos para la salud materna 1 2 3 Oxytocin – hemorragia puerperal Misoprostol – post-partum haemorrhage Magnesium sulfate – eclampsia and severe pre-eclampsia
Productos básicos para la salud neonatal 4 5 6 7 Injectable antibiotics – septicemia neonatal Antenatal corticosteroids (ANCs) – síndrome de dificultad respiratoria en los neonatos prematuros Chlorhexidine – cuidado del cordón umbilical Resuscitation devices – asfixia en los recién nacidos
Productos básicos para la salud infantil 8 9 10 Amoxicillin – neumonía Oral rehydration salts – diarrea Zinc – diarrea
Productos básicos para la salud reproductiva 11 12 13 Preservativos femeninos Implantes anticonceptivos – planificación de la familia y métodos anticonceptivos Métodos anticonceptivos de urgencia – planificación de la familia y métodos anticonceptivos
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Véase: Comisión de las Naciones Unidas sobre Productos Básicos de Supervivencia para Madres y Niños. Informe de los Comisionados, Nueva York, septiembre de 2012, cuadro 1.
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