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Recursos humanos para la salud y aplicación de los resultados de la Comisión de Alto Nivel sobre el Empleo en el Ámbito de la Salud y el Crecimiento Económico de las Naciones Unidas

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70.ª ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD WHA70.6 Punto 13.1 del orden del día 29 de mayo de 2017 Recursos humanos para la salud y aplicación de los resultados de la Comisión de Alto Nivel sobre el Empleo en el Ámbito de la Salud y el Crecimiento Económico de las Naciones Unidas La 70.ª Asamblea Mundial de la Salud, Habiendo examinado el informe sobre recursos humanos para la salud y aplicación de los resul- tados de la Comisión de Alto Nivel sobre el Empleo en el Ámbito de la Salud y el Crecimiento Eco- nómico de las Naciones Unidas;1 Reafirmando la resolución WHA69.19 (2016) «Estrategia mundial de recursos humanos para la salud: personal sanitario 2030», en la que la Asamblea de la Salud adoptó la Estrategia mundial de re- cursos humanos para la salud: personal sanitario 2030, y el firme llamamiento que se hace en ella a los sectores público y privado y a las partes interesadas, en particular los gobiernos, las instituciones de enseñanza y capacitación, los empleadores y las organizaciones de personal sanitario, con el fin de que participen en la coordinación de un programa intersectorial del personal sanitario y social encaminado a la consecución de un personal de salud adaptado a la Agenda 2030; Recordando la resolución WHA63.16 (2010) sobre el Código de prácticas mundial de la OMS sobre contratación internacional de personal de salud, en la que se adoptó el Código de prácticas mun- dial, y el reconocimiento que se hace en el Código de que disponer de personal sanitario adecuado y accesible es fundamental para la integración y la eficacia de los sistemas de salud y la prestación de servicios de salud, teniendo presente la necesidad de mitigar los efectos negativos de la migración del personal sanitario en los sistemas de salud de los países en desarrollo; 1 Documento A70/18. WHA70.6 2 Recordando asimismo las resoluciones precedentes de la Asamblea de la Salud encaminadas a fortalecer el personal sanitario;1 Recordando además las resoluciones aprobadas por las Naciones Unidas en 2015 (resolu- ción 70/183) y 2016 (resolución 71/159) en las que se solicita el establecimiento de la Comisión de Alto Nivel sobre el Empleo en el Ámbito de la Salud y el Crecimiento Económico (en adelante «la Comisión») y se acoge con beneplácito el informe de la Comisión, respectivamente; Subrayando que invertir en personal sanitario y social tiene un efecto multiplicador que mejora el crecimiento inclusivo, a escala local y mundial, y contribuye a la aspiración de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y a progresar hacia el logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en par- ticular el Objetivo 1 (Poner fin a la pobreza en todas sus formas y en todo el mundo), el Objetivo 3 (Garantizar una vida sana y promover el bienestar de todos a todas las edades), el Objetivo 4 (Garanti- zar una educación inclusiva y equitativa de calidad y promover oportunidades de aprendizaje perma- nente para todos), el Objetivo 5 (Lograr la igualdad de género y empoderar a todas las mujeres y las niñas), el Objetivo 8 (Promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos), y el Objetivo 10 (Reducir la desigualdad en los países y entre ellos), y aprovechar los vínculos entre los Objetivos y sus metas; Reconociendo que los problemas sanitarios del siglo XXI relacionados con los cambios demo- gráficos, socioeconómicos, medioambientales, epidemiológicos y tecnológicos exigirán que el perso- nal sanitario y social esté adaptado a la provisión de servicios de salud y sociales integrados y centra- dos en las personas a todo lo largo del proceso asistencial; Recordando la decisión EB140(3), en la que, entre otras cosas, se acoge con beneplácito el in- forme de la Comisión de Alto Nivel sobre el Empleo en el Ámbito de la Salud y el Crecimiento Eco- nómico, y su tarea de proporcionar el necesario impulso político, intersectorial y multipartito mediante la elaboración de 10 recomendaciones y la especificación de cinco medidas inmediatas para orientar y estimular la creación de empleo en el sector sanitario y social con miras a mejorar el crecimiento eco- nómico inclusivo y la cohesión social; Subrayando que el personal sanitario y social competente y motivado es un elemento integral de la construcción de los sistemas de salud robustos y resilientes, y haciendo hincapié en la importancia de que se realicen inversiones adecuadas en la dotación de personal para atender las necesidades en lo que se refiere a la cobertura sanitaria universal y para desarrollar las capacidades básicas exigidas en el Reglamento Sanitario Internacional (2005), incluida la capacidad del personal sanitario nacional para garantizar la preparación y respuesta a las amenazas a la salud pública; Reconociendo la necesidad de ampliar sustancialmente y transformar la financiación sanitaria y la contratación, el desarrollo, la formación y capacitación, la distribución y la fidelización del personal sanitario y social; 1 Resoluciones WHA64.6 (2011) sobre fortalecimiento del personal sanitario, WHA64.7 (2011) sobre fortalecimiento de la enfermería y la partería, WHA65.20 (2012) sobre respuesta de la OMS y función como organismo principal del grupo de acción sanitaria en la atención de las crecientes demandas en materia de salud en las emergencias humanitarias, WHA66.23 (2013) sobre transformar la formación de la fuerza de trabajo sanitaria para apoyar la cobertura sanitaria univer- sal, WHA67.19 (2014) sobre fortalecimiento de los cuidados paliativos como parte del tratamiento integral a lo largo