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Informe del Comité Mixto de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas: Informe de la Secretaría

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66.ª ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD Punto 23.4 del orden del día provisional

A66/39 19 de abril de 2013

Informe del Comité Mixto de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas Informe de la Secretaría

1. Las decisiones del Comité Mixto de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas relativas a las modificaciones de los Estatutos y los Reglamentos de la Caja Común de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas están sujetas a la aprobación de la Asamblea General de las Naciones Unidas. En el presente documento se resumen los principales temas que el Comité Mixto debatió en su 59.º periodo de sesiones (3 a 11 de julio de 2012) 1 y las medidas adoptadas por la Asamblea General. 2

Cuestiones actuariales 2. El Comité Mixto tomó nota de la situación actuarial de la Caja, reflejada en la evaluación al 31 de diciembre de 2011. La evaluación se había preparado sobre la base de las hipótesis actuariales recomendadas por la Comisión de Actuarios y aprobadas por el Comité Mixto en 2011, y de conformidad con los Estatutos y Reglamentos y el sistema de ajuste de las pensiones de la Caja Común de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas vigentes en la fecha de evaluación. 3. La evaluación puso de manifiesto que la tasa de aportación necesaria al 31 de diciembre de 2011 era el 25,57%, mientras que la tasa de aportación actual es el 23,70%, lo cual arroja un déficit actuarial del 1,87% de la remuneración pensionable. Esto representa un aumento del 1,49% de la tasa de aportación necesaria respecto de la tasa determinada al 31 de diciembre de 2009, fecha en que la evaluación había mostrado un déficit del 0,38%. 4. En el informe que presentó al Comité Mixto, la Comisión de Actuarios observó con preocupación la tendencia a la baja de los resultados actuariales de las cinco evaluaciones actuariales pasadas. La Comisión recordó su recomendación anterior de que sería prudente tener un margen de amortiguación actuarial de entre el 1% y el 2% de la remuneración pensionable con el fin de compensar los efectos de la inestabilidad de los mercados financieros en la solvencia de la Caja a largo plazo, así como prever el pago puntual de sus obligaciones en el futuro. La Comisión convino en que no era necesario adoptar medidas de inmediato respecto de un posible aumento de las tasas de aportación, pero aconsejó al Comité Mixto que debía considerar la posibilidad de adoptar medidas correctivas con el fin de evitar que siguiera aumentando el déficit.

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Documento A67/9. Resolución 67/240.

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5. En general, el Comité Mixto observó que el déficit obedecía principalmente a que el rendimiento de las inversiones había sido inferior al previsto, y reconoció la importancia de que en los resultados de las evaluaciones actuariales futuras el rendimiento real de las inversiones a largo plazo se mantuviera en el objetivo del 3,50%. 6. El Comité Mixto destacó la necesidad de que se actuara con cautela y prudencia en cuanto a los posibles cambios del régimen de pensiones de las Naciones Unidas. Por consiguiente, estableció un grupo de trabajo que, en consulta con el actuario consultor de la Caja, la Comisión de Actuarios, el Comité de Inversiones, el Representante del Secretario General para las Inversiones de la Caja y el Secretario del Comité Mixto, examinaría posibles medidas para asegurar la viabilidad de la Caja a largo plazo. El Comité Mixto encomendó a su grupo de trabajo que no se centrara en medidas de reducción de gastos sino en la viabilidad a largo plazo, incluida la gobernanza, la gestión de las inversiones y la gestión del activo y el pasivo. Esta decisión fue acogida con agrado por la Asamblea General, que quedó a la espera de recibir información sobre los resultados obtenidos por el grupo y sus recomendaciones en futuros informes al Comité Mixto, y destacó la necesidad de hacer todos los esfuerzos posibles por resolver la situación actuarial de la Caja con miras a garantizar su viabilidad a largo plazo.

