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Decisión: maximización de la transparencia de las delegaciones de las Partes y observadores en la Conferencia de las Partes, sus órganos subsidiarios y otras reuniones en relación con el CMCT de la OMS

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13 DECISIÓN FCTC/COP8(12) Maximización de la transparencia de las delegaciones de las Partes y observadores en la Conferencia de las Partes, sus órganos subsidiarios y otras reuniones en relación con el CMCT de la OMS La Conferencia de las Partes (COP), Reafirmando la determinación de las Partes de proteger sus políticas de salud pública con respecto al control del tabaco contra los intereses comerciales y otros intereses creados de la industria tabacalera de conformidad con la legislación nacional; Haciendo hincapié en la necesidad de estar alerta ante la injerencia de la industria tabacalera en los esfuerzos de lucha antitabáquica de las Partes y de disponer de información sobre las actividades de la industria tabacalera que interfieren en la aplicación del Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco (CMCT de la OMS); Reconociendo la importancia de proteger las reuniones de la COP y de sus órganos subsidiarios respetando al mismo tiempo el marco de rendición de cuentas de la OMS con el fin de «proporcionar información fiable y oportuna sobre las condiciones existentes, las decisiones y las acciones relativas a sus actividades de manera accesible, visible y comprensible, salvo los casos en que la información se considere confidencial»; Recordando la recomendación 4.9 de las Directrices para la aplicación del artículo 5.3 del CMCT de la OMS (en adelante, las Directrices), en la que se declara que las Partes no deberían nombrar a personas empleadas por la industria tabacalera o cualquier entidad que trabaje con el fin de promover sus intereses para prestar servicio en las delegaciones que asisten a las reuniones de la COP, sus órganos subsidiarios o cualesquiera otros órganos establecidos en virtud de decisiones de la COP; Recordando también la recomendación 8.3 de las Directrices, según la cual las Partes deberían velar por que los representantes de la industria tabacalera de propiedad estatal no formen parte de las delegaciones que asisten a las reuniones de la COP, sus órganos subsidiarios o cualesquiera otros órganos establecidos en virtud de decisiones de la COP; Recordando asimismo el documento FCTC/COP/6/27 sobre la asistencia del público a las reuniones de la COP y de sus órganos subsidiarios, y tomando nota del documento FCTC/COP/7/30 sobre la maximización de la transparencia de las delegaciones de las Partes, las organizaciones intergubernamentales (OIG), las organizaciones no gubernamentales (ONG) y los grupos de la sociedad civil durante las reuniones de la COP y las de sus órganos subsidiarios, así como del Conferencia de las Partes en el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco Octava reunión Ginebra (Suiza), 1-6 de octubre de 2018 6 de octubre de 2018 FCTC/COP8(12) 2 documento FCTC/COP/8/15, en el que se presenta un conjunto de medidas propuesto por la Mesa elegida por la séptima reunión de la COP con el fin de maximizar la transparencia de las delegaciones de las Partes y de los observadores ante la COP, sus órganos subsidiarios y otras reuniones en relación con el CMCT de la OMS; 1. INSTA a las Partes: a) a que aceleren y refuercen la aplicación del artículo 5.3 del CMCT de la OMS y de sus Directrices; b) a que permanezcan vigilantes a las estrategias y tácticas de la industria tabacalera de interferir en el establecimiento y la aplicación de sus políticas de salud pública con respecto al control del tabaco; c) a que tomen en consideración las recomendaciones 4.9 y 8.3 de las Directrices a la hora de designar a los miembros de sus delegaciones que asisten a las reuniones de la COP, sus órganos subsidiarios o cualesquiera otros órganos establecidos en virtud de decisiones de la COP; 2. DECIDE: a) pedir a la Secretaría del Convenio que, en sus invitaciones a las reuniones de la COP, sus órganos subsidiarios o cualesquiera otros órganos establecidos en virtud de decisiones de la COP, recuerde a las Partes sus obligaciones en virtud del artículo 5.3 del CMCT de la OMS y que tengan presentes las recomendaciones 4.9 y 8.3 de las Directrices. Para ello, la Secretaría del Convenio incluirá en sus invitaciones la frase siguiente: «La Secretaría del Convenio recuerda respetuosamente a las Partes que observen el artículo 5.3 del CMCT de la OMS y tengan presentes las recomendaciones 4.9 y 8.3 de las Directrices para la aplicación del artículo 5.3 del CMCT de la OMS a