de la vida, WHA67.24 (2014) sobre seguimiento de la Declaración Política de Recife sobre Recursos Humanos para la Salud: un compromiso renovado en favor de la cobertura sanitaria universal, y WHA68.15 (2015) sobre fortalecimiento de la atención quirúrgica esencial y de emergencia, y de la anestesia, como componentes de la cobertura sanitaria universal. WHA70.6 3 Reconociendo asimismo la necesidad de aumentar sustancialmente la protección y la seguridad del personal sanitario y social y de los establecimientos de salud en todos los entornos, en particular en las emergencias de salud pública agudas y prolongadas y los entornos humanitarios, 1. ADOPTA el plan de acción quinquenal para el empleo en el ámbito de la salud y el crecimiento económico inclusivo (2017-2021) como mecanismo de coordinación y mejora de la aplicación inter- sectorial de las recomendaciones de la Comisión y las medidas inmediatas en apoyo de la Estrategia mundial de la OMS de recursos humanos para la salud: personal sanitario 2030; 2. INSTA a todos los Miembros de la OMS a actuar prontamente respecto de las recomendaciones de la Comisión y las medidas inmediatas, con el apoyo de la OMS, la OIT y la OCDE,1 según proceda y en consonancia con los contextos, las prioridades y las especificidades nacionales; 3. INVITA a los asociados internacionales, regionales, nacionales y locales y a las partes interesa- das en las cuestiones sanitarias, sociales y de género, y de las esferas de los asuntos exteriores, la edu- cación, las finanzas y el trabajo, a que participen en la aplicación de las recomendaciones de la Comi- sión y el plan de acción quinquenal para el empleo en el ámbito de la salud y el crecimiento económi- co inclusivo (2017-2021) en su conjunto, y los respalden; 4. PIDE a la Directora General: 1) que colabore con los Estados Miembros que lo soliciten, con los organismos de otros sec- tores pertinentes y con los asociados en la aplicación de las recomendaciones de la Comisión y las medidas inmediatas expuestas en el plan de acción quinquenal para el empleo en el ámbito de la salud y el crecimiento económico inclusivo (2017-2021), en particular para lo siguiente: a) reforzar el desarrollo progresivo y la aplicación de cuentas nacionales del personal de salud; b) reforzar la pertinencia, eficacia y aplicación del Código de prácticas mundial de la OMS sobre contratación internacional de personal de salud, también fomentando con- tinuamente el diálogo bilateral y multilateral y la cooperación para promover los benefi- cios mutuos resultantes de la movilidad internacional del personal sanitario; c) catalizar la ampliación y transformación de la enseñanza y la capacitación técnica y profesional, incluida la educación interprofesional, especialmente en entornos comunita- rios y basados en los sistemas de salud, y estimular las inversiones en la creación de em- pleos sanitarios y sociales decentes, con las competencias adecuadas, en número apropia- do y en los lugares pertinentes, en particular en los países que afrontan los mayores pro- blemas en la consecución de la cobertura sanitaria universal y la aplicación de la Estrate- gia mundial de recursos humanos para la salud: personal sanitario 2030; 2) que se coordine y colabore con la OIT, la OCDE y otros sectores, organismos y asociados pertinentes en el desarrollo de una capacidad conjunta de apoyo a los Estados Miembros que lo soliciten respecto de esta agenda, en particular en lo que se refiere a lo siguiente: 1 Y, cuando proceda, de las organizaciones de integración económica regional. WHA70.6 4 a) el establecimiento de una plataforma en línea de conocimientos e intercambio de datos entre organismos sobre el personal sanitario y social, que respete la intimidad per- sonal y las leyes pertinentes de protección de los datos, que reúna progresivamente datos e información procedente de múltiples organismos, sectores y fuentes para mejorar los datos, análisis, rendición de cuentas, monitoreo y seguimiento relativos al mercado de trabajo sanitario y social, a modo de recurso de internet de acceso abierto, electrónico y en tiempo real, sobre la base de la aplicación progresiva y los informes de las cuentas na- cionales del personal sanitario; y b) el establecimiento de una plataforma internacional sobre movilidad del personal sanitario para el diálogo, el intercambio y la actuación colectiva transparentes en materia de políticas intersectoriales con el fin de lograr una fuerza de trabajo sanitaria y social sostenible, maximizar los beneficios mutuos, promover la contratación ética y mitigar los efectos adversos resultantes de esa movilidad; 3) que utilice la Red Mundial de Personal Sanitario a modo de mecanismo de participación de las partes interesadas en la aplicación del plan de acción quinquenal para el empleo en el ám- bito de la salud y el crecimiento económico inclusivo (2017-2021); 4) que estudie mecanismos intersectoriales e innovadores de financiación necesarios para mejorar la aplicación del plan de acción quinquenal para el empleo en el ámbito de la salud y el crecimiento económico inclusivo (2017-2021); 5) que acelere los progresos en el monitoreo del personal sanitario con la aplicación de las cuentas nacionales del personal sanitario, y que garantice un número suficiente de trabajadores sanitarios con competencias adecuadas y su distribución equitativa; y 6) que presente un informe periódico a la Asamblea de la Salud sobre los progresos realiza- dos en la aplicación del plan de acción quinquenal sobre el empleo en el ámbito de la salud y el crecimiento económico inclusivo (2017-2021), alineándolo con los informes sobre la Estrategia mundial de recursos humanos para la salud: personal sanitario 2030. Novena sesión plenaria, 29 de mayo de 2017 A70/VR/9 = = =

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