EB 109/2002/REC/1
ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD
CONSEJO EJECUTIVO 109a REUNIÓN GINEBRA, 14-21 DE ENERO DE 2002
RESOLUCIONES Y DECISIONES ANEXOS
GINEBRA 2002
EB 109/2002/REC/1
ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD
CONSEJO EJECUTIVO 109a REUNIÓN GINEBRA, 14-21 DE ENERO DE 2002
RESOLUCIONES Y DECISIONES ANEXOS
GINEBRA 2002
SIGLAS
Entre las siglas empleadas en la documentación de la OMS figuran las siguientes: ACNUR ASEAN CCIS CIIC CIOMS FAO FIDA FMI FNUAP JJE OACI OCDE OJEA OIT OMC OMI OMM OMPI ONU DI ONUSIDA OOPS OPS OSP OUA PMA PNUD PNUMA UIT UNCTAD UNDCP UNESCO UNICEF -Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (Oficina) -Asociación de Naciones del Asia Sudorienta} - Comité Consultivo de Investigaciones Sanitarias - Centro Internacional de Investigaciones sobre el Cáncer - Consejo de Organizaciones Internacionales de las Ciencias Médicas -Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación -Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola - Fondo Monetario Internacional -Fondo de Población de las Naciones Unidas -Junta de Jefes Ejecutivos del Sistema de las Naciones Unidas para la Coordinación (antes CAC) - Organización de Aviación Civil Internacional - Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos - Organismo Internacional de Energía Atómica -Organización (Oficina) Internacional del Trabajo - Organización Mundial del Comercio - Organización Marítima Internacional - Organización Meteorológica Mundial - Organización Mundial de la Propiedad Intelectual - Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial - Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH/SIDA - Organismo de Obras Públicas y Socorro de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en el Cercano Oriente -Organización Panamericana de la Salud - Oficina Sanitaria Panamericana - Organización de la Unidad Africana - Programa Mundial de Alimentos - Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente -Unión Internacional de Telecomunicaciones - Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo -Programa de las Naciones Unidas para la Fiscalización Internacional de Drogas -Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura -Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia
Las denominaciones empleadas en este volumen y la forma en que aparecen presentados los datos que contiene no implican, por parte de la Secretaría de la Organización Mundial de la Salud, juicio alguno sobre la condición jurídica de países, territorios, ciudades o zonas, o de sus autoridades, ni respecto del trazado de sus fronteras o límites. La denominación «país o zona» que figura en los títulos de los cuadros abarca países, territorios, ciudades o zonas.
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INTRODUCCIÓN
La 1093 reunión del Consejo Ejecutivo se celebró en la sede de la OMS, Ginebra, del 14 al21 de enero de 2002. Sus actas se publican en dos volúmenes. El presente volumen contiene las resoluciones y decisiones, con sus correspondientes anexos. Las actas resumidas de los debates del Consejo, la lista de participantes y de los miembros de la Mesa, junto con la composición de los comités y grupos de trabajo, se publican en el documento EB109/2002/REC/2.
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ÍNDICE Página Introducción ... ...... ..... ............... ................... .. .. ... .... .. ..... ....... ....... .... ........ ......... ......................... ... Orden del día .. ...... .... ...... ........... ........ ........... ....... ..... .... ............. ....... .... .. ...... ............... ..... ....... ..... Lista de documentos .............. ............ ......... .... .. ... .... .. ........ ..... ........ .......................... ..... ... .. ......... 111 vn x1
RESOLUCIONES Y DECISIONES Resoluciones EB109.Rl EB109.R2 EB109.R3 Evaluación del desempeño de los sistemas de salud ......................................... . Régimen alimentario, actividad física y salud .................................................. . Contribución de la OMS al logro de los objetivos de desarrollo de la Declaración del Milenio de las Naciones Unidas .............................................. . Prevención y control del dengue ....................................................................... . Respuesta mundial de salud pública al uso deliberado de agentes biológicos y químicos y ataques radionucleares para causar daño ........................................ . Contribución de la OMS al seguimiento del periodo extraordinario de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre el VIH/SIDA ............... . Reembolso de los gastos de viaje a los miembros del Consejo Ejecutivo ......... . Fortalecimiento de la salud mental .................................................................... . Centenario de la Organización Panamericana de la Salud ................................ . Función de los arreglos contractuales en la mejora del desempeño de los sistemas de salud ............................................................................................... . Nombramiento de Director Regional para el Mediterráneo Oriental ................ . Confirmación de las modificaciones del Reglamento de Personal ................... . Sueldos de los titulares de puestos sin clasificar y del Director General .......... . Confirmación de las modificaciones del Reglamento de Personal .................... . Modificaciones del Estatuto del Personal .......................................................... . Calidad de la atención: seguridad del paciente ................................................. . -V-
1
3 6
EB109.R4 EB109.R5
8
EB109.R6
10 12 13 14
EB109.R7 EB109.R8 EB109.R9 EBI09.R10
15 16 17 17 17 18 18
EB109.R11 EB109.R12 EB109.R13 EB109.R14 EB109.R15 EB109.R16
Página EB109.Rl7 EB109.Rl8 EBI09.Rl9 EB109.R20 EB109.R21 EB109.R22 Decisiones EBI09(1) EB 109(2) Composición del Comité de Selección de la Fundación Jacques Parisot .......... . Grupo de Trabajo lntergubernamental Especial de Composición Abierta Encargado de Examinar los Métodos de Trabajo del Consejo Ejecutivo .......... . Adjudicación del Premio de la Fundación Dr. A. T. Shousha ........................... . Adjudicación de la Beca de la Fundación Jacques Parisot ................................ . Adjudicación del Premio de la Fundación lhsan Dogramaci para la Salud de la Familia ........................................................................................................... . Adjudicación del Premio Sasakawa para la Salud ............................................. . Adjudicación del Premio de la Fundación de los Emiratos Árabes Unidos para la Salud ...................................................................................................... . Fondo para Cuestiones de Seguridad ................................................................ . Revisión de las organizaciones no gubernamentales que mantienen relaciones oficiales con la OMS ........................................................................ . Orden del día provisional de la 55 3 Asamblea Mundial de la Salud ................. . Fecha y lugar de la 1103 reunión del Consejo Ejecutivo .................................. .. 28 Garantía de la accesibilidad de los medicamentos esenciales ........................... . Nutrición del lactante y del niño pequeño ......................................................... . Ingresos varios ................................................................................................... . Fondo para la Gestión de Bienes Inmuebles ..................................................... . Fondos de rotación y otros fondos a largo plazo .............................................. .. Relaciones con organizaciones no gubernamentales ......................................... . 19 21 24 25 26 27
28 28 29
EBI09(3) EBI09(4) EBI09(5)
29 29
EB 109(6) EB 109(7)
29 30
EB 109(8) EBI09(9)
30 31 31
EBJ09( 10) EB 109( JI)
ANEXOS l.
Confim1ación de las modificaciones del Reglamento de Personal .................................. .. Confirmación de las modificaciones del Reglamento de Personal ................................... .
35 41
.).
...
Organizaciones no gubernamentales con las que la OMS ha establecido relaciones oficiales o siguen manteniendo relaciones oficiales en virtud de la resolución EB 109 .R22 y de la decisión EB 109(9), respectivamente ................................................ .. Fondo de rotación y otros fondos a largo plazo ................................................................ .
63 65
4.
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ORDEN DEL DÍA 1
l. 2.
Apertura de la reunión y adopción del orden del día Informe de la Directora General • Debate sobre las cuestiones planteadas
3.
Asuntos de estrategia sanitaria 3.1 Intensificación de la respuesta a las afecciones asociadas a la pobreza, inclusive el Fondo Mundial de Lucha contra el SIDA, la Tuberculosis y el Paludismo Interacciones entre los sectores público y privado en pro de la salud: participación de laOMS Función de los arreglos contractuales en la mejora del desempeño de los sistemas de salud Calidad de la atención: seguridad del paciente Evaluación del desempeño de los sistemas de salud: informe sobre el examen colegiado Estrategia farmacéutica de la OMS • Ampliación del acceso a los medicamentos esenciales
3.2
3.3 3 .4 3.5 3.6
• Procedimiento revisado de actualización de la Lista Modelo OMS de Medicamentos Esenciales 3. 7 3.8 Salud de los niños y los adolescentes Nutrición del lactante y del niño pequeño • Nutrición infantil y progresos realizados en la aplicación del Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna • 3.9 Estrategia mundial para la alimentación del lactante y del niño pequeño
Inocuidad de los alimentos y salud
3. 1O Régimen alimentario, actividad física y salud 3.11 Violencia y salud
1
Adoptado por el Consejo en su primera sesión (14 de enero de 2002).
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CONSEJO EJECUTIVO, 109" REUNIÓN
3.12 Prevención y control del dengue 3.13 Uso deliberado de agentes biológicos y químicos para causar daño 3.14 Erradicación de la viruela: destrucción de las reservas de virus variólico 3.15 Estrategia mundial del sector de la salud para el VIH/SIDA 4. Asuntos de programa y de presupuesto 4.1 4.2 4.3 5. Reunión de Partes Interesadas, 2001 Prioridades para el bienio 2004-2005 Ingresos varios
Asuntos financieros 5 .1 Contribuciones señaladas • Estado de la recaudación • Contribuciones señaladas para 2003 5.2 5.3 Fondos de rotación y otros fondos a largo plazo [suprimido]
6.
Recursos humanos 6.1 6.2 6.3 Reforma de la gestión de los recursos humanos Alocución del representante de las asociaciones del personal de la OMS Modificaciones del Reglamento de Personal
7.
Otros asuntos administrativos 7.1 7.2 Nombramiento de Director Regional para el Mediterráneo Oriental Informes de los comités del Consejo Ejecutivo • Comité de Desarrollo del Programa • Comité de Administración, Presupuesto y Finanzas • Comité de Auditoría • Comité Permanente de Organizaciones No Gubernamentales - Vlll-
ORDEN DEL DÍA
• • 7.3 7.4
Comité Coordinador OMSIUNICEF/FNUAP sobre Salud Premios
Informes de la Dependencia Común de Inspección Asuntos relativos a los órganos deliberantes • • Revisión de los métodos de trabajo del Consejo Ejecutivo Reuniones futuras
8.
Asuntos para información 8.1 Informe sobre las reuniones de los comités de expertos y los grupos de estudio (incluido el informe sobre nombramientos para cuadros y comités de expertos) Alianza Mundial para Vacunas e Inmunización Erradicación de la poliomielitis [transferido al punto 3.15] Informe anual sobre los recursos humanos
8.2 8.3 8.4 8.4 9.
Clausura de la reunión
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LISTA DE DOCUMENTOS
EB109/l Rev.l EBI09/2
Orden del día 1 Alocución de la Directora General ante el Consejo Ejecutivo en su 109" reunión Intensificación de la respuesta a las afecciones asociadas a la pobreza, inclusive el Fondo Mundial de Lucha contra el SIDA, la Tuberculosis y el Paludismo Interacciones entre los sectores público y privado en pro de la salud: participación de la OMS Función de los arreglos contractuales en la mejora del desempeño de los sistemas de salud Evaluación del desempeño de los sistemas de salud: informe sobre el examen científico colegiado Estrategia farmacéutica de la OMS. Ampliación del acceso a los medicamentos esenciales Estrategia farmacéutica de la OMS. Procedimiento revisado de actualización de la Lista Modelo OMS de Medicamentos Esenciales Calidad de la atención: seguridad del paciente Salud de los niños y los adolescentes Nutrición infantil y progresos realizados en la aplicación del Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna Nutrición del lactante y del niño pequeño Inocuidad de los alimentos y salud Régimen alimentario, actividad física y salud Violencia y salud Prevención y control del dengue Erradicación de la viruela: destrucción de las reservas de virus variólico
EB109/3
EB109/4
EB109/5
EB109/6
EB109/7
EB109/8
EBI09/9 EBI09/10 EB 109/11
EBI09/12 EBI09/13 EB 109/14 EBI09/15 EBI09/16 EB 109/17
1
Véase p. vii. - Xl-
CONSEJO EJECUTIVO, 109" REUNIÓN
EB109/18 EB109/19 EB 109/20 y Corr.1 y EB 109/20 Add.l
Reunión de Partes Interesadas, 2001 Prioridades para el bienio 2004-2005 Estado de la recaudación de las contribuciones señaladas, y Miembros con atrasos de contribuciones de importancia bastante para que esté justificado aplicar el Artículo 7 de la Constitución Contribuciones señaladas para 2003 Fondos de rotación y otros fondos a largo plazo Ingresos varios Revisión de los métodos de trabajo del Consejo Ejecutivo Reforma de la gestión de los recursos humanos Uso deliberado de agentes biológicos y químicos para causar daño: respuesta de salud pública Confirmación de las modificaciones del Reglamento de Personal Modificaciones del Reglamento de Personal Nombramiento de Director Regional para el Mediterráneo Oriental Colaboración con organizaciones no gubernamentales Informes de la Dependencia Común de Inspección. Examen de la gestión y la administración de la Organización Mundial de la Salud Revisión de los métodos de trabajo del Consejo Ejecutivo Reuniones futuras: orden del día provisional de la 55" Asamblea Mundial de la Salud Informe sobre las reuniones de los comités de expertos y los grupos de estudio Informe sobre los cuadros y comités de expertos y su composición Alianza Mundial para Vacunas e Inmunización Erradicación de la poliomielitis Estrategia mundial del sector sanitario para el VIHISIDA Informe anual sobre los recursos humanos Informes de los Comités del Consejo Ejecutivo
EB109/21 EB109/22 EB109/23 EB109/24 EB109/25 EB109/26
EB109/27 EB 109/27 Add.l EB109/28 EB109/29 EB109/30 y EB109/30 Add.l EB109/31 EB109/32
EB109/33 EB109/33 Add.l EB109/34 EB109/35 EB109/36 EB109/37 EB109/38
- Xll-
LISTA DE DOCUMENTOS
Documentos de información EB109/INF.DOC./l EB 109/INF .DOC./2 Alocución del representante de las asociaciones del personal de la OMS Contribuciones señaladas para 2003
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RESOLUCIONES
EB109.Rl
Evaluación del desempeño de los sistemas de salud
El Consejo Ejecutivo, Tomando nota de la resolución EB107.R8 sobre la evaluación del desempeño de los sistemas de salud; Habiendo analizado el informe «Evaluación del desempeño de los sistemas de salud: informe sobre el examen científico colegiado»; 1 Agradeciendo las sugerencias del grupo consultivo sobre evaluación del desempeño de los sistemas de salud acerca del calendario para la ultimación del próximo informe, a saber, que la Secretaría podría producir en octubre de 2002 un tipo de informe diferente que resumiera las actividades emprendidas en relación con la resolución EB107.R8, y que el siguiente informe sobre el desempeño de los sistemas de salud de los países se presentaría en 2003; Tomando nota con satisfacción de las medidas que ya ha adoptado la Directora General de conformidad con la resolución EB 107 .R8; Teniendo presente, no obstante, que, habida cuenta de los radicales cambios metodológicos ya propuestos y que aún no se han aplicado en el marco del nuevo informe, queda pendiente una enorme tarea, PIDE a la Directora General: 1) que prepare un informe interino para presentarlo al Consejo Ejecutivo en su 111 a reunión donde se resuma el trabajo realizado en relación con la resolución EB 107 .R8, y que presente el próximo anexo estadístico con información sobre el desempeño de los sistemas de salud de los países, para su publicación, después de realizar consultas, ulteriormente en 2003; 2) que facilite el informe a las autoridades de salud de los Estados Miembros 15 días antes de la fecha de publicación prevista. (Tercera sesión, 15 de enero de 2002)
EB109.R2
Régimen alimentario, actividad física y salud
El Consejo Ejecutivo, Tomando nota del informe sobre régimen alimentario, actividad física y salud; 2
1 2
Documento EB 109/6. Documento EB 109/14.
