Всемирная организация здравоохранения (ВОЗ / WHO) · Governing Bodies documents

Preparación para la reunión de alto nivel de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre la cobertura sanitaria universal

Всемирная организация здравоохранения
Открыть оригинал документа

Полный текст размещён на сайте публикующей организации. lawenc.com индексирует метаданные и ведёт на официальный источник.

Полный текст

144.ª reunión EB144.R10 Punto 5.5 del orden del día 1 de febrero de 2019 Preparación para la reunión de alto nivel de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre la cobertura sanitaria universal El Consejo Ejecutivo, Habiendo examinado el informe del Director General sobre la cobertura sanitaria universal: pre- paración para la reunión de alto nivel de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre la cobertura sanitaria universal,1 RECOMIENDA a la 72.ª Asamblea Mundial de la Salud que adopte la siguiente resolución: La 72.ª Asamblea Mundial de la Salud, Recordando la Constitución de la Organización Mundial de la Salud, en la que se reconoce que el goce del grado máximo de salud que se pueda lograr es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano sin distinción de raza, religión, ideología política o condición económica o social; Recordando también la resolución 70/1 (2015) de la Asamblea General de las Naciones Unidas, titulada «Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible», por la que los Estados Miembros adoptaron un amplio conjunto de objetivos y metas universales y transformativos, de gran alcance y centrados en las personas para el desarrollo sostenible, de carácter integrado e indivisible, y reconociendo que el logro de la cobertura sanitaria universal contribuirá en gran medida a garantizar una vida sana y promover el bienestar de todos a todas las edades; Reconociendo que la salud es una condición previa, un resultado y un indicador de las tres dimensiones —económica, social y ambiental— del desarrollo sostenible; Reconociendo que los Objetivos de Desarrollo Sostenible tienen por objeto hacer efectivos los derechos humanos de todos, sin dejar a nadie atrás y llegando primero a los más rezagados mediante, entre otras cosas, el logro de la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres y las niñas; 1 Documento EB144/14. EB144.R10 2 Reconociendo que mediante la adopción de la Agenda 2030 y sus Objetivos de Desarrollo Sostenible en septiembre de 2015, los Jefes de Estado y de Gobierno adquirieron el firme com- promiso de, entre otras cosas, lograr la cobertura sanitaria universal para 2030, incluida la protec- ción contra los riesgos financieros, el acceso a servicios de salud esenciales de calidad y el acceso a medicamentos y vacunas inocuos, eficaces, asequibles y de calidad para todos; Reconociendo también que los Jefes de Estado y de Gobierno se comprometieron a garan- tizar, de aquí a 2030, el acceso universal a los servicios de salud sexual y reproductiva, incluidos los de planificación familiar, información y educación, y la integración de la salud reproductiva en las estrategias y los programas nacionales; Recordando la resolución WHA69.11 (2016) sobre la salud en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, en la que se reconoce que la cobertura sanitaria universal implica que todas las personas tengan acceso, sin discriminación alguna, a una serie de servicios de salud esenciales y necesarios de carácter promocional, preventivo, curativo, paliativo y rehabilitador, que se de- terminará a nivel nacional, así como a vacunas y medicamentos esenciales seguros, asequibles, eficaces y de calidad, a la vez que se asegura que el uso de esos servicios no expone a los usuarios a dificultades económicas, en particular los sectores pobres, vulnerables y marginados de la población; Recordando también la resolución 67/81 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 12 de diciembre de 2012, titulada «Salud mundial y política exterior», en la que se insta a los gobiernos, las organizaciones de la sociedad civil y las organizaciones internacionales a que co- laboren y promuevan la inclusión de la cobertura sanitaria universal como elemento importante de la agenda internacional de desarrollo, y un medio de fomentar un crecimiento sostenido, inclu- sivo y equitativo, la cohesión social y el bienestar de la población, así como de alcanzar otros hitos en la esfera del desarrollo social; Reconociendo la responsabilidad de los gobiernos de incrementar urgente y significativa- mente sus esfuerzos para acelerar la transición hacia el acceso universal a servicios de salud ase- quibles y de calidad, y reafirmando la responsabilidad principal de los Estados Miembros de de- terminar y promover su propio camino hacia el logro de la cobertura sanitaria universal; Recordando la resolución 69/313 de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre la Agenda de Acción de Addis Abeba de la Tercera Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo, adoptada el 27 de julio de 2015, en la que se reiteraba el firme compromiso político de hacer frente al problema de la financiación y de la creación de un entorno