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Estrategia farmacéutica de la OMS

Organisation mondiale de la santé
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54ª ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD Punto 13.8 del orden del día

WHA54.11 21 de mayo de 2001

Estrategia farmacéutica de la OMS La 54a Asamblea Mundial de la Salud, Recordando las resoluciones WHA39.27, WHA41.16, WHA43.20, WHA45.27, WHA47.12, WHA47.16, WHA47.17, WHA49.14 y WHA52.19; Habiendo examinado el informe sobre la estrategia revisada en materia de medicamentos,1 y teniendo presente el informe anterior sobre el tema,2 donde se ponen de relieve los desafíos relacionados con los acuerdos comerciales internacionales, el acceso a los medicamentos esenciales, la calidad de los medicamentos y el uso racional de los mismos, así como la urgente necesidad de mejorar el acceso a los medicamentos requeridos para tratar problemas de salud prioritarios, como el paludismo, las enfermedades infantiles, el VIH/SIDA y la tuberculosis, entre otros; Reconociendo los cuatro objetivos principales de la estrategia farmacéutica de la OMS, a saber: formular y aplicar medidas de política, asegurar el acceso; asegurar la calidad, la inocuidad y la eficacia, y promover la utilización racional de los medicamentos; Teniendo en cuenta que los problemas de salud que acaban de mencionarse castigan de forma especial a las poblaciones pobres y vulnerables, que quedan atrapadas en la pobreza, e impiden en gran medida el crecimiento de la economía en los planos nacional e internacional, en perjuicio de toda la humanidad; Recordando que en la Constitución de la Organización Mundial de la Salud se establece que el goce del grado máximo de salud que se pueda lograr es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano sin distinción de raza, religión, ideología política o condición económica o social, y considerando que la realización progresiva de ese derecho debe abarcar el acceso, sobre una base no discriminatoria, a los servicios de salud, incluida la prevención, la atención, el tratamiento y el apoyo en relación con el acceso a los medicamentos; Teniendo presente el marco mundial de la OMS para mejorar el acceso a los medicamentos esenciales, y sus cuatro componentes: selección y utilización racionales de los medicamentos, sistemas fiables de salud y suministros, financiación sostenible y precios asequibles; Considerando asimismo que el acceso a los medicamentos es especialmente sensible a los precios, pues la mayoría de la población de los países en desarrollo ha de pagar personalmente la atención sanita-

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Documento A54/17. Documento A53/10.

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ria, y que para lograr el acceso universal1 se requiere el compromiso de gobiernos, de organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, del sector privado y de la sociedad civil; Teniendo en cuenta que la estrategia farmacéutica de la OMS debe aplicarse de inmediato para que se materialicen los enormes beneficios sanitarios que los medicamentos esenciales pueden reportar a la tercera parte de la población humana, que ahora carece de ellos; Teniendo en cuenta la necesidad de incrementar la ayuda económica y técnica internacional destinada a la aplicación de la estrategia farmacéutica de la OMS; Reconociendo la importancia de las políticas farmacéuticas nacionales establecidas de conformidad con las directrices de la OMS; Encomiando el firme liderazgo demostrado por la OMS al insistir en el concepto de medicamentos esenciales, y la contribución aportada por las organizaciones no gubernamentales activas en el sector de la salud pública al logro de objetivos tales como la formulación de políticas farmacéuticas nacionales y sus aspectos conexos; Observando que es preciso evaluar más a fondo las repercusiones de los acuerdos comerciales internacionales en el acceso a los medicamentos esenciales o en su fabricación, así como en el desarrollo de nuevos medicamentos; Reconociendo que los sistemas de salud eficientes y equitativos, así como los sistemas de suministro fiables, son elementos fundamentales de todo marco para la ampliación del acceso a los medicamentos esenciales; Teniendo presente la resolución 2001/33, sobre el acceso a la medicación en el contexto de pandemias como las del VIH/SIDA, aprobada por la Comisión de Derechos Humanos en su 57º periodo de sesiones, 1. INSTA a los Estados Miembros: 1) a que reafirmen su compromiso de velar por los intereses de la salud pública y no escatimen esfuerzos para promover el acceso equitativo a los medicamentos, así como de adoptar las medidas necesarias en el marco de sus políticas nacionales de salud, incluso en relación con las enfermedades prioritarias y las pandemias, como aspecto importante de la realización progresiva del derecho a gozar del grado máximo de salud que pueda lograrse; 2) a que adopten medidas eficaces de conformidad con el derecho internacional y los acuerdos internacionales a los que se hayan adherido, a fin de lograr un mejor acceso a los medicamentos; 3) a que lleven a cabo actividades de cooperación en relación con la resolución 2001/33 de la Comisión de Derechos Humanos;

