CONSEJO EJECUTIVO EB144/CONF./4 144.ª reunión 25 de enero de 2019 Punto 5.5 del orden del día Prestación de atención primaria de salud por agentes de salud comunitarios: oportunidades y desafíos Proyecto de resolución presentado por las delegaciones de Argelia, Botswana, el Brasil, el Canadá, el Ecuador, los Estados Unidos de América, Etiopía, Georgia, Kenya, Liberia, Luxemburgo, los Países Bajos, Panamá, Sudáfrica, Suiza, Zambia y Zimbabwe El Consejo Ejecutivo, Habiendo examinado el informe sobre prestación de atención primaria de salud por agentes de salud comunitarios: oportunidades y desafíos1 y el texto conexo de las Directrices de la OMS sobre política sanitaria y apoyo al sistema para optimizar los programas de agentes de salud comunitarios;2 RECOMIENDA a la 72.ª Asamblea Mundial de la Salud que adopte la siguiente resolución: La 72.ª Asamblea Mundial de la Salud, (PP1) Inspirada por el ideal de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, con su aspi- ración de no dejar a nadie atrás, sus 17 objetivos indivisibles y sus 169 metas; (PP2) Reconociendo que la cobertura sanitaria universal es fundamental para los Objetivos de Desarrollo Sostenible, y que un sector sólido de atención primaria de salud es una de las piedras angulares de un sistema de salud sostenible; (PP3) Subrayando que los trabajadores sanitarios son indispensables para la construcción de sistemas de salud sólidos, resilientes y seguros que contribuyan al logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible y las metas relativas a la nutrición, la educación, la salud, la igualdad de género, el empleo y la reducción de las desigualdades; 1 Documento EB144/13. 2 WHO guideline on health policy and system support to optimize community health worker programmes. Ginebra, Organi- zación Mundial de la Salud, 2018. Disponible en http://www.who.int/hrh/community/guideline-health-support-optimize-hw-pro- grammes/en/ (consultado el 24 de enero de 2019). EB144/CONF./4 2 (PP4) Tomando nota en particular de que, para lograr el Objetivo de Desarrollo Sostenible 3 («Garantizar una vida sana y promover el bienestar para todos a todas las edades») y las metas que lo integran, se necesitarán inversiones sustantivas y estratégicas en el personal sanitario mundial y un cambio sustancial en la planificación, la educación, la distribución, la fidelización, la gestión y la remuneración del personal sanitario, con el apoyo de sistemas sólidos que capaciten y empoderen al personal sanitario para ofrecer a todas las personas una atención segura y de gran calidad; (PP5) Reconociendo la necesidad de partir de enfoques más coherentes e inclusivos para salvaguardar y ampliar la atención primaria de salud como pilar de la cobertura sanitaria universal en emergencias, velando por la continuidad y prestación de los servicios de salud esenciales y las funciones de salud pública, en consonancia con los principios humanitarios; (PP6) Preocupada por las amenazas al personal humanitario y los trabajadores sanitarios, los hospitales y las ambulancias, que restringen drásticamente la prestación de asistencia vital y perturban la protección de poblaciones en situación de riesgo; (PP7) Manifestando su profunda inquietud por los considerables riesgos de seguridad a los que se enfrentan el personal humanitario y sanitario, el personal de las Naciones Unidas y otro personal conexo, que deben llevar a cabo sus tareas en entornos de riesgo cada vez más alto; (PP8) Tomando nota además de la importancia del personal sanitario para el logro de las tres prioridades estratégicas interconectadas del Decimotercer Programa General de Trabajo de la OMS, 2019-2023, a saber: lograr la cobertura sanitaria universal, abordar las emergencias sa- nitarias y promover poblaciones más sanas; (PP9) Reafirmando la resolución WHA69.19 (2016), por la que la Asamblea Mundial de la Salud adoptó la Estrategia mundial de la OMS sobre recursos humanos para la salud: personal sanitario 2030, en la que se señala la oportunidad de optimizar el desempeño, calidad e impacto de los agentes de salud comunitarios para el logro de la cobertura sanitaria universal y los Obje- tivos de Desarrollo Sostenible; (PP10) Reafirmando también la resolución WHA70.6 (2017), sobre recursos humanos para la salud y aplicación de los resultados de la Comisión de Alto Nivel sobre el