propicio a todos los niveles para el desarrollo sostenible, en un espíritu de alianza y solidaridad mundiales, y se alentaba a los países a estudiar la posibilidad de fijar metas de gasto apropiadas para cada país para realizar inversiones de calidad en el sector de la salud y alinear mejor los programas de las iniciativas sanitarias mundiales con los sistemas nacionales; Recordando también la resolución 72/139 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 12 de diciembre de 2017, titulada «Salud mundial y política exterior: atención de la salud de los más vulnerables en pro de una sociedad inclusiva», en la que los Estados Miembros decidieron celebrar en 2019 una reunión de alto nivel de la Asamblea General sobre la cobertura sanita- ria universal; Recordando además la resolución 72/138 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 12 de diciembre de 2017, titulada «Día Internacional de la Cobertura Sanitaria Universal», en la que la Asamblea General decidió proclamar el 12 de diciembre Día Internacional de la Cober- tura Sanitaria Universal; EB144.R10 3 Reafirmando el compromiso de los Estados Miembros de la OMS enunciado en la resolu- ción WHA71.1 (2018), sobre el 13.º Programa General de Trabajo 2019-2023, para apoyar la labor hacia el logro de la visión de los objetivos de los «tres mil millones», a saber, cobertura sanitaria universal para mil millones más de personas, mejor protección frente a emergencias sa- nitarias para mil millones más de personas, así como seguir contribuyendo a una mejor salud y bienestar para mil millones más de personas; Recordando la resolución 73/2 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 10 de octubre de 2018, sobre la Declaración política de la Tercera Reunión de Alto Nivel de la Asam- blea General sobre la Prevención y el Control de las Enfermedades no Transmisibles, en la que se adquirió el compromiso de promover un mayor acceso a medicamentos, diagnósticos y demás tecnologías que sean asequibles, seguros, eficaces y de calidad, reafirmando el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio (Acuerdo sobre los ADPIC) enmendado de la Organización Mundial del Comercio, y reafirmando también la Declaración de Doha relativa al Acuerdo sobre los ADPIC y la Salud Pública (2001), en que se reconoce que los derechos de propiedad intelectual deben ser interpretados y aplicados de una manera que apoye el derecho de los Estados Miembros de proteger la salud pública y, en particu- lar, de promover el acceso a los medicamentos para todos, y se señala la necesidad de incentivos apropiados para el desarrollo de nuevos productos sanitarios; Reiterando que la investigación y el desarrollo en materia de salud deben estar impulsados por las necesidades, basarse en la evidencia, guiarse por los principios básicos de asequibilidad, eficacia, eficiencia y equidad y considerarse una responsabilidad compartida; Recordando todas las resoluciones anteriores de la Asamblea de la Salud orientadas a pro- mover la salud y el bienestar físicos y mentales, así como a contribuir al logro de la cobertura sanitaria universal; Tomando nota con gran inquietud de que la lentitud actual de los progresos hacia el logro de la cobertura sanitaria universal conlleva que muchos países no estén en vías de alcanzar la meta 3.8 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible relativa al logro de la cobertura sanitaria universal; Observando también que la salud es un importante motor de crecimiento económico; Tomando nota asimismo de que actualmente los gastos sanitarios y los recursos para la salud de que disponen los gobiernos, especialmente en muchos países de ingresos bajos y media- nos, no son adecuados para lograr la cobertura sanitaria universal, incluida la protección de la población frente a los riesgos financieros; Conocedora de la importante función y la contribución necesaria de las organizaciones no gubernamentales, las entidades del sector privado, las fundaciones filantrópicas y las instituciones académicas, según proceda, al logro de los objetivos nacionales en materia de cobertura sanitaria universal, y de la necesidad en ese sentido de sinergias y colaboración entre todas las partes in- teresadas pertinentes; Reconociendo la función de los parlamentarios en el avance de la agenda de la cobertura sanitaria universal; Señalando que invertir es esencial para disponer de sistemas sólidos, transparentes, respon- sables y eficientes de prestación de servicios de salud, incluido un personal sanitario debidamente distribuido, capacitado, motivado y adaptado a las circunstancias; EB144.R10 4 Reconociendo que la aplicación eficaz y sostenible desde el punto de vista financiero de la cobertura sanitaria universal se sustenta en un sistema de salud resiliente y con capacidad de res- puesta y con la capacidad necesaria para adoptar medidas amplias de salud pública, asegurar la prevención de enfermedades y la protección y promoción de la salud y tomar en consideración los determinantes de la salud mediante políticas en distintos sectores, en particular la promoción de la educación sanitaria de la población; Observando que el creciente número