- 1-
2
CONSEJO EJECUTIVO, 109a REUNIÓN
Alentado por el potencial del régimen alimentario y la actividad física para reducir la mortalidad prematura, el sufrimiento humano y los costos económicos, en el contexto de la prevención de las enfermedades no transmisibles a escala mundial, RECOMIENDA a la 55a Asamblea Mundial de la Salud que adopte la resolución siguiente: La 55a Asamblea Mundial de la Salud, Habiendo examinado el informe sobre régimen alimentario, actividad física y salud; Recordando la resolución WHA53 .17 sobre prevención y control de las enfermedades no transmisibles, en la que se reafirmó que la estrategia mundial para la prevención y el control de las enfermedades no transmisibles y el consiguiente plan de aplicación están orientados a reducir la mortalidad prematura y a mejorar la calidad de la vida; Recordando el Informe sobre la salud en el mundo 2001, 1 en el que se señala que las elevadas tasas de mortalidad, morbilidad y discapacidad atribuidas a las principales enfermedades no transmisibles causan actualmente el60% de las defunciones y el43% de la carga mundial de morbilidad, y se prevé que serán responsables del 73% de las defunciones y el 60% de la carga mundial de morbilidad para el año 2020; Tomando nota de que el 79% de las defunciones atribuidas a las enfermedades no transmisibles ya se producen en los países en desarrollo; Alarmada por esta tendencia ascendente debida a la transición demográfica y epidemiológica, inclusive en relación con el régimen alimentario y la actividad física, y a la globalización de los procesos económicos; Reconociendo, no obstante, el vasto caudal de conocimientos y experiencia que existe en esta esfera y la necesidad de reducir el nivel de exposición a los principales factores de riesgo asociados a una alimentación poco saludable, la falta de actividad física y el consumo de tabaco; Consciente asimismo de que estos grandes factores de riesgo comportamentales y ambientales son más fáciles de modificar mediante una acción esencial concertada de salud pública, como se ha demostrado en varios Estados Miembros; Reconociendo la importancia del marco de acción propuesto en materia de régimen alimentario y actividad física para contribuir a la prevención y el control integrados de las enfermedades no transmisibles, inclusive el fomento de modos de vida saludables, la facilitación de entornos más sanos, la prestación de servicios de salud pública y la participación destacada de los profesionales de la salud, la nutrición y otros pertinentes en la mejora de los modos de vida y la salud de personas y comunidades, l. INSTA a los Estados Miembros a que colaboren con la OMS para elaborar una estrategia mundial sobre régimen alimentario, actividad física y salud encaminada a la prevención y el control de las enfermedades no transmisibles y basada en datos objetivos y en las mejores prácticas, que insista especialmente en un criterio integrado para mejorar el régimen alimentario y aumentar la actividad física, a fin de conseguir lo siguiente: Informe sobre la Salud en el Mundo 2001. Salud mental: nuevos conocimientos, nuevas esperanzas. Ginebra, Organización Mundial de la Salud, 200 l. 1
RESOLUCIONES Y DECISIONES
3
1) promover la salud y reducir los riesgos comunes de las enfermedades no transmisibles crónicas derivados del régimen alimentario y de la inactividad física, mediante una acción esencial de salud pública y la integración de medidas preventivas en las funciones de los servicios de salud; 2) alentar, en el marco de la reforma del sector de la salud, la incorporación de estrategias en materia de régimen alimentario, actividad física y salud en los planes nacionales de acción para la nutrición, a medida que se actualicen, haciendo participar a todos los sectores, incluidas la sociedad civil y la industria alimentaria; 3) vigilar Jos datos científicos y apoyar las investigaciones en un amplio espectro de sectores conexos, entre ellos la genética humana, la nutrición y el régimen alimentario, los aspectos de particular interés para la mujer, y el desarrollo de recursos humanos para la salud; 2. PIDE a la Directora General: 1) que elabore una estrategia mundial en materia de régimen alimentario, actividad física y salud en el marco de la estrategia renovada de la OMS para la prevención y el control de las enfermedades no transmisibles y, en consulta con los Estados Miembros y con Jos órganos de las Naciones Unidas y las organizaciones profesionales interesados, dé prioridad a la prestación de apoyo a los Estados Miembros para elaborar las políticas y los programas nacionales correspondientes; 2) que, al formular la estrategia, vele por el establecimiento de un mecanismo de gestión eficaz para la colaboración y el apoyo técnico en el que participen todos los programas interesados en los distintos niveles de la Organización, así como Jos centros colaboradores de la OMS, haciendo hincapié en la elaboración y el fortalecimiento de proyectos de demostración de escala mundial y regional; 3) que fortalezca la colaboración con otras organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y otros asociados, entre ellos el Banco Mundial, organizaciones no gubernamentales internacionales y el sector privado, para la ejecución de planes en los niveles mundial e interregional, y que promueva el aumento de la capacidad en el nivel nacional; 4) que presente un informe sobre los progresos realizados en la prevención integrada de las enfermedades no transmisibles al Consejo Ejecutivo en su 111 a reunión y a la 563 Asamblea Mundial de la Salud. (Quinta sesión, 16 de enero de 2002)
EB109.R3
Contribución de la OMS al logro de los objetivos de desarrollo de la Declaración del Milenio de las Naciones Unidas
El Consejo Ejecutivo RECOMIENDA a la 553 Asamblea Mundial de la Salud que adopte la resolución siguiente:
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CONSEJO EJECUTIVO, 1093 REUNIÓN
La 55a Asamblea Mundial de la Salud, Recordando los compromisos contraídos en la Declaración del Milenio de las Naciones 1 Unidas, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en septiembre de 2000, y la Guía general del Secretario General de las Naciones Unidas para su aplicación/ Recordando en particular el objetivo fijado en la Declaración del Milenio de llegar al año 20 15 habiendo reducido la mortalidad materna en tres cuartas partes y la mortalidad de los menores de cinco años en dos terceras partes respecto de sus tasas de 1990; Reconociendo que la ampliación del acceso a información y servicios de calidad en materia de atención primaria de salud, incluida la salud reproductiva, es fundamental para alcanzar varios de los objetivos de desarrollo de la Declaración del Milenio; Recordando y reconociendo el Programa de Acción aprobado en la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo, la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing, y sus recomendaciones y seguimientos cada cinco años; Consciente de la función de la OMS, según establece su Constitución de promover la salud y el desarrollo de las mujeres y los niños; Reconociendo que los hombres y los mujeres tienen el mismo derecho al grado máximo de salud que se pueda lograr y, en ese sentido, la importancia del acceso a unos servicios de salud reproductiva de buena calidad, inclusive servicios de planificación familiar eficaces, asequibles y aceptables; Reconociendo asimismo la importancia de la Convención sobre los Derechos del Niño corno marco para abordar la salud y el desarrollo del niño y del adolescente; Reconociendo que la salud y el desarrollo de las madres, los niños y los adolescentes tienen una gran repercusión en el desarrollo socioeconórnico, y que para lograr las metas mundiales de los próximos decenios habrá que renovar el compromiso político y la acción; Preocupada por el hecho de que, debido a la pobreza y a la falta de acceso a servicios básicos de salud y de asistencia social, cada año fallecen cerca de 11 millones de niños menores de cinco años, de los que casi cuatro millones mueren durante el prim~r mes de vida, corno consecuencia de enfermedades prevenibles y de la rnalnutrición, y preocupada asimismo por el hecho de que las complicaciones relacionadas con el embarazo y el parto matan anualmente a más de medio millón de mujeres y adolescentes, y dejan con lesiones y discapacidad al equivalente a varias veces esa cantidad; Preocupada asimismo por las desigualdades mundiales que hacen que las mujeres mueran durante el embarazo y el parto a causa de afecciones fácilmente prevenibles y tratables, corno las hemorragias intensas, las infecciones, el parto obstruido, los trastornos hipertensivos y los abortos peligrosos;
1 2
Resolución 55/2 de la Asamblea General de las Naciones Unidas. Documento A/56/326 de la Asamblea General.
RESOLUCIONES Y DECISIONES
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Convencida de que la acción concertada para prevenir los riesgos del embarazo y el parto revertirá en beneficio de la supervivencia de mujeres y recién nacidos y contribuirá a la salud y el desarrollo de los niños y adolescentes, así como al bienestar de las familias; Reconociendo, tal como concluyó la Comisión sobre Macroeconomía y Salud, que las mejoras en materia de salud y supervivencia de la madre y el recién nacido son vitales para la reducción de la pobreza; Reafirmando la resolución WHA48.1 O (Salud reproductiva: función de la OMS en la estrategia mundial), l. INSTA a los Estados Miembros: 1) a que intensifiquen y amplíen sus esfuerzos para el logro de los objetivos de desarrollo de la Declaración del Milenio y otros objetivos y metas acordados internacionalmente; 2) a que intensifiquen y amplíen los esfuerzos encaminados a lograr, en particular, los objetivos y metas internacionales de desarrollo relativos a la reducción de la mortalidad maternoinfantil y la malnutrición y a la mejora del acceso a los servicios de atención primaria de salud, incluida la salud reproductiva, prestando especial atención a las necesidades de los pobres y de otras poblaciones desatendidas; 3) a que sigan promoviendo el embarazo y el parto sin riesgos y la salud y el desarrollo de los recién nacidos, los niños y los adolescentes como prioridades de salud pública; 4) a que incluyan en la labor de desarrollo de los sistemas de salud planes de acción para prevenir mejor los riesgos del embarazo mediante intervenciones costoeficaces que permitan dispensar una atención de calidad a la madre y al recién nacido; 5) a que velen por que los centros de atención primaria se esfuercen por asegurar la plena cobertura de su población de recién nacidos, niños y adolescentes con intervenciones de eficacia reconocida, en particular con las que ayuden a las familias y las comunidades a cuidar de sus niños y sus jóvenes; 2. PIDE a la Directora General: 1) que informe al Consejo Ejecutivo en su 111 a reunión y a la 56a Asamblea Mundial de la Salud sobre las medidas adoptadas por la OMS para contribuir al logro de los objetivos de desarrollo de la Declaración del Milenio; 2) que informe al Consejo Ejecutivo en su 111 a reunión y a la 56a Asamblea Mundial de la Salud sobre la estrategia de la OMS en materia de salud y desarrollo del niño y del adolescente, así como del seguimiento que la OMS ha previsto del periodo extraordinario de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre la infancia; 3) que desarrolle una estrategia para acelerar los avances hacia el logro de los objetivos y metas internacionales de desarrollo relativos a la salud reproductiva, y que presente un informe sobre los progresos realizados al Consejo Ejecutivo en su 111 a reunión y a la 56" Asamblea Mundial de la Salud;
6
CONSEJO EJECUTIVO, 109" REUNIÓN
4) que promueva la presentación de informes sobre los progresos realizados para alcanzar los objetivos y metas acordados internacionalmente en el ámbito de la salud reproductiva como parte de la contribución de la OMS al informe del Secretario General a la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre los progresos realizados para el logro de los objetivos de desarrollo de la Declaración del Milenio. (Sexta sesión, 16 de enero de 2002)
EB109.R4
Prevención y control del dengue
El Consejo Ejecutivo, Visto el informe sobre prevención y control del dengue, 1 RECOMIENDA a la 55 3 Asamblea Mundial de la Salud que adopte la resolución siguiente: La 55 3 Asamblea Mundial de la Salud, Recordando la resolución WHA46.31 y las resoluciones CD31.R26, CD33 .R19 y CD43.R4 del Consejo Directivo de la Organización Panamericana de la Salud sobre prevención y lucha contra el dengue; Preocupada porque todos los años se producen, según las estimaciones, 50 millones de infecciones de dengue y porque la extensión geográfica, la incidencia y la gravedad del dengue y de la fiebre hemorrágica dengue están aumentando en los trópicos; Reconociendo la creciente carga de morbilidad, particularmente entre los niños, y las repercusiones sociales y económicas de las epidemias de dengue; Reconociendo los progresos realizados en la reducción de las tasas de letalidad de los casos de la fiebre hemorrágica dengue en algunos países; Apreciando que se han hecho importantes avances en la obtención de vacunas contra el dengue, aunque éstas aún no están disponibles para utilizarlas en salud pública; Reconociendo que la prevención o la reducción de la transmisión del virus del dengue dependen por completo de la lucha contra el mosquito vector Aedes aegypti y, en menor medida, A. albopictus y otras especies vectoras secundarias; Consciente de que los programas de lucha contra los vectores del dengue han tenido un éxito considerable en otras épocas, pero que hoy en día la supresión sostenida de las poblaciones de vectores depende en gran medida de la acción colectiva y el comportamiento de todos los miembros de las comunidades afectadas para prevenir la reproducción de Aedes aegypti; Reconociendo además que, en la Conferencia Internacional sobre el Dengue y la Fiebre Hemorrágica Dengue (Chiang Mai, Tailandia, 20-24 de noviembre de 2000), más de 700 especialistas en salud pública de 41 países recomendaron que todos los países expuestos a la trans-
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Documento EB 109/16.
RESOLUCIONES Y DECISIONES
7
misión del virus del dengue elaboren y pongan en práctica programas sostenibles de prevención y control, l. INSTA a los Estados Miembros: 1) a que promuevan un mayor compromiso y la adquisición de más recursos humanos
y de otro tipo para mejorar y hacer sostenibles las actividades de prevención y control, y
para fortalecer las investigaciones; 2) a que fomenten y fortalezcan la capacidad de los sistemas de salud para el tratamiento, la vigilancia, la prevención y el control de la fiebre dengue y la fiebre hemorrágica dengue; 3) a que fortalezcan la capacidad de los laboratorios de diagnóstico, teniendo en cuenta la importancia fundamental del diagnóstico de laboratorio para confirmar la etiología; 4) a que promuevan lazos de colaboración intersectorial activa entre organismos internacionales, regionales, nacionales y locales, organizaciones no gubernamentales, fundaciones, el sector privado, y organizaciones comunitarias y cívicas; 5) a que emprendan, alienten y apoyen la elaboración, aplicación y evaluación de herramientas y estrategias nuevas y mejoradas para la prevención y la lucha contra la fiebre dengue y la fiebre hemorrágica dengue; 2. INSTA a otros organismos especializados y órganos y programas del sistema de las Naciones Unidas, organismos bilaterales de desarrollo, organizaciones no gubernamentales y otros grupos interesados a que incrementen su cooperación en la prevención y la lucha contra la fiebre dengue, mediante un apoyo sostenido al desarrollo sanitario y social general y el apoyo específico a los programas nacionales e internacionales de prevención y lucha, inclusive en emergencias; 3. PIDE a la Directora General: 1) que siga desarrollando y apoye la aplicación de la estrategia mundial de prevención y luch:;~, contra la fiebre dengue y la fiebre hemorrágica dengue; 2) que siga buscando recursos para la promoción y la investigación sobre instrumentos y métodos nuevos y mejorados de prevención y lucha contra la fiebre dengue y para su aplicación. (Séptima sesión, 17 de enero de 2002)
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CONSEJO EJECUTIVO, 1093 REUNIÓN
EB109.R5
Respuesta mundial de salud pública al uso deliberado de agentes biológicos y químicos y ataques radionucleares para causar daño
El Consejo Ejecutivo, Habiendo examinado el informe titulado «Uso deliberado de agentes biológicos y químicos para causar daño: respuesta de salud pública»; 1 Reconociendo la necesidad de dar respuesta a los crecientes problemas de salud pública que suponen las amenazas contra las poblaciones civiles; Reconociendo que el posible uso deliberado de agentes biológicos y químicos y ataques radionucleares puede provocar enfermedades y muertes en las poblaciones afectadas; Consciente de que la liberación local de agentes biológicos o químicos podría tener repercusiones mundiales de salud pública y que la colaboración reviste importancia mundial; Tomando nota de la iniciativa ministerial sobre seguridad sanitaria y bioterrorismo debatida en Ottawa el 7 de noviembre de 2001, RECOMIENDA a la 55• Asamblea Mundial de la Salud que adopte la resolución siguiente: La 55 3 Asamblea Mundial de la Salud, Habiendo examinado el informe titulado «Uso deliberado de agentes biológicos y químicos para causar daño: respuesta de salud pública»; Gravemente preocupada por las amenazas contra las poblaciones civiles, incluido el posible uso deliberado de agentes biológicos o químicos para causar enfermedades y muertes entre las poblaciones afectadas; Tomando nota de que esos agentes pueden ser propagados mediante diversos mecanismos, entre ellos las cadenas de abastecimiento de agua y alimentos, amenazando con ello la integridad de los sistemas de salud pública; Reconociendo que la liberación local de agentes biológicos o químicos con el fin de causar daño podría tener graves repercusiones de salud pública a escala mundial y poner en peligro los logros de salud pública de los últimos decenios; Recordando la resolución WHA54.14 (Seguridad sanitaria mundial: alerta y respuesta ante epidemias), en la que se destaca la necesidad de que todos los Estados Miembros colaboren, junto con la OMS y otros asociados técnicos, en la respuesta a emergencias sanitarias de interés internacional, y la resolución WHA45 .32, sobre el Programa Internacional de Seguridad de las Sustancias Químicas, en la que se insiste en la necesidad de establecer o fortalecer la capacidad nacional y local para intervenir en caso de accidente;
1
Documento EB 109/26.
RESOLUCIONES Y DECISIONES
9
Reconociendo que uno de los métodos más eficaces de preparación para las enfermedades provocadas deliberadamente es fortalecer la vigilancia de salud pública y las actividades de respuesta respecto de las enfermedades que se producen de forma natural o accidental, l. INSTA a los Estados Miembros: 1) a que se aseguren de que cuentan con planes nacionales de vigilancia de las enfermedades que complementen los mecanismos regionales y mundiales de vigilancia de las enfermedades y a que colaboren en el análisis y el intercambio rápidos de datos de vigilancia de interés internacional; 2) a que colaboren y se presten apoyo mutuo para mejorar la capacidad nacional en epidemiología práctica, diagnóstico de laboratorio, toxicología y tratamiento de casos; 3) a que traten todo uso deliberado, aunque sea local, de agentes biológicos y químicos y ataques radionucleares para causar daño como una amenaza para la salud pública mundial, y a que respondan a una amenaza de ese tipo en otros países compartiendo sus conocimientos teóricos y prácticos, sus medios y sus recursos a fin de poner coto rápidamente al incidente y mitigar sus efectos; 2. PIDE a la Directora General: 1) que siga, en consulta con los organismos intergubernamentales pertinentes y otras organizaciones internacionales, fortaleciendo la vigilancia mundial de las enfermedades infecciosas, la calidad del agua y la inocuidad de los alimentos, y las actividades conexas como la revisión del Reglamento Sanitario Internacional y la elaboración de la estrategia de la OMS en materia de inocuidad de los alimentos, coordinando el acopio de información sobre potenciales riesgos sanitarios y brotes de enfermedades, y la verificación, el análisis y la difusión de datos, prestando apoyo a las redes de laboratorios y contribuyendo de forma decidida a toda respuesta internacional, cuando proceda; 2) que proporcione medios y apoyo a los Estados Miembros, en particular los países en desarrollo en el fortalecimiento de sus sistemas nacionales de salud, especialmente en lo que se refiere a la preparación para emergencias y los planes de respuesta, inclusive la vigilancia de enfermedades y la toxicología, la comunicación de riesgos y las consecuencias psicosociales de las emergencias; 3) que siga facilitando orientación internacional e información técnica sobre medidas recomendadas de salud pública para hacer frente al uso deliberado de agentes biológicos y químicos para causar daño, y a divulgar esa información en el sitio web de la OMS; 4) que examine la posible elaboración de nuevos instrumentos, dentro del mandato de la OMS, entre ellos modelos de situaciones hipotéticas de uso deliberado, y, con respecto a la respuesta mundial de salud pública, de mecanismos colectivos para prevenir, contener o mitigar los efectos del uso deliberado de agentes biológicos, químicos o radiológicos para causar daño. (Séptima sesión, 17 de enero de 2002)
10
CONSEJO EJECUTIVO, 109• REUNIÓN
EB109.R6
Contribución de la OMS al seguimiento del periodo extraordinario de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre el VIH/SIDA
El Consejo Ejecutivo RECOMIENDA a la ss• Asamblea Mundial de la Salud que adopte la resolución siguiente: La ss• Asamblea Mundial de la Salud, Profundamente preocupada por que la pandemia mundial de VIH/SIDA, dada su magnitud y sus repercusiones devastadoras, constituye una emergencia mundial y plantea uno de los desafíos más formidables tanto para la vida y la dignidad humanas como para el disfrute efectivo de los derechos humanos, y socava el desarrollo social y económico en todo el mundo, lo que afecta a todos los niveles de la sociedad: nacional, comunitario, familiar e individual; Tomando nota con gran inquietud de que el VIH sigue propagándose implacablemente en todo el mundo y de que en muchos países, en particular en Europa oriental y en Asia, las tasas de infección han aumentado espectacularmente durante 2001, de manera que para el final de ese año 40 millones de personas vivían con el VIH/SIDA en todo el mundo, de las cuales un 90% se hallaba en países en desarrollo, y un 75% en África; Recordando y reafirmando los compromisos anteriores en materia de VIH/SIDA asumidos en virtud de la Declaración de compromiso en la lucha contra el VIH/SIDA aprobada en el periodo extraordinario de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre el VIH/SIDA (27 de junio de 2001 ), la Declaración del Milenio de las Naciones Unidas (8 de septiembre de 2000) y la Guía general del Secretario General de las Naciones Unidas para su aplicación, 1 así como de la resolución WHA54.1 O, sobre la ampliación de la respuesta al VIH/SIDA; Reconociendo el papel especial que desempeña la OMS dentro del sistema de las Naciones Unidas en la lucha contra los efectos del VIH/SIDA y en su mitigación, y su responsabilidad en el seguimiento de la Declaración de compromiso en la lucha contra el VIH/SIDA y como capatrocinadora del ONUSIDA; Reconociendo el papel fundamental del sector de la salud en la respuesta al VIH/SIDA y la necesidad de reforzar los sistemas de salud y de hacerlos más eficaces de manera que los países y las comunidades puedan contribuir al máximo a cumplir los objetivos mundiales establecidos en la Declaración de compromiso en la lucha contra el VIH/SIDA; Reconociendo que la plena realización de los derechos humanos y de las libertades fundamentales de todas las personas es un elemento esencial en la respuesta mundial a la pandemia de VIH/SIDA, que comprende la prevención, la atención, el apoyo y el tratamiento, reduce la vulnerabilidad ante el VIH/SIDA y previene la estigmatización y la consiguiente discriminación contra las personas infectadas o en riesgo de contraer el VIH/SIDA; Elogiando los esfuerzos de la Directora General por mejorar y reforzar la respuesta de la OMS a la pandemia de VIH/SIDA y por seguir desarrollando y ampliando la función de la OMS en su calidad de copatrocinadora clave del ONUSIDA,
1
Documento A/56/326 de la Asamblea General.
RESOLUCIONES Y DECISIONES
11
1.
