CONSEJO EJECUTIVO 134.ª reunión Punto 9.1 del orden del día
EB134/CONF./2 20 de enero de 2014
Medicina tradicional Proyecto de resolución presentado por China, Malasia y la República de Corea
El Consejo Ejecutivo, Visto el informe sobre medicina tradicional,1 RECOMIENDA a la 67.ª Asamblea Mundial de la Salud que adopte la resolución siguiente: La 67.ª Asamblea Mundial de la Salud, PP1 Recordando las resoluciones WHA22.54, WHA29.72, WHA30.49, WHA31.33, WHA40.33,WHA41.19, WHA42.43, WHA44.34, WHA54.11, WHA56.31, WHA61.21, y en particular la resolución WHA62.13 sobre medicina tradicional, en la que se pedía a la Directora General que, entre otras cosas, actualizara la estrategia de la OMS sobre medicina tradicional 2002-2005 en función de los progresos realizados por los países y los nuevos retos en materia de medicina tradicional; PP2 Afirmando la importancia y el valor crecientes de las medicinas tradicionales y complementarias en la prestación de atención sanitaria en los países y en todo el mundo, y que esas medicinas ya no se limitan exclusivamente a ninguna región ni comunidad en particular; PP3 Observando el elevado nivel de interés que despiertan algunos aspectos de las prácticas de medicina tradicional y complementaria y sus profesionales, así como la demanda conexa de los consumidores y gobiernos que reclaman se considere la posible incorporación de esos elementos en la prestación de servicios de salud; PP4 Observando también que los principales problemas en el área de la medicina tradicional y complementaria incluyen deficiencias en lo relativo a: gestión y políticas basadas en el conocimiento; reglamentación apropiada de prácticas y profesionales; seguimiento y aplicación de reglamentos relativos a productos; e integración adecuada de los servicios de medicina tradicional y complementaria en la prestación de servicios de atención de salud y el cuidado de la propia salud,
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Documento EB134/24.
EB134/CONF./2
(OP1) 1. TOMA NOTA de la estrategia de la OMS sobre medicina tradicional 2014-2023 y de sus tres objetivos consistentes en construir la base de conocimientos necesaria para la gestión activa de la medicina tradicional y complementaria mediante políticas nacionales adecuadas; reforzar la garantía de calidad, la seguridad, el uso adecuado y la eficacia de la medicina tradicional y complementaria mediante la reglamentación de sus productos, prácticas y practicantes; y promover la cobertura sanitaria universal integrando los servicios de la medicina tradicional y complementaria en la prestación de servicios sanitarios y en la atención de la propia salud; (OP2) 2. INSTA a los Estados Miembros a que, de conformidad con sus capacidades, prioridades, legislación pertinente y circunstancias nacionales: 1) adapten, adopten y apliquen, según proceda, la estrategia de la OMS sobre medicina tradicional 2014-2023 como base para sus programas y planes de trabajo nacionales sobre medicina tradicional y complementaria; 2) informen a la OMS sobre los progresos realizados en la aplicación de la estrategia de la OMS sobre medicina tradicional 2014-2023; (OP3) 3. PIDE a la Directora General:
1) que facilite a los Estados Miembros la aplicación de la estrategia de la OMS sobre medicina tradicional 2014-2023 mediante el apoyo a la formulación de políticas, normas y reglamentaciones nacionales conexas basadas en el conocimiento, y el consiguiente fortalecimiento de la creación de capacidad nacional por medio del intercambio de información, las redes y los talleres de capacitación; 2) que continúe facilitando a los Estados Miembros orientación normativa sobre la manera de integrar servicios de medicina tradicional y complementaria en sus sistemas nacionales de salud, así como orientación técnica que permita velar por la seguridad, calidad y eficacia de esos servicios de medicina tradicional y complementaria; 3) que continúe promoviendo la cooperación y colaboración internacional en la esfera de la medicina tradicional y complementaria, a fin de intercambiar información basada en datos fidedignos, teniendo en cuenta las tradiciones y costumbres de los pueblos y comunidades indígenas; 4) que haga un seguimiento de la aplicación de la estrategia de la OMS sobre medicina tradicional 2014-2023; 5) que informe a la 72.ª Asamblea Mundial de la Salud, por conducto del Consejo Ejecutivo, acerca de los progresos realizados en la aplicación de la presente resolución.
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