Всемирная организация здравоохранения (ВОЗ / WHO) · Governing Bodies documents

Situación del Protocolo para la eliminación del comercio ilícito de productos de tabaco: informe de la Secretaría del Convenio

Всемирная организация здравоохранения
Открыть оригинал документа

Полный текст размещён на сайте публикующей организации. lawenc.com индексирует метаданные и ведёт на официальный источник.

Полный текст

Conferencia de las Partes en el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco Séptima reunión Delhi (India), 7-12 de noviembre de 2016 Punto 5.1 del orden del día provisional FCTC/COP/7/5 28 de junio de 2016 66 Situación del Protocolo para la Eliminación del Comercio Ilícito de Productos de Tabaco 66 Informe de la Secretaría del Convenio INTRODUCCIÓN 1. En su quinta reunión (Seúl, República de Corea, 12-17 de noviembre de 2012), la Conferencia de las Partes adoptó el Protocolo para la Eliminación del Comercio Ilícito de Productos de Tabaco 1 . En su sexta reunión (Moscú, Federación de Rusia, 13-18 de octubre de 2014), la Conferencia de las Partes adoptó la decisión FCTC/COP6(6), en la que se solicita a la Secretaría del Convenio que: a) siga promoviendo la ratificación, aceptación, aprobación y confirmación oficial del Protocolo y la adhesión a él, en particular mediante reuniones multisectoriales presenciales y en línea y la promoción del uso de la lista de comprobación y autoevaluación por todos los sectores gubernamentales involucrados en la aplicación del Protocolo; b) identifique y establezca lo antes posible un grupo de expertos compuesto de no más de dos miembros por región de la OMS, con el mandato de prestar apoyo a la Secretaría del Convenio para que proporcione asesoramiento técnico y jurídico cuando se solicite, en particular sobre aduanas, administración fiscal y vigilancia del cumplimiento de la ley, y facilite el intercambio de información, experiencias y retos entre las Partes, especialmente en relación con las buenas prácticas y oportunidades relativas a la aplicación de las disposiciones del Protocolo; c) intensifique su colaboración con la OMA, la UNODC, la OMC y otros organismos, según proceda, para definir medidas encaminadas a acelerar la entrada en vigor del Protocolo, especialmente facilitando la celebración de discusiones multisectoriales; d) siga desarrollando y brindando la capacidad técnica necesaria para apoyar a las Partes que deseen hacer avanzar su labor en las esferas abarcadas por el artículo 15 del CMCT de la OMS y del Protocolo; e) determine mecanismos de apoyo técnico y financiero para ayudar a las Partes a aplicar el Protocolo 2 . 1 Véase la decisión FCTC/COP5(1). 2 Véase la decisión FCTC/COP6(6). FCTC/COP/7/5 2 2. En la decisión FCTC/COP6(20), la Conferencia de las Partes, reconociendo que el primer periodo de sesiones de la Reunión de las Partes (MOP) no se celebraría durante el ciclo presupuestario 2014- 2015, decidió reasignar 345.000 dólares de los Estados Unidos recibidos en concepto de contribuciones señaladas de carácter voluntario para promover la entrada en vigor del Protocolo y para apoyar la labor del cuadro de expertos en cuestiones relativas al Protocolo. Las actividades realizadas en esos dos ámbitos se exponen a continuación en los párrafos 3 a 14. 3. De conformidad con el artículo 44 del Protocolo, este «estará sujeto a la ratificación, aceptación, aprobación o adhesión de los Estados y a la confirmación oficial o la adhesión de las organizaciones de integración económica regional que sean Partes en el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco». «El Protocolo entrará en vigor el nonagésimo día contado desde la fecha en que haya sido depositado en poder del Depositario el cuadragésimo instrumento de ratificación, aceptación, aprobación, confirmación oficial o adhesión» 3 . El Protocolo fue firmado por 54 Partes en el CMCT de la OMS 4 y, en el momento en que se redacta el presente documento, cuenta con 19 Partes 5 . Es necesario que al menos 21 Partes más en el CMCT de la OMS se conviertan en Partes en el Protocolo para que este entre en vigor. ACTIVIDADES DESDE LA SEXTA REUNIÓN DE LA CONFERENCIA