Empleo en el Ámbito de la Salud y el Crecimiento Económico de las Naciones Unidas, y en particular su lla- mamiento a «estimular las inversiones en la creación de empleos sanitarios y sociales decentes, con las competencias adecuadas, en número apropiado y en los lugares pertinentes, en particular en los países que afrontan los mayores problemas en la consecución de la cobertura sanitaria universal», y al fortalecimiento del desarrollo progresivo y la aplicación de cuentas nacionales del personal de salud; (PP11) Recordando la Declaración de Alma-Ata y la Declaración de Astaná de 2018 derivadas de la Conferencia Mundial sobre Atención Primaria de Salud (Astaná, Kazajs- tán, 25 y 26 de octubre de 2018), en la que los gobiernos participantes reafirmaron los servicios de atención de salud centrados en las personas, reconocieron que los recursos humanos para la salud son un componente crucial para una atención primaria de salud eficaz y se comprometieron a «crear trabajo decente y establecer una remuneración adecuada para los profesionales de la salud y demás personal sanitario que trabajen en el nivel de la atención primaria de la salud para res- ponder eficazmente a las necesidades de salud de las personas en un contexto multidisciplinario»; EB144/CONF./4 3 (PP12) Subrayando también que las inversiones en la cobertura sanitaria universal, en par- ticular las inversiones en educación, empleo y fidelización del personal sanitario, son un motor fundamental de crecimiento económico; (PP13) Reconociendo que deben corregirse en los sistemas de salud las carencias en recur- sos humanos y en personal de salud comunitario, especialmente a través de un enfoque multisec- torial y centrado en la comunidad, con el fin de garantizar que la cobertura sanitaria universal y los servicios de salud integrales lleguen a zonas de difícil acceso y a poblaciones vulnerables; (PP14) Reconociendo que en todo el mundo siete de cada diez empleos en los sectores sanitario y social están ocupados por mujeres y que acelerar las inversiones en la creación de empleo y trabajo decente en la atención primaria de salud tendrá repercusiones positivas para las mujeres y los jóvenes, lo que a su vez contribuye al logro del Objetivo de Desarrollo Sostenible 5 (Lograr la igualdad de género y empoderar a todas las mujeres y las niñas) y el Objetivo 8 (Pro- mover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos); (PP15) Tomando nota de la puesta en marcha en 2018 del proyecto «Capital Humano» del Grupo del Banco Mundial, en el que se piden mayores y mejores inversiones en educación, salud y competencias de las personas para acelerar los progresos en los Objetivos de Desarrollo Soste- nible, así como su potencial para fomentar nuevas inversiones en los trabajadores sanitarios que prestan servicios de atención primaria de salud; (PP16) Teniendo en cuenta los datos científicos publicados y las directrices existentes de la OMS, consolidadas en las Directrices de la OMS sobre política sanitaria y apoyo al sistema para optimizar los programas de agentes de salud comunitarios, en relación con la función, efica- cia y costoeficacia de los agentes de salud comunitarios; (PP17) Poniendo de relieve la función de los agentes de salud comunitarios en la promo- ción de acceso equitativo a servicios de salud integrales y seguros en zonas urbanas y rurales y en la reducción de las desigualdades, en particular con respecto a la residencia, la igualdad de género, la educación y la posición socioeconómica, así como su labor para colaborar con las co- munidades a las que prestan servicio y ganarse su confianza; (PP18) Tomando nota con preocupación de la desigual integración de los agentes de salud comunitarios en los sistemas de salud, así como el uso limitado de políticas basadas en datos probatorios, normas internacionales de trabajo y prácticas óptimas para orientar la educación, la distribución, la fidelización, la gestión y la remuneración de los agentes de salud comunitarios, y observando las repercusiones que ello puede tener en el acceso a los servicios, la calidad de los servicios sanitarios y la seguridad del paciente; (PP19) Reafirmando el Código de prácticas mundial de la OMS sobre contratación inter- nacional de personal de salud, en el que se hace un llamamiento a los Estados Miembros para que ofrezcan los mismos