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Salud y cambio climático : informe de la Secretaría

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CONSEJO EJECUTIVO 139.ª reunión Punto 6.4 del orden del día provisional

EB139/6 20 de mayo de 2016

Salud y cambio climático Informe de la Secretaría

CONFERENCIA DE LAS PARTES EN LA CONVENCIÓN MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO 1. En diciembre de 2015, las Partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático alcanzaron el primer acuerdo mundial sobre el clima.1 El Acuerdo de París fija el ambicioso objetivo de mantener el aumento de la temperatura media mundial bien por debajo de 2 ºC, siendo la meta llegar a 1,5 ºC. El Acuerdo también es jurídicamente vinculante, con responsabilidades diferenciadas, reconociéndose las responsabilidades de los países más ricos, e incluyéndose asimismo acciones por parte de los países en desarrollo. Comprende el compromiso de movilizar un mínimo de US$ 100 000 millones al año para financiar cuestiones relativas al clima de aquí a 2020, tanto para mitigar los fenómenos climáticos (reduciendo la intensidad del cambio climático, principalmente mediante la disminución de las emisiones de gases de efecto invernadero) como para adaptarse a ellos (reduciendo las repercusiones negativas del cambio climático que efectivamente ocurra). El Acuerdo también se refiere a las «pérdidas y daños», reconociendo el hecho de que algunas poblaciones vulnerables sufrirán importantes repercusiones a raíz del cambio climático, incluso con las medidas de mitigación y adaptación. El Acuerdo es flexible a nivel nacional, ya que los países podrán adoptar en forma voluntaria medidas nacionales de mitigación y adaptación conforme a las contribuciones que determinen, las cuales se revisarán cada cinco años, con miras a incrementar de continuo el objetivo. 2. Gracias a la aportación de datos probatorios por la OMS y la participación de la comunidad sanitaria más amplia se hicieron referencias concretas a la salud tanto en el Acuerdo como en la resolución resultante. Se declara en él que «las Partes, al adoptar medidas para hacer frente al cambio climático, deberían respetar, promover y tomar en consideración sus respectivas obligaciones con respecto a los derechos humanos, el derecho a la salud, los derechos de los pueblos indígenas, las comunidades locales, los migrantes, los niños, las personas con discapacidad y las personas en situaciones de vulnerabilidad y el derecho al desarrollo, así como la igualdad de género, el empoderamiento de la mujer y la equidad intergeneracional». En la decisión de la Conferencia también se reconoce «el valor social, económico y ambiental de las medidas de mitigación voluntarias y los beneficios secundarios que reportan para la adaptación, la salud y el desarrollo sostenible». 3. El Acuerdo también hace referencia a anteriores decisiones de la Conferencia de las Partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático que conciernen a la salud, en particular las repercusiones sanitarias como justificación central de la acción internacional sobre el Decisión 1/CP.21, anexo (http://unfccc.int/resource/docs/2015/cop21/eng/10a01.pdf, consultado el 11de abril de 2016). 1

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clima, los compromisos nacionales para evaluar las implicaciones sanitarias de las políticas relativas al clima, y el reconocimiento del carácter prioritario de la salud en la adaptación a los efectos climáticos. 4. En general, el Acuerdo sienta las bases para una firme acción internacional respecto del cambio climático y proporciona puntos de entrada específicos para apoyar la acción encaminada a proteger y promover la salud, tanto mediante el aumento de la resiliencia sanitaria ante los riesgos vinculados al clima como priorizando medidas de mitigación que también contribuyan al mejoramiento de la salud. La revisión quinquenal de las contribuciones determinadas a nivel nacional brinda la oportunidad de evaluar y acelerar de forma continua los progresos nacionales y mundiales, inclusive los que se realizan en relación con la protección de la salud. Los compromisos con la financiación internacional para el clima deberían aportar recursos adicionales que contribuyeran a la protección y promoción de la salud, especialmente en beneficio de las poblaciones más vulnerables. 5. Ahora bien, dado que el Acuerdo de París depende de las acciones voluntarias de los países, sigue siendo necesario que la comunidad sanitaria mundial se base en la plataforma del Acuerdo y anteriores compromisos de la Asamblea de la Salud para estructurar e implementar un plan de acción destinado a proteger la salud contra el cambio climático. 6. El Acuerdo de París ofrece una oportunidad decisiva para el adelanto de la salud pública como elemento central no solo de la respuesta al cambio climático sino también de toda la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.