Inversiones 7. El Representante del Secretario General para las Inversiones de la Caja presentó el informe relativo a la gestión de las inversiones de la Caja, en el que se resumía el entorno económico y financiero del 1 de enero de 2011 al 31 de diciembre de 2011, así como las decisiones adoptadas en materia de inversión y el rendimiento de la Caja. 8. Al 31 de diciembre de 2011, el valor de mercado de la Caja era de US$ 39 700 millones, en comparación con US$ 41 400 millones el año anterior, lo que representaba una disminución de US$ 1700 millones, es decir, el 4,1%. Las variaciones del valor de la Caja, cuyo máximo histórico fue de US$ 44 500 millones en mayo de 2011, reflejaban las grandes oscilaciones de los mercados financieros en 2011. 9. El Presidente del Comité de Inversiones apoyó plenamente las respuestas del Representante del Secretario General y la División de Gestión de las Inversiones. También observó que invertir en los actuales mercados inestables exigía una combinación de resistencia, paciencia y valentía. 10. La Asamblea General destacó la importancia de que la Caja alcanzara la tasa de rendimiento anual real deseada del 3,5% a largo plazo, y alentó al Secretario General, en su calidad de fiduciario de las inversiones de los activos de la Caja, a que siguiera explorando posibilidades en todos los mercados, teniendo en cuenta políticas de riesgo-rendimiento, aplicando siempre técnicas racionales de gestión de riesgos y teniendo plenamente presentes los cuatro criterios principales para las inversiones, a saber, seguridad, rentabilidad, liquidez y convertibilidad.

Asuntos médicos 11. El Comité Mixto tomó nota del informe que le presentó el Consejero Médico acerca de las prestaciones de invalidez y por fallecimiento concedidas durante el periodo de dos años comprendido entre el 1 de enero de 2010 y el 31 de diciembre de 2011, y analizó cuestiones relacionadas con el hecho de que los trastornos psiquiátricos fueran la principal causa de invalidez. 12. El Comité Mixto consideró la norma de la «aptitud para el empleo» en relación con determinadas ocupaciones y aplazó la consideración de este tema para analizarlo en su próximo periodo de se2

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siones en 2013. La Asamblea General destacó que, para incluir criterios médicos en las condiciones de afiliación a la Caja, el Comité Mixto debería respetar plenamente las disposiciones pertinentes de la resolución 66/229 de la Asamblea General relativas a la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad. 13. El Comité Mixto aprobó, y la Asamblea General tomó nota de ello, las modificaciones propuestas a los artículos H.6(b), H.8 y H.10 del Reglamento Administrativo con objeto de ampliar el intervalo entre las reconsideraciones para las prestaciones a adultos y niños y de establecer plazos para la presentación de solicitudes de prestaciones por hijo discapacitado a los comités de pensiones del personal.

Asuntos administrativos 14. El Comité Mixto aprobó los estados financieros de la Caja correspondientes al bienio terminado el 31de diciembre de 2011. 15. El Comité Mixto reconoció con aprecio los progresos significativos realizados en la aplicación de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público y acogió con beneplácito la mayor transparencia que proporcionaría en los futuros estados financieros. 16. El Comité Mixto tomó nota del informe sobre los progresos en la aplicación del Sistema Integrado de Administración de Pensiones, así como del estado de las medidas de continuidad de las operaciones de la Caja, y aprobó la política global de gestión de riesgos revisada.

Auditoría 17. El Comité Mixto aprobó las recomendaciones realizadas por el Comité de Auditoría de que: a) la Caja elaborara su política contable conforme a la norma 3.12 de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público para incorporar la orientación proporcionada en la Norma Internacional de Contabilidad 26 en su totalidad a los fines de la adopción de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público a partir del 1 de enero de 2012, y b) se armonizaran en la medida de lo posible el ciclo de preparación de los estados financieros y de la auditoría para que el Comité de Auditoría reciba la opinión y el informe de los auditores externos antes de la preparación del informe anual del Comité al Comité Mixto. 18. El Comité Mixto tomó nota del proyecto de informe de la Junta de Auditores y solicitó al Director General y al Representante del Secretario General que aplicaran plenamente las recomendaciones de la Junta.

Gobernanza 19. El Comité Mixto aprobó el marco estratégico para el bienio 2014-2015 y solicitó al Director General que le informara en su 60.º periodo de sesiones, en 2013, sobre los indicadores de progreso que figuran en el marco estratégico para 2012-2013. 20. El Comité Mixto decidió por aclamación recomendar que el Secretario General de las Naciones Unidas, de conformidad con el artículo 7(a) de los Estatutos de la Caja, nombrara al Sr. Sergio Arvizú, Director General de la Caja y Secretario del Comité Mixto, con efecto a partir del 1 de enero de 2013, para un mandato fijo de cinco años, en sustitución del Sr. Bernard Cochemé, cuyo mandato terminaba el 31 de diciembre de 2012.

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21. El Comité Mixto solicitó al Secretario/Director General que examinara la sección dedicada a la función y responsabilidades de los comités de pensiones del personal y sus secretarías, después de celebrar consultas con cada una de las organizaciones afiliadas, y que presentara una declaración revisada de responsabilidad al Comité Mixto en su 60.º periodo de sesiones, que se celebraría en 2013.