la hora de designar a sus representantes en las reuniones de la COP, sus órganos subsidiarios o cualesquiera otros órganos establecidos en virtud de decisiones de la Conferencia de las Partes»; b) pedir a las Partes que, cuando designen a sus representantes en las reuniones de la COP, sus órganos subsidiarios o cualesquiera otros órganos establecidos en virtud de decisiones de la COP, indiquen, por el medio o el formato de su preferencia (por ejemplo, en el documento de acreditación o en una carta aparte), que han observado el artículo 5.3 del CMCT de la OMS y tenido presentes las recomendaciones 4.9 y 8.3 de las Directrices. Para ello, las Partes indicarán lo siguiente: «Al designar a sus representantes en [nombre de la reunión], [nombre de la Parte] ha observado el artículo 5.3 del CMCT de la OMS y ha tenido presentes las recomendaciones 4.9 y 8.3 de las Directrices para la aplicación del artículo 5.3 del CMCT de la OMS»; c) de conformidad con sus procedimientos internos y su legislación nacional, las Partes pueden determinar los procedimientos descritos en el párrafo b) que consideren apropiados y que estén en conformidad con el artículo 5.3 del CMCT de la OMS y las recomendaciones 4.9 y 8.3 de las Directrices. Las Partes pueden utilizar los formularios de declaración de intereses como parte de este procedimiento interno; FCTC/COP8(12) 3 d) los procedimientos expuestos en los párrafos 2 a) a 2 c) anteriores se aplican, mutatis mutandis, a la designación de las delegaciones de los Estados que no son Partes en el CMCT de la OMS; 3. DECIDE adoptar: a) el procedimiento de examen y acreditación de representantes de las OIG, tal como se describe en el anexo 1 de la presente decisión, y exigir a todas las personas que rellenen y presenten los formularios de declaración de intereses 14 días antes de la reunión a la que deseen asistir; b) el procedimiento de examen y acreditación de representantes de las ONG, tal como se describe en el anexo 2 de la presente decisión, y exigir a todas las personas que rellenen y presenten los formularios de declaración de intereses 14 días antes de la reunión a la que deseen asistir; c) el procedimiento de examen y acreditación de los miembros de los medios de comunicación, tal como se describe en el anexo 3 de la presente decisión, y exigir a todas las personas que rellenen y presenten los formularios de declaración de intereses 30 días antes de la reunión a la que deseen asistir; d) el procedimiento de examen y acreditación de los miembros del público, tal como se describe en el anexo 4 de la presente decisión, y exigir a todas las personas que rellenen y presenten los formularios de declaración de intereses 30 días antes de la reunión a la que deseen asistir; e) los documentos que figuran en los anexos 5 a 7 de la presente decisión como formularios de declaración de intereses, que deben ser rellenados y presentados a la Secretaría del Convenio por los representantes nombrados por las OIG y las ONG, así como por miembros de los medios de comunicación y el público; f) los oradores invitados oficiales no estarán sujetos a estos procedimientos; 4. PIDE a la Secretaría del Convenio, teniendo en cuenta sus capacidades para completar estas tareas en consonancia con la práctica habitual: a) que reúna y examine todos los formularios de declaración de intereses mencionados en los subpárrafos 3 a) a 3 e) para las futuras reuniones de la COP y de sus órganos subsidiarios con el fin de evitar cualquier conflicto de intereses real, potencial o aparente; b) que informe a la Mesa de la COP de sus conclusiones con el fin de que se tomen las medidas apropiadas para garantizar el cumplimiento del artículo 5.3 del Convenio; y c) que comunique sus conclusiones a la COP. FCTC/COP8(12) 4 ANEXO 1 PROCEDIMIENTOS PARA EXAMINAR Y EXPEDIR DISTINTIVOS A LOS MIEMBROS DE LAS DELEGACIONES DE ORGANIZACIONES INTERGUBERNAMENTALES INTERNACIONALES ACREDITADAS COMO OBSERVADORAS 1. Cada miembro de la delegación de una organización intergubernamental (OIG) que esté acreditada como observadora deberá rellenar un formulario de declaración de intereses en el momento de su designación como delegado ante la Conferencia de las Partes (COP), y presentarlo a la Secretaría del Convenio al menos 14 días antes de la reunión de la COP, una reunión de un órgano subsidiario o una reunión convocada por la Secretaría del Convenio para la que haya sido designado como participante. 2. En el formulario de declaración de intereses, los solicitantes deben declarar si están vinculados a la industria tabacalera o si en los últimos cinco años han recibido fondos de ella o de entidades que trabajen en favor de sus intereses, además de proporcionar su filiación y datos de contacto. A falta de la declaración de intereses, el miembro de la delegación no podrá asistir a ninguna reunión de la COP o de sus órganos subsidiarios. 