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Informes de la Dependencia Común de Inspección: informe de la Secretaría

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ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD CONSEJO EJECUTIVO 105a reunión Punto 7.4 orden del día provisional EB105/27 30 de noviembre de 1999

Informes de la Dependencia Común de Inspección Informe de la Secretaría

1. Se someten a la consideración del Consejo cinco informes dirigidos oficialmente a la Directora General por la Dependencia Común de Inspección de las Naciones Unidas. En el anexo 1 figura un resumen de las conclusiones, con las observaciones de la OMS y del CAC. Hay ejemplares de los informes completos a disposición de los miembros del Consejo que deseen examinar más en detalle las conclusiones y recomendaciones. Además, miembros de la Dependencia Común de Inspección asistirán a los debates sobre el informe que sostendrán el Comité de Administración, Presupuesto y Finanzas y el Consejo Ejecutivo. 2. Además de los informes oficiales, la OMS también recibió una Nota de la Dependencia Común de Inspección titulada «Handling of JIU reports by WHO», que está a disposición de los miembros del Consejo que la soliciten.1 Dicha Nota se preparó tras un examen por la Dependencia Común de Inspección de la manera en que las organizaciones participantes tramitan sus informes. En la Nota se transmiten a la OMS cinco conjuntos de recomendaciones sobre la manera de mejorar sus prácticas actuales de tramitación de los informes de la Dependencia Común de Inspección, que se refieren a los siguientes aspectos: distribución, criterios para seleccionar los informes de la Dependencia Común de Inspección que examinarán los órganos legislativos, punto del orden del día apropiado, documentos de la OMS sobre los informes de la Dependencia Común de Inspección, y seguimiento. 3. Si bien la información contenida en la Nota de la Dependencia Común de Inspección sobre las prácticas actuales de la OMS es correcta, las recomendaciones tienen aún que someterse al proceso de consulta habitual. Sin embargo, la Nota se basa en una propuesta anterior de la Dependencia Común de Inspección relativa al seguimiento, que la Asamblea General de las Naciones Unidas ha hecho suya recientemente mediante la resolución A/54/16, del 29 de octubre de 1999, que se adjunta como anexo 2. 4. La OMS concuerda con algunas de las recomendaciones formuladas por la Dependencia Común de Inspección a ese respecto, pero tiene sus reservas acerca de otras, que parecerían someter a la Organización y al Consejo Ejecutivo a una vigilancia sistemática de todas las recomendaciones de la Dependencia Común de Inspección. Las consecuencias financieras y las repercusiones en otros recursos de esa vigilancia detallada de las recomendaciones, que a menudo afectan a la OMS de manera sólo marginal, si es que la afectan, exigen un mayor estudio y debate con la Dependencia Común de Inspección.

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La Nota fue facilitada por la Dependencia Común de Inspección en inglés solamente.

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5. Habida cuenta de que la resolución de la Asamblea General es muy reciente, se propone aplazar el examen de las repercusiones del nuevo sistema de seguimiento de la Dependencia Común de Inspección hasta la 107a reunión del Consejo Ejecutivo, en enero de 2001, cuando se dispondrá de todos los elementos de importancia para adoptar una decisión sobre ese asunto. Sin embargo, se aceptará con agrado cualquier opinión que el Consejo desee expresar al respecto, como una aportación al proceso de consulta en curso.

INTERVENCIÓN DEL CONSEJO EJECUTIVO 6. Se invita al Consejo a que tome nota de los informes y de las observaciones de la OMS al respecto.

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ANEXO 1 INFORMES DE LA DEPENDENCIA COMÚN DE INSPECCIÓN Título JIU/REP/98/1 Programas de becas en el sistema de las Naciones Unidas Finalidad Determinar las principales cuestiones de gestión y coordinación relativas a la ejecución de los programas de becas del sistema de las Naciones Unidas y la contribución de esos programas al fomento de la capacidad. Conclusiones Seis recomendaciones, que versan sobre lo siguiente: 1) adopción de una definición común de beca, formato uniforme para la elaboración de informes sobre las becas, normas comunes de excelencia para las instituciones de capacitación, y bases de datos de conocimientos especializados locales/regionales; 2) necesidad de un informe de evaluación del Secretario General de las Naciones Unidas sobre los diferentes programas de capacitación y becas; 3) establecimiento de bancos de datos de instituciones de capacitación en apoyo de la ejecución nacional, contratos de seguro colectivo, y armonización de las asignaciones pagadas; 4) investigar otras posibilidades de colocaciones más eficaces respecto de los costos; 5) evaluaciones internas de los programas de becas por organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, intercambio de experiencias y definición de las mejores prácticas; 6) un mecanismo de coordinación interinstitucional con puntos focales, establecimiento de organismos rectores, y armonización de los programas de capacitación. Seis recomendaciones que versan sobre lo siguiente: 1) planes convenidos para la realización de la supervisión interna, sometidos a la aprobación de los órganos legislativos; 2) un formato común y de todo el sistema para la presentación de informes a esos órganos; 3) realce de las buenas prácticas; 4) análisis periódicos por la DCI de los informes anuales resumidos y consolidados sobre las actividades de supervisión interna; 5) promoción de una comunidad de supervisión profesional más firme; 6) intensificación del diálogo entre los asociados en la supervisión. Observaciones de la OMS Informe de limitada aplicación a la OMS. Las recomendaciones propugnan «buenos métodos de economía doméstica», que se estudiarán cuando se introduzcan los cambios para conseguir una mayor eficiencia. El CAC aceptó la mayoría de las recomendaciones, pero planteó objeciones a algunas por considerarlas de un alcance demasiado reducido o no realistas. No figura un cálculo de los costos ni se sugieren fuentes de fondos para aplicar las recomendaciones de la DCI.