INSTA a los Estados Miembros: 1) a que cumplan el compromiso político expresado en el periodo extraordinario de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre el VIH/SIDA, haciendo efectiva la Declaración de compromiso en la lucha contra el VIH/SIDA y aumentando significativamente la asignación de recursos al sector de la salud, para que pueda desempeñar un papel efectivo en la prevención, la atención, el apoyo y el tratamiento en relación con el VIH/SIDA; 2) a que fomenten los mecanismos que permitan aumentar los recursos mundiales de respuesta al VIHISIDA; 3) a que establezcan sistemas de vigilancia y de evaluación, con inclusión de la vigilancia y evaluación epidemiológica y comportamental de la respuesta de los sistemas de salud a la epidemia de VIH/SIDA y de infecciones de transmisión sexual, para programar mejor las intervenciones aprendiendo de los éxitos y los fracasos y para optimizar la asignación de recursos, y refuercen los sistemas existentes; 4) a que establezcan los servicios de consejo y de pruebas voluntarias y confidenciales de detección del VIHISIDA, y amplíen los servicios existentes, para alentar a las personas a que busquen asistencia y como punto de acceso a la prevención y el tratamiento; 5) a que aumentan el acceso al tratamiento, incluso facilitando la adquisición de los medicamentos profilácticos y terapéuticos, y asegurando que se utilicen de manera inocua y eficaz; 6) a que establezcan asociaciones entre los dispensadores de atención de salud, tanto públicos como privados, y las comunidades, incluidas las organizaciones no gubernamentales, y refuercen las asociaciones existentes, a fin de movilizar y de habilitar a las comunidades para que respondan al VIHISIDA; 7) a que amplíen notablemente el alcance de los programas para abarcar en mayor medida las intervenciones destinadas a reducir la propagación del VIH y mejorar la calidad y duración de la vida de quienes viven con el VIHISIDA, basándose para ello en las pruebas científicas y en las enseñanzas adquiridas;
2.
PIDE a la Directora General: 1) que siga velando por que la OMS desempeñe un papel clave, facilitando liderazgo técnico, orientación y apoyo a la respuesta de los sistemas de salud al VIH, en el marco de la respuesta del conjunto del sistema de las Naciones Unidas, como copatrocinador del ONU SIDA; 2) que proporcione apoyo a los países con objeto de acrecentar al máximo las oportunidades de que se realicen todas las intervenciones de prevención, atención, apoyo y tratamiento del VIHISIDA que sean pertinentes; 3) que proporcione apoyo a los países para fortalecer el sector de la salud, a fin de que éste pueda desempeñar un papel más eficaz y catalítico en relación con otros sectores pertinentes, con objeto de que la respuesta a la epidemia esté bien coordinada y sea multisectorial y sostenible; 4) que en el marco del fortalecimiento de la respuesta del sistema de salud al VIHISIDA preste apoyo a los países, como parte integrante de sus estrategias nacionales,
12
CONSEJO EJECUTIVO, 1093 REUNIÓN
en materia de prevención, atención, apoyo y tratamiento, a fin de cumplir los compromisos y objetivos acordados en el periodo extraordinario de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre el VIH/SIDA, particularmente cuando esos países: a)
adopten medidas especiales, en un marco de apoyo, para asegurar que todas las personas, y en particular los jóvenes, tengan acceso a la información y a los servicios necesarios para poder protegerse del VIH;
b) intensifiquen y amplíen sus actividades para alcanzar el objetivo del periodo extraordinario de sesiones de reducir la proporción de lactantes infectados por el VIH;
e) desarrollen estrategias y actuaciones nacionales de atención y apoyo a las personas que viven con VIH/SIDA, en particular la prevención y el tratamiento de las infecciones oportunistas y la prestación de cuidados paliativos y apoyo psicosocial; 5) que siga entablando consultas de amplia base con los países y los asociados sobre la estrategia mundial del sector de la salud, que contará con medios y metodologías para ampliar el alcance de las intervenciones eficaces, viables y sostenibles;
6) que proporcione apoyo a la investigación de nuevas tecnologías y metodologías para prevenir y tratar el VIH/SIDA, por ejemplo en forma de vacunas, microbicidas, regímenes estándar y simplificados de tratamiento antirretrovírico y vigilancia, y de investigación operativa sobre la prestación de servicios; 7) que presente un informe sobre la labor de la OMS en relación con el VIH/SIDA, incluida la estrategia mundial del sector de la salud, al Consejo Ejecutivo en su 111 a reunión y a la 563 Asamblea Mundial de la Salud. (Octava sesión, 17 de enero de 2002)
EB109.R7
Reembolso de los gastos de viaje a los miembros del Consejo Ejecutivo
El Consejo Ejecutivo RECOMIENDA a la 55a Asamblea Mundial de la Salud que adopte la resolución siguiente: La ssa Asamblea Mundial de la Salud, Recordando la resolución WHA30.10, DECIDE: 1) que a partir de mayo de 2002 el reembolso de los gastos de viaje de los miembros del Consejo Ejecutivo se basará en el sistema de reembolso de gastos de viaje de la OMS según se estipula en las disposiciones pertinentes y quedará limitado a un máximo equivalente al precio de un billete de ida y vuelta en clase preferente, o equivalente, para los miembros cuyo viaje desde la capital del Estado Miembro hasta el lugar donde se celebre la reunión, incluidas las escalas necesarias, dure más de seis horas;
RESOLUCIONES Y DECISIONES
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2) que sigan vigentes las demás disposiciones de los párrafos 1 y 2 de la resolución WHA30.1 O, incluidas las relativas a los viajes de los miembros que duren seis horas o menos. (Octava sesión, 17 de enero de 2002)
EB109.R8
Fortalecimiento de la salud mental
El Consejo Ejecutivo, Teniendo presentes el Día Mundial de la Salud 2001 y el Informe sobre la salud en el mundo 2001/ dedicados a la salud mental, que se suman a una intensificación mundial de las actividades destinadas a establecer el entorno de política, investigación y promoción necesario para fortalecer y proteger la salud mental de la población en los Estados Miembros; Acogiendo con agrado que el Informe sobre la salud en el mundo incorpore por primera vez la promoción y la protección de los derechos humanos en un análisis del problema mundial que suponen las enfermedades mentales; Recordando las resoluciones WHA28.84 y EB6l.R28 sobre la promoción de la salud mental, la resolución WHA29.21 sobre los factores psicosociales y la salud, las resoluciones WHA32.40, WHA33.27 y EB69.R9 sobre los problemas relacionados con las drogas y el alcohol, la resolución WHA30.38 sobre el retraso mental y la resolución WHA39.25 sobre la prevención de los trastornos mentales, neurológicos y psicosociales; Reconociendo que los problemas de salud mental revisten gran importancia para todas las sociedades y todos los grupos de edad y contribuyen significativamente a la carga de morbilidad y a la pérdida de calidad de la vida; y que son comunes a todos los países, causan sufrimiento humano y discapacidad, aumentan el riesgo de exclusión social, aumentan la mortalidad y tienen enormes costos económicos y sociales; Reconociendo asimismo la necesidad de aumentar la notoriedad de la salud mental y sensibilizar al público y a los profesionales acerca de la carga real de los trastornos mentales; Subrayando la importancia de los derechos humanos como dimensión integral dd desarrollo de políticas, programas y leyes relativos a la salud mental, l. PIDE a los Estados Miembros: 1) que adopten las recomendaciones formuladas en el Informe sobre la salud en el mundo 2001; 2) que establezcan políticas, programas y leyes relativos a la salud mental sobre la base de los conocimientos actuales y la consideración de los derechos humanos, en consulta con todas las partes interesadas en la salud mental;
1
Organización Mundial de la Salud, op. cit. p. 2.
14
CONSEJO EJECUTIVO, 109" REUNIÓN
3) que inviertan más recursos en la salud mental, dentro de los países y en el marco de la cooperación bilateral y multilateral, como componente integral del bienestar de las poblaciones; 2. INSTA a los comités regionales que examinen las mejores maneras de aplicar a nivel regional las recomendaciones formuladas en el Informe sobre la salud en el mundo 2001; 3. PIDE a la Directora General a que adopte las medidas apropiadas para promover la colaboración con los Estados Miembros a fin de que se apliquen las recomendaciones del Informe sobre la salud en el mundo 2001, en particular: 1) que preste apoyo para un análisis de la situación de la salud mental basado en investigaciones y en una evaluación de las necesidades a fin de contribuir a una mayor comprensión de los problemas de la salud mental por parte de las instancias normativas y otros asociados y facilitar un desarrollo eficaz de políticas y programas encaminados a fortalecer y proteger la salud mental; 2) que refuerce y diversifique el proceso de establecimiento de alianzas con la sociedad civil y la adopción de medidas clave para fomentar la sensibilización mundial y las campañas de promoción de la salud mental; 3) que respalde la aplicación de programas destinados a reparar los daños psicológicos causados por las guerras, los conflictos y los desastres naturales. (Octava sesión, 17 de enero de 2002)
EB109.R9
Centenario de la Organización Panamericana de la Salud
El Consejo Ejecutivo, Consciente de que la Organización Panamericana de la Salud celebra su centenario durante el año 2002, RECOMIENDA a la 55a Asamblea Mundial de la Salud que adopte la resolución siguiente: La 55a Asamblea Mundial de la Salud, Considerando que la Organización Panamericana de la Salud es la más antigua organización sanitaria internacional actual, ya que fue establecida por las repúblicas de las Américas en diciembre de 1902, y ha trabajado desde ese momento de forma ininterrumpida en pro de la salud de sus pueblos; Recordando que desde 1949 la Organización Panamericana de la Salud se desempeña como la Oficina Regional para las Américas de la Organización Mundial de la Salud; Considerando el papel que ha jugado la Organización Panamericana de la Salud durante los últimos 100 años en la notable mejoría que se aprecia en la salud en la Región de las Américas; Consciente del liderazgo demostrado por la Organización Panamericana de la Salud, junto a los Estados Miembros, en la erradicación de la viruela y la poliomielitis y la significativa
RESOLUCIONES Y DECISIONES
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reducción del sarampión, que se aproxima a la eliminación, entre otros logros en las Américas durante los últimos 100 años, RESUELVE: 1) felicitar a la Organización Panamericana de la Salud por arribar al primer centenario de su creación en este año 2002; congratular a los Estados Miembros de las Américas por la mejora de la salud de sus pueblos registrada durante el último siglo; alentar a los Estados Miembros de la Organización Panamericana de la Salud a que redoblen sus esfuerzos en pro de la equidad en materia de salud, en el espíritu de unidad que ha caracterizado el panamericanismo de la Región en los últimos 100 años; y agradecer a la Organización Panamericana de la Salud y a la Organización Mundial de la Salud su estrecha cooperación, dedicación, liderazgo y contribuciones a la salud de los pueblos de las Américas. (Octava sesión, 17 de enero de 2002)
2)
3)
4)
EB109.R10
Función de los arreglos contractuales en la mejora del desempeño de los sistemas de salud
El Consejo Ejecutivo, Habiendo examinado el informe sobre la función de los arreglos contractuales en la mejora del desempeño de los sistemas de salud, 1 RECOMIENDA a la 55 3 Asamblea Mundial de la Salud que adopte la resolución siguiente: La 55a Asamblea Mundial de la Salud, Observando que es preciso fortalecer el desempeño de los sistemas de salud para seguir mejorando la salud de la población, asegurar la financiación equitativa de la salud y responder a las expectativas legítimas de la población; Considerando que la reforma de los sistemas de salud ha propiciado en general una reestructuración institucional que ha supuesto la diversificación de los agentes que intervienen en el campo de la salud, en los sectores público y privado, y en las asociaciones; Reconociendo la importante función rectora del gobierno en la reglamentación de los arreglos contractuales del sector de la salud,
1
Documento EB109/5.
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CONSEJO EJECUTIVO, 1093 REUNIÓN
l.
INSTA a los Estados Miembros: 1) a que garanticen que los arreglos contractuales en el campo de la salud se ajusten a normas y principios acordes con la política nacional de salud; 2) a que elaboren políticas contractuales que potencien al máximo las repercusiones en el desempeño de los sistemas de salud y armonicen las prácticas de todos los interesados de manera transparente, para evitar efectos adversos; 3) a que compartan sus experiencias en relación con el establecimiento de arreglos contractuales de prestación de servicios de salud en los que participen los sectores público y privado y organizaciones no gubernamentales;
2.
PIDE a la Directora General: 1) que cree una base científica que permita evaluar las repercusiones de diversos tipos de arreglos contractuales en el desempeño de los sistemas de salud e identificar prácticas óptimas, teniendo en cuenta las diferencias socioculturales; 2) que a petición de los Estados Miembros preste apoyo técnico para reforzar sus capacidades y conocimientos prácticos en la concertación de arreglos contractuales; 3) que a petición de los Estados Miembros desarrolle métodos e instrumentos para prestar apoyo a los Estados Miembros en materia de acreditación, concesión de licencias y registro para los sectores público y privado y las organizaciones no gubernamentales del sector de la salud, estableciendo un sistema de supervisión para asegurar la prestación de servicios de salud de calidad; 4) que informe al Consejo Ejecutivo en su 1153 reunión y a la 583 Asamblea Mundial de la Salud sobre los efectos positivos de los arreglos contractuales en el desempeño de los sistemas de salud de los Estados Miembros de la Organización. (Octava sesión, 17 de enero de 2002)
EB109.Rll
Nombramiento de Director Regional para el Mediterráneo Oriental
El Consejo Ejecutivo, Vistas las disposiciones del Artículo 52 de la Constitución; Enterado de la propuesta de nombramiento formulada por el Comité Regional para el Mediterráneo Oriental en su 483 reunión, l. VUELVE A NOMBRAR Director Regional para el Mediterráneo Oriental al Dr. Hussein A. Gezairy, con efecto a partir dell de octubre de 2002; 2. AUTORIZA a la Directora General para que extienda al Dr. Hussein A. Gezairy un contrato por un periodo de cinco años, con efecto a partir del 1 de octubre de 2002, con sujeción a lo dispuesto en el Estatuto del Personal y en el Reglamento de Personal. (Novena sesión, 18 de enero de 2002)
RESOLUCIONES Y DECISIONES
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EB109.R12
Confirmación de las modificaciones del Reglamento de Personal 1
El Consejo Ejecutivo CONFIRMA, según lo dispuesto en el artículo 12.2 del Estatuto del Personal, las modificaciones del Reglamento de Personal introducidas por la Directora General con efecto a partir del 1 de marzo de 2002 respecto de la escala de sueldos aplicable al personal de las categorías profesional y superior y de la escala de imposición del personal de las categorías profesional y superior. (Novena sesión, 18 de enero de 2002)
EB109.R13
Sueldos de los titulares de puestos sin clasificar y del Director General
El Consejo Ejecutivo RECOMIENDA a la ssa Asamblea Mundial de la Salud que adopte la resolución siguiente: La 55a Asamblea Mundial de la Salud, Enterada de las recomendaciones del Consejo Ejecutivo acerca de la remuneración de los titulares de puestos sin clasificar y del Director General, l. FIJA el sueldo anual de los titulares de puestos sin clasificar en US$ 158 353, que, una vez deducidos los impuestos del personal, dejarán un sueldo neto modificado de US$ 108 379 (con familiares a cargo) o de US$ 98 141 (sin familiares a cargo);
2. FIJA el sueldo anual del Director General en US$ 213 892, que, una vez deducidos los impuestos del personal, dejarán un sueldo neto modificado de US$ 142 813 (con familiares a cargo) o de US$ 127 000 (sin familiares a cargo); 3. RESUELVE que los precitados reajustes de remuneración surtan efecto a partir del 1 de marzo de 2002. (Novena sesión, 18 de enero de 2002)
EB109.R14
Confirmación de las modificaciones del Reglamento de Personal2
El Consejo Ejecutivo CONFIRMA, según lo dispuesto en el artículo 12.2 del Estatuto del Personal, las modificaciones del Reglamento de Personal introducidas por la Directora General con efecto a partir del 1 de julio de 2002 respecto de la reforma de la contratación, y las modificaciones con efecto a partir del 1 de enero de 2002 respecto del sistema para la gestión y la mejora del desempeño. (Novena sesión, 18 de enero de 2002) 1 2
Véase el anexo l. Véase el anexo 2.
18
CONSEJO EJECUTIVO, 109a REUNIÓN
EB109.R15
Modificaciones del Estatuto del Personal
El Consejo Ejecutivo RECOMIENDA a la 55a Asamblea Mundial de la Salud que adopte la resolución siguiente: La 55a Asamblea Mundial de la Salud TOMA NOTA de las modificaciones introducidas por la Directora General en el Reglamento de Personal y confirmadas por el Consejo Ejecutivo en su 109a reunión respecto de, entre otras cosas, la reforma de la contratación y el sistema para la gestión y la mejora del desempeño;1 l.
2. ADOPTA la modificación del párrafo 4.5 del Estatuto del Personal propuesta a fin de armonizar el Estatuto del Personal y el Reglamento de Personal, y la propuesta por el Comité de Administración, Presupuesto y Finanzas; 2 3. DECIDE que las modificaciones del párrafo 4.5 del Estatuto del Personal entren en vigor el 1 de julio de 2002. (Novena sesión, 18 de enero de 2002)
EB109.Rl6
Calidad de la atención: seguridad del paciente
El Consejo Ejecutivo,
Habiendo examinado el informe «Calidad de la atención: seguridad del paciente», 3 RECOMIENDA a la 55a Asamblea Mundial de la Salud que adopte la resolución siguiente: La 55a Asamblea Mundial de la Salud, llabiendo examinado el informe «Calidad de la atención: seguridad del paciente»; Preocupada porque la incidencia de eventos adversos está poniendo en peligro la calidad de la atención, además de ser una causa importante y evitable de sufrimiento humano y de imponer un elevado tributo en pérdidas financieras y en costos de oportunidad para los servicios de salud: Observando que puede mejorarse notablemente el desempeño de los sistemas de salud en los Estados Miembros evitando los eventos adversos y mejorando la seguridad del paciente y la calidad de la atención de salud en general;
1
Véase el anexo 2.
: Véase el documento EB 109/2002/REC/2, acta resumida de la novena sesión. 3
Documento EB109/9.
RESOLUCIONES Y DECISIONES
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Reconociendo que la promoción de la seguridad del paciente es uno de los principios fundamentales de los sistemas de salud, PIDE a la Directora General que, en el contexto de la mejora de la calidad: 1) elabore normas, estándares y directrices mundiales que permitan definir, medir y notificar los eventos adversos de la atención de salud, producidos o que se haya logrado evitar, y que a petición de los Estados Miembros proporcione apoyo para el desarrollo de sistemas de notificación, la adopción de medidas preventivas y la aplicación de medidas de reducción de los riesgos; 2) promueva la formulación de políticas fundamentadas en pruebas científicas, con inclusión de normas mundiales que mejoren la atención al paciente, dedicando especial atención a aspectos tales como la inocuidad de los productos, la inocuidad de las prácticas clínicas con arreglo a las directrices apropiadas y la utilización inocua de productos e instrumentos médicos, y la creación de una cultura de la seguridad en el seno de las organizaciones de atención de salud; 3) desarrolle, por ejemplo mediante certificación y otros medios, mecanismos que permitan reconocer las características de los dispensadores de atención de salud que ofrezcan un nivel de excelencia ejemplar en cuanto a la seguridad de los pacientes a nivel internacional; 4) aliente las investigaciones en materia de seguridad de los pacientes. (Novena sesión, 18 de enero de 2002)
EB109.R17
Garantía de la accesibilidad de los medicamentos esenciales
El Consejo Ejecutivo, Habiendo analizado los informes sobre la ampliación del acceso a los medicamentos esenciales y el procedimiento revisado de actualización de la Lista Modelo OMS de Medicamentos Esenciales y tomando nota con satisfacción de los progresos realizados; 1 Subrayando la necesidad de promover el acceso a los medicamentos para todos, RECOMIENDA a la 55 3 Asamblea Mundial de la Salud que adopte la resolución siguiente: La 55a Asamblea Mundial de la Salud, Acogiendo favorablemente la adopción de la «Declaración relativa al Acuerdo sobre los ADPIC y la salud pública» en la Cuarta Conferencia Ministerial de la OMC (Doha, 14 de noviembre de 2001), en la que se apoya el derecho de los países a proteger la salud pública y, en particular, a promover el acceso a los medicamentos para todos;
1
Documentos EB10917 y EB109/8, respectivamente.
