55ª ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD Punto 13.2 del orden del día
WHA55.19 18 de mayo de 2002
Contribución de la OMS al logro de los objetivos de desarrollo de la Declaración del Milenio de las Naciones Unidas La 55ª Asamblea Mundial de la Salud, Habiendo examinado la nota de la Directora General;1 Recordando los compromisos contraídos en la Declaración del Milenio de las Naciones Unidas, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en septiembre de 2000,2 y la Guía general del Secretario General de las Naciones Unidas para su aplicación;3 Recordando en particular el objetivo fijado en la Declaración del Milenio de llegar al año 2015 habiendo reducido la mortalidad materna en tres cuartas partes y la mortalidad de los menores de cinco años en dos terceras partes respecto de sus tasas de 1990; Reconociendo que la ampliación del acceso a información y servicios de calidad en materia de atención primaria de salud, incluida la salud reproductiva, es fundamental para alcanzar los objetivos de desarrollo de la Declaración del Milenio de las Naciones Unidas;4 Recordando y reconociendo el Programa de Acción aprobado en la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo, los compromisos asumidos en la Cumbre Social de Copenhague, la Cumbre Mundial en favor de la Infancia, la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing y la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, así como sus recomendaciones y los respectivos seguimientos e informes; Consciente de que las funciones de la OMS, según se establecen en su Constitución, comprenden la promoción de la salud y el desarrollo de la madre y el niño; 1 2 3 4
Documento A55/6. Resolución 55/2 de la Asamblea General de las Naciones Unidas. Documento A/56/326 de la Asamblea General.
Se entiende que los «servicios de atención primaria de salud» no incluyen el aborto, excepto cuando sea reconocido por la legislación nacional y, cuando proceda, por la normativa local, y con absoluto respeto de las distintas religiones, los valores éticos y las tradiciones culturales.
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Recordando que en la Constitución de la Organización Mundial de la Salud se declara que el goce del grado máximo de salud que se pueda lograr es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano sin distinción de raza, religión, ideología política o condición económica o social, reconociendo la igualdad de derechos del hombre y la mujer, y observando que el avance hacia la realización de esos derechos debe comprender el acceso a servicios de salud reproductiva de buena calidad, inclusive servicios de planificación familiar eficaces, asequibles y aceptables; Reconociendo asimismo la importancia de la Convención sobre los Derechos del Niño como marco para abordar la salud y el desarrollo del niño y del adolescente; Reconociendo que la salud y el desarrollo de las madres, los niños y los adolescentes tienen una gran repercusión en el desarrollo socioeconómico, y que para lograr las metas mundiales de los próximos decenios habrá que renovar el compromiso político y la acción; Preocupada por que, debido a la pobreza y a la falta de acceso a servicios básicos de salud y de asistencia social, cada año fallecen cerca de 11 millones de niños menores de cinco años, de los que casi cuatro millones mueren durante el primer mes de vida, como consecuencia de enfermedades prevenibles y de la malnutrición, y preocupada también por que las complicaciones relacionadas con el embarazo y el parto matan anualmente a más de medio millón de mujeres y adolescentes, y dejan con lesiones y discapacidad a muchas más; Preocupada asimismo por las desigualdades mundiales que conducen al fallecimiento de mujeres durante el embarazo y el parto provocado por afecciones fácilmente prevenibles y tratables, como las hemorragias intensas, las infecciones, el parto obstruido, los trastornos hipertensivos y los abortos peligrosos; Convencida de que la acción concertada para prevenir los riesgos del embarazo y el parto redundará en beneficio de la supervivencia de mujeres y recién nacidos y contribuirá a la salud y el desarrollo de los niños y los adolescentes, así como al bienestar de las familias; Acogiendo con agrado el informe de la Comisión sobre Macroeconomía y Salud,1 que presenta un enfoque eficaz para la consecución de los objetivos de desarrollo de la Declaración del Milenio de las Naciones Unidas y otros objetivos de desarrollo internacionalmente acordados, en particular los consignados en dicha Declaración; Reconociendo, tal como concluyó la Comisión sobre Macroeconomía y Salud, que las mejoras en materia de salud y supervivencia de la madre y el recién nacido son vitales para la reducción de la pobreza; Reconociendo además que los objetivos de desarrollo consignados en la Declaración del Milenio de las Naciones Unidas no se pueden alcanzar sin un renovado compromiso de la comunidad internacional, y consciente del liderazgo de la Asamblea de la Salud a este respecto; Reafirmando la resolución WHA48.10 sobre Salud reproductiva: función de la OMS en la estrategia mundial, 1 Macroeconomía y salud: invertir en salud en pro del desarrollo económico. Ginebra, Organización Mundial de la Salud, 2001.
