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Inocuidad de los alimentos

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105ª reunión Punto 3.1 del orden del día

EB105.R16 28 de enero de 2000

Inocuidad de los alimentos El Consejo Ejecutivo, Visto el informe de la Directora General sobre la función de la OMS en lo que respecta a la inocuidad de los alimentos,1 RECOMIENDA a la 53ª Asamblea Mundial de la Salud que adopte la resolución siguiente: La 53ª Asamblea Mundial de la Salud, Profundamente preocupada porque las enfermedades de transmisión alimentaria asociadas a la presencia de patógenos microbianos, biotoxinas y contaminantes químicos en los alimentos representan una grave amenaza para la salud de millones de personas en el mundo en desarrollo y desarrollado; Reconociendo que las enfermedades de transmisión alimentaria tienen importantes consecuencias sanitarias y económicas para los individuos, las familias, las comunidades, las empresas y los países; Reconociendo la importancia de todos los servicios - incluidos los de salud pública - responsables de la inocuidad de los alimentos para asegurar la inocuidad de los alimentos y armonizar los esfuerzos de todos los interesados a lo largo de toda la cadena de la alimentación; Consciente de la mayor preocupación de los consumidores acerca de la inocuidad de los alimentos, particularmente tras los recientes brotes de enfermedades de transmisión alimentaria de alcance internacional y mundial y la aparición de nuevos productos alimenticios derivados de la biotecnología;

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Documento EB105/10.

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Reconociendo la importancia de las normas, directrices y otras recomendaciones de la Comisión del Codex Alimentarius para proteger la salud de los consumidores y asegurar la aplicación de prácticas comerciales leales; Tomando nota de la necesidad de sistemas de vigilancia para evaluar la carga de enfermedades de transmisión alimentaria y elaborar estrategias de control nacionales e internacionales basadas en pruebas científicas; Consciente de que los sistemas de inocuidad de los alimentos deben tener en cuenta la tendencia hacia la integración de la agricultura y la industria alimentaria y los cambios consiguientes en la explotación agrícola, la producción, las prácticas comerciales y los hábitos de los consumidores en los países desarrollados y en desarrollo; Consciente de la creciente importancia de los aspectos microbiológicos en los brotes de enfermedades de transmisión alimentaria a nivel internacional y de la resistencia cada vez mayor de algunas bacterias transmitidas por los alimentos a los tratamientos comunes, particularmente debido a la utilización generalizada de agentes antimicrobianos en la agricultura y en la práctica clínica; Sabedora de las mejoras en la protección de la salud pública y en el desarrollo de sectores alimentarios y agrícolas sostenibles que podrían derivarse del aumento de las actividades de la OMS en materia de inocuidad de los alimentos; Reconociendo que los países en desarrollo obtienen su suministro de alimentos principalmente de la agricultura tradicional y de la industria alimentaria en pequeña y mediana escala, y que en la mayoría de los países en desarrollo los sistemas de inocuidad de los alimentos siguen siendo deficientes, 1. INSTA a los Estados Miembros: 1) a que integren la inocuidad de los alimentos como una de sus funciones esenciales de salud pública y a que proporcionen recursos suficientes para establecer y fortalecer sus programas de inocuidad de los alimentos; 2) a que elaboren y apliquen medidas preventivas sistemáticas y sostenibles para reducir marcadamente la aparición de enfermedades de transmisión alimentaria; 3) a que establezcan y mantengan mecanismos nacionales y, cuando proceda, regionales de vigilancia de las enfermedades de transmisión alimentaria y de seguimiento y control de los microorganismos y sustancias químicas presentes en los alimentos; refuercen la responsabilidad principal de los productores, fabricantes y comerciantes en lo que respecta a la inocuidad de los alimentos; y aumenten la capacidad de los laboratorios, especialmente en los países en desarrollo; 4) a que integren en sus políticas de inocuidad de los alimentos medidas encaminadas a prevenir el desarrollo de agentes microbianos resistentes a los antibióticos; 5) a que apoyen el desarrollo científico en la evaluación de los riesgos relacionados con los alimentos, incluido el análisis de los factores de riesgo relativos a las enfermedades de transmisión alimentaria; 2

