74.ª ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD (Proyecto) A74/61 29 de mayo de 2021 Tercer informe de la Comisión B (Proyecto) La Comisión B celebró sus reuniones quinta y sexta el 28 de mayo de 2021, bajo la presidencia del Dr. Søren Brostrøm (Dinamarca) y el Sr. Mustafizur Rahman (Bangladesh), respectivamente. Se decidió recomendar a la 74.ª Asamblea Mundial de la Salud la adopción de las tres resoluciones y las cuatro decisiones adjuntas, relativas a los siguientes puntos del orden del día: Pilar 4: Una OMS más eficaz y eficiente que presta un mejor apoyo a los países 30. Asuntos de auditoría y supervisión 30.1 Informe del Comisario de Cuentas Una decisión 29. Asuntos financieros 29.1 Informes programático y financiero de la OMS para 2020-2021, incluidos los estados financieros comprobados correspondientes a 2020 Una decisión 29.2 Estado de la recaudación de las contribuciones señaladas, y Estados Miembros con atrasos de contribuciones de importancia bastante para que esté justificado aplicar el Artículo 7 de la Constitución: situación respecto de 2020 Una decisión 29.4 Escala de contribuciones para 2022-2023 Una resolución 29.6 Contribuciones de nuevos Miembros y Miembros Asociados Una decisión titulada: – Contribución de las Islas Feroe (Proyecto) A74/61 2 Pilar 1: Cobertura sanitaria universal para mil millones más de personas 15. Personal sanitario • Trabajar en pro de la salud: plan de acción quinquenal para el empleo en el ámbito de la salud y el crecimiento económico inclusivo (2017-2021) Una decisión titulada: – Proteger y salvaguardar al personal sanitario y asistencial e invertir en él • Orientaciones estratégicas mundiales sobre enfermería y partería Una decisión titulada: – Fortalecimiento de la enfermería y la partería: inversiones en educación, puestos de trabajo, liderazgo y prestación de servicios (Proyecto) A74/61 3 Punto 30.1 del orden del día Informe del Comisario de Cuentas La 74.ª Asamblea Mundial de la Salud, habiendo examinado el informe del Comisario de Cuentas a la Asamblea de la Salud,1 y habiendo tomado nota del informe del Comité de Programa, Presupuesto y Administración del Consejo Ejecutivo a la 74.ª Asamblea Mundial de la Salud,2 decidió aceptar el informe del Comisario de Cuentas a la Asamblea de la Salud. 1 Documento A74/34. 2 Documento A74/51. (Proyecto) A74/61 4 Punto 29.1 del orden del día Informes programático y financiero de la OMS para 2020-2021, incluidos los estados financieros comprobados correspondientes a 2020 La 74.ª Asamblea Mundial de la Salud, habiendo examinado el Informe sobre los resultados de la OMS del Presupuesto por programas 2020-2021: examen de mitad de periodo1 y los estados finan- cieros comprobados correspondientes al año que finalizó el 31 de diciembre de 2020,2 y habiendo to- mado nota del informe del Comité de Programa, Presupuesto y Administración del Consejo Ejecutivo a la 74.ª Asamblea Mundial de la Salud,3 decidió aceptar el Informe sobre los resultados de la OMS: presupuesto por programas 2020-2021: examen de mitad de periodo y los estados financieros compro- bados correspondientes al año terminado el 31 de diciembre de 2020. 1 Documento A74/28. 2 Documento A74/29. 3 Documento A74/47. (Proyecto) A74/61 5 Punto 29.2 del orden del día Estado de la recaudación de las contribuciones señaladas, y Estados Miembros con atrasos de contribuciones de importancia bastante para que esté justificado aplicar el Artículo 7 de la Constitución: situación respecto de 2020 La 74.