derechos y condiciones de empleo y de trabajo a los trabajadores sanitarios del país y a los trabajadores sanitarios migrantes; (PP20) Observando que los agentes de salud comunitarios son parte integral de la respuesta sanitaria de emergencia en todas sus fases (prevención, detección y respuesta) en sus propias comunidades y que son indispensables para contribuir a la continuidad de los servicios de atención primaria de salud durante las emergencias, EB144/CONF./4 4 OP1 TOMA NOTA de las Directrices de la OMS sobre política sanitaria y apoyo al sistema para opti- mizar los programas de agentes de salud comunitarios; OP2 INSTA a todos los Estados Miembros,1 según proceda en función de los contextos nacional y local y con el objetivo de garantizar la eficacia en la atención primaria de salud y el logro de la cobertura sanitaria universal:2 1) a alinear el concepto, aplicación, desempeño y evaluación de los programas para los agen- tes de salud comunitarios, en particular a través de un mayor uso de la tecnología digital, con los datos probatorios consolidados presentados en las Directrices de la OMS sobre política sanitaria y apoyo al sistema para optimizar los programas de agentes de salud comunitarios, prestando una atención especial a la aplicación de dichos programas con el fin de capacitar a los agentes de salud comunitarios para prestar una atención segura y de calidad; 2) a adaptar, según proceda, y apoyar la aplicación de las Directrices de la OMS sobre política sanitaria y apoyo al sistema para optimizar los programas de agentes de salud comunitarios en el ámbito nacional como parte de las estrategias para el personal sanitario nacional y el sector de la salud en general, el empleo y el desarrollo económico, en consonancia con las prioridades, recur- sos y características específicas del país; 3) a reforzar la pertinencia, eficacia y aplicación del Código de prácticas mundial de la OMS sobre contratación internacional de personal de salud, así como la cooperación con ministerios de salud, comisiones de administración pública y empleadores, para ofrecer condiciones justas al personal sanitario y un entorno positivo para el ejercicio profesional que permita distribuirlo de manera efectiva, y fidelizarlo y motivarlo debidamente para que preste una atención de gran ca- lidad y establezca una relación positiva con los pacientes; 4) a asignar, como parte de estrategias más amplias sobre el personal sanitario y su financia- ción, recursos suficientes con cargo a los presupuestos nacionales y varias otras fuentes, según proceda, a los gastos recurrentes y de capital necesarios para la aplicación satisfactoria de los programas para los agentes de salud comunitarios y para su integración en el personal de salud en el contexto de las inversiones en atención primaria de salud, sistemas de salud y estrategias de creación de empleo, según proceda; 5) a mejorar y mantener la calidad de los servicios de salud prestados por los agentes de salud comunitarios en consonancia con los datos probatorios consolidados presentados en las Directri- ces de la OMS sobre política sanitaria y apoyo al sistema para optimizar los programas de agentes de salud comunitarios, incluidas una selección y formación apropiadas antes de la contratación, la certificación basada en competencias y la supervisión de apoyo; 6) a reforzar la compilación e intercambio voluntarios de datos, con arreglo a la legislación nacional, sobre los agentes de salud comunitarios y los programas conexos, a través de la utiliza- ción de las cuentas nacionales del personal de salud, según proceda, lo que permitirá a los países la presentación de informes sobre el indicador 3.c.1 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible en relación con la densidad y distribución de su personal sanitario; 1 Y, cuando proceda, a las organizaciones de integración económica regional. 