JIU/REP/98/2 Mayor coherencia para una supervisión mejorada en el sistema de las Naciones Unidas

Aumentar la eficacia de la supervisión en el sistema de las Naciones Unidas, tanto respecto de las organizaciones individuales como de todo el sistema.

Puede ponerse remedio a las dudas acerca de las deficiencias percibidas de las funciones de supervisión interna mediante otro acuerdo que abarque todo el sistema, sin gastos adicionales importantes. El CAC subrayó el carácter específico para cada organización de la supervisión interna, cuya responsabilidad recae principalmente en los jefes ejecutivos de las respectivas organizaciones. Si bien se apoya la total

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4 Título Finalidad Conclusiones Observaciones de la OMS transparencia, se expresó preocupación por la excesiva microgestión por parte de los Estados Miembros. Los propuestos análisis por la DCI de los informes resumidos entrañarían un nuevo nivel de presentación de informes, que no se considera la manera más rentable de aumentar la eficiencia. Además, podría plantear un problema de confidencialidad. De escaso valor para la OMS. La OMS no participó en la preparación del informe, ni se le pidió que hiciera observaciones sobre el mismo. Las recomendaciones no van acompañadas de un cálculo de los costos ni de las fuentes de financiación. JIU/REP/98/3 La Universidad de las Naciones Unidas Aumento de su utilidad y eficacia Evaluar si esta institución, establecida por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1973, ha desempeñado satisfactoriamente sus mandatos básicos; evaluar sus programas principales; y proponer medios para infundirle nuevo vigor y ampliar su capacidad de rendimiento general y su credibilidad. Al parecer, la universidad no ha respondido a las grandes esperanzas que se depositaron en el momento de su creación. Aún no ha logrado imponer con claridad una imagen académica distintiva; no ha aprovechado al máximo su potencial como centro de estudios en apoyo de las políticas y procesos de las Naciones Unidas; no ha adquirido reputación como puente intelectual de prestigio entre el sistema multilateral de cooperación y la comunidad académica mundial; y ha carecido de dirección estratégica, de programas orientados a fines concretos y de consecuencias tangibles a nivel intergubernamental. Se proponen 11 recomendaciones encaminadas a mejorar las esferas de la gestión general, el desarrollo institucional, los centros y programas de investigación y formación, la planificación y ejecución de programas, y la financiación y gestión. No obstante su estrecha proximidad física en ese lugar de destino, que es el más grande, las secretarías que funcionan en Ginebra comparten muy pocos servicios. Este hecho se traduce en una fragmentación y duplicación, situación agravada por la inexistencia de todo órgano intergubernamental consultivo o de examen y la falta de una dirección eficaz y que constituyera un factor de cohesión de los servicios comunes. Tres recomendaciones que versan sobre: 1) la adopción de un nuevo marco para los servicios comunes del sistema de las Naciones Unidas en Ginebra; 2) el establecimiento de un comité de servicios comunes y el eventual nombramiento de un funcionario de alto nivel para impulsar objetivos y JIU/REP/98/4 Servicios comunes del sistema de las Naciones Unidas en Ginebra: panorama general de la cooperación y la coordinación administrativas Examinar el estado actual de la cooperación interinstitucional mediante un estudio de la situación actual y de las posibilidades de establecer servicios comunes para los miembros del sistema de las Naciones Unidas con base en Ginebra. El informe podía reunir las condiciones para generar una mayor eficiencia en la gestión y administración, pero la OMS considera el resultado decepcionante. Las conclusiones tal vez revistan valor para las Naciones Unidas en Ginebra, pero son sólo parcialmente viables para los organismos especializados. Si se llevan a la práctica, es probable que aumenten la ineficiencia, en lugar de reducirla. Las recomendaciones no van acompañadas de un cálculo de los costos ni de las fuentes de financiación.

EB105/27 Anexo 1

Anexo 1

Título

Finalidad

Conclusiones disposiciones de alcance amplio de servicios comunes en Ginebra; 3) supervisión intergubernamental reforzada de los servicios comunes en Ginebra mediante la atribución de una función más activa al Comité Diplomático de Ginebra.

