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Métodos de trabajo de los órganos deliberantes: PROYECTO DE DECISIÓN

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CONSEJO EJECUTIVO 134.ª reunión Punto 5.2 del orden del día

EB134/6 Add.2 24 de enero de 2014

Métodos de trabajo de los órganos deliberantes PROYECTO DE DECISIÓN

El Consejo Ejecutivo, Habiendo examinado el informe de la Secretaría sobre opciones para mejorar la adopción de decisiones por los órganos deliberantes:1 DECIDE: Fortalecimiento de la capacidad y formación2 1) respaldar las medidas adoptadas por la Secretaría para mejorar el fortalecimiento de la capacidad y la formación que se imparte a los nuevos Miembros y a los integrantes de la Mesa del Consejo; Acceso electrónico a las reuniones de los órganos deliberantes 2) aprobar la propuesta de introducir la transmisión por internet de las futuras sesiones públicas del Comité de Programa, Presupuesto y Administración y del Consejo Ejecutivo, accesible a todos los usuarios de internet mediante un enlace en el sitio web de la OMS; 3) recomendar a la 67.a Asamblea Mundial de la Salud que decida introducir la transmisión por internet de las futuras sesiones públicas de sus Comisiones A y B, así como de sus sesiones plenarias, accesible a todos los usuarios de internet mediante un enlace en el sitio web de la OMS, a reserva de que se resuelvan todas las cuestiones técnicas pertinentes y se disponga de recursos financieros. Utilización mínima de documentos en papel 4) respaldar las medidas adoptadas por la Secretaría para reducir al mínimo la utilización por la Organización de documentos en papel, y aprobar las medidas propuestas que se describen en el párrafo 9 del informe que figura en el documento EB134/6;

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Documentos EB134/6 y EB134/6 Add.1 En el presente documento se incluyen subtítulos con fines únicamente de claridad organizativa.

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5) pedir a la Directora General que siga desarrollando otros medios transparentes de comunicación entre la Secretaría y los Estados Miembros; Uso de un sistema de votación electrónica para el nombramiento de Director General 6) recomendar a la 67.ª Asamblea Mundial de la Salud que apruebe la recomendación de la Secretaría que figura en el documento EB134/6 Add.1 relativa al alquiler de un sistema de votación electrónica para la propuesta de nombramiento y el nombramiento de Director General que sea costoeficaz y seguro; y aprobar la recomendación de que Órganos Deliberantes ponga a prueba el sistema realizando votaciones de ensayo con anterioridad a la elección del próximo Director General; Reducción al mínimo de la presentación tardía de proyectos de resolución 7) con efecto a partir de la clausura de su 134.ª reunión, modificar el Reglamento Interior del Consejo Ejecutivo como sigue: · Añadir un artículo 28 bis con el texto siguiente: «Las propuestas de resolución o las decisiones que habrá de examinar el Consejo en relación con puntos del orden del día se podrán presentar hasta el final del primer día de la reunión. No obstante, si una reunión estuviera programada para dos días o menos, esas propuestas se podrán presentar, a más tardar, 48 horas antes de la apertura de la reunión. El Consejo podrá permitir la presentación tardía de esas propuestas si lo estimara apropiado.» · Añadir un artículo 28 ter con el texto siguiente: «Las propuestas y enmiendas relativas a puntos del orden del día se presentarán normalmente por escrito al Director General, que distribuirá copias a las delegaciones. Salvo que el Consejo decida otra cosa, ninguna propuesta se examinará ni se someterá a votación en ninguna sesión del Consejo a menos que se hayan distribuido copias a todas las delegaciones, por lo menos un día antes. Sin embargo, el Presidente podrá permitir el examen y la consideración de enmiendas, aun cuando no se hubieran distribuido o se hubieran distribuido el mismo día.» 8) recomendar a la 67.ª Asamblea Mundial de la Salud que modifique el Reglamento Interior de la Asamblea Mundial de la Salud, con efecto a partir de la clausura de esa reunión, del modo siguiente: · Suprimir el artículo 49 y sustituir el artículo 48 por el texto siguiente: «Las propuestas oficiales relativas a puntos del orden del día se podrán presentar hasta el primer día de una reunión ordinaria de la Asamblea de la Salud, y no menos de dos días antes de la apertura de una reunión especial. Todas esas propuestas se remitirán a la comisión a la que se haya asignado el punto del orden del día en cuestión, excepto si ese punto se fuera a examinar directamente en una sesión plenaria.»