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INSTA a los Estados Miembros: 1) a que intensifiquen y amplíen sus esfuerzos para el logro de los objetivos de desarrollo de la Declaración del Milenio y otros objetivos y metas acordados internacionalmente; 2) a que intensifiquen y amplíen los esfuerzos encaminados a lograr, en particular, los objetivos y metas internacionales de desarrollo relacionados a la reducción de la mortalidad maternoinfantil y la malnutrición y a mejorar el acceso a los servicios de atención primaria de salud, incluida la salud reproductiva, prestando especial atención a las necesidades de los pobres y las poblaciones insuficientemente atendidas;1 3) a que sigan promoviendo como prioridades de salud pública el embarazo, el parto y la lactancia natural sin riesgos, la salud y el desarrollo de los recién nacidos, los niños y los adolescentes, y la eliminación de la violencia contra la mujer; 4) a que incluyan en la labor de desarrollo de los sistemas de salud planes de acción para prevenir mejor los riesgos del embarazo mediante intervenciones costoeficaces que permitan dispensar una atención de calidad a la madre y al recién nacido; 5) a que velen por que los centros de atención primaria se esfuercen por lograr la plena cobertura de su población de recién nacidos, niños y adolescentes con intervenciones de eficacia reconocida, en particular las que ayuden a las familias y las comunidades a cuidar de sus niños y sus jóvenes; 6) a que apoyen las negociaciones con miras a la adopción de un firme convenio marco para el control del tabaco; 7) a que alienten a la industria farmacéutica y a otros asociados y organizaciones pertinentes a que aumenten la disponibilidad de los medicamentos esenciales y los pongan al alcance de todas las personas de los países en desarrollo que los necesiten;
2. ALIENTA a los países desarrollados que no lo han hecho, a que adopten medidas concretas para alcanzar el objetivo de asignar el 0,7% del PNB en concepto de asistencia oficial para el desarrollo destinada a los países en desarrollo, y entre el 0,15% y el 0,2% de su PNB a los países menos adelantados, como se reafirmó en la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Países Menos Adelantados, y alienta a los países en desarrollo a que se basen en los progresos realizados a fin de conseguir que la asistencia oficial para el desarrollo se utilice efectivamente con miras a lograr las metas y objetivos de desarrollo; 3. EXHORTA a la comunidad internacional de donantes a que aumente su asistencia a los países en desarrollo en el sector de la salud teniendo en cuenta las recomendaciones de la Comisión sobre Macroeconomía y Salud;
Se entiende que los «servicios de atención primaria de salud» no incluyen el aborto, excepto cuando sea reconocido por la legislación nacional y, cuando proceda, por la normativa local, y con absoluto respeto de las distintas religiones, los valores éticos y las tradiciones culturales.
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4. EXHORTA ASIMISMO a los países y demás asociados en el desarrollo a que aumenten sus inversiones en el sector de la salud, cuando proceda, de conformidad con las recomendaciones de la Comisión sobre Macroeconomía y Salud; 5. PIDE a la Directora General que encabece una campaña internacional encaminada a generar recursos e inversiones para la investigación a fin de mejorar la salud en los países en desarrollo, particularmente en relación con las enfermedades descuidadas, teniendo en cuenta las recomendaciones de la Comisión sobre Macroeconomía y Salud; 6. INSTA a la Directora General a que facilite un proceso para examinar, junto con los Estados Miembros, las recomendaciones de la Comisión sobre Macroeconomía y Salud y su seguimiento, mediante mecanismos intergubernamentales, bilaterales nacionales y de otra índole, reconociendo que esas recomendaciones se basan en un enfoque de asociación entre los países desarrollados y los países en desarrollo, y que no se pueden emprender actividades en el plano nacional sin una acción coordinada y simultánea en el plano internacional; 7. PIDE ASIMISMO a la Directora General: 1) que informe al Consejo Ejecutivo en su 111ª reunión y a la 56ª Asamblea Mundial de la Salud sobre la estrategia de la OMS en materia de salud y desarrollo del niño y del adolescente, así como sobre el seguimiento que la OMS ha previsto del periodo extraordinario de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre la infancia; 2) que elabore una estrategia para acelerar el avance hacia la consecución de los objetivos y metas internacionales de desarrollo relacionados con la salud reproductiva, y que presente un informe sobre los progresos realizados al Consejo Ejecutivo en su 111ª reunión y a la 56ª Asamblea Mundial de la Salud; 3) que promueva la presentación de informes sobre los progresos realizados para alcanzar los objetivos y metas acordados internacionalmente en materia de salud reproductiva como parte de la contribución de la OMS al informe sobre los progresos realizados en la consecución de los objetivos de desarrollo de la Declaración del Milenio que el Secretario General presentará a la Asamblea General de las Naciones Unidas.
Novena sesión plenaria, 18 de mayo de 2002 A55/VR/9
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