3. La Secretaría del Convenio, a tenor de su capacidad, examinará las declaraciones recibidas dentro del plazo, teniendo en cuenta los párrafos 17 y 18 del preámbulo del Convenio, así como el artículo 5.3 del Convenio y las directrices para su aplicación, e informará de sus conclusiones a la Mesa de la COP con el fin de que adopte las medidas apropiadas para garantizar el cumplimiento del artículo 5.3 del Convenio. 4. A los delegados que asistan a una reunión de la COP, a una reunión de sus órganos subsidiarios o a reuniones convocadas por la Secretaría del Convenio se les expedirá un distintivo que será válido durante la reunión y en el que figurarán su nombre, fotografía y filiación. 5. Para poder recoger su distintivo, el delegado deberá mostrar un documento de identificación válido, como pasaporte o documento nacional de identidad similar, en el que figuren su nombre, país y fotografía. 6. Los formularios de declaración de intereses de todos los miembros de la delegación de las OIG que estén acreditadas como observadores se pondrán a disposición de las Partes y los observadores acreditados antes de la reunión de la COP, las reuniones de los órganos subsidiarios o las reuniones convocadas por la Secretaría del Convenio. Aplicación a las Reuniones de las Partes 7. Las normas que anteceden también se aplicarán mutatis mutandis a las Reuniones de las Partes en cualquier protocolo del Convenio, según proceda. FCTC/COP8(12) 5 ANEXO 2 PROCEDIMIENTOS PARA EXAMINAR Y EXPEDIR DISTINTIVOS A LOS MIEMBROS DE LAS DELEGACIONES DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES ACREDITADAS COMO OBSERVADORAS 1. Cada miembro de la delegación de una organización no gubernamental (ONG) que esté acreditada como observadora deberá rellenar un formulario de declaración de intereses en el momento de su designación como delegado ante la Conferencia de las Partes (COP), y presentarlo a la Secretaría del Convenio al menos 14 días antes de la reunión de la COP, la reunión de un órgano subsidiario o una reunión convocada por la Secretaría del Convenio para la que haya sido designado como participante. 2. En el formulario de declaración de intereses, los solicitantes deben declarar si están vinculados a la industria tabacalera o si en los últimos cinco años han recibido fondos de ella o de entidades que trabajen en favor de sus intereses, además de proporcionar su filiación y datos de contacto. A falta de la declaración de intereses, el miembro de la delegación no podrá asistir a ninguna reunión de la COP o de sus órganos subsidiarios. 3. La Secretaría del Convenio, a tenor de su capacidad, examinará las declaraciones recibidas dentro del plazo, teniendo en cuenta los párrafos 17 y 18 del preámbulo del Convenio, así como el artículo 5.3 del Convenio y las directrices para su aplicación, e informará de sus conclusiones a la Mesa de la COP con el fin de que adopte las medidas apropiadas para garantizar el cumplimiento del artículo 5.3 del Convenio. 4. A los delegados que asistan a una reunión de la COP, a una reunión de sus órganos subsidiarios o a reuniones convocadas por la Secretaría del Convenio se les expedirá un distintivo que será válido durante la reunión y en el que figurarán su nombre, fotografía y filiación. 5. Para poder recoger su distintivo, el delegado deberá mostrar un documento de identificación válido, como pasaporte o documento nacional de identidad similar, en el que figuren su nombre, país y fotografía. 6. Los formularios de declaración de intereses de todos los miembros de la delegación de las ONG que estén acreditadas como observadoras se pondrán a disposición de las Partes y los observadores acreditados antes de la reunión de la COP, las reuniones de los órganos subsidiarios o las reuniones convocadas por la Secretaría del Convenio. Aplicación a las Reuniones de las Partes 7. Las normas que anteceden también se aplicarán mutatis mutandis a las Reuniones de las Partes en cualquier protocolo del Convenio, según proceda. FCTC/COP8(12) 6 ANEXO 3 PROCEDIMIENTOS PARA EXAMINAR Y EXPEDIR DISTINTIVOS A LOS MIEMBROS DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN 1. Las credenciales para los representantes de los medios de comunicación que deseen asistir a las reuniones de la Conferencia de las Partes (COP), las reuniones de los órganos subsidiarios o las reuniones convocadas por la Secretaría del Convenio se expedirán en consonancia con la normativa en vigor de las Naciones Unidas y la normativa de la OMS para la acreditación de los medios de comunicación ante la Asamblea Mundial de la Salud. 