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Reducción al mínimo del retraso en el envío de los documentos 9) recordar la importancia del requisito dispuesto en el artículo 5 del Reglamento Interior del Consejo Ejecutivo de que el Director General envíe los documentos para cada reunión ordinaria del Consejo a más tardar seis semanas antes del inicio de la misma; Reforma de los requisitos de presentación de informes 10) recomendar a la 67.ª Asamblea Mundial de la Salud que decida que en lo sucesivo los informes sobre los progresos realizados los examine solamente la Asamblea de la Salud, y ya no el Consejo Ejecutivo; Revisión de los requisitos relativos al memorando explicativo concerniente a los nuevos puntos y declaraciones relativas a los puntos de carácter urgente 11) por lo que respecta a los memorandos explicativos exigidos en virtud del artículo 9 del Reglamento Interior del Consejo Ejecutivo, solicitar que en ellos se tengan en cuenta los criterios definidos por el Consejo en la resolución EB121.R1 y se señalen los vínculos con el Programa General de Trabajo y el presupuesto por programas; 12) en lo que hace a las declaraciones exigidas en el artículo 10 del Reglamento Interior del Consejo Ejecutivo con respecto a las propuestas de carácter urgente, exigir que en ellas se tengan en cuenta los mencionados criterios, y se incluya una explicación del carácter urgente de la cuestión, así como los posibles riesgos que entrañe su aplazamiento o exclusión; 13) exigir que los memorandos explicativos y las mencionadas declaraciones se faciliten a la Mesa y los miembros del Consejo Ejecutivo, y se pongan a disposición de todos los Estados Miembros y Miembros Asociados en el sitio SharePoint de la OMS; y exigir además que las actas de las reuniones de la Mesa del Consejo previstas en el artículo 8 se faciliten a todos los Estados Miembros y Miembros Asociados a través del sitio SharePoint de la OMS; Revisión del proceso de preparación del orden del día del Consejo Ejecutivo 14) adoptar los siguientes procedimientos adicionales para la preparación del orden del día del Consejo Ejecutivo a título experimental, con efecto a partir de la clausura de la 134.ª reunión hasta la clausura de la 138.ª reunión: a) La Mesa del Consejo, al establecer el orden del día provisional con arreglo al artículo 8 del Reglamento Interior del Consejo Ejecutivo, procurará no exceder un número óptimo máximo de puntos del orden del día, de modo que el orden del día provisional contenga no más de 36 puntos en años en que no se presente presupuesto y no más de 48 puntos en años en que se presente presupuesto. b) Al hacerlo, la Mesa del Consejo aplicará los criterios establecidos por el Consejo en su resolución EB121.R11 (los «criterios acordados») de la siguiente forma: salvo en el caso de los puntos recurrentes o requeridos por el Consejo o la Asamblea, se asignará a 1 Las propuestas deben referirse a una cuestión de salud pública mundial, o a un tema nuevo dentro del ámbito de competencias de la OMS, o a una cuestión que represente una importante carga para la salud pública.

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cada punto un número del 1 al 3 en función de la cantidad de criterios acordados que cumpla, con arreglo a lo cual se establecerá su carácter prioritario. De este modo, los puntos que cumplan los tres criterios acordados tendrán prioridad sobre aquellos que cumplan dos, que a su vez tendrán prioridad sobre aquellos que cumplan uno solo; los puntos que no cumplan ningún criterio se excluirán. Elemento adicional opcional: El Director General proporcionará a la Mesa del Consejo, con miras a facilitar el procedimiento arriba descrito, los resultados de [una evaluación técnica de los puntos propuestos a la luz de los criterios acordados al efecto por la Secretaría][una evaluación técnica de los puntos propuestos a la luz de los criterios acordados al efecto por un grupo compuesto por dos representantes de cada Región de la OMS.] c) Una semana antes de la apertura de la reunión de enero del Consejo, el Director General, en consulta con la Mesa del Consejo, examinará el orden del día provisional y el orden del día suplementario del Consejo y preparará recomendaciones para la inclusión, aplazamiento o exclusión por el Consejo de las propuestas recibidas. Al cumplir con esta tarea, la Mesa nuevamente intentará no exceder del número máximo óptimo de puntos del orden del día, descrito en el párrafo 14(a). De conformidad con el artículo 10 bis, el Consejo puede ampliar, reducir o modificar el orden del día, teniendo en cuenta los criterios acordados y procurando no exceder del número máximo óptimo de puntos. 15) examinar los resultados de estos procedimientos adicionales en su 138.ª reunión;

16) recomendar a la 67.ª Asamblea Mundial de la Salud que suspenda el requisito incluido en el párrafo 7(a) de la decisión WHA65(9) respecto de la aplicación de los criterios empleados para establecer las prioridades en el programa general de trabajo, mientras dure el periodo de prueba antes mencionado; Criterios aplicables a los puntos de carácter urgente y las resoluciones presentadas tardíamente 17) exigir que las propuestas de puntos de carácter urgente, según lo previsto en el artículo 10, y las resoluciones presentadas después del plazo límite establecido en el párrafo 7 supra estén copatrocinadas por un mínimo de 12 Estados Miembros pertenecientes a al menos tres Regiones de la OMS para poder ser admitidas.

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Основные сведения
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Дата принятия
Источник Всемирная организация здравоохранения