DE LAS PARTES Promoción de la ratificación y entrada en vigor del Protocolo 4. Para dar visibilidad al Protocolo y promover su entrada en vigor, la Secretaría del Convenio organizó una serie de talleres subregionales de carácter multisectorial para las Partes en el CMCT de la OMS. En esos talleres se reunieron funcionarios de distintos sectores públicos que participan en la aplicación del Protocolo —incluidos el de la salud, las aduanas, la justicia, la fiscalidad y el comercio— con expertos en cuestiones relacionadas con el Protocolo, miembros de la sociedad civil y representantes de organizaciones intergubernamentales, entre ellas la Organización Mundial de Aduanas (OMA), el Banco Mundial y la Organización Mundial de la Salud (OMS). Cincuenta y cuatro Partes en el CMCT de la OMS recibieron invitación para participar en esos talleres, a los que asistieron 51 Partes. 5. Se celebraron los talleres subregionales siguientes sobre el Protocolo: en la región de Asia Sudoriental, Nay Pyi Taw (Myanmar), 9-11 de diciembre de 2014 6 , y Colombo (Sri Lanka), 13-14 de octubre de 2015 7 ; en la región del Mediterráneo Oriental, Kuwait (Kuwait), 23-24 de marzo de 2015 8 ; en la región de las Américas, Panamá (Panamá), 22-24 de abril de 2015 9 ; y en la región de África, Gaborone (Botswana), 6-8 de mayo de 2015 10 . Además, la Oficina Regional de la OMS para 3 Artículo 45 del Protocolo. 4 La firma del Protocolo se cerró el 9 de enero de 2014. La lista de signatarios se encuentra en http://who.int/fctc/protocol/ratification/es/. 5 Arabia Saudita, Austria, Burkina Faso, Côte d'Ivoire, Ecuador, España, Francia, Gabón, Iraq, Letonia, Malí, Mongolia, Nicaragua, Portugal, República Democrática del Congo, Sri Lanka, Turkmenistán y Uruguay, y la Unión Europea. 6 Partes en el CMCT de la OMS que participaron: Camboya, China, Filipinas, Japón, Malasia, Myanmar, República de Corea, República Democrática Popular Lao, Tailandia y Viet Nam. 7 Partes en el CMCT de la OMS que participaron: Bangladesh, Bhután, India, Maldivas, Nepal, Sri Lanka y Timor-Leste. 8 Partes en el CMCT de la OMS que participaron: Arabia Saudita, Bahrein, Emiratos Árabes Unidos, Kuwait, Omán y Qatar. 9 Partes en el CMCT de la OMS que participaron: Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua y Panamá. 10 Partes en el CMCT de la OMS que participaron: Botswana, Burkina Faso, Gambia, Lesotho, Madagascar, Malí, República Democrática del Congo, Sudáfrica, Swazilandia y Togo. FCTC/COP/7/5 3 África organizó otro taller, en colaboración con la Secretaría del Convenio en Harare (Zimbabwe), del 20 al 22 de abril de 2016 11 . 6. Asimismo, la Secretaría del Convenio colaboró con la OMS en las reuniones siguientes sobre lucha antitabáquica, en las que se organizaron reuniones específicas sobre el Protocolo: Reunión de la Organización de Cooperación Económica del Mar Negro sobre la fiscalidad del tabaco y el comercio ilícito (Estambul, Turquía, 29 de septiembre de 2015); Reunión anual internacional de la Oficina Regional para el Mediterráneo Oriental sobre la aplicación del CMCT de la OMS (El Cairo, Egipto, 26-28 de octubre de 2015); Reunión subregional sobre la ampliación del estado de la aplicación del CMCT de la OMS en los países de Europa Sudoriental (Tirana, Albania, 18-20 de noviembre de 2015); y Reunión europea sobre la aplicación del Convenio Marco de las OMS para el Control del Tabaco (Asjabad, Turkmenistán, 28-29 de abril de 2016). 7. La Secretaría del Convenio está preparando los talleres subregionales siguientes sobre el Protocolo, que tendrán lugar antes de la séptima reunión de la Conferencia de las Partes: en la región de las Américas, Brasilia (Brasil), 14-16 de septiembre de 2016 12 ; y en la región del Pacífico Occidental, Nadi (Fiji), 26-28 de septiembre de 2016 13 . Además, se prevé celebrar un taller subregional sobre el Protocolo para la Unión Europea y sus Estados miembros en febrero de 2017 y otro para los nuevos Estados Independientes de la región europea en marzo de 2017. 