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Cuarto informe de la Comisión A (Proyecto)

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71.ª ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD (Proyecto) A71/60 26 de mayo de 2018 Cuarto informe de la Comisión A (Proyecto) La Comisión A celebró su duodécima sesión el 26 de mayo de 2018 bajo la presidencia del Sr. Arun Singhal (India). Se decidió recomendar a la 71.ª Asamblea Mundial de la Salud que adoptara la resolución que se adjunta, relativa al siguiente punto del orden del día: 12. Otros asuntos técnicos 12.6 Nutrición de la madre, el lactante y el niño pequeño Una resolución titulada: – Alimentación del lactante y del niño pequeño (Proyecto) A71/60 2 Punto 12.6 del orden del día Alimentación del lactante y del niño pequeño La 71.ª Asamblea Mundial de la Salud, Habiendo examinado los informes sobre nutrición de la madre, el lactante y el niño pequeño; 1 Recordando las resoluciones WHA33.32 (1980), WHA34.22 (1981), WHA35.26 (1982), WHA37.30 (1984), WHA39.28 (1986), WHA41.11 (1988), WHA43.3 (1990), WHA45.34 (1992), WHA46.7 (1993), WHA47.5 (1994), WHA49.15 (1996), WHA54.2 (2001), WHA55.25 (2002), WHA58.32 (2005), WHA59.21 (2006), WHA61.20 (2008), WHA63.23 (2010), WHA65.6 (2012) y WHA69.9 (2016) sobre la nutrición del lactante y del niño pequeño, las prácticas adecuadas de ali- mentación y cuestiones conexas, así como las resoluciones WHA68.19 (2015), WHA69.8 (2016) y la resolución 70/1 (2015) de la Asamblea General de las Naciones Unidas; Recordando el compromiso adquirido en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, en par- ticular el de poner fin a todas las formas de malnutrición de aquí a 2030; Reafirmando los compromisos de aplicar las metas internacionales y planes de acción pertinen- tes, en especial las metas mundiales de la OMS para 2025 sobre la nutrición de la madre, el lactante y el niño pequeño y el Plan de acción mundial de la OMS para la prevención y el control de las enfer- medades no transmisibles 2013-2020 y la Declaración de Roma sobre la Nutrición, derivada de la Se- gunda Conferencia Internacional sobre Nutrición; Reafirmando también que la lactancia es crucial para la supervivencia, nutrición y desarrollo del niño y para la salud de la madre; Afirmando que la protección, promoción y apoyo de la lactancia contribuyen considerablemente al logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible sobre nutrición y salud, y son elementos básicos de una atención de salud de calidad; Reconociendo que el apoyo adecuado, oportuno y con fundamento científico de la alimentación del lactante y del niño pequeño en las emergencias salva vidas, protege la nutrición, salud y desarrollo del niño, y beneficia a las madres y las familias; Manifestando su preocupación por el hecho de que casi dos de cada tres lactantes menores de 6 meses no son alimentados exclusivamente con leche materna; que menos de uno de cada cinco lac- tantes es amamantado durante 12 meses en los países de ingresos altos; y que solo dos de cada tres niños de entre los 6 meses y los 2 años de edad reciben algún tipo de leche materna en los países de ingresos bajos y medianos; Reconociendo que para lograr la meta mundial de la OMS de incrementar al menos al 50% el porcentaje de lactantes menores de 6 meses que son alimentados exclusivamente con leche materna de aquí a 2025 se requieren recursos técnicos y financieros sostenibles y adecuados, e intervenciones 1 Documentos A71/22 y A71/23. (Proyecto) A71/60 3 normativas y de reglamentación, así como voluntad política, que apoyen y protejan la iniciativa, y que ello debe integrarse en esfuerzos más amplios por fortalecer los sistemas de salud; Acogiendo con agrado la inclusión del apoyo a la lactancia exclusiva en el 13.º Programa Gene- ral de Trabajo 2019-2023; Acogiendo con agrado la celebración anual de la Semana Mundial de la Lactancia Materna co- mo una oportunidad para difundir la importancia de la lactancia materna y abogar por su protección, promoción y respaldo; 1 Reconociendo asimismo la aplicación actual por la OMS del Marco para la colaboración con agentes no estatales, también en relación con los programas de nutrición, 1. INSTA a los Estados Miembros 2,3,4 a que, de acuerdo con el contexto nacional y las obligacio- nes internacionales: 1) aumenten las inversiones en la elaboración, aplicación y seguimiento y evaluación de leyes, políticas y programas destinados a la protección, promoción, incluida la educación, y respaldo de la lactancia materna, en particular mediante enfoques multisectoriales y la sensibilización; 2) revitalicen la Iniciativa «Hospitales amigos del niño», en particular fomentando la plena integración de la