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6) a que integren temas relativos a la inocuidad de los alimentos en los programas de educación e información sanitaria y nutricional para los consumidores, particularmente en los planes de estudios de la enseñanza primaria y secundaria, y a que inicien programas de educación sanitaria y nutricional específicos y adaptados a los intereses de los manipuladores de alimentos, los consumidores, los agricultores, los productores y el personal de la industria agroalimentaria; 7) a que elaboren programas periféricos para el sector privado que puedan mejorar la inocuidad de los alimentos a nivel del consumidor, especialmente en los mercados de alimentos urbanos, y a que estudien las oportunidades de cooperación con la industria alimentaria para crear conciencia sobre el uso de buenas prácticas de cultivo, higiene y fabricación; 8) a que coordinen las actividades en materia de inocuidad de los alimentos de todos los sectores nacionales que se ocupan de esos asuntos, particularmente de los relacionados con la evaluación de los riesgos transmitidos por los alimentos; 9) a que participen activamente en la labor de la Comisión del Codex Alimentarius y de sus comités, incluidas las actividades en la nueva esfera del análisis de riesgos en relación con la inocuidad de los alimentos; 2. PIDE a la Directora General que: 1) habida cuenta del liderazgo mundial de la OMS en el sector de la salud pública, y en colaboración y coordinación con otras organizaciones internacionales, en particular la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), y en el marco de la Comisión del Codex Alimentarius, asigna más importancia a la inocuidad de los alimentos y al trabajo encaminado a integrar este aspecto en las funciones esenciales de salud pública de la OMS, con el objetivo de desarrollar sistemas de inocuidad de los alimentos integrados y sostenibles a fin de reducir los riesgos para la salud a lo largo de toda la cadena alimentaria, desde el productor primario hasta el consumidor; 2) apoye a los Estados Miembros en la identificación de las enfermedades relacionadas con los alimentos y en la evaluación de los riesgos de origen alimentario; 3) se concentre en los nuevos problemas relacionados con el desarrollo de microorganismos resistentes a los antimicrobianos que se derivan del uso de antimicrobianos en la producción de alimentos y en la práctica clínica; 4) establezca una estrategia mundial para la vigilancia de las enfermedades de transmisión alimentaria y para el acopio e intercambio eficientes de información en los países y las regiones y entre ellos, teniendo en cuenta la actual revisión del Reglamento Sanitario Internacional; 5) convoque, en cuanto sea factible, una reunión inicial de planificación estratégica de expertos en inocuidad de los alimentos de los Estados Miembros, las organizaciones internacionales y las organizaciones no gubernamentales interesadas en cuestiones relacionadas con la inocuidad de los alimentos;

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6) en estrecha colaboración con otras organizaciones internacionales que trabajan en esta esfera, en particular la FAO y la Oficina Internacional de Epizootias (OIE), preste apoyo técnico a los países en desarrollo en la evaluación de la carga para el sector de la salud y en el establecimiento de prioridades en las estrategias de lucha contra la enfermedad mediante la elaboración de sistemas de vigilancia de laboratorio de los principales agentes patógenos transmitidos por los alimentos, incluidas las bacterias resistentes a los antimicrobianos, y la vigilancia de los contaminantes en los alimentos; 7) en colaboración con la FAO y los otros órganos que proceda, fortalezca la aplicación de la ciencia en la evaluación de los riesgos agudos y a largo plazo para la salud que se relacionan con los alimentos, y específicamente apoye el establecimiento de un órgano asesor de expertos en la evaluación de riesgos microbiológicos, y fortalezca los órganos asesores de expertos que proporcionan orientaciones científicas sobre aspectos de la inocuidad de los alimentos relacionados con las sustancias químicas; 8) vele por que los procedimientos para designar expertos y preparar dictámenes científicos garanticen la transparencia, la excelencia y la independencia de los dictámenes emitidos; 9) aliente las investigaciones en apoyo de estrategias basadas en pruebas científicas para combatir las enfermedades de transmisión alimentaria, particularmente las investigaciones sobre los factores de riesgo relacionados con la aparición y el aumento de las enfermedades de transmisión alimentaria; 10) examine las relaciones de trabajo actuales entre la OMS y la FAO, con miras a acrecentar la participación y el apoyo de la OMS en la labor de la Comisión del Codex Alimentarius y de sus comités; 11) apoye a los Estados Miembros ofreciéndoles la base científica para la adopción de las decisiones relacionadas con la salud que se refieran a los alimentos genéticamente modificados; 12) respalde la inclusión de consideraciones sanitarias en el comercio alimentario internacional; 13) haga el máximo uso posible de la información procedente de los países en desarrollo en la evaluación de los riesgos para el establecimiento de normas internacionales, y fortalezca la capacitación técnica en los países en desarrollo.

Novena sesión, 28 de enero de 2000 EB105/SR/9

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Основные сведения
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Дата принятия
Источник Всемирная организация здравоохранения