ª Asamblea Mundial de la Salud, habiendo examinado el informe sobre el estado de la recaudación de las contribuciones señaladas, y Estados Miembros con atrasos de contribuciones de im- portancia bastante para que esté justificado aplicar el Artículo 7 de la Constitución;1 y habiendo consi- derado también el informe del Comité de Programa, Presupuesto y Administración del Consejo Ejecu- tivo a la 74.ª Asamblea Mundial de la Salud,2 decidió: 1) remitir a la 150.ª reunión del Consejo Ejecutivo (enero de 2022), por conducto del Comité de Programa, Presupuesto y Administración, el examen del estado de la recaudación de las con- tribuciones señaladas y los Estados Miembros con atrasos de contribuciones de importancia bas- tante para que esté justificado aplicar el Artículo 7 de la Constitución; y, con respecto a la situa- ción de 2020 y de conformidad con el artículo 29 de la Constitución de la OMS, delegar en la 150.ª reunión del Consejo Ejecutivo la facultad de suspender el derecho de voto de los Estados Miembros con atrasos de contribuciones de importancia bastante para que esté justificado aplicar el Artículo 7 de la Constitución; 2) solicitar al Director General que presente al Consejo Ejecutivo en su 150.ª reunión, por conducto del Comité de Programa, Presupuesto y Administración, un informe que proporcione una actualización sobre la situación, así como un proyecto de resolución actualizado, según proceda. 1 Documento A74/31. 2 Documento A74/48. (Proyecto) A74/61 6 Punto 29.4 del orden del día Escala de contribuciones para 2022-2023 La 74.ª Asamblea Mundial de la Salud, Habiendo examinado el informe del Director General sobre la escala de contribuciones para 2022-2023,1 Habiendo tomado nota también del informe del Comité de Programa, Presupuesto y Administra- ción del Consejo Ejecutivo a la 74.ª Asamblea Mundial de la Salud,2 ADOPTA la escala de contribuciones de los Miembros y Miembros Asociados para el bienio 2022-2023 que figura a continuación. Estados Miembros y Miembros Asociados Escala OMS para 2022-2023 % Afganistán 0,0070 Albania 0,0080 Alemania 6,0904 Andorra 0,0050 Angola 0,0100 Antigua y Barbuda 0,0020 Arabia Saudita 1,1721 Argelia 0,1380 Argentina 0,9151 Armenia 0,0070 Australia 2,2101 Austria 0,6770 Azerbaiyán 0,0490 Bahamas 0,0180 Bahrein 0,0500 Bangladesh 0,0100 Barbados 0,0070 Belarús 0,0490 Bélgica 0,8211 Belice 0,0010 Benin 0,0030 Bhután 0,0010 Bolivia (Estado Plurinacional de) 0,0160 Bosnia y Herzegovina 0,0120 Botswana 0,0140 Brasil 2,9482 Brunei Darussalam 0,0250 1 Documento A74/32. 2 Documento A74/49. (Proyecto) A74/61 7 Estados Miembros y Miembros Asociados Escala OMS para 2022-2023 % Bulgaria 0,0460 Burkina Faso 0,0030 Burundi 0,0010 Cabo Verde 0,0010 Camboya 0,0060 Camerún 0,0130 Canadá 2,7342 Chad 0,0040 Chile 0,4070 China 12,0058 Chipre 0,0360 Colombia 0,2880 Comoras 0,0010 Congo 0,0060 Costa Rica 0,0620 Côte d'Ivoire 0,0130 Croacia 0,0770 Cuba 0,0800 Dinamarca 0,5540 Djibouti 0,0010 Dominica 0,0010 Ecuador 0,0800 Egipto 0,1860 El Salvador 0,0120 Emiratos Árabes Unidos 0,6160 Eritrea 0,0010 Eslovaquia 0,1530 Eslovenia 0,0760 España 2,1461 Estados Unidos de América 22,0000 Estonia 0,0390 Eswatini 0,0020 Etiopía 0,0100 Federación de Rusia 2,4052 Fiji 0,0030 Filipinas 0,2050 Finlandia 0,4210 Francia 4,4273 Gabón 0,0150 Gambia 0,0010 Georgia 0,0080 Ghana 0,0150 Granada 0,0010 Grecia 0,3660 Guatemala 0,0360 (Proyecto) A74/61 8 Estados Miembros y Miembros Asociados Escala OMS para 2022-2023 % Guinea 0,0030 Guinea Ecuatorial 0,0160 Guinea-Bissau 0,0010 Guyana 0,0020 Haití 0,0030 Honduras 0,0090 Hungría 0,2060 India 0,8341 Indonesia 0,5430 Irán (República Islámica del) 0,3980 Iraq 0,1290 Irlanda 0,3710 Islandia 0,0280 Islas Cook (no es miembro de las Naciones Unidas) 0,0010 Islas Marshall 0,0010 Islas Salomón 0,0010 Israel 0,4900 Italia 3,3072 Jamaica 