8. Las conclusiones de los talleres subregionales sobre el Protocolo indican que las Partes del CMCT de la OMS hacen frente a dificultades similares para la ratificación del Protocolo, entre las que se incluyen la interferencia de la industria tabacalera, en particular los intentos cada vez más frecuentes de alentar la adopción del sistema Codentify 14 y su intención de presentarse como asociado para la aplicación del Protocolo; la falta de apropiación del Protocolo entre los distintos sectores gubernamentales; las dificultades para entablar una colaboración y coordinación interministerial durante el proceso de aplicación; y la carencia de capacidades y recursos para la aplicación del Protocolo. 9. También se observan problemas específicos en cada región. Por ejemplo, entre las dificultades identificadas en la región de África se incluyen el escaso conocimiento del proceso de ratificación y la prioridad que se concede a la aprobación de leyes para el control del tabaco en detrimento de la ratificación del Protocolo; en la región de Asia Sudoriental, comprenden el comercio ilícito a gran escala, la inestabilidad de los gobiernos, los problemas de concesión de licencias relacionadas con el tabaco y la incapacidad del organismo coordinador del Protocolo de incluir al Ministerio de Salud. En todas las regiones se constató la necesidad de asistencia para traducir el Protocolo a un lenguaje sencillo; aplicar un sistema de seguimiento y localización; mejorar los sistemas de intercambio de información; y elaborar ejemplos de prácticas óptimas y un análisis de los costos de la aplicación del Protocolo. 10. Por lo que respecta al aspecto técnico, los países consideran que es difícil explicar los beneficios del Protocolo a los responsables de las políticas; comprender de qué manera se puede instaurar un 11 Partes en el CMCT de la OMS que participaron: Angola, Comoras, Guinea Ecuatorial, Guinea, Mauricio, Níger, Rwanda, Seychelles, República Unida de Tanzanía, Zambia y Zimbabwe. 12 Partes en el CMCT de la OMS que serán invitadas: Bolivia (Estado Plurinacional de), Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela (República Bolivariana de). 13 Partes en el CMCT de la OMS que serán invitadas: Fiji, Islas Cook, Islas Marshall, Islas Salomón, Kiribati, Micronesia (Estados Federados de), Nauru, Niue, Palau, Papua Nueva Guinea, Samoa, Tonga, Tuvalu y Vanuatu. 14 Codentify fue elaborado por Philip Morris International y cuenta con el apoyo de British American Tobacco, Japan Tobacco International e Imperial Tobacco. FCTC/COP/7/5 4 sistema de seguimiento y localización; construir capacidades en todos los sectores gubernamentales pertinentes; y colaborar con expertos y recibir su apoyo, en particular para obtener aclaraciones técnicas sobre las distintas disposiciones del Protocolo. 11. A partir de los datos recabados en las reuniones subregionales y bilaterales, la Secretaría del Convenio continúa recopilando información sobre los progresos realizados por las Partes en la preparación del proceso de ratificación del Protocolo y la adhesión a él 15 . Establecimiento de un grupo de expertos sobre el Protocolo 12. Tal como solicitara solicitó la Conferencia de las Partes, la Secretaría del Convenio estableció un grupo de expertos sobre el Protocolo compuesto por dos expertos por región de la OMS, con el mandato de brindar apoyo a la Secretaría en la prestación de asistencia y asesoramiento a las Partes en los temas centrales del Protocolo y de facilitar el intercambio de información. Los miembros del grupo llevarán a cabo las actividades pertinentes de forma individual y en grupo. Asimismo, en aras de cumplir su mandado adecuadamente, pondrán en común las experiencias adquiridas en las intervenciones y las misiones en los países y formarán una red y una base de datos para el intercambio y la divulgación de las buenas prácticas, los conocimientos y la información que se consideren pertinentes. 