2. De manera específica, los miembros de los medios de comunicación deberán presentar a la Secretaría del Convenio con al menos 60 días de antelación una carta de su redactor jefe o supervisor equivalente en la que se indique la fecha y el evento para los que se requiere la acreditación, así como una tarjeta de identificación de prensa y un pasaporte nacional. 3. Además, los miembros de los medios de comunicación deberán rellenar y presentar un formulario de declaración de intereses 30 días antes de la reunión de la COP, la reunión de un órgano subsidiario o las reuniones convocadas por la Secretaría del Convenio. 4. A los miembros acreditados de los medios de comunicación se les concederá permiso para entrar en las reuniones de la COP, las reuniones de los órganos subsidiarios o las reuniones convocadas por la Secretaría del Convenio con distintivos específicos para los medios de comunicación, en los cuales figurarán su nombre, país, puesto y cargo, y fotografía. 5. La Secretaría del Convenio, a tenor de su capacidad, examinará las solicitudes recibidas dentro del plazo, teniendo en cuenta los párrafos 17 y 18 del preámbulo del Convenio, así como el artículo 5.3 del Convenio y las directrices para su aplicación, e informará de sus conclusiones a la Mesa de la COP con el fin de que adopte las medidas apropiadas para garantizar el cumplimiento del artículo 5.3 del Convenio. Distribución de la lista de miembros de los medios de comunicación 6. La lista de los nombres y la condición/filiación de los miembros de los medios de comunicación se entregará a la Mesa antes de la apertura de una reunión de la COP y se pondrá a disposición de las Partes y observadores acreditados antes de la reunión para la que estén acreditados. Aplicación a las Reuniones de las Partes 7. Las normas que anteceden también se aplicarán mutatis mutandis a las Reuniones de las Partes en cualquier protocolo del Convenio, según proceda. FCTC/COP8(12) 7 ANEXO 4 PROCEDIMIENTOS PARA EXAMINAR Y EXPEDIR DISTINTIVOS A LOS MIEMBROS DEL PÚBLICO 1. Los miembros del público deberán presentar a la Secretaría del Convenio con al menos 60 días de antelación una carta en la que indiquen su intención de asistencia con la fecha y el evento convocado por la Secretaría del Convenio para el que se requiera la acreditación, así como una hoja de vida en la que describan su trayectoria profesional y sus filiaciones en los últimos cinco años. 2. Además, los miembros del público deberán rellenar y presentar un formulario de declaración de intereses 30 días antes del evento convocado por la Secretaría del Convenio para el que se haya aprobado la acreditación. 3. A los miembros del público se les concederá permiso para entrar en el evento convocado por la Secretaría del Convenio para el que se haya aprobado la acreditación con distintivos específicos para el público, en los cuales figurarán su nombre, país, puesto y cargo, y fotografía. 4. La Secretaría del Convenio, a tenor de su capacidad y en consonancia con las prácticas habituales, examinará las solicitudes recibidas dentro del plazo, teniendo en cuenta los párrafos 17 y 18 del preámbulo del Convenio, así como el artículo 5.3 del Convenio y las directrices para su aplicación, e informará de sus conclusiones a la Mesa de la COP con el fin de que adopte las medidas apropiadas para garantizar el cumplimiento del artículo 5.3 del Convenio. Distribución de la lista de miembros del público 5. La lista de los nombres de los miembros del público se entregará a la Mesa antes de la apertura del evento convocado por la Secretaría del Convenio para el que se haya aprobado la acreditación y se pondrá a disposición de las Partes y observadores acreditados antes de la reunión para la que estén acreditados. Aplicación a las Reuniones de las Partes 6. Las normas que anteceden también se aplicarán mutatis mutandis a las Reuniones de las Partes en cualquier protocolo del Convenio, según proceda. FCTC/COP8(12) 8 ANEXO 5 Novena reunión de la Conferencia de las Partes en el CMCT de la OMS (COP9), octubre de 2020 Declaración de intereses para los observadores ante reuniones de la COP, la reunión de un órgano subsidiario o reuniones convocadas por la Secretaría del Convenio Deben cumplimentarse todos los apartados País u organización: ☐ Nombre de la organización intergubernamental internacional (OIG): ☐ Nombre de la organización no gubernamental (ONG): Declaración de intereses (marque lo que proceda): ☐ Declaro que ni yo ni la organización u organizaciones a las que represento recibimos o hemos recibido en los últimos cinco años ninguna ayuda