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Paludismo

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Texte intégral

RESOLUCIONES Y DECISIONES

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EB115.R14

Paludismo

El Consejo Ejecutivo, Habiendo examinado el informe sobre el paludismo;1 Enterado de que son pocos los países con paludismo endémico que tienen posibilidades de alcanzar las metas establecidas en la Declaración de Abuja sobre Hacer Retroceder el Paludismo en África (25 de abril de 2000), consistentes en garantizar que para 2005 al menos el 60% de las personas en riesgo de contraer el paludismo o afectadas por la enfermedad se beneficien de intervenciones preventivas y curativas adecuadas y asequibles, pero enterado también de que está acelerándose rápidamente el impulso de expansión de las intervenciones antipalúdicas en los países africanos, RECOMIENDA a la 58ª Asamblea Mundial de la Salud que adopte la resolución siguiente: La 58ª Asamblea Mundial de la Salud, Habiendo examinado el informe sobre el paludismo; Preocupada porque el paludismo sigue causando más de un millón de defunciones prevenibles al año, sobre todo en África entre los niños pequeños y otros grupos vulnerables, y por que la enfermedad sigue poniendo en peligro la vida de millones de personas en las Américas, Asia y el Pacífico; Recordando que el periodo 2001-2010 ha sido declarado por la Asamblea General de las Naciones Unidas Decenio para lograr la regresión del paludismo en los países en desarrollo, en particular en África,2 y que la lucha contra el VIH/SIDA, el paludismo y otras enfermedades se encuentra entre los objetivos de desarrollo acordados internacionalmente, incluidos los que figuran en la Declaración del Milenio de las Naciones Unidas; Recordando además la resolución 59/256 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, titulada «2001-2010, Decenio para lograr la regresión del paludismo en los países en desarrollo, en particular en África»; Consciente de que es necesario reducir la carga mundial de paludismo para poder reducir la mortalidad en la niñez en dos terceras partes para 2015, así como para contribuir a los otros objetivos de desarrollo acordados internacionalmente, incluidos los que figuran en la Declaración del Milenio de las Naciones Unidas, consistentes en mejorar la salud materna y erradicar la pobreza extrema; Reconociendo que el Fondo Mundial de Lucha contra el SIDA, la Tuberculosis y la Malaria ha comprometido el 31% de sus donaciones, lo que equivale a US$ 921 millones, a lo largo de dos años, para proyectos de lucha contra el paludismo en 80 países,

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Documento EB115/10. Resolución 55/284.

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CONSEJO EJECUTIVO, 115ª REUNIÓN

1.

INSTA a los Estados Miembros: 1) a que establezcan políticas y planes operacionales nacionales para asegurarse de que al menos un 80% de la población expuesta al paludismo o afectada por esta enfermedad se beneficie de las principales intervenciones preventivas y curativas para 2010, de acuerdo con las recomendaciones técnicas de la OMS, a fin de conseguir reducir la carga de paludismo en al menos un 50% para 2010 y en un 75% para 2015; 2) a que evalúen las necesidades de recursos humanos integrados en todos los niveles del sistema de salud a fin de alcanzar las metas establecidas en la Declaración de Abuja sobre Hacer Retroceder el Paludismo en África y en los objetivos de desarrollo acordados internacionalmente que figuran en la Declaración del Milenio de las Naciones Unidas, y a que adopten las medidas necesarias para garantizar la contratación, formación y retención de personal sanitario; 3) a que sigan mejorando su apoyo financiero y su asistencia para el desarrollo en relación con las actividades de lucha contra el paludismo a fin de lograr los objetivos y metas antes citados y fomenten y faciliten el desarrollo de nuevos instrumentos para aumentar la eficacia de la lucha contra el paludismo, en especial mediante la prestación de apoyo al Programa Especial UNICEF/PNUD/Banco Mundial/OMS de Investigaciones y Enseñanzas sobre Enfermedades Tropicales; 4) a que, en los países con paludismo endémico, asignen más recursos internos para combatir esta enfermedad y creen condiciones favorables para colaborar con el sector privado a fin de mejorar el acceso a servicios de calidad contra el paludismo; 5) a que pongan en marcha una rápida expansión de las actividades de prevención, aplicando para ello estrategias rápidas y costoeficaces, como la distribución gratuita o altamente subvencionada de material y medicamentos focalizada en los grupos vulnerables, con el objetivo de que al menos un 60% de las embarazadas reciban tratamiento preventivo intermitente y al menos un 60% de las personas en riesgo usen mosquiteros tratados con insecticida allí donde éste sea el método de lucha antivectorial de elección; 6) a que apoyen las actividades de fumigación con insecticidas de acción residual, cuando esta intervención esté indicada en razón de las condiciones locales; 7) a que desarrollen o fortalezcan la cooperación entre países para combatir la propagación del paludismo a través de las fronteras comunes; 8) a que alienten la colaboración entre programas nacionales y otros servicios, incluidos los del sector privado y las universidades; 9) a que apoyen el acceso ampliado al tratamiento combinado basado en la artemisinina, incluidos el compromiso de nuevos fondos, el recurso a mecanismos innovadores para la financiación y la adquisición nacional del tratamiento combinado basado en la artemisinina y la extensión masiva de la producción de ésta para cubrir las mayores necesidades; 10) a que apoyen el desarrollo de nuevos medicamentos para prevenir y tratar el paludismo, destinados en especial a los niños y las mujeres embarazadas; de pruebas diagnósticas sensibles y específicas; de vacunas eficaces, y de nuevos insecticidas y modalidades de dis-