13. Se invita a las Partes, a través de sus centros de coordinación del CMCT de la OMS, a remitir solicitudes de asistencia a la Secretaría del Convenio. La Secretaría asignará cada solicitud a un miembro del grupo, dentro de los límites de la financiación disponible y teniendo en cuenta los conocimientos técnicos necesarios para desempeñar dichas funciones, además de su disponibilidad, afinidad regional, familiaridad con la situación de la Parte solicitante y conocimientos lingüísticos 16 . Cabe la posibilidad de invitar a los miembros del grupo en calidad de expertos o especialistas a los talleres sobre el Protocolo que se organicen a escala regional, subregional y nacional. 14. El grupo de expertos celebró una reunión de coordinación (Ginebra, Suiza, 3-4 de mayo de 2016) con objeto de reflexionar sobre sus modalidades de trabajo. Los miembros del grupo intercambiaron impresiones sobre las oportunidades y los desafíos relacionados con la aplicación del Protocolo y la manera en que podían ayudar, individual y colectivamente, a las Partes a acelerar la ratificación del Protocolo. 15. Durante la reunión de coordinación, el grupo de expertos elaboró una lista de posibles acciones, que se pondrán en conocimiento de las Partes en el sitio web de la Secretaría. Asimismo, emitió una serie de sugerencias para su consideración por la Secretaría del Convenio con el objetivo de mejorar la asistencia y el asesoramiento que se prestan a las Partes; entre ellas se incluyen las siguientes: a) planificar y organizar una reunión de responsables de la toma de decisiones de las Partes en el CMCT de la OMS que estén a punto de ratificar el Protocolo 17 ; b) planificar y organizar una reunión de las Partes en el CMCT de la OMS con zonas francas; 15 Se trata de una labor en fase de desarrollo. Próximamente podrá consultarse una sinopsis en el siguiente enlace: http://www.who.int/fctc/cop/cop7/Documentation-Supplementary-information/es/. 16 Se puede obtener más información sobre el grupo de expertos en el sitio web del Protocolo en http://who.int/fctc/protocol/activities/Expert_Panel_on_Illicit_Trade_Protocol/es/. 17 La Secretaría del Convenio, en coordinación con varios expertos del grupo, así como con expertos consultores del Protocolo, identificaron 30 países prioritarios (en función de la firma, la participación en las reuniones subregionales de carácter multisectorial sobre el Protocolo y las solicitudes de asistencia) en los que centrarse para lograr la ratificación del Protocolo para la Eliminación del Comercio Ilícito de Productos de Tabaco. FCTC/COP/7/5 5 c) planificar y organizar una reunión de ministros de Finanzas al margen de las reuniones estatutarias del Fondo Monetario Internacional (FMI) y del Grupo del Banco Mundial 18 ; d) establecer una base de datos para la recopilación de información sobre cuestiones relacionadas con el Protocolo 19 . Colaboración con organismos internacionales 16. El Protocolo reconoce la necesidad de mejorar la cooperación entre la Secretaría del Convenio y varias organizaciones intergubernamentales, incluidos la OMA, la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), la Organización Mundial del Comercio (OMC) y otros organismos, según proceda. Asimismo, la Conferencia de las Partes solicitó a la Secretaría que se coordinara con las organizaciones internacionales sobre cuestiones relacionadas con el Protocolo. 17. Así, la Secretaría del Convenio ha promocionado el Protocolo en actos internacionales de alto nivel y ha destacado la importancia de las aduanas, los cuerpos de policía y otros sectores gubernamentales pertinentes en apoyo a la labor del Protocolo, en particular en referencia a los beneficios adicionales para la salud pública, la economía, la prevención de los delitos y la seguridad que se derivarían de su aplicación. El grupo de expertos, en su reunión de coordinación, también identificó la colaboración de sus miembros con organizaciones activas en sus ámbitos de competencia respectivos y con sus redes profesionales, en particular a nivel regional, como un medio eficaz de divulgación y cooperación. Elaboración de instrumentos para promover y aplicar el Protocolo 18. La Secretaría del Convenio sigue promoviendo el uso de la lista de autoevaluación que elaboró para que las Partes examinaran sus marcos jurídicos, regulatorios y normativos en vista de las disposiciones del Protocolo 20 . También preparó una lista de verificación de las medidas que deben adoptarse a nivel nacional con el fin de llegar a ser Parte en el Protocolo y una descripción de los términos y procedimientos clave relacionados con su ratificación y entrada en vigor, ambas a disposición de las Partes 21 . Además, en el sitio web de la Secretaría se encuentra disponible un documento técnico de preguntas y respuestas sobre los aspectos más destacados del Protocolo en los seis idiomas de la Conferencia de las Partes 22 . 