Véase Globalization, TRIPS and access to pharmaceuticals. WHO Policy Perspectives on Medicines Series, Nº 3, marzo de 2001. Ginebra (documento WHO/EDM/2001.2).

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4) a que apliquen medidas encaminadas a ampliar el acceso de su población a los medicamentos esenciales, incluida la aplicación de la resolución WHA52.19, teniendo en cuenta la eficiencia de la utilización racional de los medicamentos, así como la asequibilidad; 5) a que, para aumentar el acceso a los medicamentos, y en función de las necesidades sanitarias de las personas, en especial las que menos pueden asumir los costos, y reconociendo los esfuerzos que despliegan los Estados Miembros para ampliar el acceso a los medicamentos y promover la industria nacional, cooperen de manera constructiva en el fortalecimiento de las políticas y prácticas farmacéuticas, incluidas las aplicables a los medicamentos genéricos, y de los regímenes en materia de propiedad intelectual, con objeto de promover en mayor medida la innovación y el desarrollo de las industrias nacionales, en consonancia con el derecho internacional aplicable; 6) a que proporcionen apoyo financiero y cooperación técnica para que los Estados Miembros que lo necesiten puedan ampliar el acceso de su población a los medicamentos esenciales; 2. PIDE a la Directora General: 1) que, conjuntamente con los Estados Miembros, las organizaciones no gubernamentales y otros asociados interesados en la salud pública, lleve a cabo un examen permanente de la eficacia de la actual estrategia en materia de medicamentos esenciales e impulse el desarrollo de medicamentos para luchar contra las enfermedades que afectan sobre todo a los países pobres; 2) que estudie la viabilidad y la eficacia de aplicar, en colaboración con organizaciones no gubernamentales y otros asociados interesados, sistemas de vigilancia, con carácter voluntario, y de notificación de los precios de los medicamentos a nivel mundial, con objeto de lograr un acceso más equitativo a los medicamentos esenciales en los sistemas de salud, y de prestar apoyo a los Estados Miembros en esta esfera; 3) que preste apoyo para la aplicación de sistemas de vigilancia de los medicamentos que permitan identificar mejor el desarrollo de resistencias, las reacciones adversas y la utilización incorrecta de los medicamentos en los sistemas de salud, promoviendo así la utilización racional de los medicamentos; 4) que prosiga y redoble los esfuerzos encaminados a estudiar y notificar las repercusiones sanitarias actuales y futuras de los acuerdos comerciales internacionales, en estrecha cooperación con las organizaciones intergubernamentales pertinentes; 5) que preste más apoyo a los Estados Miembros que lo necesiten y lo soliciten para alcanzar los objetivos prioritarios establecidos en la estrategia farmacéutica de la OMS; 6) que preste apoyo a los Estados Miembros a fin de establecer mecanismos nacionales eficaces de reglamentación para garantizar la calidad, que contribuyan a velar por la observancia de las buenas prácticas de fabricación, así como de las normas sobre biodisponibilidad y bioequivalencia; 7) que siga promoviendo la labor de la OMS en la esfera de las medicinas tradicionales;

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8) que informe a la 55ª Asamblea Mundial de la Salud sobre el curso de las iniciativas adoptadas a nivel mundial o regional para ampliar el acceso a los medicamentos esenciales.

Octava sesión plenaria, 21 de mayo de 2001 A54/VR/8

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Source Organisation mondiale de la santé