de emergencias complejas está obstaculizando el lo- gro de la cobertura sanitaria universal y que es esencial adoptar enfoques coherentes e inclusivos para salvaguardar la cobertura sanitaria universal en situaciones de emergencia, incluso mediante la cooperación internacional, de modo que se garantice la prestación continuada de los servicios esenciales de salud y el desempeño de las funciones de salud pública, de conformidad con los principios humanitarios; Reconociendo la función fundamental de la atención primaria de la salud en el logro de la cobertura sanitaria universal y de los demás Objetivos de Desarrollo Sostenible y metas relacio- nados con la salud, tal y como se prevé en la Declaración de Astaná derivada de la Conferencia Mundial sobre Atención Primaria de Salud (Astaná, Kazajstán, días 25 y 26 de octubre de 2018), y en la provisión de un acceso equitativo a un conjunto completo de servicios y cuidados centrados en las personas, sensibles a las cuestiones de género, de alta calidad, seguros, integrados, accesi- bles, disponibles y asequibles, y que contribuyan a la salud y el bienestar de todos; Reconociendo también que la seguridad del paciente, el fortalecimiento de los sistemas de salud y el acceso a servicios de calidad de carácter promocional, preventivo, curativo y rehabili- tador, junto con los cuidados paliativos, son esenciales para lograr la cobertura sanitaria universal, 1. INSTA a los Estados Miembros:1 1) a acelerar los progresos hacia el cumplimiento de la meta 3.8 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, consistente en lograr para 2030 la cobertura sanitaria universal sin dejar a nadie atrás, especialmente a las poblaciones pobres, vulnerables y marginadas; 2) a prestar apoyo a la preparación para la reunión de alto nivel de la Asamblea General de las Naciones Unidas de 2019 sobre la cobertura sanitaria universal, participando en ella al más alto nivel posible, preferiblemente al nivel del Jefe de Estado y de Gobierno, y a colaborar en la formulación de la declaración política consensuada orientada a la acción; 3) a seguir movilizando recursos suficientes y sostenibles para la cobertura sanitaria universal, así como garantizando una asignación de recursos eficaz, equitativa y transpa- rente mediante una buena gobernanza de los sistemas de salud; y a garantizar la colabora- ción intersectorial, según proceda, centrándose especialmente en reducir las inequidades y desigualdades; 4) a apoyar una mejor priorización y toma de decisiones, en particular mediante el for- talecimiento de las capacidades institucionales y la gobernanza en materia de evaluación de las intervenciones y las tecnologías sanitarias, a fin de lograr eficiencias y tomar deci- siones basadas en la evidencia respetando al mismo tiempo la privacidad de los pacientes y promoviendo la seguridad de los datos; y a fomentar una utilización mayor y más siste- mática de las nuevas tecnologías y enfoques, incluidas las tecnologías digitales y los 1 Y, cuando proceda, a las organizaciones de integración económica regional. EB144.R10 5 sistemas de información sanitaria integrados, como medio de promover un acceso equita- tivo, asequible y universal a la salud y de orientar las decisiones en materia de políticas en apoyo de la cobertura sanitaria universal; 5) a seguir invirtiendo en la atención primaria de salud, y fortaleciéndola, como piedra angular de un sistema de salud sostenible para lograr la cobertura sanitaria universal y otros Objetivos de Desarrollo Sostenible relacionados con la salud, con miras a proporcionar un conjunto completo de servicios y cuidados centrados en las personas, de alta calidad, segu- ros, integrados, accesibles, disponibles y asequibles, así como a desempeñar las funciones de salud pública previstas en la Declaración de Astaná derivada de la Conferencia Mundial sobre Atención Primaria de Salud (Astaná, Kazajstán, días 25 y 26 de octubre de 2018) y a cumplir los compromisos enunciados en dicha Declaración; 6) a seguir invirtiendo en servicios de atención de salud sensibles a las cuestiones de género, y fortaleciendo servicios de ese tipo, que aborden los obstáculos para la salud rela- cionados con el género y garanticen a las mujeres y las niñas acceso equitativo a la salud, con objeto de hacer efectivo el derecho al goce del grado más alto de salud que se pueda lograr para todos y lograr la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres y las niñas; 7) a invertir en personal sanitario adecuado, competente y comprometido y a promover la contratación, desarrollo, capacitación y fidelización del personal sanitario en los países en desarrollo, especialmente en los países menos adelantados y los pequeños Estados insu- lares en desarrollo, mediante la aplicación activa de la Estrategia mundial de recursos hu- manos para la salud: personal sanitario 2030; 8) a promover el acceso a medicamentos, vacunas, medios de diagnóstico y otras tec- nologías sanitarias asequibles, seguros, eficaces y de calidad; 9) a apoyar la investigación y desarrollo de medicamentos y vacunas para las enferme- dades transmisibles y no transmisibles, incluidas las enfermedades