versión revisada de los Diez pasos hacia una feliz lactancia natural en las me- didas y programas destinados a mejorar la calidad de la atención a la madre, el recién nacido y el niño pequeño; 3) pongan en marcha y/o refuercen mecanismos nacionales para la aplicación eficaz de me- didas destinadas a hacer efectivo el Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna, así como otras recomendaciones de la OMS basadas en datos científicos; 4) promuevan una alimentación complementaria oportuna y adecuada de conformidad con los principios de orientación para la alimentación complementaria del niño amamantado, 5 así como con los principios de orientación para la alimentación del niño no amamantado entre los 6 y los 24 meses de edad; 6 5) sigan adoptando todas las medidas necesarias en interés de la salud pública para poner en práctica las recomendaciones encaminadas a poner fin a la promoción inadecuada de alimentos para lactantes y niños pequeños; 1 http://worldbreastfeedingweek.org/, consultado el 21 de mayo de 2018. 2 Y, cuando proceda, a las organizaciones de integración económica regional. 3 Teniendo en cuenta el contexto de los estados federados. 4 Los Estados Miembros podrían tomar otras medidas para poner fin a la promoción inapropiada de alimentos para lactantes y niños pequeños. 5 Principios de orientación para la alimentación complementaria del niño amamantado. Washington (D.C.), OPS, 2003 (http://www.who.int/maternal_child_adolescent/documents/a85622/es/, consultado el 21 mayo de 2018). 6 Principios de orientación para la alimentación del niño no amamantado entre los 6 y los 24 meses de edad. Ginebra, Organización Mundial de la Salud, 2005 (http://www.who.int/maternal_child_adolescent/documents/9241593431/es/), con- sultado el 18 de mayo de 2018. (Proyecto) A71/60 4 6) adopten todas las medidas necesarias para velar por que los lactantes y niños pequeños reciban una alimentación apropiada y basada en datos probatorios durante las emergencias, también mediante planes de preparación, creando capacidad de personal que trabaje en situacio- nes de emergencia y coordinando las operaciones intersectoriales; 7) celebren la Semana Mundial de la Lactancia Materna, 1 un modo valioso de promover la lactancia materna; 2. PIDE al Director General: 1) que proporcione apoyo técnico a los Estados Miembros que lo soliciten para movilizar re- cursos, incluidos los financieros, monitorear y aplicar las recomendaciones de la OMS de apoyo a la alimentación del lactante y del niño pequeño, también en las emergencias, y que examine las experiencias nacionales extraídas de esas aplicaciones y siga elaborando recomendaciones basadas en datos científicos y actualizando esas recomendaciones; 2) que proporcione apoyo técnico a los Estados Miembros que lo soliciten para establecer, examinar y aplicar leyes, políticas y programas nacionales de apoyo a la alimentación del lac- tante y del niño pequeño; 3) que siga desarrollando instrumentos de capacitación, monitoreo y promoción de la ver- sión revisada de los Diez pasos hacia una feliz lactancia natural y la Iniciativa «Hospitales ami- gos del niño», con el fin de proporcionar apoyo a los Estados Miembros en la aplicación; 4) que apoye a los Estados Miembros en el establecimiento de metas de nutrición e hitos in- termedios para indicadores de la nutrición de la madre, el lactante y el niño pequeño, congruen- tes con el calendario de aplicación del marco de acción, el documento final de la Segunda Con- ferencia Internacional sobre Nutrición, de la FAO y la OMS, y el Decenio de Acción de las Na- ciones Unidas sobre la Nutrición (2016-2025) y el calendario de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (2015-2030); 5) que siga proporcionando apoyo técnico adecuado a los Estados Miembros que lo soliciten en la evaluación de las políticas y los programas nacionales, y otras medidas, incluido el acopio y análisis de datos de calidad; 6) que desarrolle instrumentos para la capacitación, el monitoreo, la promoción y la preparación de la aplicación de orientaciones operacionales sobre alimentación del lactante y del niño pequeño en las emergencias, y apoye a los Estados Miembros a examinar las experiencias relativas a su adaptación, aplicación y monitoreo; 7) que informe a la 73.ª Asamblea Mundial de la Salud en 2020, por conducto del Consejo Ejecutivo, sobre los progresos realizados en la aplicación de la resolución, en consonancia con la información solicitada en la resolución WHA69.9. = = = 1 http://worldbreastfeedingweek.org/, consultado el 21 de mayo de 2018.

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Тип документа Governing Bodies documents
Дата принятия
Источник Всемирная организация здравоохранения