Disposiciones de la Caja de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas relativas a las prestaciones 22. El Comité Mixto tomó nota del informe sobre las cláusulas de ajuste de las pensiones bajas y solicitó al Secretario/Director General que estudiara más a fondo la cuestión de la superposición en los montos de las prestaciones entre las disposiciones sobre pensiones bajas y las prestaciones mínimas, con miras a la simplificación del proceso. 23. El Comité Mixto no llegó a un consenso sobre la cuestión de la verificación del estado civil conforme a los artículos 34 y 35 del Reglamento de la Caja, y pidió al grupo de contacto que proporcionara mayores aclaraciones y orientación administrativa. Mientras tanto, el Director General seguiría interpretando los artículos 34 y 35 sobre la base de la orientación dada por el Comité Mixto en 2006 y reafirmada en 2007. 24. El Comité Mixto observó que la posibilidad de utilizar las pensiones como fuente de reembolso de pérdidas financieras causadas por funcionarios que hayan defraudado a la organización que los empleaba se había debatido con anterioridad y que la propuesta actual era de alcance mucho más limitado. En consecuencia, aprobó un nuevo artículo 45bis sobre la retención de prestaciones de pensiones en caso de condena por fraude contra una organización empleadora. Este nuevo artículo fue aprobado posteriormente por la Asamblea General. 25. El Comité Mixto reconoció que tanto el actuario consultor de la Caja como el Comité de Actuarios han determinado que, habida cuenta de las serias repercusiones que ha tenido la mayor longevidad para la situación actuarial de la Caja, el aumento de la edad normal de jubilación a los 65 años mejoraría la situación actuarial de la Caja. En consecuencia, el Comité Mixto está dispuesto a decidir el aumento de la edad normal de jubilación para los nuevos afiliados de la Caja con efecto a más tardar el 1 de enero de 2014. El Comité Mixto instó a la Comisión de Administración Pública Internacional y a las organizaciones afiliadas a la Caja a que aumentaran la edad obligatoria de separación del servicio a 65 años para el personal de nueva contratación de las organizaciones afiliadas a la Caja. La Asamblea General autorizó al Comité Mixto a que aumentara a 65 años la edad normal de jubilación para los nuevos afiliados a la Caja, con efecto a partir del 1 de enero de 2014, previa decisión de la Asamblea General de proceder al correspondiente aumento de la edad obligatoria de separación del servicio. 26. El Comité Mixto no pudo llegar a un consenso respecto de una nueva presentación de la propuesta para que los funcionarios con dedicación parcial pudieran adquirir años de aportes jubilatorios. 27. El Comité Mixto tomó nota de la decisión de suspender la aplicación del cálculo de las prestaciones en moneda nacional en Kenya y Venezuela (República Bolivariana de). Asimismo, tomó nota del hecho de que la cuantía de las pensiones calculadas en moneda local seguía manteniéndose en los niveles establecidos como objetivo o cerca de ellos en los países que se examinaron. 28. El Comité Mixto aprobó una serie de modificaciones de los Estatutos, el Reglamento Administrativo y el sistema de ajuste de las pensiones de la Caja. Sin embargo, el Comité Mixto no aprobó la autorización para que el Secretario/Director General enmiende en el futuro el Reglamento Administrativo de la Caja. 4

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Otros asuntos 29. El Comité Mixto aprobó las minutas de la 193.ª reunión del Comité Permanente, celebrada en julio de 2011 durante el 58.º periodo de sesiones del Comité Mixto. 30. También aprobó, y la Asamblea General coincidió en ello, los nuevos acuerdos de transferencia de derechos de pensión del Fondo con la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas y el Banco Africano de Desarrollo. 31. El Comité Mixto tomó nota de la información actualizada sobre el estudio conjunto de la remuneración pensionable llevado a cabo por la Comisión de Administración Pública Internacional y la Caja de Pensiones. 32. El Comité Mixto examinó una nota presentada por el Secretario/Director General acerca de la recuperación de terceros de las sumas pagadas en concepto de prestación por fallecimiento o invalidez en caso de que un tribunal hubiera establecido su responsabilidad por lesiones o muerte de un afiliado, y aplazó el examen del asunto hasta su siguiente periodo de sesiones, que se celebraría en 2013.

INTERVENCIÓN DE LA ASAMBLEA DE LA SALUD 33. Se invita a la Asamblea de la Salud a tomar nota de la información contenida en el presente documento.

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Основные сведения
Тип документа Governing Bodies documents
Дата принятия
Источник Всемирная организация здравоохранения