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CONSEJO EJECUTIVO, 109• REUNIÓN
Recordando los debates y las propuestas de los Estados Miembros en sus reuniones regionales previas a la 55• Asamblea Mundial de la Salud, en particular en la 53• sesión del Comité Regional para las Américas (septiembre de 2001) 1 y en la 48• reunión del Comité Regional para el Mediterráneo Oriental (octubre de 2001),2 así como el debate pormenorizado del Consejo Ejecutivo en su 109" reunión; Reafirmando la resolución WHA54.11, que pone de relieve la estrategia farmacéutica de la OMS, y sus peticiones a los Estados Miembros y a la Directora General; Consciente de la necesidad de velar por la continuidad de la actualización de la Lista Modelo OMS de Medicamentos Esenciales a la luz de información científica y basada en datos objetivos; Subrayando la viabilidad de hacer frente de forma integral a las repercusiones de los acuerdos de comercio internacionales en el acceso equitativo a todos los medicamentos, en particular los medicamentos esenciales; Consciente de la responsabilidad de los Estados Miembros de apoyar las pruebas científicas sólidas y de rechazar las informaciones tendenciosas o las presiones externas que puedan ir en detrimento de la salud pública, l. INSTA a los Estados Miembros: 1) a que reafirmen su compromiso de mejorar el acceso a los medicamentos y plasmen ese compromiso en una reglamentación específica en el ámbito de los países, especialmente mediante la promulgación de políticas farmacéuticas nacionales, el establecimiento de listas de medicamentos esenciales basadas en pruebas científicas y referidas a la Lista Modelo de la OMS, y en medidas que promuevan la política farmacéutica y el acceso, la calidad y el uso racional de los medicamentos en el marco de los sistemas nacionales de salud; 2) a que establezcan los mecanismos necesarios para las listas de medicamentos esenciales, que se basen en pruebas científicas, estén al abrigo de presiones externas y se sometan a revisiones periódicas; 3) a que apliquen, además de las políticas y acciones sanitarias, medida~ para velar por que las listas nacionales de medicamentos esenciales se apoyen en directrices clínicas uniformes, preferiblemente en forma de formularios terapéuticos nacionales, con el propósito de lograr una prescripción racional de los medicamentos; 4) a que reafirmen, en el marco de las políticas farmacéuticas nacionales, el concepto de medicamentos esenciales de la OMS, referido a los que satisfacen las necesidades prioritarias de atención de salud de la población, teniendo en cuenta al mismo tiempo la disponibilidad, la calidad, el precio y la viabilidad del abastecimiento, y poniendo de relieve las bases científicas necesarias para un debate a nivel nacional;
1 2
Véase el documento CD53/5. Véase la resolución EM/RC48/R.2.
RESOLUCIONES Y DECISIONES
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5) a que sigan vigilando las repercusiones de las recientes leyes de protección de patentes y la observancia del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) en el acceso a los medicamentos; 2. PIDE a la Directora General: 1) que refuerce el Comité de Expertos en Uso de Medicamentos Esenciales, velando por que esté siempre a resguardo de presiones externas, por que se utilicen criterios científicos en la revisión y la actualización, y por que se reciban, cuando y como proceda, las necesarias aportaciones de todos los interesados directos; 2) que vele por que la estrategia farmacéutica de la OMS aborde la importante cuestión de las repercusiones de los acuerdos de comercio internacionales en el acceso a los medicamentos y que dé cuenta, en los informes pertinentes a los órganos deliberantes de la OMS, de los progresos realizados en el amplio empeño de la estrategia; 3) que propugne las medidas necesarias a escala mundial para promover un sistema diferencial de precios de los medicamentos esenciales basado en el mercado para los países de ingresos altos, medios y bajos, y que preste apoyo técnico, especialmente a los países en desarrollo, en el establecimiento de políticas de fijación de precios; 4) que propugne el concepto y las políticas de medicamentos esenciales como instrumento para lograr una prescripción racional de los medicamentos; 5) que siga trabajando en la metodología para el establecimiento de bases de datos informatizadas de los precios de referencia de los medicamentos esenciales en todo el mundo; 6) que aproveche todas las oportunidades diplomáticas y políticas para salvar las barreras que impiden el acceso a los medicamentos esenciales, colaborando con los Estados Miembros para que esos medicamentos estén al alcance de las personas que los necesitan, a un precio asequible; 7) que colabore con las organizaciones no gubernamentales que emprendan iniciativas compatibles con las prioridades de salud pública y les preste apoyo. (Novena sesión, 18 de enero de 2002)
EB109.R18
Nutrición del lactante y del niño pequeño
El Consejo Ejecutivo, Habiendo examinado el proyecto de estrategia mundial para la alimentación del lactante y del ·- pequeno, 1 nmo
1
Documento EB109112.
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CONSEJO EJECUTIVO, 1093 REUNIÓN
RECOMIENDA a la 55 3 Asamblea Mundial de la Salud que adopte la resolución siguiente: La 55 3 Asamblea Mundial de la Salud, Habiendo examinado el proyecto de estrategia mundial para la alimentación del lactante y del niño pequeño; Profundamente preocupada por el enorme número de lactantes y de niños pequeños que aún están alimentados de forma inadecuada, lo que hace peligrar su estado de nutrición, su crecimiento y desarrollo, su salud y su propia supervivencia; Consciente de que cada año hasta un 55% de las muertes de lactantes debidas a enfermedades diarreicas e infecciones respiratorias agudas pueden deberse a prácticas inapropiadas de alimentación, de que menos del35% de los lactantes de todo el mundo son alimentados exclusivamente con leche materna siquiera durante los cuatro primeros meses de vida, y de que, con frecuencia, las prácticas de alimentación complementaria son inoportunas, inapropiadas e insalubres; Alarmada por el grado en el que las prácticas inapropiadas de alimentación del lactante y del niño pequeño contribuyen a la carga mundial de morbilidad, incluida la malnutrición y sus consecuencias, tales como la ceguera y la mortalidad por carencia de vitamina A, los problemas de desarrollo psicomotor debidos a la carencia de hierro y a la anemia, las lesiones cerebrales irreversibles consecutivas a la carencia de yodo, los enormes efectos que la malnutrición proteinoenergética tiene en la morbilidad y la mortalidad, y las consecuencias de la obesidad infantil en las etapas avanzadas de la vida; Consciente de las dificultades que plantea el número cada vez mayor de personas afectadas por situaciones graves de emergencia, la pandemia de VIH/SIDA y la complejidad de los modos de vida modernos, asociados a una continua divulgación de mensajes contradictorios en relación con la alimentación del lactante y del niño pequeño; Consciente de que las prácticas inapropiadas de alimentación y sus consecuencias dificultan enormemente el desarrollo socioeconómico sostenible y la reducción de la pobreza; Reafirmando que las madres y los bebés forman una unidad biológica y social inseparable, y que la salud y la nutrición de unas no pueden separarse de la salud y la nutrición de los otros; Recordando que la Asamblea de la Salud aprobó en su totalidad (resolución WHA33.32) la declaración y las recomendaciones formuladas por la Reunión conjunta OMSIUNICEF sobre alimentación del lactante y el niño pequeño celebrada en 1979; adoptó el Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna (resolución WHA34.22) en la que se pone de relieve que la adopción y la observancia del Código son un requisito mínimo; acogió con agrado la Declaración de Innocenti sobre la protección, el fomento y el apoyo de la lactancia natural, que sirve de base para las políticas y actividades internacionales de salud (resolución WHA44.33); instó a que se estimule y apoye a todas las instituciones de salud públicas y privadas que prestan servicios de maternidad para que se hagan «amigas de los lactantes» (resolución WHA45.34); instó a que se ratifique y se dé cumplimiento a la Convención sobre los Derechos del Niño como vehículo para el desarrollo de la salud de la familia (resolución WHA46.27); y aprobó en su totalidad la Declaración Mundial y Plan de Acción para la Nutrición adoptados por la Conferencia Internacional sobre Nutrición (resolución WHA46.7);
RESOLUCIONES Y DECISIONES
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Recordando también las resoluciones WHA35.26, WHA37.30, WHA39.28, WHA4l.ll, WHA43.3, WHA45.34, WHA46.7, WHA47.5, WHA49.15 y WHA54.2 sobre la nutrición del lactante y del niño pequeño, las prácticas apropiadas de alimentación y otras cuestiones conexas; Reconociendo la necesidad de dotarse de políticas nacionales amplias sobre la alimentación del lactante y del niño pequeño, con inclusión de directrices sobre la manera de asegurar la alimentación adecuada de los lactantes y los niños pequeños en circunstancias excepcionalmente difíciles; Convencida de que ha llegado el momento de que los gobiernos, la sociedad civil y la comunidad internacional renueven su compromiso de promover una alimentación óptima del lactante y del niño pequeño y de colaborar estrechamente con ese fin, l. 2. APRUEBA la estrategia mundial para la alimentación del lactante y del niño pequeño; INSTA a los Estados Miembros a que, con carácter urgente: 1) adopten la estrategia mundial y la apliquen según convenga a su situación nacional, teniendo en cuenta las tradiciones y los valores locales, en el marco de sus políticas y programas globales sobre nutrición y salud infantil, a fin de asegurar una alimentación óptima de todos los lactantes y niños pequeños; 2) fortalezcan las estructuras existentes, o creen otras nuevas, para la aplicación de la estrategia mundial por conducto del sector de la salud u otros sectores pertinentes, para vigilar y evaluar su eficacia y para orientar la inversión y la gestión de los recursos de tal forma que se mejore la alimentación del lactante y del niño pequeño; 3) definan, con ese fin, y de acuerdo con la situación nacional: a)
las metas y los objetivos nacionales; un calendario realista para su logro;
b)
e) un proceso y unos indicadores de resultados cuantificables que permitan una vigilancia y una evaluación precisas de las medidas adoptadas y una respuesta rápida ante las necesidades identificadas; 4) movilicen todos los recursos sociales y económicos correspondientes dentro de la sociedad civil, en particular los grupos y asociaciones científicos, profesionales, no gubernamentales, voluntarios y comerciales, y logren su participación activa en la aplicación de la estrategia mundial y en la consecución de su fin y sus objetivos; 3. EXHORTA a otras organizaciones y organismos internacionales, en particular la OIT, la FAO, el UNICEF, el ACNUR, el FNUAP y el ONUSIDA, a que, dentro de sus respectivos mandatos y programas y de conformidad con las directrices relativas a los conflictos de intereses, den alta prioridad al apoyo a los gobiernos en la aplicación de esta estrategia mundial, e invita a los donantes a que proporcionen un financiamiento adecuado para las medidas necesarias; 4. PIDE a la Comisión del Codex Alimentarius que siga teniendo plenamente en cuenta, en el marco de su mandato operativo, las medidas que podría adoptar para mejorar las normas de calidad de los alimentos preparados para lactantes y niños pequeños y promover un consumo
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CONSEJO EJECUTIVO, 1093 REUNIÓN
inocuo y adecuado de esos alimentos a una edad apropiada, de forma coherente con la política de la OMS, en particular el Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna, la resolución WHA54.2 y otras resoluciones conexas; 5. PIDE a la Directora General: 1) que preste apoyo a los Estados Miembros que lo soliciten en la aplicación de esta estrategia y en la vigilancia y la evaluación de sus consecuencias; 2) que siga elaborando, a la luz de la escala y la frecuencia de las grandes situaciones de emergencia en todo el mundo, información específica y material de formación destinados a velar por que en circunstancias excepcionalmente difíciles no dejen de atenderse los requisitos de alimentación de los lactantes y los niños pequeños; 3) que intensifique la cooperación internacional con otras organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y con organismos bilaterales de desarrollo para promover una alimentación adecuada de los lactantes y los niños pequeños; 4) que promueva una cooperación continua con todas las partes que se ocupan de la aplicación de la estrategia mundial, así como entre ellas. (Novena sesión, 18 de enero de 2002)
EB109.R19
Ingresos varios
El Consejo Ejecutivo, Habiendo examinado el informe de la Directora General sobre los ingresos varios; 1 Tomando nota de la propuesta de la Directora General relativa a las medidas de transición respecto del plan de incentivos financieros, RECOMIENDA a la 55 3 Asamblea Mundial de la Salud que adopte la resolución siguiente: La 55 3 Asamblea Mundial de la Salud DECIDE que los intereses devengados respecto de los fondos del presupuesto ordinario para el año que finaliza el 31 de diciembre de 2001 se distribuirán entre los Estados Miembros de conformidad con lo dispuesto en la resolución WHA41.12; no obstante, en lugar de acreditarse a los Estados Miembros en el ejercicio 2004-2005, se aplicarán de forma semejante en el ejercicio 2002-2003. (Décima sesión, 18 de enero de 2002)
1
Documento EB109/23.
RESOLUCIONES Y DECISIONES
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EB109.R20
Fondo para la Gestión de Bienes Inmuebles
El Consejo Ejecutivo, Habiendo examinado el informe de la Directora General sobre fondos de rotación y otros fondos a largo plazo; 1 Tomando nota de los planes para el quinquenio 2002-2006 y de su costo estimado; Tomando nota del estado de las negociaciones con las autoridades suizas para la construcción en Ginebra de un edificio que albergue las oficinas del ONUSIDA y otros locales de oficinas de la OMS; Tomando nota de las propuestas de la Oficina Regional para el Pacífico Occidental de ampliar el edificio 2 y construir un nuevo edificio de cuatro plantas a fin de procurar más locales de oficinas y plazas de aparcamiento, RECOMIENDA a la 55 3 Asamblea Mundial de la Salud que adopte la resolución siguiente: La 55a Asamblea Mundial de la Salud, Habiendo examinado el informe de la Directora General sobre fondos de rotación y otros fondos a largo plazo, l. EXPRESA su agradecimiento a la Confederación Helvética y a la República y Cantón de Ginebra por sus continuas muestras de hospitalidad; 2. AUTORIZA a la Directora General a que proceda a la construcción de un nuevo edificio en la Sede por un costo estimado actualmente en Fr. s. 55 000 000, en los que la participación de la OMS se estima en Fr. s. 27 500 000, en el entendimiento de que si se prevé que la participación de la OMS superará en un 10% la suma precitada, se solicitará de nuevo la autorización de la Asamblea de la Salud; 3. APRUEBA la utilización del Fondo para la Gestión de Bienes Inmuebles para reembolsar en un plazo de 50 años la parte correspondiente a la OMS de un préstamo sin intereses que facilitarán las autoridades suizas, con efecto a partir del primer año de la finalización del edificio; TOMA NOTA de que se están celebrando negociaciones con las autoridades suizas con el 4. fin de deducir de la participación de la OMS en el préstamo que facilitarán las autoridades suizas el valor de la compensación por la demolición del edificio V; 5. PIDE a la Directora General que notifique a intervalos oportunos al Consejo Ejecutivo y a la Asamblea de la Salud los avances en la construcción de los nuevos locales en la Sede y los costos correspondientes;
1
Véase el anexo 4.
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CONSEJO EJECUTIVO, 109a REUNIÓN
6. AUTORIZA la ampliación del edificio 2 y la construcción de un nuevo edificio de cuatro plantas para aumentar el número de locales de oficinas y plazas de aparcamiento de automóviles en la Oficina Regional para el Pacífico Occidental, con cargo al Fondo para la Gestión de Bienes Inmuebles. (Décima sesión, 18 de enero de 2002)
EB109.R21
Fondos de rotación y otros fondos a largo plazo
El Consejo Ejecutivo, Habiendo examinado el informe de la Directora General sobre fondos de rotación y otros fondos a largo plazo, y tomando nota de las propuestas que en éste se presentan con respecto del Fondo de Rotación para Ventas, 1 RECOMIENDA a la 55a Asamblea Mundial de la Salud que adopte la resolución siguiente: La 55a Asamblea Mundial de la Salud, Tomando nota de las propuestas sobre el Fondo de Rotación para Ventas que figuran en el informe de la Directora General sobre fondos de rotación y otros fondos a largo plazo, l. DECIDE que los párrafos 4 y 5 de la resolución WHA22.8 se sustituyan por Jos párrafos siguientes, de manera que la gestión del Fondo de Rotación para Ventas se ajuste a las siguientes condiciones: 4. i)
el Fondo se empleará en atender los gastos de impresión y de reimpresión de ejemplares suplementarios de las publicaciones de la OMS destinados a la venta, los de obtención de copias suplementarias de películas, diapositivas y demás medios visuales de información producidos por la OMS, los de obtención de cualquier otro artículo que la Organización pueda producir para ponerlo a la venta, los de promoción de ventas, los haberes del personal exclusivamente dedicado a esas ventas y los gastos de distribución y franqueo; ii)
el producto de todas esas ventas se abonará en el Fondo;
iii) los gastos efectuados en virtud de lo dispuesto en el párrafo 4(i) se debitarán al
Fondo; iv) las transacciones realizadas durante el año y el balance del Fondo se incluirán en cada uno de los informes financieros de la Directora General;
5. AUTORIZA a la Directora General a que, al final de cada ejercicio financiero, transfiera a la cuenta de Ingresos varios todo excedente que figure en el haber del Fondo de Rotación para Ventas;
1
Véase el anexo 4.
RESOLUCIONES Y DECISIONES
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2. DECIDE además que las disposiciones de la presente resolución entren en vigor a partir del ejercicio financiero 2002-2003.
(Décima sesión, 18 de enero de 2002)
EB109.R22
Relaciones con organizaciones no gubernamentales 1
El Consejo Ejecutivo, Habiendo examinado el informe de su Comité Permanente de Organizaciones No Gubernamentales,2 l. DECIDE confirmar el establecimiento de relaciones oficiales entre la OMS y la Coalición Internacional de Organizaciones No Gubernamentales contra el Tabaco e Infact; 2. DECIDE establecer relaciones oficiales con Family Health Intemational, la Unión Internacional de Psicología Científica, y HelpAge International; 3. DECIDE interrumpir las relaciones oficiales con la Asociación Mundial de las Grandes Metrópolis (Metrópolis), la Comisión Electrotécnica Internacional, la Comisión Internacional de Unidades y Medidas Radiológicas y el Consejo Internacional sobre el Problema del Alcoholismo y las Toxicomanías. (Décima sesión, 18 de enero de 2002)
1 2
Véase el anexo 3. Documento EB109/29.