MANDATOS MUNDIALES SOBRE CAMBIO CLIMÁTICO Y SALUD 7. El principal mandato mundial para el trabajo sobre cambio climático y salud es la resolución WHA61.19 (2008). La Asamblea de la Salud instó a los Estados Miembros a que elaborasen medidas sanitarias y las incorporaran en los planes de adaptación al cambio climático; desarrollaran la capacidad de los dirigentes de salud pública; reforzaran la capacidad de los sistemas de salud; promovieran la participación y colaboración eficaces del sector sanitario con todos los sectores pertinentes; y manifestaran el compromiso de superar los desafíos que plantea el cambio climático para la salud humana y facilitaran orientaciones claras para la planificación de las medidas e inversiones pertinentes. Pidió a la Directora General que sensibilizara al público y las instancias normativas; participara activamente en los mecanismos de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático; promoviera la consideración de las repercusiones sanitarias del cambio climático en el sistema de las Naciones Unidas; cooperara con los Estados Miembros y las organizaciones pertinentes del sistema de las Naciones Unidas y otros asociados a fin de promover investigaciones y proyectos piloto; y preparara un plan de trabajo para expandir el apoyo técnico que la OMS presta a los Estados Miembros. El Consejo Ejecutivo aprobó ulteriormente los planes de trabajo de la OMS para 2009-2013 y para 2014-2019.1 La labor también se ha visto reforzada por otras resoluciones conexas, en particular la resolución WHA68.8 (2015) sobre el impacto sanitario de la contaminación del aire, que se refiere a las oportunidades de obtener beneficios indirectos al mejorar la calidad del aire y simultáneamente reducir las emisiones de contaminantes que alteran el clima por calentamiento.

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Véanse, respectivamente, la resolución EB124.R5 (2009) y la decisión EB136(15) (2015).

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PRIORIDADES ESTRATÉGICAS DE LA OMS ACTUALIZADAS 8. A la luz del Acuerdo de París, la Secretaría propone las prioridades estratégicas siguientes.

9. Ampliar la respuesta de salud pública al cambio climático. Los Estados Miembros pueden utilizar los compromisos sobre el cambio climático asumidos en el Acuerdo de París con tres finalidades: i) reforzar la resiliencia climática de sus sistemas de salud, por ejemplo mejorando la vigilancia de la morbilidad y la preparación para eventos meteorológicos extremos, y garantizando la existencia de instalaciones sanitarias resilientes al clima, con acceso a los servicios esenciales de energía, agua y saneamiento; ii) determinar y promover medidas que permitan reducir la contaminación climática y mejorar la salud, por ejemplo rebajando la contaminación del aire así como el impacto ambiental del propio sector sanitario; y iii) acceder a los mecanismos de ayuda financiera para la acción sobre el clima a fin de apoyar los objetivos anteriores. La Secretaría ampliará su apoyo técnico y en materia de desarrollo de la capacidad de la siguiente manera: orientando la aportación de la salud a los planes de adaptación nacionales; facilitando orientación y guiando el trabajo sobre la función del sector de la salud en las políticas de mitigación del cambio climático, centrándose particularmente en la contaminación atmosférica de las zonas urbanas y evaluando las implicaciones sanitarias de los componentes de adaptación y mitigación de las contribuciones determinadas a nivel nacional. La OMS podría facilitar un mayor acceso del sector de la salud a la financiación internacional para el clima adquiriendo la calidad de entidad acreditada del Fondo Verde para el Clima. 10. Se han hecho progresos considerables en la concienciación acerca de las repercusiones del cambio climático en la salud y la ampliación de la respuesta sanitaria internacional a este desafío. Más del 95% de los países menos adelantados señalan que la salud es uno de los sectores prioritarios por lo que respecta a la adaptación, y un 67% de los países mencionaron la salud en las contribuciones previstas determinadas a nivel nacional1 presentadas al Acuerdo de París en virtud de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, aprobado en diciembre de 2015.2 Se cuenta ahora con enfoques sistemáticos para fortalecer la resiliencia climática de los sistemas de salud y una experiencia incipiente en cuanto a su aplicación.3 Nuevos datos han mostrado las posibilidades de mejorar la salud al tiempo que se reducen las emisiones de carbono. Por ejemplo, cabe esperar que la aplicación de un conjunto de medidas focalizadas concretamente en los contaminantes climáticos de vida corta permita salvar alrededor de 2,4 millones de vidas al año de aquí a 2030 y rebajar el calentamiento mundial alrededor de 0,5 ºC para 2050.4 Se puede prever que gravar las emisiones de carbono conforme a los daños que entrañen para la salud y el medioambiente permitirá reducir a la mitad la contaminación atmosférica, reducir en más de una quinta parte las emisiones de gases de efecto invernadero, y recaudar ingresos anuales superiores a US$ 3 billones.5