financiera directa o indirecta —distinta de impuestos, otras obligaciones fiscales, pagos por mandato judicial o liquidaciones— de la industria tabacalera o de entidad alguna que trabaje con el fin de promover sus intereses. ☐ Declaro que no estoy ni he estado empleado en los últimos cinco años por la industria tabacalera ni por entidad alguna que trabaje con el fin de promover sus intereses. ☐ Declaro que no estoy vinculado ni tengo relación profesional con la industria tabacalera ni con entidad alguna que trabaje con el fin de promover sus intereses. (NOTA: el concepto de «relación profesional» utilizado en este párrafo se entenderá que no incluye las interacciones de titulares de cargos públicos con la industria tabacalera que sean necesarias para establecer y aplicar políticas de salud pública con respecto al control del tabaco). ☐ Declaro que la información que antecede es verídica a mi leal saber y entender, y entiendo que mi acreditación puede ser rechazada o revocada en caso de que la información sea inexacta. Si no puede marcar una de las dos casillas o ambas, explique por qué: Firmado por: (nombre completo y puesto) Fecha: Firma: FCTC/COP8(12) 9 ANEXO 6 Novena reunión de la Conferencia de las Partes en el CMCT de la OMS (COP9), octubre de 2020 Declaración de intereses para los miembros de los medios de comunicación Deben cumplimentarse todos los apartados Fecha: (Este apartado ha de ser cumplimentado por el funcionario del mostrador de inscripción) Número de distintivo: Puesto: Apellido(s): Nombre: Dirección personal: Correo electrónico: Teléfono: Fax: Medio de comunicación representado: Función y puesto: Supervisor: Dirección: Teléfono: Fax: Dirección durante la reunión: Declaración de intereses (marque lo que proceda): ☐ Declaro que ni yo ni la organización u organizaciones a las que represento recibimos o hemos recibido en los últimos cinco años ninguna ayuda financiera —distinta de impuestos, otras obligaciones fiscales, pagos por mandato judicial o liquidaciones— de la industria tabacalera o de entidad alguna que trabaje con el fin de promover sus intereses. ☐ Declaro que no estoy ni he estado empleado en los últimos cinco años por la industria tabacalera ni por entidad alguna que trabaje con el fin de promover sus intereses. ☐ Declaro que no estoy vinculado ni tengo relación profesional con la industria tabacalera ni con entidad alguna que trabaje con el fin de promover sus intereses. (NOTA: el concepto de «relación profesional» utilizado en este párrafo se entenderá que no incluye las interacciones de titulares de cargos públicos con la industria tabacalera que sean necesarias para establecer y aplicar políticas de salud pública con respecto al control del tabaco). ☐ Declaro que la información que antecede es verídica a mi leal saber y entender, y entiendo que mi acreditación puede ser rechazada o revocada en caso de que la información sea inexacta. Si no puede marcar una de las dos casillas o ambas, explique por qué: Firmado por: (nombre completo y puesto) Fecha: Firma: FCTC/COP8(12) 10 ANEXO 7 Novena reunión de la Conferencia de las Partes en el CMCT de la OMS (COP9), octubre de 2020 Declaración de intereses para los miembros del público Deben cumplimentarse todos los apartados País: Organización: Declaración de intereses (marque lo que proceda): ☐ Declaro que ni yo ni la organización u organizaciones que me emplean recibimos o hemos recibido en los últimos cinco años ninguna ayuda financiera —distinta de impuestos, otras obligaciones fiscales, pagos por mandato judicial o liquidaciones— de la industria tabacalera ni de entidad alguna que trabaje con el fin de promover sus intereses. ☐ Declaro que en los últimos cinco años no he estado empleado por la industria tabacalera ni por entidad alguna que trabaje en favor de sus intereses. ☐ Declaro que no estoy vinculado ni tengo relación profesional con la industria tabacalera ni con entidad alguna que trabaje con el fin de promover sus intereses. (NOTA: el concepto de «relación profesional» utilizado en este párrafo se entenderá que no incluye las interacciones de titulares de cargos públicos con la industria tabacalera que sean necesarias para establecer y aplicar políticas de salud pública con respecto al control del tabaco). ☐ Declaro que la información que antecede es verídica a mi leal saber y entender, y entiendo que mi acreditación puede ser rechazada o revocada en caso de que la información sea inexacta. Si no puede marcar una de las dos casillas o ambas, explique por qué: Firmado por: (nombre completo y puesto) Fecha: Firma: (Quinta sesión plenaria, 6 de octubre de 2018) = = =

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