0,0080 Japón 8,5645 Jordania 0,0210 Kazajstán 0,1780 Kenya 0,0240 Kirguistán 0,0020 Kiribati 0,0010 Kuwait 0,2520 Lesotho 0,0010 Letonia 0,0470 Líbano 0,0470 Liberia 0,0010 Libia 0,0300 Lituania 0,0710 Luxemburgo 0,0670 Macedonia del Norte 0,0070 Madagascar 0,0040 Malasia 0,3410 Malawi 0,0020 Maldivas 0,0040 Malí 0,0040 Malta 0,0170 Marruecos 0,0550 Mauricio 0,0110 Mauritania 0,0020 México 1,2921 Micronesia (Estados Federados de) 0,0010 (Proyecto) A74/61 9 Estados Miembros y Miembros Asociados Escala OMS para 2022-2023 % Mónaco 0,0110 Mongolia 0,0050 Montenegro 0,0040 Mozambique 0,0040 Myanmar 0,0100 Namibia 0,0090 Nauru 0,0010 Nepal 0,0070 Nicaragua 0,0050 Níger 0,0020 Nigeria 0,2500 Niue (no es miembro de las Naciones Unidas) 0,0010 Noruega 0,7540 Nueva Zelandia 0,2910 Omán 0,1150 Países Bajos 1,3561 Pakistán 0,1150 Palau 0,0010 Panamá 0,0450 Papua Nueva Guinea 0,0100 Paraguay 0,0160 Perú 0,1520 Polonia 0,8021 Portugal 0,3500 Puerto Rico (no es miembro de las Naciones Unidas) 0,0010 Qatar 0,2820 Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte 4,5673 República Árabe Siria 0,0110 República Centroafricana 0,0010 República Checa 0,3110 República de Corea 2,2671 República de Moldova 0,0030 República Democrática del Congo 0,0100 República Democrática Popular Lao 0,0050 República Dominicana 0,0530 República Popular Democrática de Corea 0,0060 República Unida de Tanzanía 0,0100 Rumania 0,1980 Rwanda 0,0030 Saint Kitts y Nevis 0,0010 Samoa 0,0010 San Marino 0,0020 (Proyecto) A74/61 10 Estados Miembros y Miembros Asociados Escala OMS para 2022-2023 % San Vicente y las Granadinas 0,0010 Santa Lucía 0,0010 Santo Tomé y Príncipe 0,0010 Senegal 0,0070 Serbia 0,0280 Seychelles 0,0020 Sierra Leona 0,0010 Singapur 0,4850 Somalia 0,0010 Sri Lanka 0,0440 Sudáfrica 0,2720 Sudán 0,0100 Sudán del Sur 0,0060 Suecia 0,9061 Suiza 1,1511 Suriname 0,0050 Tailandia 0,3070 Tayikistán 0,0040 Timor-Leste 0,0020 Togo 0,0020 Tokelau (no es miembro de las Naciones Unidas) 0,0010 Tonga 0,0010 Trinidad y Tabago 0,0400 Túnez 0,0250 Turkmenistán 0,0330 Turquía 1,3711 Tuvalu 0,0010 Ucrania 0,0570 Uganda 0,0080 Uruguay 0,0870 Uzbekistán 0,0320 Vanuatu 0,0010 Venezuela (República Bolivariana de) 0,7280 Viet Nam 0,0770 Yemen 0,0100 Zambia 0,0090 Zimbabwe 0,0050 TOTAL 100,000 (Proyecto) A74/61 11 Punto 29.6 del orden del día Contribución de las Islas Feroe La 74.ª Asamblea Mundial de la Salud, habiendo examinado el informe del Director General sobre la contribución de las Islas Feroe,1 decidió: 1) que la contribución de las Islas Feroe se determinara sobre la base de una contribución hipotética según una tasa mínima del 0,001%; 2) que para 2021 la contribución se prorrateara a razón de una doceava parte de la contribución por cada mes civil completo de participación como miembro asociado; 3) que la suma correspondiente a 2021, si la hubiere, se consignase como ingresos varios; 4) que, dado que se preveía para diciembre de 2021 una actualización de la escala de cuotas de las Naciones Unidas, la repercusión de la contribución de las Islas Feroe se reflejara plena- mente en la escala de contribuciones de la OMS para 2022-2023, en la 75.ª Asamblea Mundial de la Salud, que se celebraría en 2022. 1 Documento A74/33. (Proyecto) A74/61 12 Punto 15 del orden del día Proteger y salvaguardar al personal sanitario y asistencial e invertir en él La 74.