19. Del mismo modo, la Secretaría del Convenio ha elaborado modelos de instrumentos de ratificación, aceptación o aprobación (para las Partes en el CMCT de la OMS que ya han firmado el Protocolo) y un modelo de instrumento de adhesión (para las Partes en el CMCT de la OMS que no han firmado el Protocolo) que pueden consultarse en su sitio web en los seis idiomas de la Conferencia de las Partes 23 . 20. Por último, se han publicado varios documentos técnicos sobre la promoción y aplicación del Protocolo, incluido un conjunto de preguntas y respuestas sobre el Protocolo, el papel de la industria 18 Las reuniones anuales del FMI y el Grupo del Banco Mundial de 2016 están previstas del 7 al 9 de octubre y sus reuniones de primavera se celebrarán del 21 al 23 de abril de 2017, en Washington D. C. (Estados Unidos) (https://www.imf.org/external/am/, en inglés). 19 Se encuentra en fase de desarrollo y se incluirá en la base de datos de información. 20 La lista de autoevaluación está disponible en http://www.who.int/fctc/protocol/about/es/. 21 http://who.int/fctc/protocol/about/es/. 22 http://www.who.int/fctc/protocol/faq/es/. 23 http://www.who.int/fctc/protocol/ratification/es/. FCTC/COP/7/5 6 tabacalera en el comercio ilícito, un estudio de caso de cómo llegar a ser Parte en el Protocolo y un estudio subregional sobre el comercio ilícito en América Central 24 . Identificación de mecanismos de asistencia técnica y financiera para las Partes 21. La Secretaría del Convenio ha identificado mecanismos de asistencia tanto técnica como financiera para las Partes que deseen avanzar en las esferas abarcadas por el artículo 15 del CMCT de la OMS y el Protocolo al facilitar el intercambio de información entre las Partes que requieren asistencia y las que ya han aplicado las medidas respectivas. Entre ellos se incluye la selección de expertos internacionales en los ámbitos de trabajo correspondientes para que brinden apoyo en la aplicación del artículo 15 de la CMCT de la OMS y en la ratificación del Protocolo, previa solicitud de las Partes. 22. Asimismo, la Secretaría del Convenio ha concluido las conversaciones con la Unión Europea (UE) acerca de una subvención para trabajar sobre el Protocolo en los países orientales de la UE y sus países vecinos. Ello constituye un mecanismo fructífero de recaudación de fondos que permitirá a la Secretaría ayudar a las Partes en el CMCT de la OMS para que lleguen a ser Partes en el Protocolo, así como contribuir a su aplicación. OTRAS POSIBLES FORMAS DE AVANZAR Acciones para promover la entrada en vigor y la aplicación del Protocolo 23. Con miras a dar un mayor impulso al proceso de ratificación, la Conferencia de las Partes podría contemplar la posibilidad de ampliar el mandato del grupo de expertos y solicitar a la Secretaría que, en colaboración con el grupo, lleve a cabo las actividades que este considere adecuadas, en función de los fondos disponibles. 24. Además, la Conferencia de las Partes tal vez desee pedir a la Secretaría que tenga a bien: a) seguir promoviendo la ratificación, la aceptación, la aprobación y la confirmación oficial del Protocolo y la adhesión a él; b) continuar proporcionando asesoramiento y asistencia a las Partes en el CMCT de la OMS que deseen llegar a ser Partes en el Protocolo, así como sobre otros aspectos técnicos relacionados con la aplicación del Protocolo, en colaboración con el grupo de expertos, según proceda; y proseguir con su labor de facilitación del trabajo de los miembros del grupo de expertos, de forma tanto individual como colectiva, en función de los fondos disponibles; c) intensificar su colaboración con el FMI, la OMS, la UNODC, la OMC, el Banco Mundial y otros organismos, según proceda, para propiciar diálogos significativos de carácter multisectorial y promover la entrada en vigor del Protocolo; d) informar de sus actividades en la octava reunión de la Conferencia de las Partes. PRIMER PERIODO DE SESIONES DE LA REUNIÓN DE LAS PARTES 25. Como se ha indicado anteriormente, es necesario que 21 Partes en el CMCT de la OMS más lleguen a ser Partes en el Protocolo para que este pueda entrar en vigor. 