DECISIONES EB109(1) Composición del Comité de Selección de la Fundación Jacques Parisot
El Consejo Ejecutivo, de conformidad con los Estatutos de la Fundación Jacques Parisot, nombró al Dr. Y.-J. Om (República de Corea) miembro del Comité de Selección de la Fundación Jacques. Parisot por el tiempo que durasen sus funciones en el Consejo Ejecutivo, además del Presidente del Consejo, miembro ex officio, en el entendimiento de que, si el Dr. Om no pudiere asistir a las sesiones del Comité, participaría en los trabajos de éste la persona que, de conformidad con el artículo 2 del Reglamento Interior, designara su Gobierno como sucesor o suplente suyo en el Consejo. (Segunda sesión, 14 de enero de 2002)
EB109(2)
Grupo de Trabajo Intergubernamental Especial de Composición Abierta Encargado de Examinar los Métodos de Trabajo del Consejo Ejecutivo
El Consejo Ejecutivo, habiendo establecido durante su reunión, de conformidad con la resolución WHA54.22, un grupo de trabajo intergubernamental especial de composición abierta presidido por el Profesor T. Zeltner (Suiza), y habiendo considerado el informe del Presidente del grupo de trabajo, 1 acordó que el mandato del grupo de trabajo, preparado sobre la base de la resolución WHA54.22, consistiera en lo siguiente: 1) realizar un examen de los métodos de trabajo del Consejo Ejecutivo y de los de sus órganos subsidiarios para velar por que sean eficaces, eficientes y transparentes y por que se mejore la participación de los Estados Miembros en la labor del Consejo, inclusive los grupos de trabajo y los comités de redacción. El examen comprenderá el Reglamento Interior del Consejo Ejecutivo a tenor de las funciones de éste, y las interacciones entre el Consejo y otros órganos de laOMS; 2) formular recomendaciones al Consejo Ejecutivo sobre los métodos de trabajo que podrían necesitar mejoras, e incluir las pertinentes repercusiones en términos de costo; 3) informar de sus trabajos en cada reunión del Consejo Ejecutivo;
4) elaborar proyectos de disposiciones y otras medidas encaminadas a aplicar sus recomendaciones y someterlos al Consejo para que los examine. (Octava sesión, 17 de enero de 2002)
EB109(3)
Adjudicación del Premio de la Fundación Dr. A. T. Shousha
El Consejo Ejecutivo, visto el informe del Comité de la Fundación Dr. A. T. Shousha, adjudicó el Premio de la Fundación Dr. A. T. Shousha correspondiente a 2002 al Dr. Hussein Mirchamsi (Re1
Documento EB 109/ConfPaper N° 16.
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RESOLUCIONES Y DECISIONES
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pública Islámica del Irán) por su destacada contribución a los objetivos de la atención primaria de salud en la zona en la que el Dr. Shousha prestó servicio a la Organización Mundial de la Salud. (Novena sesión, 18 de enero de 2002)
EB109(4)
Adjudicación de la Beca de la Fundación Jacques Parisot
El Consejo Ejecutivo, visto el informe del Comité de Selección de la Fundación Jacques Parisot, adjudicó la Beca de la Fundación Jacques Parisot correspondiente a 2002 al Dr. Y u Dongbao (China). (Novena sesión, 18 de enero de 2002)
EB109(5)
Adjudicación del Premio de la Fundación Ihsan Dogramaci para la Salud de la Familia
El Consejo Ejecutivo, visto el informe del Comité de Selección de la Fundación Ihsan Dogramaci para la Salud de la Familia, adjudicó el Premio de la Fundación Ihsan Dogramaci para la Salud de la Familia correspondiente a 2002 a la Profesora Elisabeth Wollast (Bélgica) por su contribución en el campo de la salud de la familia. (Novena sesión, 18 de enero de 2002)
EB109(6)
Adjudicación del Premio Sasakawa para la Salud
El Consejo Ejecutivo, visto el informe del Comité de Selección del Premio Sasakawa para la Salud, adjudicó el Premio Sasakawa para la Salud correspondiente a 2002 al Programa de Atención Odontológica Integral para Mujeres Trabajadoras de Escasos Recursos, de Chile. Los garlardonados recibirían la suma de US$ 40 000 por sus destacados e innovadores trabajos en materia de desarrollo sanitario. (Novena sesión, 18 de enero de 2002)
EB109(7)
Adjudicación del Premio de la Fundación de los Emiratos Árabes Unidos para la Salud
El Consejo Ejecutivo, visto el informe del Comité de Selección de la Fundación de los Emiratos Árabes Unidos para la Salud, adjudicó el Premio de la Fundación de los Emiratos Árabes Unidos para la Salud correspondiente a 2002 a Médecins saos frontieres (Francia) y al Dr. Ibrahim Mohamed Yacoub (Bahrein) por sus destacadas contribuciones al desarrollo sanitario. Los galardonados recibirían la suma de US$ 20 000 cada uno. (Novena sesión, 18 de enero de 2002)
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CONSEJO EJECUTIVO, 109a REUNIÓN
EB109(8)
Fondo para Cuestiones de Seguridad
El Consejo Ejecutivo, habiendo examinado el informe sobre los fondos de rotación y otros fondos a largo plazo, 1 tomó nota de la decisión de la Directora General de establecer un Fondo para Cuestiones de Seguridad con la finalidad que se señala en el informe, y encomió la labor desempeñada por el personal de la OMS en circunstancias difíciles. (Décima sesión, 18 de enero de 2002)
EB109(9)
Revisión de las organizaciones no gubernamentales que mantienen relaciones oficiales con la OMS2
El Consejo Ejecutivo, habiendo examinado el informe de su Comité Permanente de Organizaciones No Gubernamentales sobre el examen de una tercera parte de las organizaciones no gubernamentales que mantienen relaciones oficiales con la OMS,3 y en aplicación de la decisión EB 107(1 ), adoptó las decisiones que se indican a continuación. Sobre la base del examen de los informes de colaboración presentados por 43 organizaciones no gubernamentales, el Consejo encomió el apoyo que habían prestado, fundamentalmente a la labor de la OMS relativa a los trastornos mentales y neurológicos, la salud ocupacional, la rehabilitación, la nutrición. la salud del niño y del adolescente, y la salud reproductiva y de la mujer, y decidió que se mantuvieran las relaciones oficiales con esas organizaciones. A falta de informes de colaboración de la Asamblea Mundial de la Juventud; Asociación Internacional de Ergonomía; Asociación Internacional de Pediatría; Asociación Mundial de Rehabilitación Psicosocial; Consejo Internacional de Bienestar Social; Federación Internacional de la Vejez; Federación Internacional de Medicina Física y Rehabilitación; Federación Internacional de Sindicatos de Trahajadores de la Química, Energía, Minas e Industrias Diversas; Federación Mundial de Neurología; Federación Mundial de Sociedades de Neurocirugía; Organización Mundial del Movimiento Scout; Rehahilitación Internacional; Sociedad Internacional para Investigaciones Biomédicas sobre el Alcoholismo: Unión Internacional de Promoción de la Salud y Educación para la Salud, el Consejo Ejecuti\o decidió aplazar hasta su 111areunión el examen de las relaciones con estas organizaciones.
Dado que no se disponía de información suficiente para examinar las relaciones con la Asociación Internacional de Informática Médica, y en vista del interés de la OMS por que se formulara un plan de colahoración, el Consejo decidió aplazar un año más, hasta su 111 a reunión, el examen de las relac1ones. en espera de un informe más pormenorizado sobre el estado de las relaciones y de los resultados de los esfuerzos para elaborar un plan de trabajo conjunto. Pese a que no había sido posible ejecutar el plan de colaboración con la Federación Mundial de Veteranos de Guerra, el Consejo decidió, habida cuenta del interés mutuo y persistente en esa colaboraciún. aplazar un año más, hasta su 111 a reunión, el examen de las relaciones, de modo que pudiera prepararse un plan de trabajo.
1
Documento EB 109/22.
~ Véase el anexo 3. 3
Documento EB109/29.
RESOLUCIONES Y DECISIONES
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Con respecto a la Federación Internacional de Organizaciones de Registros Sanitarios, el Consejo lamentó que no hubiera existido colaboración durante el periodo examinado. Sin embargo, dado que se había acordado un plan de trabajo que permitía esperar la reanudación de actividades de mutuo beneficio, el Consejo decidió que se mantuvieran las relaciones oficiales con la Federación. Con respecto a la Asociación Internacional de Medicina del Tráfico y la Federación Internacional de Vivienda y Urbanismo, el Consejo observó con satisfacción que los esfuerzos por revitalizar las relaciones habían cristalizado en un acuerdo para la elaboración de planes de colaboración y decidió que se mantuvieran las relaciones oficiales con las dos entidades. (Décima sesión, 18 de enero de 2002)
EB109(10)
Orden del día provisional de la 55 3 Asamblea Mundial de la Salud
El Consejo Ejecutivo, habiendo examinado el informe de la Directora General sobre el orden del día provisional de la 55 3 Asamblea Mundial de la Salud, 1 y recordando su decisión anterior de que la 55 3 Asamblea Mundial de la Salud se celebrara en el Palais des Nations, Ginebra, a partir del lunes 13 de mayo de 2002 y se clausurara a más tardar el sábado 18 de mayo de 2002/ aprobó el orden del día provisional de la 55 3 Asamblea Mundial de la Salud con la inclusión de los puntos siguientes: Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible; calidad de la atención: seguridad del paciente; envejecimiento y salud; salud mental; tripanosomiasis africana y neurocisticercosis. Asimismo, recomendó que el tema de las mesas redondas fueran los riesgos para la salud, que las mesas redondas se organizaran de conformidad con los procedimientos expuestos/ y que la participación en las mesas redondas estuviera abierta a los ministros de salud o a las personas que éstos designaran como sus representantes personales en los debates de política. (Décima sesión, 18 de enero de 2002)
EB109(11)
Fecha y lugar de la 1103 reunión del Consejo Ejecutivo
El Consejo Ejecutivo decidió que su 1103 reunión se inaugurase el lunes 20 de mayo de 2002, en la sede de la OMS, Ginebra, y se clausurase a más tardar el 21 de mayo de 2002. (Décima sesión, 18 de enero de 2002)
1
Documento EB109/32. Decisión EB 108( 11) Documento EB 107/21.
2
3
ANEXOS
ANEXOl
Confirmación de las modificaciones del Reglamento de Personal1 Informe de la Secretaría [EB 109/27 - 3 de diciembre de 2001]
MODIFICACIONES DEL REGLAMENTO DE PERSONAL DERIVADAS DE LAS DECISIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LA BASE DE LAS RECOMENDACIONES DE LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL (CAPI) 2. De conformidad con lo dispuesto en el párrafo 12.2 del Estatuto del Personal, se someten a la consideración del Consejo Ejecutivo, para su confirmación, las modificaciones del Reglamento de Personal derivadas de las decisiones que se prevé adoptará la Asamblea General de las Naciones Unidas con respecto al informe de la Comisión de Administración Pública Internacional (CAPI).
Escala de sueldos de los funcionarios del cuadro orgánico y categorías superiores 3. La Comisión ha recomendado a la Asamblea General un ajuste consistente en un aumento del 3,87% de la escala de sueldos básicos/mínimos del sistema común, con efecto a partir del 1 de marzo de 2002? Dicho ajuste corresponde a una práctica anual sistemática, que tiene por objeto poner en consonancia la escala de sueldos básicos/mínimos del sistema de las Naciones Unidas con los sueldos de la administración pública de referencia (la administración pública federal de los Estados Unidos en Washington, D.C.). 3 El ajuste consiste en la consolidación del ajuste por lugar de destino (el elemento correspondiente al costo de la vida) en el sueldo básico neto, conforme a la fórmula «sin pérdida ni ganancim>. Entre otras cosas, de este modo se asegura que las prestaciones vinculadas a la escala de sueldos básicos/mínimos (la prestación por movilidad y condiciones de vida difíciles y determinados pagos por separación del servicio) sigan el ritmo de la inflación. No se modifica la escala de contribuciones del personal que ha de utilizarse junto con los sueldos básicos brutos que entrarán en vigor el 1 de marzo de 2002. En el apéndice figuran las modificaciones consiguientes de los párrafos 330.1.1 y 330.2 del Reglamento de Personal.4
1 2
Véase la resolución EB109.R12. La escala de sueldos básicos/mínimos se introdujo en 1990, y desde entonces se han efectuado ajustes anuales.
3 Véase el artículo 17 del Estatuto de la Cornísión de Adrnínistración Pública Internacional. Actas Oficiales de la OMS, N° 226, 1975, anexo 5.
4
Disponibles en francés y en inglés solamente.
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CONSEJO EJECUTIVO, 1093 REUNIÓN
INTERVENCIÓN DEL CONSEJO EJECUTIVO 9. [En el presente párrafo figuraba, entre otras cosas, un proyecto de resolución que fue adoptado por el Consejo en la novena sesión en su resolución EB109.Rl2.]
ANEXO 1
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Appendix
TEXT OF AMENDED STAFF RULES
330. 330.1
SALARIES Gross base salaries shall be subject to the following assessments: 330.1.1 For professional and higher graded staff'
Assessable income US$
Staff assessment rates for those with dependants (as defined in Rules 310.5.1 and 310.5.2) %
First 30 000 Next 30 000 Next 30 000 Remaining assessable payments
18 28 34 38
Amounts of staff assessment for those with neither a dependent spouse nor a dependent child would be equal to the differences between the gross salaries at different grades and steps and the corresponding net salaries at the single rate.
330.2
The following schedule of annual gross base salaries and of annual net base salaries shall apply to all professional and higher category posts:
1
With effect from 1 March 2002.
Salary scale for the professional and higher graded categories: annual gross salaries and net equivalents after application of staff assessment (effective 1 March 2002) (US dollars) Step Leve! D-2 Gross NetD Net S Gross NetD Net S Gross NetD Net S Gross NetD Net S Gross NetD Net S Gross NetD NetS Gross NetD Net S 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14
1
1~
15
129 834 132 689 135 540 138 392 141 245 144 097 90 697 92 467 94 235 96 003 97 772 99 540 83 322 84 805 86 286 87 768 89 250 90 733 114784 117226 119669 122106 124550 126994 129437 131877 134319 81 366 82 880 84 395 85 906 87 421 88 936 90 451 91 964 93 478 75 209 76 539 77 868 79 195 80 526 81 845 83 115 84 384 85 652 101084 103294 105505 107715 109924 112132 114344 116553 118761 120974 123185 125392 127602 72872 74 242 75 613 76 983 78 353 79 722 81 093 82 463 83 832 85 204 86 575 87 943 89 313 67 698 68 955 70 159 71 362 72 565 73 767 74 970 76 173 77 376 78 579 79 781 80 983 82 162 83 255 61 548 57 316 68 306 51 682 48 242 55 346 42 849 40 191 42 944 33 920 31 997 85 283 62 887 58 546 70 208 52 937 49 396 56 907 43 973 41 210 44444 35 000 32 992 87 306 64 222 59 770 72 112 54 194 50 553 58 465 45 095 42 226 45 942 36 078 33 986 89 329 65 557 60 994 74 011 55 447 51 706 60 027 46 218 43 244 47 442 37 158 34 980 91 442 66 894 62 220 75 915 56 704 52 862 61 729 47 341 44 260 48 939 38 236 35 974 93 597 68 230 63 443 77 815 57 958 54 015 63 429 48 463 45 279 50 438 39 315 36 967 95 752 69 566 64 669 79 715 59 212 55 169 65 130 49 586 46 313 51 938 40 395 37 962 97 906 100 065 102 216 104 371 106529 108682 110837 112994 70 902 72 240 73 574 74 910 76 284 77 583 78 919 80 256 65 894 67 118 68 342 69 540 70 717 71 888 73 062 74 235 81 620 60469 56 324 66 829 50 707 47 344 53 436 41474 38 944 83 523 61 725 57 477 68 532 51 831 48 379 54 932 42 551 39 921 85 423 62 979 58 632 70 233 52 954 49 412 56 432 43 631 40 899 87 326 64 235 59 782 71 932 54 075 50444 89 226 65 489 60 933 73 636 55 200 51 479 91 202 66 745 62 083 93 226 68 000 63 233 95 250 69 255 64 384
P-6/D-1
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P-1
D= Rate app1icable to staffmembers with a dependent spouse or child. S= Rate applicable to staffmembers with no dependent spouse or child This scale will be implemented in conjunction with a consolidation of 3.87% of post adjustment. There will be consequential adjustments in post adjustment indices and multipliers at all duty stations effective 1 March 2002. Thereafter, changes in post adjustment classifications will be implemented on the basis of the movement ofthe consolidated post adjustment indices. 1
ANEXO 1
39
Appendice
TEXTE DES ARTICLES AMENDES DU REGLEMENT DU PERSONNEL 330. 330.1 TRAITEMENTS Les traitements de base bruts sont soumis a imposition selon les taux suivants : 330.1.1 pour les membres du personnel de la catégorie professionnelle et de rang supérieur :1
Montant soumis a retenue US$ Premiere tranche de 30 000 Tranche suivante de 30 000 Tranche suivante de 30 000 Au-dela
Taux d'imposition applicables aux fonctionnaires avec personnes a cbarge (voir les articles 310.5.1 et 310.5.2) % 18 28 34 38
Le montant des contributions a verser par les fonctionnaires n'ayant ni conjoint ni enfant a charge est égal a la différence entre les traitements bruts des différents échelons a l'intérieur de chaque classe et les traitements nets correspondants (saos charges de famille).
330.2 Le bareme suivant des traitements de base bruts annuels et des traitements de base nets annuels s' applique a tous les postes de la catégorie professionnelle et de rang supérieur :
1
A compter du 1er mars 2002.
Bareme des traitements du personnel de la catégorie professionnelle et de rang supérieur : 1 montants annuels bruts et équivalents nets apres déduction des contributions du personnel (entrée en vigueur : 1er mars 2002) (en dollars des Etats-Unis) C1asse D.2 Brut NetF NetC Brut NetF NetC Brut NetF NetC Brut NetF NetC Brut NetF NetC Brut NetF NetC 1 2
1~
3
4
5
6
Echelon 7
8
9
10
11
12
13
14
15
129 834 132 689 135 540 138 392 141 245 144 097 90 697 92 467 94 235 96 003 97 772 99 540 83 322 84 805 86 286 87 768 89 250 90 733 114784 117226 119669 122106 124550 126994 129437 131877 134319 81 366 82 880 84 395 85 906 87 421 88 936 90 451 91 964 93 478 75 209 76 539 77 868 79 195 80 526 81 845 83 115 84 384 85 652 101084 103294 105505 107715 109924 112132 114344 116553 118 761 120 974 123 185 125 392 127 602 72872 74 242 75 613 76 983 78 353 79 722 81 093 82 463 83 832 85 204 86 575 87 943 89 313 67 698 68 955 70 159 71 362 72 565 73 767 74 970 76 173 77 376 78 579 79 781 80 983 82 162 83 255 61 548 57 316 68 306 51 682 48 242 55 346 42 849 40 191 85 283 62 887 58 546 70 208 52 937 49 396 56 907 43 973 41 210 87 306 64222 59 770 72 112 54 194 50 553 58 465 45 095 42226 89 329 65 557 60 994 74 011 55 447 51 706 60 027 46 218 43 244 91 442 66 894 62 220 75 915 56 704 52 862 61729 47 341 44260 93 597 68 230 63 443 77 815 57 958 54 015 63 429 48 463 45 279 50 438 39 315 36 967 95 752 69 566 64 669 79 715 59 212 55 169 65 130 49 586 46 313 51 938 40 395 37 962 97 906 lOO 065 102 216 104 371 106529 108682 110837 70 902 72 240 73 574 74 910 76284 77 583 78 919 65 894 67 118 68 342 69 540 70 717 71 888 73 062 81 620 60469 56 324 66 829 50 707 47 344 53 436 41 474 38 944 83 523 61 725 57 477 68 532 51 831 48 379 54 932 42 551 39 921 85 423 62 979 58 632 70 233 52 954 49 412 56 432 43 631 40 899 87 326 64 235 59 782 71 932 54 075 50 444 89 226 65 489 60 933 73 636 55 200 51 479 91 202 66 745 62 083 93 226 68 000 63 233 112 994 80 256 74 235 95 250 69 255 64 384
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P.6/D.1
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P.3
P.2
G; ~ oz
P.1
42 944 44 444 45 942 47 442 48 939 Brut 33 920 35 000 36 078 37 158 38 236 NetF 31 997 32 992 33 986 34 980 35 974 NetC F = Fonctionnaire ayant un conjoint a charge ou un enfant a charge. C = Fonctionnaire n'ayant ni conjoint a charge ni enfant a charge.