2 Teniendo en cuenta el contexto de los Estados federales, en los que la salud es una responsabilidad compartida entre autoridades nacionales y subnacionales. EB144/CONF./4 5 7) a garantizar el respeto y la protección de todo el personal médico y el personal humanitario dedicados exclusivamente a misiones médicas, sus medios de transporte y equipo, así como los hospitales y otros establecimientos sanitarios; OP3 INVITA a los socios internacionales, regionales, nacionales y locales a apoyar la aplicación de las Directrices de la OMS sobre política sanitaria y apoyo al sistema para optimizar los programas de agentes de salud comunitarios, teniendo en cuenta el contexto nacional, y a contribuir al monitoreo y evaluación de la aplicación; OP4 INVITA también a las iniciativas sanitarias mundiales, los organismos de financiación bilateral y multilateral y los bancos de desarrollo a apoyar los programas nacionales para los agentes de salud comunitarios en consonancia con el enfoque de las Directrices de la OMS sobre política sanitaria y apoyo al sistema para optimizar los programas de agentes de salud comunitarios, poniendo en marcha programas y decisiones de financiación para apoyar el fomento del capital humano y del personal sani- tario, según proceda en función del contexto nacional y los recursos del país; OP5 PIDE al Director General: 1) que siga compilando y evaluando datos sobre el desempeño y la aportación de los agentes de salud comunitarios, a fin garantizar que se dispone de una sólida base de datos científicos para su promoción, especialmente en el contexto de los países de ingresos bajos y medianos; 2) que integre y monitoree la aplicación de las Directrices de la OMS sobre política sanitaria y apoyo al sistema para optimizar los programas de agentes de salud comunitariosen sus activi- dades normativas y de cooperación técnica en apoyo de la cobertura sanitaria universal, la aten- ción primaria de salud, los sistemas de salud y las prioridades en materia de enfermedades y salud de la población, en particular la seguridad del paciente, según sea pertinente en relación con el Decimotercer Programa General de Trabajo, 2019-2023; 3) que preste apoyo a los Estados Miembros, previa solicitud, con respecto a la aplicación de las Directrices de la OMS sobre política sanitaria y apoyo al sistema para optimizar los programas de agentes de salud comunitarios en consonancia con los mercados laborales nacionales del sector de la salud y las prioridades de atención sanitaria; 4) que apoye el intercambio de información, la cooperación técnica y la investigación sobre la aplicación entre los Estados Miembros y las partes interesadas pertinentes (en particular la cooperación Sur-Sur) en relación con los agentes de salud comunitarios, los equipos de atención primaria de salud y la supervisión de apoyo, realizada, entre otros, por agentes de salud comuni- tarios superiores y otros profesionales de la salud (por ejemplo, clínicos, personal de partería y enfermería, farmacéuticos y médicos); 5) que reconozca la función de los agentes de salud comunitarios en las emergencias, y preste apoyo a los Estados Miembros para integrarlos en la respuesta de emergencia, según proceda en función del contexto nacional y local y los recursos del país; 6) que refuerce la capacidad y liderazgo de la OMS en materia de recursos humanos para la salud a todos los niveles de la Organización mediante la colaboración con todas las partes intere- sadas pertinentes y la prestación de asistencia técnica oportuna y de gran calidad a nivel mundial, regional y nacional para acelerar la aplicación de las resoluciones WHA69.19 (2016) sobre la Estrategia mundial de recursos humanos para la salud y WHA70.6 (2017) sobre «Trabajar para la salud», el plan de acción quinquenal de la OIT, la OCDE y la OMS para el empleo en el ámbito EB144/CONF./4 6 de la salud y el crecimiento económico inclusivo (2017-2021) y la futura labor sobre los progra- mas para los agentes de salud comunitarios; y 7) que presente cada tres años a la Asamblea de la Salud un informe sobre los progresos en la aplicación de la presente resolución, junto con el informe presentado periódicamente sobre los progresos en la aplicación de la resolución WHA69.19 (2016) sobre la estrategia mundial de re- cursos humanos para la salud: personal sanitario 2030. = = =
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Prestación de atención primaria de salud por agentes de salud comunitarios: oportunidades y desafíos: proyecto de resolución presentado por las delegaciones de Argelia, Botswana, el Brasil, el Canadá, el Ecuador, los Estados Unidos de América, Etiopía, Georgia, Kenya, Liberia, Luxemburgo, los Países Bajos, Panamá, Sudáfrica, Suiza, Zambia y Zimbabwe
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