tropicales desatendidas, en particular las que afectan principalmente a los países en desarrollo; 10) a considerar la posibilidad de integrar, según proceda, servicios de medicina tradi- cional y complementaria seguros y basados en la evidencia, en los sistemas nacionales y/o subnacionales de salud, especialmente en el ámbito de la atención primaria de salud, con arreglo al contexto y las prioridades nacionales; 11) a promover enfoques más coherentes e inclusivos para salvaguardar la cobertura sa- nitaria universal en las emergencias, en particular a través de la cooperación internacional, garantizando la prestación ininterrumpida de los servicios de salud esenciales y las funcio- nes de salud pública, en consonancia con los principios humanitarios; 12) a fomentar los conocimientos básicos sobre salud en la población, especialmente entre los grupos vulnerables, a fin de fortalecer la participación de los pacientes en la toma de decisiones clínicas haciendo hincapié en la comunicación entre el paciente y el profe- sional sanitario, y a seguir invirtiendo en información sanitaria fácilmente accesible, pre- cisa, fácil de comprender y basada en la evidencia, en particular a través de internet; 13) a seguir reforzando la prevención y la promoción de la salud abordando los determi- nantes de la salud y la equidad sanitaria a través de enfoques multisectoriales en los que participen todos los sectores del gobierno y el conjunto de la sociedad, así como el sector privado; EB144.R10 6 14) a reforzar las plataformas de monitoreo y evaluación para apoyar el seguimiento pe- riódico de los progresos logrados en la mejora del acceso equitativo a un conjunto integral de servicios y cuidados en el seno del sistema de salud y a la protección contra los riesgos financieros, y aprovechar dichas plataformas de la mejor forma posible para las decisiones de política; 15) a aprovechar lo mejor posible el Día Internacional de la Cobertura Sanitaria Univer- sal, y en particular considerar la posibilidad de acoger actividades apropiadas, con arreglo a las necesidades y prioridades nacionales; 2. HACE UN LLAMAMIENTO a todos los asociados en la cooperación para el desarrollo y a las partes interesadas del sector de la salud y otros sectores, para que armonicen, coordinen e intensifiquen su apoyo a los objetivos de los países en el logro de la cobertura sanitaria uni- versal, y alienten la colaboración de dichos asociados y partes interesadas, según proceda, en la elaboración del plan de acción mundial a favor de una vida sana y bienestar para todos con objeto de acelerar los progresos hacia el logro del Objetivo de Desarrollo Sostenible 3 (Garan- tizar una vida sana y promover el bienestar de todos a todas las edades) y otros Objetivos de Desarrollo Sostenible relacionados con la salud a fin de lograr la Agenda 2030 para el Desarro- llo Sostenible; 3. PIDE al Director General que: 1) apoye plenamente los esfuerzos de los Estados Miembros, en colaboración con el conjunto del sistema de las Naciones Unidas y otras partes interesadas pertinentes, hacia el logro de la cobertura sanitaria universal para 2030, en particular por lo que respecta al fortalecimiento de los sistemas de salud, incluso mediante el fortalecimiento de la labor normativa de la Organización y su capacidad para ofrecer apoyo técnico y asesoramiento sobre políticas a los Estados Miembros; 2) colabore estrechamente con la Unión Interparlamentaria para sensibilizar a los par- lamentarios con respecto a la cobertura sanitaria universal y lograr su plena colaboración tanto en la promoción como a favor de apoyo político sostenido hacia el logro de la cober- tura sanitaria universal para 2030; 3) facilite y apoye el aprendizaje y el intercambio de experiencias, prácticas óptimas y retos sobre la cobertura sanitaria universal entre los diferentes Estados Miembros de la OMS, en particular integrando a los agentes no Estatales pertinentes, según proceda, e iniciativas como la Alianza Sanitaria Internacional para la Cobertura Sanitaria Universal 2030, y en apoyo del proceso preparatorio y la reunión de alto nivel de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre la cobertura sanitaria universal; 4) elabore un informe sobre la cobertura sanitaria universal como aportación técnica para facilitar debates fundamentados en la reunión de alto nivel de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre la cobertura sanitaria universal; 5) aproveche lo mejor posible el Día Internacional de la Cobertura Sanitaria Universal para impulsar el programa sobre la cobertura sanitaria universal, en particular alentando un mayor compromiso político al respecto; EB144.R10 7 6) presente informes bienales sobre los progresos logrados en la aplicación de la pre- sente resolución, desde la 73.ª Asamblea Mundial de la Salud en 2020 hasta la 83.ª Asam- blea Mundial de la Salud en 2030, como parte del ciclo establecido de presentación de informes sobre la resolución WHA69.11 (2016). Decimoséptima sesión, 1 de febrero de 2019 EB144/SR/17 = = =

Основные сведения
Тип документа Governing Bodies documents
Дата принятия
Источник Всемирная организация здравоохранения