Observaciones de la OMS La DCI hizo numerosas correcciones al proyecto de informe, por las críticas recibidas de los organismos interesados. Específicamente, suprimió algunas indicaciones muy poco fundadas acerca de las economías anuales que se podrían conseguir si se adoptara el plan de acción por ella propuesto, así como una recomendación en la que se pedía el nombramiento de un Subsecretario General de servicios comunes. El informe fue bien acogido por las partes interesadas, en particular el PNUD, pero reviste un interés sólo limitado para la OMS. El CAC acogió con satisfacción su orientación y lo consideró una contribución útil a los esfuerzos para reformar el sistema de las Naciones Unidas.

JIU/REP/98/5 La Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (UNOPS): un compromiso más amplio con las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas

Mejorar la eficacia de la cooperación entre la nueva UNOPS y las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas aprovechando la distribución de trabajo y la complementariedad entre ellas. (Habiendo evolucionado desde que era una división operacional del PNUD hasta su estatuto actual como una entidad separada desde 1995, la UNOPS presta servicios a proyectos, tales como la técnica de gestión, la adquisición de equipo y la identificación de empresas de consultoría o de consultores individuales para los proyectos que se realizan en el ámbito de las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas.)

El informe propugna una división de trabajo más neta y clara entre la UNOPS y otras organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, sobre la base de sus respectivas ventajas competitivas.

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EB105/27 ANEXO 2

NACIONES UNIDAS

A Asamblea General

Distr. GENERAL A/RES/54/16 19 de noviembre de 1999

Quincuagésimo cuarto período de sesiones Tema 123 del programa RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL [sobre la base del informe de la Quinta Comisión (A/54/507)] 54/16. La Asamblea General, Reafirmando sus resoluciones anteriores relativas a la Dependencia Común de Inspección, y en particular la resolución 50/233, de 7 de junio de 1996, Habiendo examinado los informes anuales de la Dependencia correspondientes a los períodos comprendidos entre el 1E de julio de 1995 y el 30 de junio de 19961 y entre el 1E de julio de 1996 y el 30 de junio de 19972, sus programas de trabajo para 1996-19973 y para 1997-19984, la nota del Secretario General por la que se transmite la nota de la Dependencia relativa al ciclo de su programa de trabajo5 y el informe del Secretario General sobre la aplicación de las recomendaciones de la Dependencia6, Dependencia Común de Inspección

Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo primer período de sesiones, Suplemento No. 34 (A/51/34). 2 3 4 5 6

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Ibíd., Quincuagésimo segundo período de sesiones, Suplemento No. 34 (A/52/34). Véase A/51/559 y Corr.1. Véase A/52/267. Véase A/53/180. A/52/206.

99-77584

/…

A/RES/54/16 Página 2

Reafirmando el estatuto de la Dependencia, único órgano de inspección, evaluación e investigación independiente a nivel de todo el sistema, Destacando nuevamente que la influencia de la Dependencia en la eficacia en función de los costos de las actividades del sistema de las Naciones Unidas constituye una responsabilidad que comparten los Estados Miembros, la Dependencia y las secretarías de las organizaciones participantes, 1. Toma nota con reconocimiento de los informes anuales de la Dependencia correspondientes a los períodos comprendidos entre el 1E de julio de 1995 y el 30 de junio de 19961 y entre el 1E de julio de 1996 y el 30 de junio de 19972, de sus programas de trabajo para 1996-19973, para 1997-19984 y para 19997, de la nota del Secretario General por la que se transmite la nota de la Dependencia relativa al ciclo de su programa de trabajo5 y del informe del Secretario General sobre la aplicación de las recomendaciones de la Dependencia6; 2. Invita a la Dependencia a que, cuando prepare su programa de trabajo anual, dé prioridad a los informes solicitados por las organizaciones participantes; 3. Reconoce las mejoras logradas en el funcionamiento de la Dependencia, alienta a la Dependencia a que siga realizando esfuerzos al respecto, y decide volver a ocuparse de la cuestión del funcionamiento de la Dependencia en su quincuagésimo sexto período de sesiones; 4. Hace suyo el sistema de seguimiento de los informes de la Dependencia que figura en el anexo I del informe anual de la Dependencia correspondiente al período comprendido entre el 1E de julio de 1996 y el 30 de junio de 19972, y, a este respecto, invita a la Dependencia a: a) Enviar a los jefes ejecutivos de las organizaciones participantes recordatorios/avisos en relación con la aplicación de las recomendaciones; b) 5. Incluir en sus informes anuales las recomendaciones aprobadas que no se hayan aplicado; Pide que el sistema se aplique sin dilación;

6. Pide a la Dependencia que le presente un informe sobre la experiencia adquirida con el sistema, incluidas las medidas adoptadas y las observaciones formuladas por las organizaciones participantes, en su quincuagésimo sexto período de sesiones. 43a. sesión plenaria 29 de octubre de 1999

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Véase A/53/841.

Основные сведения
Тип документа Governing Bodies documents
Дата принятия
Источник Всемирная организация здравоохранения