26. De conformidad con el artículo 33.1 del Protocolo, el primer periodo de sesiones de la Reunión de las Partes será convocado «inmediatamente antes o inmediatamente después de la primera reunión ordinaria de la Conferencia de las Partes siguiente a la entrada en vigor del presente Protocolo». En 24 Todos los documentos están disponibles en http://who.int/fctc/protocol/about/es/. FCTC/COP/7/5 7 virtud del artículo 45.1, el Protocolo «entrará en vigor el nonagésimo día contado desde la fecha en que haya sido depositado en poder del Depositario el cuadragésimo instrumento de ratificación, aceptación, aprobación, confirmación oficial o adhesión». En consecuencia, si el cuadragésimo instrumento se deposita el 9 de agosto de 2016 o antes, el Protocolo entrará en vigor el 6 de noviembre de 2016 y el primer periodo de sesiones de la Reunión de las Partes se celebrará, por tanto, del 14 al 16 de noviembre de 2016, inmediatamente después de la séptima reunión de la Conferencia de las Partes 25 . 27. Si el cuadragésimo instrumento se deposita después del 9 de agosto de 2016, el primer periodo de sesiones de la Reunión de las Partes se celebrará junto con la octava reunión de la Conferencia de las Partes, que está prevista a finales de 2018. En función de la cantidad de ratificaciones, aceptaciones, aprobaciones, confirmaciones oficiales o adhesiones, así como de los plazos en los que estas se lleven a cabo, es posible que transcurra un intervalo de tiempo considerable entre la entrada en vigor del Protocolo y el primer periodo de sesiones de la Reunión de las Partes. Si bien esto daría tiempo suficiente a las Partes para preparar la aplicación nacional del Protocolo, también supondría un gran lapso en el que no se tomaría ninguna medida a escala internacional. Quizá la Conferencia de las Partes desee plantearse la adopción de medidas para evitarlo. 28. Una opción sería que la Conferencia de las Partes estableciera un órgano subsidiario encargado de los preparativos del primer periodo de sesiones de la Reunión de las Partes, a imagen del grupo de trabajo intergubernamental que estableció la Asamblea Mundial de la Salud para preparar la primera reunión de la Conferencia de las Partes en el CMCT de la OMS. Esta medida podría acelerar la toma de decisiones en el primer periodo de sesiones de la Reunión de las Partes. Dicho órgano proporcionaría un foro de discusión técnica y política sobre múltiples asuntos relacionados con el Protocolo, incluido el sistema de seguimiento y localización que debe establecerse en virtud del artículo 8 del Protocolo. No obstante, únicamente la Reunión de las Partes goza de autoridad para adoptar decisiones sobre esos asuntos. Un órgano subsidiario no podría ofrecer orientación específica a las Partes sobre la aplicación del Protocolo. Por consiguiente, se produciría un retraso inevitable en la ejecución efectiva de las medidas prescritas en el Protocolo. La actividad de un grupo de trabajo intergubernamental tiene consecuencias financieras. La Conferencia de las Partes podría plantearse tomar una decisión similar a la adoptada en su sexta reunión 26 , de manera que los fondos no utilizados asignados al primer periodo de sesiones de la Reunión de las Partes en el bienio actual 27 se destinen a financiar las actividades relacionadas con el Protocolo, incluido un grupo de trabajo intergubernamental. No obstante, se precisarán más fondos. 29. En este sentido, cabe destacar que las Partes deben implementar algunas disposiciones dentro de unos plazos fijos tras la entrada en vigor del Protocolo, a saber: los artículos 6.5 (insumos básicos fundamentales, 5 años), 8.1 (régimen mundial de seguimiento y localización, 5 años), 8.3 (marcas de identificación, 5 y 10 años), 12.1 (zonas francas, 3 años) y 13.2 (ventas libres de impuestos, 5 años). 