Reunión de las Partes en el Protocolo para la Eliminación del Comercio Ilícito de Productos de Tabaco Primer periodo de sesiones Ginebra (Suiza), 8-10 de octubre de 2018 Punto 1.2 del orden del día provisional FCTC/MOP/1/2 26 de julio de 2018 Elección de Presidente y Vicepresidentes de la Reunión de las Partes Informe de la Secretaría del Convenio Finalidad del documento En el presente informe se resume la disposición del Reglamento de la Conferencia de las Partes en el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco relacionada con la elección de Presidente y Vicepresidentes de la Reunión de las Partes (MOP) en el Protocolo para la Eliminación del Comercio Ilícito de Productos de Tabaco. Intervención de la Reunión de las Partes Se invita a la MOP a decidir si el artículo 21 del Reglamento Interior debe aplicarse a la elección del Presidente y los Vicepresidentes que constituirán la Mesa de la MOP y, una vez tomada una decisión, se invita a la MOP a elegir al Presidente y los Vicepresidentes que constituirán la Mesa de la MOP. Contribuir a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), si procede: ODS 3 y meta 3.a. Punto conexo del plan de trabajo y presupuesto: 2018-2019: 2.2(a) y 2020-2021: 2.2(a). Otras repercusiones financieras que no consten en el plan de trabajo y presupuesto: Equipo autor: Secretaría del Convenio. Documentación conexa: Reglamento Interior de la Conferencia de las Partes en el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco. FCTC/MOP/1/2 2 CONTEXTO 1. El artículo 33.4 del Protocolo para la Eliminación del Comercio Ilícito de Productos de Tabaco (Protocolo) establece que el Reglamento Interior y el Reglamento Financiero de la Conferencia de las Partes (COP) en el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco (CMCT de la OMS) se aplicarán, mutatis mutandis, a la Reunión de las Partes (MOP) en el presente Protocolo, a no ser que la MOP decida otra cosa. 2. Para elegir a su Mesa, la MOP debería determinar si considera que el artículo 21 del Reglamento Interior de la COP también es aplicable a la MOP. En el artículo 21 se establece el procedimiento de elección de la Mesa. Con arreglo a ese artículo, entre los representantes de las Partes presentes en la reunión se elegirán un Presidente y cinco Vicepresidentes, uno de los cuales actuará como Relator. Las personas elegidas para desempeñar esos cargos formarán la Mesa de la MOP. Cada región de la Organización Mundial de la Salud estará representada por un miembro de la Mesa. INTERVENCIÓN DE LA REUNIÓN DE LAS PARTES 3. Se invita a la MOP a aceptar el artículo 21 del Reglamento Interior de la COP como igualmente aplicable a la MOP. 4. Se invita a la MOP a elegir al Presidente y Vicepresidentes que constituirán la Mesa de la MOP. FCTC/MOP/1/2 3 Anexo Proyecto de decisión: Elección de Presidente y Vicepresidentes La Reunión de las Partes (MOP), Recordando el artículo 21 del Reglamento Interior de la Conferencia de las Partes en el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco sobre la elección de la Mesa, 1. ADOPTA el artículo 21 del Reglamento Interior como aplicable a la MOP y, con ello, establece una Mesa de la MOP; 2. ELIGE como miembros de la Mesa para su primer y segundo periodos de sesiones a las siguientes personas: Presidente Nombre: Vicepresidente Nombre: Vicepresidente Nombre: Vicepresidente Nombre: Vicepresidente Nombre: Vicepresidente (Relator) Nombre: = = =
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Elección de presidente y vicepresidentes de la Reunión de las Partes: informe de la Secretaría del Convenio
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