ª Asamblea Mundial de la Salud, Habiendo examinado el informe del Director General, titulado «Trabajar en pro de la salud: Plan de acción quinquenal para el empleo en el ámbito de la salud y el crecimiento económico inclusivo (2017-2021)»;1 Profundamente preocupada por los efectos perjudiciales que ha tenido la enfermedad por corona- virus (COVID-19) en los sectores de la salud y la atención social;2 Expresando su más alto agradecimiento y apoyo por la dedicación, los esfuerzos y los sacrificios, más allá del deber, de los profesionales de la salud, los trabajadores sanitarios y otros trabajadores de primera línea pertinentes, en la respuesta a la pandemia de COVID-19; Recordando la decisión WHA73(30) (2020), en virtud de la cual se designó 2021 como el Año Internacional de los Trabajadores Sanitarios y Asistenciales; Guiándose por la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, incluida su fuerte dimensión multi- sectorial para alcanzar la cobertura sanitaria universal, y por el llamamiento formulado en la meta 3.c del Objetivo 3 a «aumentar sustancialmente la financiación de la salud y la contratación, el desarrollo, la capacitación y la retención del personal sanitario en los países en desarrollo, especialmente en los países menos adelantados y los pequeños Estados insulares en desarrollo»; Reconociendo la necesidad de compromiso político, de políticas y de cooperación internacional, incluido el establecimiento de alianzas sólidas en relación con los Objetivos de Desarrollo Sostenible en los planos nacional, regional y mundial, para hacer frente a las disparidades y las desigualdades sa- nitarias dentro de los países y entre ellos, con arreglo a leyes no discriminatorias, e inclusive entre el personal sanitario y asistencial, y cómo las limitaciones a las que se enfrenta el personal sanitario afectan a la equidad en la prestación de servicios; Reconociendo que el vigésimo quinto aniversario de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, que estuvo marcado por el Foro Generación Igualdad, y la Iniciativa para la igualdad de género en los sectores sanitario y asistencial, destinada a promover la igualdad de las mujeres en el sector sani- tario y asistencial, refleja un momento decisivo para el logro de la igualdad de género y el empodera- miento de todas las mujeres y niñas, dondequiera que vivan. Recordando la declaración política de la reunión de alto nivel de las Naciones Unidas sobre la cobertura sanitaria universal,3 en la que se contrajeron compromisos a fin de redoblar los esfuerzos para promover la contratación y retención de personal sanitario y asistencial competente, cualificado y 1 Documento A74/12. 2 Véase la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de Todas las Actividades Económicas (CIIU), Rev.4. Nueva York, Naciones Unidas, 2008 (https://unstats.un.org/unsd/publication/seriesm/seriesm_4rev4e.pdf). 3 Declaración política de la reunión de alto nivel sobre la cobertura sanitaria universal. Cobertura sanitaria universal: avanzando juntos para construir un mundo más saludable. Disponible en https://www.un.org/pga/73/wp-content/uploads/si- tes/53/2019/07/FINAL-draft-UHC-Political-Declaration.pdf (consultado el 3 de mayo de 2021). (Proyecto) A74/61 13 motivado, y asegurar su distribución equitativa en las zonas rurales y de difícil acceso, entre otras cosas ofreciendo condiciones laborales decentes y seguras y una remuneración adecuada; Reconociendo las conclusiones y recomendaciones convenidas que adoptó el foro del Consejo Social y Económico sobre el seguimiento de la financiación para el desarrollo en abril de 2021, en las que se subraya que las inversiones en infraestructuras sanitaras resilientes, sistemas de salud y cobertura sanitaria universal, de conformidad con la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, son fundamenta- les para el desarrollo sostenible y para aliviar la pobreza, y en las que se resolvió tomar medidas para dar prioridad