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pensación para aumentar la eficacia y retrasar la aparición de resistencia, recurriendo para ello entre otras cosas a las alianzas mundiales existentes; 11) a que apoyen las actividades coordinadas encaminadas a mejorar los sistemas de vigilancia, seguimiento y evaluación a fin de controlar y notificar mejor las variaciones en la cobertura de las intervenciones recomendadas de Hacer Retroceder el Paludismo y las posteriores reducciones de la carga de paludismo; 2. PIDE al Director General: 1) que refuerce y amplíe las actividades de la Secretaría encaminadas a mejorar la capacidad nacional de los Estados Miembros y que coopere con éstos, en colaboración con los asociados de Hacer Retroceder el Paludismo, al objeto de garantizar un uso pleno y eficaz en relación con el costo de los mayores recursos financieros destinados a alcanzar los objetivos y metas internacionales, en particular los objetivos de desarrollo acordados internacionalmente relacionados con el paludismo que figuran en la Declaración del Milenio de las Naciones Unidas; 2) que colabore con los países afectados por el paludismo y con los asociados de Hacer Retroceder el Paludismo para garantizar que los países reciban todo el apoyo requerido para la vigilancia y evaluación necesarias, incluidos el desarrollo y la aplicación de sistemas apropiados de farmacovigilancia; 3) que colabore con los asociados de Hacer Retroceder el Paludismo, la industria y los organismos de desarrollo a fin de garantizar la disponibilidad de cantidades suficientes de mosquiteros tratados con insecticida y medicamentos antipalúdicos eficaces, especialmente los requeridos para los tratamientos combinados, por ejemplo estudiando la posibilidad de que la OMS realice adquisiciones a granel en nombre de los Estados Miembros, tomando nota de la necesidad de que se controlen estrictamente los sistemas de distribución de medicamentos antipalúdicos; 4) que asesore, sobre la base de pruebas científicas, a los Estados Miembros sobre el uso apropiado de la fumigación de interiores con insecticidas de acción residual, teniendo en cuenta las experiencias recientes en todo el mundo; 5) que refuerce la colaboración con los asociados de la industria y las universidades para desarrollar productos asequibles de alta calidad contra el paludismo, en particular pruebas diagnósticas rápidas y fáciles de usar que sean sensibles y específicas; una vacuna eficaz contra la enfermedad; antipalúdicos nuevos, eficaces y seguros, y nuevos insecticidas y formas de administración que mejoren la eficacia y retrasen la aparición de resistencia; 6) que preste apoyo para la colaboración entre países encaminada a combatir el paludismo, en particular allí donde exista un riesgo de propagación a través de fronteras comunes; 7) que siga promoviendo la colaboración y las alianzas entre países que apoyan programas de lucha contra el paludismo con el fin de velar por que los fondos disponibles para combatir la enfermedad se utilicen de forma eficiente y eficaz. (Duodécima sesión, 24 de enero de 2005)

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