1 Une partie de l'indemnité de poste, d'un montant équivalent a une majoration de 3,87% des traitements de base, sera incorporée aceux-ci a l'entrée en vigueur du ban!me, le l er mars 2002. A cette date, les indices et coefficients d'ajustement seront modifiés dans tous les lieux d'affectation. Par la suite, le classement aux fins des ajustements sera révisé en fonction des modifications des índices d'ajustement.
ANEX02
Confirmación de las modificaciones del Reglamento de Personal1 Informe de la Secretaría [EB109/27 Add.1 - 28 de diciembre de 2001]
l. En el documento EB 109/25 se detallan los progresos realizados en la aplicación del marco estratégico de la OMS para la reforma de la gestión de los recursos humanos. De conformidad con lo dispuesto en el párrafo 12.2 del Estatuto del Personal, se someten a la consideración del Consejo Ejecutivo, para su confirmación, las consiguientes modificaciones efectuadas por la Directora General en el Reglamento de Personal. El texto de las modificaciones figura en el apéndice2 del presente documento. 2. Las modificaciones del Reglamento de Personal han sido objeto de consultas en toda la Organización. Se complementarán con la incorporación en el Manual de la OMS de disposiciones relativas a su aplicación. 3. El enfoque global que se ha aplicado a la reforma de la contratación ha consistido en agrupar Jos nuevos arreglos contractuales bajo los epígrafes de «contrataciones temporales», «nombramientos de plazo fijo» y «nombramientos de servicio». En el Reglamento de Personal se han señalado las condiciones de servicio específicas de cada tipo de contratación. 4. Se está introduciendo un nuevo sistema para la gestión y la mejora del desempeño, que entrará en vigor el 1 de enero de 2002, en el contexto del marco estratégico para la reforma de la gestión de los recursos humanos. Se ha modificado el párrafo 530 del Reglamento de Personal para adaptarlo al nuevo sistema.
INTERVENCIÓN DEL CONSEJO EJECUTIVO 6.
[En el presente párrafo figuraba un proyecto de resolución que fue adoptado por el Consejo en la novena sesión en su resolución EB109.Rl4.]
1 2
Véase la resolución EB109.Rl4. Disponible en francés y en inglés solamente.
- 41 -
42
CONSEJO EJECUTIVO, 109• REUNIÓN
Appendix
TEXT OF AMENDED STAFF RULES [EB 109/27 Add.l, Annex 1 - 28 December 2001] 030. APPLICA TION The StaffRules shall apply to all staffmembers ofthe World Hea1th Organization, except as specifically provided in any particular Rule herein. Nothing in the present Rules shall be interpreted as preventing the Director-General from making temporary appointments of less than one year with terms of service different from those provided in the present Rules, where he or she considers that the interests of the service so require.
320. 320.1
SALARY DETERMINATION On appointment to a service or fixed-term appointment, the net base salary of staff members shall be fixed at step 1 of the grade of the post to be occupied. In exceptional circumstances it may be fixed at a higher step in the grade in arder to maintain the staff members' former income leve l. The net base salary of staff members holding temporary appointments as defined in Rule 420.3 shall be fixed as follows: 320.2.1 for those holding term-limited appointments: step 3 of the level of the assignment determined in accordance with guidelines established by the Director-General; for those holding term-limited appointments: step 3 of the level of the assignment determined in accordance with guidelines established by the Director-General.
320.2
320.2.2
330.
SALARIES -
330.3
The net base salary of staff members in the professional and higher categories holding temporary appointments as defined in Rule 420.3 shall be paid in accordance with the schedule in Rule 330.2 at the rate applicable to staff members with no dependent spouse or dependent child.
340.
DEPENDANTS' ALLOWANCES Staff members in the professional or higher category, except those holding temporary appointments as defined in Rule 420.3 or consultants appointed under Rule 1330, are
ANEX02
43
entitled toa dependant's allowance for dependants as defined in Rule 310.5, to be paid as follows:
350. 3 50.1
EDUCATIONGRANT lnternationally recruited staff members shall be entitled to an education grant, except as indicated in Rule 350.3. The amount ofthe grant payable under this Rule shall be 75% of the education expenses actually incurred and admissible under Rule 350.2. The maximum grant per child per year shall not exceed a total payment of US$ 9750 or, for expenses incurred in certain currencies as determined by the Director-General on the basis of procedures agreed among the international organizations concerned, an amount established in those currencies. For staff members at certain designated official stations, the amount of the grant in respect of primary and secondary education shall be increased by an additional amount corresponding to 100% of boarding costs up to US$ 5060 per child per year or, for expenses incurred in certain local currencies as determined by the Director-General on the basis of procedures agreed among the international organizations concerned, an amount established in those currencies. This rule does not apply to staff holding temporary appointments as defined in Rule 420.3 or to consultants appointed under Rule 1330.
355.
SPECIAL EDUCATION GRANT FOR DISABLED CHILDREN Staff members, except those holding temporary appointments as defined in Rule 420.3 or consultants appointed under Rule 1330, are entitled toa special education grant in respect of any physically or mentally incapacitated child, recognized as dependant under Rule 310.5 .2, up to the end of the year in which such child reaches the age of 25. The amount of the grant per child per year shall be 100% of the special education expenses actually incurred up to a maximum of US$ 13 000 or, for expenses incurred in certain currencies as determined by the Director-General on the basis of procedures agreed among the international organizations concerned, up to a maximum amount established in those currencies. In cases where an education grant is payable under Rule 350, the total of the amounts payable under Rules 350 and 355 shall not exceed the applicable maximum.
360. 360.1
MOBILITY AND HARDSHIP ALLOWANCE Staff members, except those holding temporary appointments as defined in Rule 420.3 or those appointed under Rules 131 O and 1330, who are assigned or transferred toan official station for a period of one year or longer, shall receive a non-pensionable mobility and hardship allowance designed to recognize varying degrees of hardship at different official stations and provide incentives for mobility, under the conditions set out in subsections 360.1.1, 360.1.2, 360.1.3 and 360.1.4. Official stations shall be categorized according to conditions of life and work and on the basis of criteria agreed among the international
44
CONSEJO EJECUTIVO, 1093 REUNIÓN
organizations concemed for classifying official stations. Headquarters, North American and European official stations and similar designated locations shall be categorized H official stations, whereas all other official stations shall be categorized from A to E.
367.
SERVICE ALLOWANCE Staff holding term-limited appointments as defined in Rule 420.3 shall receive a nonpensionable service allowance expressed as a percentage of their annual net base salary. This percentage shall be determined by the Director-General and range between 5% and 25% for staff in the professional category, and between 3% and 12% for staff in the general service category.
375.
END-OF-SERVICE GRANT Staff members holding a fixed-term appointment whose appointment is not renewed after completing five years of continuous qualifying service, and whose performance has been certified as being satisfactory, shall be entitled to a grant based on the years of service, unless an offer of renewal of appointment has been either received or declined or the staff member has reached the statutory age of retirement as defined under Rule 1020.1. The amount of the grant shall be fixed according to the schedule in Rule 1050.4 for termination of fixed-term appointments.
420. 420.1
APPOINTMENT POLICIES 1 A "service appointment" is an appointment without specified time-limit. A service appointment may be granted after a minimum of five years' certified satisfactory service on fixed-term appointments and fulfilment of such other requirements as the DirectorGeneral may determine. A "fixed-term appointment" !s a time-limited appointment for one year or more. A "temporary appointment" is an appointment for a period not exceeding 11 months. There are two categories of temporary appointment: "short-term appointments" and "term-limited appointments". Such appointments are granted in accordance with conditions determined by the Director-General. Appointments may be on a full-time, part-time or when-actually-employed basis.
420.2 420.3
420.4
1 Staff members holding career-service appointments on l July 2002, and who rema in below grade P6/D l, shall retain such appointments until they separate from the Organization.
ANEX02
45
420.5
All staff, including staff members seconded to the Organization, shall be appointed initially on fixed-term appointments as defined in Rule 420.2, or on temporary appointments as defined in Rule 420.3.
440. 440.4
APPOINTMENT PROCEDURE For staff seconded to the Organization, the offer of appointment, notice of acceptance and supporting documentation of the terms and conditions of secondment, as agreed by the Organization, the releasing entity and the staff member concemed, shall constitute proof of the existence and validity of secondment to the Organization for the period stated in the offer of appointment and any subsequent extension of the appointment. Any extension of appointment shall be subject to agreement by all parties concemed.
470. 470.1
RE-EMPLOYMENT Staffmembers, except those holding temporary appointments as defined in Rule 420.3 or consultants appointed under Rule 1330, who are re-employed within one year of the termination of their appointment, may, at the option of the Organization, be reinstated. In such cases they shall have restored to them the status which they held upon termination, and the intervening absence shall be charged to annual leave and leave without pay as necessary. They shall refund to the Organization all separation payments made to them.
480. 480.1
INTERORGANIZATION TRANSFERS Subject to the requirements of Rules 430 and 440 ("Medica} Certification and Inoculations" and "Appointment Procedure"), appointees accepted for transfer from another United Nations organization: 480.1.1 may be appointed at an advanced step in the grade of the post to which they are being assigned if this is necessary to maintain their existing salary level; shall transfer their pension fund credit if they are participants in the United Nations Joint StaffPension Fund; shall be appointed on a fixed-term appointment in accordance with Staff Rule 420.5, and serve on transfer the same probationary period as a newly appointed staff member;
480.1.2
480.1.3
530. 530.1
PERFORMANCE MANAGEMENT AND DEVELOPMENT Supervisors shall be responsible for: 530.1.1 facilitating the adjustment ofthe staffthey supervise to their work;
46
CONSEJO EJECUTIVO, 109a REUNIÓN
530.1.2 530.1.3 530.2
establishing, in consultation with each staff member, a work plan; guiding staffunder their supervision.
For staff at D.2 level and below, in addition to normal work review and discussion with a staff member, supervisors shall periodically make a formal evaluation of the performance, conduct and development potential of all staff members under their supervision. This evaluation shall be made at such interva1s as the work situation or the individual's performance requires, but in no case less frequently than once a year. Supervisors shall discuss their conclusions with the staff member and make specific suggestions for improvement in performance as necessary. For staff members with supervisory responsibilities, the evaluation shall include an assessment of their performance as supervisors, including how they fulfil their performance management and development responsibilities. The performance of staff members during the preceding year shall be evaluated according to procedures established by the Director-General. The form shall be signed by the supervisors and the staff members concemed; the latter may if they so wish attach a statement conceming any part of the report with which they disagree and this shall become a part of their performance report file.
53 O.3
540. 540.1
END OF PROBATION A performance evaluation report (see Rule 530.2) shall be made before the end of the normal probationary period (see Rule 420.6). On the basis of this report a decision shall be taken, and notified to the staff member, that the:
550. 550.1
WITHIN-GRADE INCREASE Staff members, except those holding temporary appointments as defined in Rule 420.3, whose performance has been certified by the supervisors as being satisfactory shall be entitled to a within-grade salary increase of one step upon completion of each unit of service time as defined in Rule 550.2. The date of entitlement shall not be earlier than the date of confirmation of the appointment except as provided in Rule 480. The effective date for a within-grade increase is defined in Rule 380.3.1. Increases may be granted up to the maximum for the staff member's grade except that, if either Rule 555.2 or Rule 1310.9 applies, the normal maximum may be exceeded accordingly.
550.3
The unit of service time shall be reduced to ten months under Rule 550.2.1 and to twenty months under Rule 550.2.2 in the case of staff members who have demonstrated, by passing a prescribed test, proficiency of a second official language of the Organization. Staff members whose mother tongue is one of the official languages of the Organization must demonstrate proficiency in a second official language. This rule applies to staff members in the professional and higher categories except for those holding temporary
ANEX02
47
appointments as defined m Rule 420.3 and linguistic staff, t.e., translators, editors, revisers and interpreters.
570. 570.1
REDUCTION IN GRADE The grade of staff members may be reduced as a consequence of reclassification of the post occupied or reassignment to a different post of lower grade. The latter may result:
570.1.3
as an altemative to termination under Rule 1050.
630.
ANNUAL LEA VE
630.3
Annualleave accrues to all staff members except:
630.3.2
to holders oftemporary appointments as defined in Rule 420.3 engaged on a daily basis; to consultants appointed under Rule 131 O who are govemed, instead, by the conditions established for them;
630.3.3
640.
HOME LEA VE
640.3
Staff members are eligible for home leave when: 640.3.1 their official station is outside the country and area of their recognized place of residen ce as established under Rule 460; and their service is expected to continue at least six months beyond the date of retum from home leave or six months beyond the date of eligibility for borne leave, whichever is later; and they are not locally recruited under Rule 131 O, do not hold a temporary appointment as defined in Rule 420.3 and are not appointed as a consultant under Rule 1330; and
640.3.2
640.3.3
48
CONSEJO EJECUTIVO, 1093 REUNIÓN
640.3.4
they have met the requirements for qualifying service under Rule 640.4.
660. 660.1
LEA VE FOR MILITARY TRAINING OR SERVICE Upon application, staff members, except those holding temporary appointments as defined in Rule 420.3 or consultants appointed under Rule 1330, may be granted leave of absence for military training or service required by their govemment for a period not exceeding one year in the first instance but subject to extension on request. At the staff members' option, such absence shall be charged as either leave without pay oras annual leave to the extent accrued and thereafter to leave without pay. During any period of leave without pay for this purpose the provisions ofRule 655.2 shall apply.
720. 720.1
ACCIDENT AND ILLNESS INSURANCE StaffHealth Insurance 720.1.1 Staff members appointed for one year or more shall participate in the Organization's Staff Health Insurance, and their spouse and eligible dependants shall also be covered by it, in accordance with rules established by the Director-General in consultation with the staff. Staff members shall contribute to the cost. Staff members holding temporary appointments as defined in Rule 420.3 shall also participate in the Organization's Staff Health Insurance, in accordance with rules established by the Director-General. Their eligible family members may be covered by it, in accordance with rules established by the Director-General. Staff members shall contribute to the cost.
720.1.2
760. 760.1
MA TERNITY LEAVE AND PATERNITY LEA VE 1 Staff members other than consultants appointed under Rule 1330 shall be entitled to matemity leave and patemity leave, subject to the conditions specified in this Rule. Matemity leave for staffholding an appointment of one year or more. On presentation of a certificate from a duly recognized medical practitioner stating that her confinement will probably take place within six weeks, the staff member shall be entitled to matemity leave. At the request of the staff member and on medical advice, the Director-General may permit the matemity leave to commence less than six weeks but not less than two weeks before the expected date of confinement. Matemity leave shall extend for a period of 16 weeks from the time it is granted, except that in no case shall it
760.:
Patemity leave is introduced on a trial basis for two years, with effect from 1 January 2001, to be reviewed in January 2003.
1
ANEX02
49
terminate less than 1O weeks after the actual date of her confinement. The leave is paid with full salary and allowances. 760.3 Matemity leave for staffholding temporary appointments For a staff member holding a temporary appointment as defined in Rule 420.3, matemity leave shall be granted under conditions established by the Director-General.
760.6
Patemity leave A staff member, except those holding temporary appointments as defined in Rule 420.3 or consultants appointed under Rule 1330, shall be entitled to patemity leave for up to five days upon presentation of satisfactory evidence of the birth of bis child.
770. 770.1
GRANT IN CASE OF DEATH On the death of a staff member, except those holding temporary appointments as defined in Rule 420.3 or consultants appointed under Rule 1330, whose death does not result in any indemnity payment from the Organization's accident and illness insurance policy, a payment shall be made to:
820.
TRAVEL OF SPOUSE AND CHILDREN
820.2
Except for staff members holding temporary appointments as defined in Rule 420.3 or consultants appointed under Rule 1330, the Organization shall pay the travel expenses of a staff member's spouse and dependent children, as defined in Rule 820.1, under the following circumstances:
825.
SPECIAL EDUCATION GRANT TRAVEL The Organization shall, in accordance with terms and conditions determined by the Director-General, pay travel expenses of dependent children in respect of whom staff members are entitled to the special education grant under Rule 355. In this case, the provisions for education grant travel under Rule 820.2.5 shall not apply, except for the round trips under Rules 820.2.5.2 and 820.2.5.3. The provisions ofthis Rule shall apply to professional and higher category staff not serving in the country of their recognized place of residence, and to staff referred to in Rule 1310.4 recruited outside the local area as well as outside the country of the official station. They shall not apply to other staff referred to in Rule 131 O, nor to staff holding temporary appointments as defined m Rule 420.3 nor to consultants appointed under Rule 1330.
50
CONSEJO EJECUTIVO, 1093 REUNIÓN
1040.
COMPLETION OF APPOINTMENTS In the absence of any offer and acceptance of extension, fixed-term and temporary appointments shall termínate automatically on the completion of the agreed period of service. Where it has been decided not to offer an extension of appointment to a staff member holding a fixed-term appointment, the staff member shall be notified thereof no less than three months before the expiry of the appointment. Such a staff member who does not wish to be considered for reappointment shall also give that period of notice of his intention.
1050. 1050.1
ABOLITION OF POST The fixed-term appointment of a staff member engaged on a post of limited duration may be terminated prior to its expiration date if that post is abolished. When a post of indefinite duration - or any post held by a staff member with a service appointmene - is abolished or comes to an end, reasonable efforts shall be made to reassign the staff member occupying that post, in accordance with procedures established by the Director-General, and based upon the following principies: 1050.2.1 the reassignment process shall be coordinated by a Reassignment Committee established by the Director-General; the paramount consideration shall be the necessity of securing the highest standards of efficiency, competence and integrity with due regard given to the performance, qualifications and experience of the staff member concerned; the Director-General may establish priorities for reassigning staff members; the reassignment period shall normally end within six months from its commencement; this period may be exceptionally extended by the DirectorGeneral for up to an additional six months; during the reassignment period, the staff member may be provided with training to enhance specific existing qualifications; if the post is in the professional category or above, the reassignment process shall extend to all offices; if the post is subject to local recruitment, the reassignment process shall be limited to the locality in which the post is to be abolished; staff members shall be given due preference for vacancies during the reassignment period, within the context of Rule 1050.2.2; staff members may be reassigned to vacant posts at the same grade as the post to be abolished, or one grade lower;
1050.2
1050.2.2
1050.2.3 1050.2.4
1050.2.5
1050.2.6
1050.2.7
1050.2.8
In this Rule, references to staff members holding service appointments shall be interpreted to include staff members holding career-service appointments.
1
ANEX02
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1050.2.9
the staff member's appointment shall be terminated if no reassignment decision is made during the reassignment period.
1050.3
Termination under this Rule shall require giving at least three months' notice to a staff member holding a service appointment or a non-probationary fixed-term appointment, and at least one month's notice to any other staffmember. Staff members whose appointments are terminated under this Rule shall be paid an indemnity in accordance with the following schedule and with due regard to Rule 380.2: Indemnity (Terminal remuneration) Y ears of service Less than 1 ) 1 ) Staff holding service Appointments Staff holding fixed-term appointments ) One week per unexpired ) month of contract, subject ) to a minimum of 6 weeks ) and a maximum of ) 3 months 4 months 5 months 6 months 7 months 9 months 9.5 months 10 months 10.5 months 11 months 11.5 months 12 months
1050.4
2 3
) )
Not applicable
4 5 6
) ) 6 months
7 8 9 10 11 12 13 14 15 ormore 1050.4.1
7 months 8 months 9 months 9.5 months 10 months 10.5 months 11 months 11.5 months 12 months
In the case of termination of appointment under Rule 1050.2, the indemnity shall be increased by 50%. In other cases, the Director-General may decide to increase the indemnity by up to 50% ifthe conditions so warrant.
1050.4.2
1320.
SHORT-TERM STAFF The Director-General may establish conditions of service for temporary appointments for conference and other short-term service without regard to the provisions of other sections ofthe StaffRules.