25 El texto del artículo 33.1 del Protocolo permite que el primer periodo de sesiones de la Reunión de las Partes se celebre inmediatamente antes o inmediatamente después de la reunión de la Conferencia de las Partes. En octubre de 2015, la Mesa aceptó la propuesta de la India, el gobierno anfitrión, de convocar el primer periodo de sesiones de la Reunión de las Partes inmediatamente después de la séptima reunión de la Conferencia de las Partes. Así, para que la séptima reunión de la Conferencia de las Partes sea la «siguiente» reunión ordinaria tras la entrada en vigor del Protocolo, la entrada en vigor debe tener lugar a más tardar el 6 de noviembre de 2016, de modo que sea posible convocar el primer periodo de sesiones de la Reunión de las Partes, lo que exige que el cuadragésimo instrumento se deposite a más tardar el 9 de agosto de 2016. 26 Véase la decisión FCTC/COP6(20): «Modificación del plan de trabajo y presupuesto para el ejercicio 2014-2015». 27 Fondos asignados al primer periodo de sesiones de la Reunión de las Partes en el plan de trabajo y presupuesto para el ejercicio 2016-2017: 300.000 dólares de los Estados Unidos, sufragados con contribuciones señaladas de carácter voluntario y 242.000 dólares sufragados con fondos extrapresupuestarios; véase la decisión FCTC/COP6(27), http://apps.who.int/gb/fctc/PDF/cop6/FCTC_COP6(27)-sp.pdf. FCTC/COP/7/5 8 Un lapso demasiado largo entre la entrada en vigor del Protocolo y el primer periodo de sesiones de la Reunión de las Partes podría significar en la práctica una reducción del tiempo de que disponen las Partes para aplicar esas disposiciones. Esto es especialmente preocupante en el caso del establecimiento del régimen mundial de seguimiento y localización, que requerirá de la orientación y las decisiones adoptadas en la Reunión de las Partes. El régimen de seguimiento y localización es un elemento clave del Protocolo y su implantación será una prioridad. 30. Por tanto, una alternativa sería convocar el primer periodo de sesiones de la Reunión de las Partes seis meses después de la entrada en vigor del Protocolo (de modo que se disponga de tiempo suficiente para organizar las cuestiones logísticas y técnicas), junto con una reunión extraordinaria muy breve (de medio día) de la Conferencia de las Partes, convocada en virtud del artículo 23.2 del CMCT de la OMS, seguida inmediatamente por el primer periodo de sesiones de la Reunión de las Partes. 31. La Conferencia de las Partes podría plantearse si ese incumplimiento del artículo 33.1 del Protocolo podría resultar justificable a fin de evitar una demora excesiva entre la entrada en vigor del Protocolo y el primer periodo de sesiones de la Reunión de las Partes, una brecha que reduciría el tiempo a disposición de las Partes para aplicar las obligaciones del Protocolo sujetas a plazos fijos (incluido, en particular, el sistema de seguimiento y localización), lo que infligiría una carga innecesaria en las Partes y acarrearía un retraso en la aplicación del Protocolo. 32. La celebración del primer periodo de sesiones de la Reunión de las Partes junto con una reunión extraordinaria breve de la Conferencia de las Partes tendría consecuencias financieras. La Conferencia de las Partes podría plantearse tomar una decisión similar a la adoptada en su sexta reunión, de manera que los fondos no utilizados asignados al primer periodo de sesiones de la Reunión de las Partes en el bienio actual 28 se destinen a financiar la reunión extraordinaria de la Conferencia de las Partes y el primer periodo de sesiones de la Reunión de las Partes. No obstante, se precisarán más fondos. INTERVENCIÓN DE LA CONFERENCIA DE LAS PARTES 33. Se invita a la Conferencia de las Partes a que tome nota del presente informe y proporcione nuevas orientaciones al respecto, en particular en cuanto a las posibilidades de cara al futuro. = = = 28 Véase la nota a pie de página 26.

Основные сведения
Тип документа Governing Bodies documents
Дата принятия
Источник Всемирная организация здравоохранения