Organisation mondiale de la santé (OMS) · Governing Bodies documents

Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo

Organisation mondiale de la santé
Voir le document original

Le texte intégral est hébergé par l’organisation qui le publie. lawenc.com indexe les métadonnées et renvoie vers la source officielle.

Texte intégral

54ª ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD Punto 18 del orden del día

WHA54.16 22 de mayo de 2001

Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo La 54ª Asamblea Mundial de la Salud, Recordando las resoluciones WHA47.27, WHA48.24, WHA49.26, WHA50.31, WHA51.24 y WHA53.10, sobre la contribución de la OMS al logro de los objetivos del Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo (1994-2003); Recordando asimismo la resolución 50/157 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, en la que se adoptó el programa de actividades del Decenio Internacional, donde se recomienda que «los organismos especializados del sistema de las Naciones Unidas y otros organismos internacionales y nacionales, así como las comunidades y las empresas privadas, [presten] especial atención a las actividades de desarrollo que beneficien a las comunidades indígenas»; que se establezcan centros de coordinación para las cuestiones relativas a las poblaciones indígenas en todas las organizaciones pertinentes del sistema de las Naciones Unidas; y que los órganos rectores de los organismos especializados del sistema de las Naciones Unidas adopten programas de acción para el Decenio en sus propias esferas de competencia, «en estrecha cooperación con las poblaciones indígenas»; Acogiendo con agrado la decisión del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas en su resolución 2000/22, de 28 de julio de 2000, de establecer, como órgano asesor del Consejo, un Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas con el mandato de examinar las cuestiones indígenas en el contexto de las atribuciones del Consejo relativas al desarrollo económico y social, la cultura, el medio ambiente, la educación, la salud y los derechos humanos, cumpliendo con ello uno de los objetivos importantes del Decenio; Encomiando los progresos realizados en la Región de Las Américas en relación con la Iniciativa sobre la Salud de las Poblaciones Indígenas de las Américas; Profundamente preocupada por las disparidades entre la situación sanitaria de las poblaciones indígenas y la de la población general, 1. INSTA a los Estados Miembros: 1) a que reconozcan y protejan en sus políticas nacionales generales de desarrollo el derecho de las poblaciones indígenas al goce del grado máximo de salud que se pueda lograr, tal y como se afirma en la Constitución de la OMS;

WHA54.16

2) a que adopten en sus sistemas nacionales de salud las disposiciones adecuadas para atender las necesidades de salud de las poblaciones indígenas inclusive mediante la mejora del acopio y la notificación de estadísticas e información sanitaria; 3) a que respeten, preserven y mantengan los remedios y las prácticas curativas tradicionales, en consonancia con las normas aceptadas a escala nacional e internacional, y velen por que las poblaciones indígenas conserven esos conocimientos tradicionales y los beneficios conexos; 2. PIDE a los comités regionales de la OMS que presten atención urgente a la posibilidad de adopción de planes regionales de acción en materia de salud de las poblaciones indígenas que tengan en cuenta, cuando proceda, las conclusiones y recomendaciones en materia de salud de la Reunión Consultiva Internacional sobre la Salud de los Pueblos Indígenas (Ginebra, noviembre de 1999); 3. PIDE a la Directora General: 1) que fortalezca la asociación con las poblaciones indígenas en todas las actividades apropiadas de la OMS; 2) que colabore con los asociados en la salud y el desarrollo para proteger y promover el derecho de las poblaciones indígenas del mundo al goce del grado máximo de salud que se pueda lograr, como se afirma en la Constitución de la OMS, inclusive mediante el uso de información exacta y actualizada sobre la situación sanitaria de las poblaciones indígenas; 3) que ultime, en consulta estrecha con los gobiernos nacionales y las organizaciones de poblaciones indígenas, la elaboración del marco para un plan mundial de acción para mejorar la salud de las poblaciones indígenas, haciendo especial hincapié en un enfoque orientado hacia las necesidades de las que se encuentran en los países en desarrollo, para presentarlo ante la 55ª Asamblea Mundial de la Salud con miras a finalizar el plan mundial de acción antes de que termine el Decenio; 4) que coopere con el Secretario General de las Naciones Unidas y la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, en su calidad de organismo principal para el establecimiento del Foro Permanente sobre las Cuestiones Indígenas, y les preste su apoyo, así como a otros organismos especializados y Estados Miembros, en los preparativos de la reunión inaugural del foro en 2002, inclusive presentando información acerca de cuestiones sanitarias que afecten a las poblaciones indígenas.

Novena sesión plenaria, 22 de mayo de 2001 A54/VR/9

=

=

=

2

Informations clés
Type de document Governing Bodies documents
Date d'adoption
Source Organisation mondiale de la santé