al gasto destinado a funciones sanitarias esenciales y medidas de protección social, entre otros;1 Reconociendo que la atención primaria de salud es la piedra angular de un sistema de salud sos- tenible para la cobertura sanitaria universal, que requiere un equipo multidisciplinario de trabajadores sanitarios y asistenciales; Reconociendo el quinto aniversario de la resolución 2286 (2016)2 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre la protección de los heridos y enfermos, el personal sanitario y el personal humanitario en situaciones de conflicto armado, y reconociendo la resolución WHA70.6 (2017), en la que se reconocía la necesidad de aumentar sustancialmente la protección y la seguridad del personal sanitario y social y de los establecimientos de salud en todos los entornos, en particular en las emergen- cias de salud pública agudas y prolongadas y los entornos humanitarios; Recordando además la resolución WHA63.16 (2010) sobre el Código de prácticas mundial de la OMS sobre contratación internacional de personal de salud, por la que se aprobó el Código Mundial, y el reconocimiento, en ese Código, de que el personal sanitario suficiente y accesible es fundamental para contar con un sistema de salud integrado y eficaz y para la prestación de servicios de salud, teniendo en cuenta la necesidad de mitigar los efectos negativos de la migración del personal sanitario en los sistemas de salud, especialmente en los países en desarrollo; Teniendo en cuenta las recomendaciones del informe del Grupo consultivo de expertos de la OMS encargado de examinar la pertinencia y eficacia del Código de prácticas mundial de la OMS sobre con- tratación internacional de personal de salud, en las cuales se señala la necesidad de aplicar plenamente el Código Mundial y brindar el apoyo y las salvaguardias correspondientes a los trabajadores sanitarios y los sistemas de salud, mediante la cooperación internacional reforzada, en particular a los países que afrontan las mayores dificultades; Reafirmando la resolución WHA69.19 (2016) sobre la Estrategia mundial de recursos humanos para la salud: personal sanitario 2030, así como sus objetivos orientados a ampliar y transformar la contratación y el desarrollo del personal sanitario y asistencial, así como su formación, capacitación, distribución, retención y financiación; 1 Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas. E/FFDF/2021/L.1. Disponible en https://undocs.org/es/E/FFDF/2021/L.1 (consultado el 22 de abril de 2021). 2 Resolución 2286 (3 de mayo de 2016) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (https://undocs.org/es/S/RES/2286(2016)), consultado el 2 de mayo de 2021. (Proyecto) A74/61 14 Reconociendo también el llamamiento en favor de una aplicación progresiva de las cuentas na- cionales del personal de salud, con miras a reforzar la disponibilidad, calidad e integridad de los datos relativos al personal de salud,1 destacados más aún por la respuesta a la pandemia de COVID-19; Recordando la resolución 71/159 (2016) de la Asamblea General de las Naciones Unidas, en la que se subraya que los trabajadores sanitarios son la piedra angular de un sistema de salud resiliente y que el personal sanitario nacional se encarga de la respuesta inicial en todos los países, incluidos los que tienen sistemas de salud precarios, y que ese personal es fundamental para construir sistemas de salud resilientes con el fin de alcanzar la cobertura sanitaria universal, y en la que se insta a los Estados Miem- bros a que tengan en cuenta las recomendaciones de la Comisión de Alto Nivel sobre el Empleo en el Ámbito de la Salud y el Crecimiento Económico, en particular