52
CONSEJO EJECUTIVO, 1093 REUNIÓN
Appendice
TEXTE DES ARTICLES AMENDES DU REGLEMENT DU PERSONNEL
[EB109/27 Add.l, annexe 1-28 décembre 2001]
030.
CONDITIONS D' APPLICA TION Le Reglement du Personnel est applicable atous les membres du personnel de l'Organisation mondiale de la Santé, sauf dans les cas expressément prévus par d'autres articles du présent Reglement. Aucune disposition du présent Reglement ne doit etre interprétée comme empechant le Directeur général d'accorder des engagements temporaires de moins d'un an a des conditions différentes de celles qui sont spécifiées dans le présent Reglement, lorsqu'il estime que l'intéret du service l'exige.
320. 320.1
FIXATION DES TRAITEMENTS Lorsqu'il est engagé au titre d'un contrat de service ou pour une durée déterminée, tout membre du personnel se voit attribuer le traitement de base net correspondant au premier échelon de la classe a laquelle est rattaché le poste qu'il doit occuper. Dans des circonstances exceptionnelles, son traitement peut etre fixé a un échelon supérieur de cette classe afin que l'intéressé ne subisse pas de diminution de revenu. Le traitement de base net des membres du personnel engagés l'article 420.3 est fixé comme suit : 320.2.1
320.2
a titre temporaire au sens de
pour ceux dont l'engagement est a court terme: premier échelon de la classe correspondant a l'affectation, fixé conformément aux directives établies par le Directeur général ;
320.2.2 pour ceux dont l'engagement est a durée limitée: troisieme échelon de la classe correspondant a l'affectation, fixé conformément aux directives établies par le Directeur général.
330.
TRAITEMENTS
330.3
Le traitement de base net des membres du personnel de la catégorie professionnelle et de rang supérieur engagés a titre temporaire au sens de l'article 420.3 est versé conformément au bareme figurant a l'article 330.2, au taux applicable aux membres du personnel n'ayant pas de conjoint acharge ni d'enfant acharge.
ANEX02
53
340.
ALLOCATIONS POUR PERSONNES A CHARGE Lorsqu'ils ont des personnes a charge au seos de l'article 310.5, les membres du personnel de la catégorie professionnelle ou de rang supérieur - excepté ceux qui sont engagés a titre temporaire au seos de l'article 420.3 ou les consultants nommés en vertu de l'article 1330ont droit pour ces personnes aux allocations suivantes :
350. 350.1
ALLOCATION POURFRAIS D'ETUDES DES ENFANTS Tout membre du personnel engagé par voie de recrutement international a droit a une allocation pour frais d'études des enfants, sous réserve des dispositions de l'article 350.3. Le montant de l'allocation payable en vertu du présent article correspond a 75% des frais d'études effectivement encourus et répondant aux conditions prescrites a l'article 350.2. L'allocation maximale par enfant et paran ne peut dépasser un total de US $9750 ou, pour les frais encourus daos certaines monnaies désignées par le Directeur général sur la base des dispositions adoptées d'un commun accord par les organisations internationales intéressées, une somme calculée daos ces monnaies. Pour les membres du personnel en poste daos certains lieux d'affectation désignés, le montant de l'allocation pour frais d'études primaires et secondaires est augmenté d'une somme complémentaire correspondant a lOO% des frais de pensionjusqu'a concurrence de US $5060 par enfant et paran ou, pour les frais encourus daos certaines monnaies locales désignées par le Directeur général sur la base des dispositions adoptées d'un commun accord par les organisations internationales intéressées, d'une somme calculée daos ces monnaies. Le présent article ne s'applique ni aux membres du personnel engagés a titre temporaire au seos de l'article 420.3, ni aux consultants nommés en vertu de l'article 1330.
355.
ALLOCATION SPECIALE POURFRAIS D'ETUDES DES ENFANTS HANDICAPES Les membres du personnel - excepté ceux qui sont engagés a titre temporaire au seos de l'article 420.3 ou les consultants nommés en vertu de l'article 1330 - ont droit a une allocation spéciale pour frais d' études pour tout enfant handicapé physique ou mental reconnu a charge au seos de 1' article 31 O.5 .2 jusqu' a la fin de l' année ou cet enfant atteint l'age de 25 ans. Le montant de l'allocation, par enfant et paran, corresponda 100% des frais d'études spéciaux effectivement encourus jusqu'a concurrence de US $13 000 au maximum ou, pour les frais encourus daos certaines monnaies désignées par le Directeur général sur la base des dispositions adoptées d'un commun accord par les organisations internationales intéressées, d'une somme maximale calculée daos ces monnaies. Daos les cas ou une allocation pour frais d'études est due en vertu de l'article 350, le total des montants a verser en vertu des articles 350 et 355 ne dépasse pas le maximum applicable.
360.
INDEMNITE POUR MOBILITE ET DIFFICULTE DES CONDITIONS DE VIE ET DE TRAVAIL Les membres du personnel, excepté ceux qui sont engagés a titre temporaire au seos de l'article 420.3 ou ceux nommés en application des articles 1310 et 1330, qui sont envoyés ou
360.1
54
CONSEJO EJECUTIVO, 109a REUNIÓN
mutés dans un lieu d'affectation pour une période d'un an ou plus, peryoivent une indemnité pour mobilité et difficulté des conditions de vie et de travail, non considérée aux fins de la pension, qui est destinée a refléter divers degrés de difficulté des conditions de vie et de travail selon les lieux d' affectation et a encourager la mobilité dans les conditions prévues aux articles 360.1.1, 360.1.2, 360.1.3 et 360.1.4. Les lieux d'affectation sont classés selon les conditions de vie et de travail et sur la base de criteres adoptés d'un commun accord par les organisations intemationales intéressées pour le classement des lieux d'affectation. Les villes-siege ainsi que les lieux d'affectation situés en Amérique du Nord et en Europe et autres lieux assimilés sont classés dans la catégorie H, tandis que tous les autres lieux d'affectation sont classés dans les catégories A a E.
367.
INDEMNITE DE RECRUTEMENT Les membres du personnel dont l'engagement esta durée limitée au sens de l'article 420.3 re9oivent une indemnité de recrutement, non considérée aux fins de la pension, exprimée en pourcentage de leur traitement de base net annuel. Ce pourcentage est fixé par le Directeur général et varie de 5 % a 25 % pour le personnel de la catégorie professionnelle et de 3 % a 12 % pour le personnel de la catégorie des services généraux.
375.
VERSEMENT DE FIN DE SERVICE Tout membre du personnel engagé pour une durée déterminée, dont l'engagement n'est pas renouvelé apres cinq années de service continu et dont les services ont fait l 'objet de rapports favorables, a droit a un versement correspondant au nombre de ses années de service, a moins qu'il n'ait re9u et refusé une offre de renouvellement de son engagement ou n'ait atteint la limite d'age telle qu'elle est définie a l'article 1020.1. Le montant du versement est calculé d'apres le bareme figurant a l'article 1050.4 pour la résiliation d'engagements de durée déterminée.
420. 420.1
PRINCIPE~ REGISSANT LES ENGAGEMENTS 1
Un « engagement de service » est un engagement a durée indéterminée. Il peut etre accordé apres cinq ans au mínimum de services accomplis au titre d'engagements a durée déterminée et ayant fait l'objet de rapports favorables, et sous réserve que les autres conditions que peut fixer le Directeur général soient remplies. Un « engagement a durée déterminée » est un engagement limité a un an ou plus. Un« engagement temporaire » est un engagement pour une période n'excédant pas 11 mois. Il existe deux catégories d'engagements temporaires : les engagements ((a court terme » et
420.2 420.3
Les membres du personnel détenteurs d 'un contrat de carriere le 1er juillet 2002 et dont la classe est inférieure a la classe P-6/D-1 conserveront le meme type d'engagementjusqu'a leur départ de l'Organisation.
1
ANEX02
55
les engagements «a durée limitée ». Ces engagements sont accordés selon les conditions fixées par le Directeur général. 420.4 Les engagements peuvent etre a plein temps, a temps partiel ou pour la durée effective de l'emploi. Tous les membres du personnel, y compris ceux qui sont détachés aupres de l'Organisation, sont initialement engagés pour une durée déterminée au sens de l'article 420.2 ou a titre temporaire au sens de l'article 420.3.
420.5
440.
PROCEDURE RELATIVE AUX ENGAGEMENTS
440.4
Pour les membres du personnel détachés aupres de l'Organisation, l'offre d'engagement, 1'avis d' acceptation et les pieces spécifiant les conditions du détachement, tels qu' en sont convenus l'Organisation, l'entité administrative d'origine et le membre du personnel concemé, constituent la preuve de 1'existence et de la validité du détachement aupres de l'Organisation pour la durée spécifiée dans l'offre d'engagement et de toute prolongation de cet engagement. Toute prolongation d'engagement doit faire l'objet d'un accord entre toutes les parties intéressées.
470. 470.1
REENGAGEMENT Les membres du personnel - excepté ceux qui sont engagés a titre temporaire au sens de l'article 420.3 ou les consultants nommés en vertu de l'article 1330 - qui sont réengagés dans l'année qui suit la fin de leur engagement peuvent, au choix de l'Organisation, etre réintégrés. En pareil cas, ils bénéficient a nouveau du statut qu'ils avaient a la fin de leur engagement et leur temps d'absence dans l'intervalle est compté comme congé annuel et congé sans traitement selon qu'il y a lieu ; ils remboursent a l'Organisation tous les versements qu'ils ont re9us en raison de la cessation de leur emploi.
480. 480.1
MUTATIONS ENTRE ORGANISATIONS Sous réserve des conditions prévues aux articles 430 et 440 (« Examens médicaux et vaccinations » et « Procédure relative aux engagements »), un membre du personnel d'une autre institution des Nations Unies engagé par l'Organisation a la suite d'une mutation: 480.1.1 peut, si cela est nécessaire pour le maintenir a son niveau de traitement, etre nommé a un échelon supérieur de la classe correspondante au poste auquel il va etre affecté ;
480.1.2 conserve, s'il participe a la Caisse commune des Pensions du Personnel des Nations Unies, les sommes déja portées a son crédit;
56
CONSEJO EJECUTIVO, 109• REUNIÓN
480.1.3 est engagé pour une durée déterminée conformément aux dispositions de l'article 420.5, et est soumis apres sa mutation a la meme période de stage que tout membre du personnel nouvellement engagé ;
530. 530.1
GESTION ET DEVELOPPEMENT DES SERVICES DU PERSONNEL Les supérieurs hiérarchiques sont tenus : 530.1.1 de faciliter l'adaptation des membres du personnel a leur travail ;
530.1.2 d'établir un plan de travail en consultation avec chaque membre du personnel; 530.1.3 de guider le personnel dont ils ont la charge. 530.2 Pour ce qui est des membres du personnel de la classe D-2 et au-dessous, les supérieurs hiérarchiques, en plus des discussions et des entretiens normaux qu'ils ont avec eux au sujet de Jeur travail, établissent des rapports périodiques pour apprécier le travail, la conduite et les possibilités de perfectionnement de chacun des membres du personnel qui sont sous leurs ordres. Cette évaluation est faite aux intervalles qu'exige le travail de l'intéressé, mais une fois par an au minimum. Les supérieurs hiérarchiques discutent leurs conclusions avec le membre du personnel intéressé et lui font, s'il y a lieu, des suggestions précises en vue de l'amélioration de ses services. Si un membre du personnel exerce des fonctions de supervision, les rapports indiquent comment il s'en acquitte, et notamment comment i1 assume ses responsabilités en matiere de gestion et de développement des services du personnel. Les services accomplis par les membres du personnel au cours de l'année écoulée sont évalués conformément aux procédures établies par le Directeur général. Le formulaire est signé par les supérieurs hiérarchiques et par le membre du personnel intéressé. Ce demier peut, s'ille désire,joindre au rapport une déclaration concemant toute partie du rapport qu'il conteste et cette déclaration fera partie du dossier concemant son travail.
530.3
540.
FIN DE LA PERIODE DE STAGE
540.1 Un rapport sur le travail du membre du personnel (voir l'article 530.2) est établi avant la fin de la période normale de stage (voir l'article 420.6). Sur la base de ce rapport, il est pris une décision qui est notifiée au membre du personnel et qui peut etre:
550. 550.1
AUGMENTATION A L'INTERIEUR DE LA CLASSE Les membres du personnel - excepté ceux qui sont engagés a titre temporaire au sens de l'article 420.3 - dont le travail a fait l'objet d'un rapport favorable de la part de leurs supérieurs hiérarchiques ont droit a une augmentation de traitement d'un échelon a l'intérieur de Jeur classe a la fin de chaque période unitaire de service définie a l'article 550.2. La date a Jaquelle prend effet l'augmentation ne doit pas etre antérieure a la
ANEX02
57
date de confirmation de l'engagement, sauf dans le cas prévu a l'article 480. La date effective de 1' augmentation est fixée conformément aux dispositions de 1' article 3 80.3 .1. Des augmentations peuvent etre accordées jusqu' a ce que les intéressés aient atteint le traitement maximum de leur classe. Ce maximum pourra toutefois etre dépassé en cas d'application des articles 555.2 ou 1310.9.
550.3
Les périodes unitaires de service prévues aux articles 550.2.1 et 550.2.2 seront ramenées a respectivement dix mois et vingt mois pour les membres du personnel ayant fait la preuve, en passant avec succes 1'examen prescrit, de leur connaissance d 'une deuxieme langue officielle de l'Organisation. Les membres du personnel dont la langue matemelle est l'une des langues officielles de l'Organisation doivent faire la preuve de leur connaissance d'une deuxieme langue officielle. Le présent article s'applique aux membres du personnel de la catégorie professionnelle et de rang supérieur, a l'exception de ceux qui sont engagés a titre temporaire au sens de l'article 420.3 ou du personnel linguistique, a savoir les traducteurs, les éditeurs, les réviseurs et les interpretes.
570. 570.1
REAFFECTATION DANS UNE CLASSE INFERIEURE
Tout membre du personnel peut faire l'objet d'une réaffectation dans une classe inférieure a la suite du reclassement du poste qu'il occupe ou d'une mutation a un poste différent de classe inférieure. Dans ce demier cas, la mesure peut : 570.1.1 soit résulter de la demande meme du membre du personnel, pour des raisons qui lui sont propres ;
570.1.2 soit résulter du caractere non satisfaisant de ses services ou de sa conduite ; 570.1.3 soit constituer une solution de rechange l'article 1050.
a la résiliation de l'engagement en vertu de
630.
CONGES ANNUELS
630.3
Tous les membres du personnel acquierent des droits a congé annuel, sauf:
630.3.2 ceux qui sont engagés joumaliere ; 630.3.3
a titre
temporaire au sens de l'article 420.3 sur une base
les consultants nommés en vertu de l'article 131 O qui sont assujettis particulier ;
a un régime
58
CONSEJO EJECUTIVO, 109" REUNIÓN
640.
CONGE DANS LES FOYERS
640.3
Tout membre du personnel engagé a plein temps a droit au congé dans les foyers:
640.3.3 s'il n'est pas recruté sur le plan local au sens de l'article 1310 et s'il n'est pas engagé a titre temporaire au sens de l'article 420.3 ou nommé en qualité de consultant au sens de l'article 1330 ; et
660. 660.1
CONGE POUR SERVICE OU PERIODE D'INSTRUCTION MILITAIRE Sur leur demande, les membres du personnel, excepté ceux qui sont engagés a titre temporaire au sens de l'article 420.3 ou les consultants nommés en vertu de l'article 1330, peuvent, s'ils sont requis par leur gouvernement d'accomplir une période de service ou d'instruction militaire, bénéficier d'un congé, qui ne doit pas initialement dépasser unan, mais qui peut etre prolongé si l'intéressé le désire. Au choix du membre du personnel, ces congés sont comptés soit comme congés sans traitement, soit comme congés annuels, dans la mesure ou le membre du personnel a acquis des droits a congé annuel, puis comme congés sans traitement. Pendant toute la période de congé sans traitement accordé pour cette raison, les dispositions de l'article 655.2 sont applicables.
720. 720.1
ASSURANCE-ACCIDENTS ET MALADIE Assurance-maladie du personnel 720.1.1 Les membres du personnel engagés pour unan ou plus sont affiliés a l'assurancemaladie du personnel, laquelle couvre également leur conjoint et leurs ayants droit a charge, conformément aux dispositions fixées par le Directeur général de concert avec le personnel. Ils p<uticipent au coOt de cette assurance. 720.1.2 Les membres du personnel engagés atitre temporaire au sens de l'article 420.3 sont également affiliés a l'assurance-maladie du personnel, conformément aux dispositions fixées par le Directeur général. Leurs ayants droit peuvent etre couverts par l'assurance, conformément aux dispositions fixées par le Directeur général. Les membres du personnel participent au coOt de cette assurance.
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760. 760.1
CONGE DE MATERNITE ET CONGE DE PATERNITE
1
Les membres du personnel autres que les consultants nommés en vertu de l'article 1330 ont droit a un congé de matemité ou a un congé de patemité, sous réserve des dispositions prévues au présent article. Congé de matemité pour les personnes engagées pour une période d'une année ou plus Sur présentation d'un certificat d'un médecin praticien díiment qualifié attestant que 1'accouchement aura lieu probablement dans les six semaines, les intéressées auront droit a un congé de matemité. A la demande de la personne en cause et sur avis médical, le Directeur général peut 1' autoriser a commencer a prendre son congé de matemité moins de six semaines, mais pas moins de deux semaines, avant la date prévue de l'accouchement. Le congé de matemité dure 16 semaines a compter de la date a laquelle il est accordé, sous réserve qu 'en aucun cas il ne se termine moins de 1O semaines apres la date effective de 1'accouchement. Le congé est octroyé avec traitement intégral, indemnités comprises.
760.2
760.3
Congé de matemité pour les personnes engagées a titre temporaire Un congé de matemité est accordé aux membres du personnel engagés a titre temporaire au sens de l'article 420.3, dans les conditions fixées par le Directeur général.
760.6
Congé de patemité Les membres du personnel - excepté ceux qui sont engagés a titre temporaire au sens de l'article 420.3 ou les consultants nommés en vertu de l'article 1330- ont droit a un congé de patemité d'un maximum de cinqjours sur présentation d'une preuve satisfaisante de la naissance de leur enfant.
770. 770.1
INDEMNITE EN CAS DE DECES
Si, lors du déces d'un membre du personnel,- excepté celui qui est engagé a titre temporaire au sens de l'article 420.3 ou un consultant nommé en vertu de l'article 1330 - aucun versement n'est prévu aux termes de la police d'assurance-accidents et má.ladie de I'Organisation, une indemnité est versée:
8:!0.
VOY AGES DU CONJOINT ET DES ENF ANTS
8:!0.2
L'Organisation prenda son compte, dans les cas suivants, les frais de voyage du conjoint et des enfants a la charge des membres du personnel au sens de l'article 820.1, a l'exception
Le congé de patemité est introduit a titre expérimental pour deux ans, la situation étant prévu enjanvier 2003. 1
a compter du ¡•r janvier 2001, un examen de
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CONSEJO EJECUTIVO, 1093 REUNIÓN
des membres du personnel engagés a titre temporaire au seos de l'article 420.3 ou des consultants nommés en vertu de l'article 1330:
825.