Health in the Intended Nationally Determined Contributions (INDCs) to the United Nations Framework Convention on Climate Change, 2015. Ginebra, Organización Mundial de la Salud, 2016. Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, Aprobación del Acuerdo de París, decisión 1/CP.21 3 WHO operational framework for building climate-resilient health systems. Ginebra, Organización Mundial de la Salud, 2015, y WHO. Lessons learnt on health adaptation to climate variability and change. Ginebra, Organización Mundial de la Salud, 2015. 2

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Reducing global health risks through mitigation of short-lived climate pollutants: scoping report for policy-makers. Ginebra, Organización Mundial de la Salud, 2015. 5 Coady D, Parry I, Sears L, Shang B. How large are global energy subsidies? Washington DC, Fondo Monetario Internacional, 2015.

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11. La respuesta, empero, no deja de ser incompleta. Actualmente se asigna a proyectos sanitarios menos del 1,5% de la financiación internacional destinada a la adaptación al cambio climático. 1 Son pocos los países que están aprovechando la oportunidad de rebajar las emisiones de carbono y mejorar al mismo tiempo la salud; solo en un 15% de las contribuciones previstas determinadas a nivel nacional presentadas al Acuerdo de París se mencionan los beneficios sanitarios que se obtendrían con la mitigación. Sigue siendo necesaria una aplicación más amplia y más sistemática, basada en datos científicos, de las medidas nacionales para proteger y promover la salud en respuesta al cambio climático, en el marco de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. 12. Movilizar el apoyo de la comunidad sanitaria en pos de la acción sobre el cambio climático. La OMS puede incrementar aún más el apoyo para proteger la salud contra los riesgos climáticos, y obtener beneficios sanitarios de las medidas de mitigación del cambio climático, sustentando y ampliando la campaña de divulgación iniciada entre los profesionales de la salud y el público en general en apoyo del 21.º periodo de sesiones de la Conferencia de las Partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático. Una de las actividades podría consistir en seguir celebrando con carácter regular la conferencia mundial de la OMS sobre salud y cambio climático, en colaboración con la Presidencia de la Conferencia de las Partes, prevista para 2016. 13. Fortalecer la base científica y seguir de cerca los progresos. La comunidad sanitaria debería seguir mejorando la base científica de la política sobre el clima, especialmente en relación con la eficacia de las medidas de adaptación y los beneficios que las políticas de mitigación del cambio climático aportan en materia de salud, economía y desarrollo sostenible. Es necesario, en particular, evaluar los progresos nacionales e internacionales relativos al cambio climático y la salud de manera sistemática y conforme al programa general de desarrollo sostenible. La Secretaría se propone trabajar en estrecha relación con los Estados Miembros a efectos de: i) lograr una representación apropiada de la salud en el seguimiento de los progresos en la consecución del objetivo de desarrollo sostenible 13 (Adoptar medidas urgentes para combatir el cambio climático y sus efectos); ii) armonizar la información proporcionada en los perfiles de los países sobre clima y salud de la OMS y la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático con el seguimiento de los esfuerzos tendentes a alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible; y iii) ampliar la cobertura de los perfiles a fin de que constituyan la principal referencia internacional en materia de datos científicos por países, y para el seguimiento de los avances mundiales en este ámbito. 14. Informar a los órganos deliberantes de la OMS. Habida cuenta de la crecida importancia del tema cambio climático y salud, el Consejo tal vez desee considerar la posibilidad de presentar informes de manera regular y sistemática a la Asamblea de Salud sobre los progresos realizados por los Estados Miembros y la Secretaría.

INTERVENCIÓN DEL CONSEJO EJECUTIVO 15. Se invita al Consejo a que tome nota del informe y facilite orientación sobre las prioridades estratégicas propuestas enunciadas en los párrafos 12 a 14. = = =

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Climate and health country profiles - 2015: a global overview. Ginebra, Organización Mundial de la Salud, 2015.

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Основные сведения
Тип документа Governing Bodies documents
Дата принятия
Источник Всемирная организация здравоохранения