VOYAGES EN RAPPORT AVEC D'ETUDES
L'ALLOCATION SPECIALE POUR FRAIS
L'Organisation prenda son compte, daos les conditions fixées par le Directeur général, les frais de voyage de l'enfant a charge pour lequelle membre du personnel a droit a l'allocation spéciale pour frais d'études en vertu de l'article 355. Daos ce cas, les dispositions de l'article 820.2.5 ne sont pas applicables, sauf en ce qui concerne le voyage aller et retour visé aux articles 820.2.5.2 et 820.2.5.3. Les dispositions du présent article s'appliquent aux membres du personnel de la catégorie professionnelle ou de rang supérieur dont le lieu d'affectation ne se trouve pas daos le pays de leur lieu de résidence reconnu ainsi qu'aux membres du personnel visés a 1' article 1310.4 qui sont recrutés en dehors tant de la zone locale que du pays du lieu d'affectation. Elles ne s'appliquent pas aux autres membres du personnel visés a 1' article 131 O, ni aux membres du personoel engagés a titre temporaire au seos de l'article 420.3, ni aux consultants nommés en vertu de l'article 1330.
1040.
FIN DES ENGAGEMENTS En I'absence de toute offre et de toute acceptation de prolongation, les engagements temporaires et de durée déterminée prennent fin automatiquement a 1' expiration de la période de service convenue. Lorsqu'il a été décidé de ne pas offrir de prolongation a un membre du personnel engagé pour une durée déterminée, celui-ci en est avisé trois mois au plus tard avant la date d'expiration de l'engagement. Tout membre du personnel qui ne désire pas etre pris en considération pour un nouvel engagement notifie son intention daos le meme délai.
1050. 1050.1
SUPPRESSION DE POSTES L'engagement a durée déterminée d'un membre du personnel nommé a un poste a durée limitée peut etre résilié avant la date d'expiration,.~i ce poste est supprimé. Quand un poste a durée indéterminée - ou un poste occupé par un membre du personnel engagé au titre d'un contrat de service 1 - est supprimé ou vient a expiration, on s'efforce, daos la mesure du possible, de réaffecter le membre du personnel occupant ce poste, conformément aux dispositions fixées par le Directeur général et sur la base des principes suivants: 1050.2.1 la procédure de réaffectation est coordonnée par un comité de réaffectation institué par le Directeur général ;
1050.2
Dans le présent article, il faut interpréter les références aux membres du personnel engagés au titre de contrats de service comme incluant les membres du personnel titulaires de contrats de carriere.
1
ANEX02
61
1050.2.2
la considération dominante doit etre de s'attacher les services de personnes qui possedent les plus hautes qualités de travail, de compétence et d'intégrité, en prenant düment en compte les services, les qualifications et l'expérience du membre du personnel concemé ; le Directeur général peut fixer des priorités concemant la réaffectation des membres du personnel ; la période de réaffectation expire normalement au bout de six mois; le Directeur général peut exceptionnellement la prolonger de six mois supplémentaires ; durant la période de réaffectation, le membre du personnel peut recevoir une formation pour consolider certaines qualifications ; s'il s'agit d'un poste de la catégorie professionnelle ou au-dessus, la procédure de réaffectation s'étend a }'ensemble des bureaux; si le poste est pourvu par voie de recrutement local, cette procédure ne conceme que le personnel de la localité ou se trouve le poste a supprimer ; durant la période de réaffectation, les membres du personnel ont la préférence pour les postes vacants, dans le contexte de l'article 1050.2.2; les membres du personnel peuvent etre réaffectés a des postes vacants de la meme classe que le poste devant etre supprimé, ou d'une classe immédiatement inférieure ; il est mis fin a l'engagement du membre du personnel si aucune décision relative a la réaffectation n' est prise durant la période de réaffectation.
1050.2.3
1050.2.4
1050.2.5
1050.2.6
1050.2. 7
1050.2.8
1050.2.9
1050.3
Les résiliations prévues dans le présent article sont subordonnées a un préavis d'au moins trois mois pour les membres du personnel engagés au titre d'un contrat de service ou d'un engagement pour une durée déterminée ne correspondant pasa une période de stage, et d'au moins un mois pour les autres membres du personnel. Un membre du personnel dont l'engagement est résilié en application du présent article re9oit, compte düment tenu des dispositions de l'article 380.2, une indemnité conformément au bareme suivant :
1050.4
62
CONSEJO EJECUTIVO, 109" REUNIÓN
Indemnité (rémunération terminale) Années de service Moins de 1 1 Membres du personnel engagés au titre de contrats de service ) ) Membres du personnel engagés pour une durée déterminée ) Une semaine par mois restant a courir ) en vertu du contrat, sous réserve que ) le montant versé ne soit pas inférieur ) a six semaines ni supérieur a ) trois mois 4 mois 5 mois 6 mois 7 mois 9mois 9,5 mois 10 mois 10,5 mois 11 mois 11,5 mois 12 mois
2 3 4 5 6 7
) ) ) )
Sans objet
8 9 10 11 12 13 14 15 ou davantage
6 mois 7 mois 8 mois 9 mois 9,5 mois 10 mois 10,5 mois 11 mois 11,5 mois 12 mois
1050.4.1
Daos le cas d'une résiliation d'engagement en vertu de l'article 1050.2, l'indemnité versée est majorée de 50%. Daos d'autres cas, le Directeur général peut décider de majorer l'indemnité de 50% au plus si les conditions le justifient.
1050.4.2
1320.
PERSONNEL A COURT TERME Le Directeur général peut fixer les conditions d'emploi concemant des engagements temporaires pour les conférences et pour d'autres services de courte durée, saos tenir compte des dispositions des autres sections du présent Reglement.
ANEX03
Organizaciones no gubernamentales con las que la OMS ha establecido relaciones oficiales o sigue manteniendo relaciones oficiales en virtud de la resolución EB109.R22 y de la decisión EB109(9), respectivamente [EB 109/29, anexo - 17 de enero de 2002]
Asamblea Mundial de la Juventud Asociación del Commonwealth sobre Minusvalías Mentales y Discapacidades del Desarrollo Asociación Internacional de Consultores en Lactancia Asociación Internacional de Epidemiología Asociación Internacional de Ergonomía Asociación Internacional de Higiene Ocupacional Asociación Internacional de Informática Médica Asociación Internacional de Médicas Asociación Internacional de Medicina Agrícola y Salud Rural Asociación Internacional de Medicina del Tráfico Asociación Internacional de Pediatría Asociación Internacional de Registros del Cáncer Asociación Internacional de Salud de los Adolescentes Asociación Internacional para el Estudio Científico de la Deficiencia Intelectual Asociación Internacional para la Salud de la Madre y del Recién Nacido Asociación Internacional Soroptimista Asociación Italiana de Amigos de Raoul Follereau Asociación Mundial de las Grandes Metrópolis (Metrópolis) Asociación Mundial de Psiquiatría Asociación Mundial de Rehabilitación Psicosocial Coalición Internacional para la Salud de la Mujer Comisión Electrotécnica Internacional Consejo Internacional de Bienestar Social Comisión Internacional de Medicina del Trabajo Comisión Internacional de Unidades y Medidas Radiológicas Comité Interafricano sobre Prácticas Tradicionales que afectan a la Salud de las Mujeres y de los Niños Confederación Internacional de Matronas Confederación Mundial de Fisioterapia Consejo de la Industria para el Desarrollo Consejo Internacional de Mujeres Consejo Internacional para la Lucha contra los Trastornos por Carencia de Yodo Consejo Internacional sobre el Problema del Alcoholismo y las Toxicomanías El Consejo de Población Enfermedad de Alzheimer Internacional Federación Internacional de Ginecología y Obstetricia
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CONSEJO EJECUTIVO, 109a REUNIÓN
Federación Internacional de Hospitales Federación Internacional de Industrias de Alimentos Dietéticos Federación Internacional de Ingeniería Médica y Biológica Federación Internacional de la Vejez Federación Internacional de Medicina Física y Rehabilitación Federación Internacional de Organizaciones de Registros Sanitarios Federación Internacional de Planificación de la Familia Federación Internacional de Sindicatos de Trabajadores de la Química, Energía, Minas e Industrias Diversas Federación Internacional de Sociedades contra la Esclerosis Múltiple Federación Internacional de Sociedades de Fertilidad Federación Internacional de Vivienda y Urbanismo Federación Mundial de Ergoterapeutas Federación Mundial de Neurología Federación Mundial de Salud Mental Federación Mundial de Sociedades de Anestesiólogos Federación Mundial de Sociedades de Neurocirugía Federación Mundial de Veteranos de Guerra Inclusion International Liga Internacional La Leche Oficina Internacional para la Epilepsia Organización Mundial del Movimiento Scout Rehabilitación Internacional Save the Children Fund (Reino Unido) Sociedad Internacional de Andrología Sociedad Internacional de Prótesis y Ortosis Sociedad Internacional para el Estudio del Desarrollo del Comportamiento Sociedad Internacional para Investigaciones Biomédicas sobre el Alcoholismo Unión Internacional de Promoción de la Salud y Educación para la Salud
ANEX04
Fondos de rotación y otros fondos a largo plazo 1 Informe de la Directora General [EB109/22- 11 de diciembre de 2001]
ANTECEDENTES l. Se notificó a la 543 Asamblea Mundial de la Salud que la OMS preveía deber hacer frente a importantes necesidades tanto en relación con los bienes inmuebles como con la tecnología de la información. En enero de 2002 se presentaría ante la 1O~ reunión del Consejo Ejecutivo un informe más detallado sobre los planes relativos a esas dos esferas de gasto de capital?
3. En el marco de la aplicación del Reglamento Financiero revisado3 y de las Normas de Gestión Financiera revisadas, 4 el Fondo de Rotación para Ventas, establecido en virtud de la resolución WHA22.8, ha sido revisado para garantizar que su presentación sea transparente y coherente con otros fondos.
Fondo para la Gestión de Bienes Inmuebles 5. Los recursos del Fondo para la Gestión de Bienes Inmuebles se emplean principalmente para la adquisición de terrenos y la construcción o ampliación de edificios, así como para obras importantes de reparación y reforma de los locales de oficinas de la Organización. En virtud de la resolución WHA23.14, por la que se establece el Fondo, para la reposición o el aumento del activo del Fondo es preceptiva la asignación de créditos por la Asamblea de la Salud con cargo a los ingresos varios. 5 Es necesario que la Asamblea de la Salud autorice expresamente la adquisición de terrenos y las obras de construcción o ampliación de edificios.
1 2
V éanse las resoluciones EB l 09 .R20 y EB 109 .R2l. Véase el documento A54/6, anexo 2. Adoptado en virtud de la resolución WHA53.6. Confirmadas por la resolución EBI07.R6.
3 4 5
La Asamblea de la Salud, en su resolución WHA54.20, asignó US$ 3 millones al Fondo para la Gestión de Bienes Inmuebles en 2002-2003.
-65-
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CONSEJO EJECUTIVO, 109a REUNIÓN
6. En el apéndice figuran los costos estimados para los próximos cinco años de las obras previstas de mantenimiento, reparación y ampliación de edificios existentes y construcción de edificios nuevos. A continuación se facilita información adicional. 7. La resolución WHA54.7 autorizó a la Directora General a llevar adelante las negociaciones con las autoridades suizas sobre el proyecto de construcción de un edificio OMS/ONUSIDA 1 y le pidió que presentara un nuevo informe y el proyecto a la ssa Asamblea Mundial de la Salud. 8. La Oficina Regional para África ha empezado a trasladarse nuevamente a Brazzaville desde su emplazamiento temporal en Harare. En consecuencia, es prematuro que la Oficina prepare un plan quinquenal válido de obras de mantenimiento y reparación; lo preparará más adelante y lo incluirá en informes futuros. Sin embargo, hay necesidades inmediatas pues con la vuelta a Brazzaville en 2002 se necesitarán fondos para reforzar la seguridad en tomo al recinto, mejorar la infraestructura de éste, y adquirir dos viviendas situadas en su interior a fin de que se pueda disponer de ellas. 9. La Oficina Regional para las Américas/Oficina Sanitaria Panamericana planea remodelar la Sala del Consejo y dos salas de reunión, incluidas las instalaciones de interpretación, reparar las losas de hormigón de los garajes y renovar varios cuartos de aseo. De conformidad con las prácticas del pasado, según las cuales la OMS financia una cuarta parte de los gastos de personal de la oficina, en el apéndice se indica el 25% del costo estimado. 10. La Oficina Regional para Asia Sudorienta! planea sustituir dos grupos electrógenos de gran capacidad, un ascensor, transformadores y cableado, hacer extensivo el aire acondicionado al anexo, e instalar un equipo de acondicionamiento de aire de reserva. Es necesario reformar la oficina para que el servicio de registro se pueda trasladar a fin de ganar espacio de oficinas. 11. La Oficina Regional para Europa ha realizado, con el Gobierno de Dinamarca, un estudio de las instalaciones, que ya tienen más de 30 años. Se ha estimado que las obligaciones por concepto de reparaciones ascenderían a un total de US$ 2,3 millones. La modernización de los edificios comprende la mejora del sistema de alarma y lucha contra incendios y las puertas cortafuegos, la renovación de los aparatos de iluminación y el sistema energético de emergencia, la renovación del sistema de ventilación y de la cafetería y la instalación de un sistema de administración de locales. Se está tratando con el Gobierno el reparto de los costos. El costo indicado en el apéndice representa aproximadamente la mitad del costo estimado total. 12. La Oficina Regional para el Mediterráneo Oriental acaba de instalarse en los nuevos locales en El Cairo y, en consecuencia, no prevé ningún gasto significativo para los próximos cinco años. Sin embargo, es necesario mejorar la seguridad tanto en la Oficina Regional como en las oficinas en los países. Además, es necesaria una importante renovación del complejo de Juba. 13. En la Oficina Regional para el Pacífico Occidental las oficinas están saturadas y no se ajustan a las normas internacionales. Se ha planeado solucionar el problema de manera gradual: a) ampliar el edificio 2 para conseguir 1032 m2 más de oficinas; b) mejorar y perfeccionar las instalaciones existentes en los edificios 1, 2 y 3; y e) construir un edificio de cuatro plantas para oficinas y establecer más plazas de aparcamiento. 14. La Sede planea llevar a cabo cuatro proyectos importantes en los próximos cinco años: a) renovar la sala del Consejo Ejecutivo y las cuatro salas de reunión principales; b) instalar un nuevo sistema
1
Véase el documento EBI07/2001/REC/l, anexo l, sección 11.
ANEX04
67
de seguridad; e) instalar un sistema de refrigeración para las oficinas de los anexos L y M; y d) sustituir cuatro calderas de calefacción central. 15. En vista de la acuciante necesidad de locales para oficinas en la Sede y el ONUSIDA, durante el último año han proseguido las negociaciones entre representantes de los Gobiernos Federal y Cantonal suizos, y del ONUSIDA y la OMS a fin de construir un nuevo edificio. 1 16. Los Gobiernos Federal y Cantonal han expresado su voluntad de financiar un edificio OMS/ONUSIDA, cuyo costo se reembolsará mediante un préstamo a 50 años sin intereses de una cuantía máxima estimada en Fr. s. 55 millones. Puesto que el edificio se dividirá en partes iguales entre el ONUSIDA y la OMS, la participación de la OMS en los costos se estima en Fr. s. 27,5 millones, reembolsables en 50 años. Prosiguen las negociaciones con el fin de obtener una reducción de esta cantidad gracias a la compensación que ofrezcan las autoridades suizas por la demolición del edificio V (que alberga actualmente el ONUSIDA) para que se pueda construir una nueva vía de acceso a una carretera próxima. La OMS reembolsará su parte del préstamo suizo en anualidades fijas, la primera de las cuales será pagadera al final del año de finalización del edificio, actualmente prevista para 2005.
Fondo de Rotación para Ventas 27. En su resolución WHA22.8, la 223 Asamblea Mundial de la Salud confirmó «la decisión adoptada por la 123 Asamblea Mundial de la Salud en el párrafo 1 de la parte dispositiva de la resolución WHA12.6, de que se abone en el Fondo de Rotación para Ventas el producto de la venta de publicaciones, películas, diapositivas y demás medios visuales de información, y de cualquier otro artículo que la Organización pueda producir para ponerlo a la venta». En consecuencia, todo el producto de las ventas se abona en el Fondo. 28. La resolución WHA22.8 exige un tratamiento contable diferente para los distintos gastos. De conformidad con el párrafo 4(i) de la parte dispositiva, los gastos de producción pueden cargarse directamente en la cuenta del Fondo. Los gastos de promoción de ventas reciben otro tratamiento. De conformidad con el párrafo 4(iii) de la parte dispositiva, al cierre de cada ejercicio «se transferirá del Fondo a la Cuenta Especial para Gastos de Prestación de Servicios una cantidad correspondiente al importe de los gastos previsibles para el ejercicio siguiente en concepto de promoción de ventas y de haberes del personal dedicado exclusivamente a las ventas». En otras palabras, una parte de los gastos figura directamente en la cuenta del Fondo, mientras que otra parte consta en la Cuenta Especial para Gastos de Prestación de Servicios. Esta práctica hace que no sean fáciles de entender ni el panorama financiero general del Fondo de Rotación para Ventas ni el de la Cuenta Especial para Gastos de Prestación de Servicios. 29. Se propone que se modifique el tratamiento contable del Fondo de Rotación para Ventas de manera que todo el producto de las ventas se abone en el Fondo y todos los gastos se deduzcan del mismo. De ese modo, la situación financiera del Fondo podría presentarse a los Estados Miembros en un solo lugar, a saber, el Estado 1.1 del informe financiero de la Organización.
1
Véase el documento EBI07/2001/REC/l, anexo 1, sección Il.
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CONSEJO EJECUTIVO, 1093 REUNIÓN
INTERVENCIÓN DEL CONSEJO EJECUTIVO 30. Se invita al Consejo Ejecutivo a que tome nota del informe sobre los fondos de rotación y otros fondos a largo plazo. 31. [En el presente párrafo figuraba un proyecto de resolución que fue adoptado por el Consejo en la décima sesión en su resolución EB109.R20.] 32. [En el presente párrafo figuraba un proyecto de resolución que fue adoptado por el Consejo en su décima sesión en la resolución EB109.R21.]
ANEX04
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Apéndice PLAN QUINQUENAL EVOLUTIVO: ADQUISICIÓN, CONSTRUCCIÓN Y MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS (EN MILES DE US$)
Oficina África
Descripción Reforzar la seguridad y la infraestructura de las instalaciones; adquirir viviendas para Brazzaville Reformar tres salas de reunión; reparar el pavimento de los garajes; renovar los cuartos de aseo Sustituir cables, ascensor; instalar grupos electrógenos; reforzar el sistema de refrigeración Instalar y renovar alarmas de incendio y sistemas de administración de locales; renovar la cafetería y la ventilación; renovar el sistema de suministro eléctrico de emergencia; sustituir aparatos de iluminación; instalar cierres automáticos de las puertas cortafuegos Reforzar la seguridad en la Oficina Regional y en las oficinas de los Representantes de la OMS; renovar los edificios del recinto de Juba Ampliar el edificio 2; perfeccionar y mejorar las instalaciones existentes; construir un edificio de cuatro pisos Mantener y renovar los edificios; instalar un sistema de refrigeración en los anexos L y M; renovar la sala del Consejo Ejecutivo y cuatro salas de reunión; sustituir las calderas de calefacción central; instalar un nuevo sistema de seguridad; reembolsar en 50 años el préstamo suizo para la construcción del edificio OMS/ONUSIDA
2002 1 500
2003
2004
2005
2006
Total 1 500
105
95
102
98
Las Américas
138
538
Asia Sudorienta! Europa
100
96
127
476
550
1 349
253
218
290
315
78
1 154
Mediterráneo Oriental
260
50
-
-
-
310
Pacífico Occidental Sede
430
580
310
1 067
587
2 974
400
2 620
1 330
1 654
1 654
7 658
TOTAL
3 081
3 669
2 152
3 614
2 967
15 483