las relativas a la elaboración de planes intersectoriales y la inversión en la educación y la creación de empleo en el ámbito de la salud y el sector social, reconociendo que ofrecer oportunidades de trabajo decente y perspectivas de carrera para las personas jóvenes, en particular las mujeres, son fundamentales para la recuperación económica inclusiva y sostenible; y, con posterioridad, la resolución WHA70.6 (2017), por la que se adoptó el plan de acción quinquenal «Trabajar en pro de la salud»; Reconociendo la resolución WHA69.1 (2016), en la que se insta a los Estados Miembros a que inviertan en la educación, la contratación y la retención de personal de salud pública que responda a las necesidades y sea desplegado de forma efectiva y equitativa para que pueda contribuir a una prestación eficaz y eficiente de servicios de salud pública, basados en las necesidades de la población; Recordando la resolución 75/157 (2020) de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre las mujeres y las niñas y la respuesta a la enfermedad por coronavirus (COVID-19), y haciendo hincapié en la función crítica que desempeñan las mujeres, que representan casi el 70% de los trabajadores sani- tarios, en el contexto de la pandemia de COVID-19;2 Recordando la resolución WHA73.1 sobre la respuesta a la COVID-19, en la que se pide a los Estados Miembros, en el contexto de la pandemia de COVID-19, que proporcionen a los profesionales de la salud, los trabajadores sanitarios y asistenciales y otro personal pertinente de primera línea ex- puesto a la COVID-19, acceso a equipo de protección personal y otros productos necesarios, así como capacitación, en particular a través de la prestación de apoyo psicosocial; tomen medidas para su pro- tección en el trabajo, facilitando su acceso al trabajo, y garantizando que reciben remuneración ade- cuada; Reconociendo que la salud y el bienestar físicos y mentales de los trabajadores sanitarios y asis- tenciales se ve afectado por la escasez de trabajadores sanitarios y de competencias, lo que puede incre- mentar la presión, la carga de trabajo y el agotamiento, y menoscabar la productividad, el desempeño y la retención de los trabajadores sanitarios y tener efectos duraderos en el funcionamiento, la eficiencia y la capacidad de recuperación de los sistemas de salud; y preocupada por que, de mantenerse las ten- dencias actuales, el mundo podría sufrir un déficit que, según las proyecciones, sería de unos 18 millones de trabajadores sanitarios en 2030, principalmente en los países de ingresos bajos y medianos bajos; 1 Resolución WHA69.19 (2016). Estrategia mundial de recursos humanos para la salud: personal sanitario 2030 (https://apps.who.int/gb/ebwha/pdf_files/WHA69-REC1/A69_2016_REC1-sp.pdf#page=27), consultado el 28 de abril de 2021. 2 Resolución 75/157 (2020) de la Asamblea General de las Naciones Unidas. Las mujeres y las niñas y la respuesta a la enfermedad por coronavirus (COVID-19) (https://undocs.org/es/A/RES/75/157), consultado el 2 de mayo de 2021. (Proyecto) A74/61 15 Tomando nota de las alteraciones causadas por la pandemia de COVID-19 en la formación previa al servicio y el aprendizaje permanente, así como de la acrecentada demanda de formación basada en las competencias por medios digitales, a fin de proporcionar a todos los trabajadores sanitarios y asis- tenciales el acceso suficiente a datos probatorios, formación de calidad y aprendizaje; Tomando nota del papel esencial de la respuesta dada por la investigación durante la pandemia de COVID-19, en particular la aplicación práctica, la importancia de la investigación básica y clínica, la traducción de la investigación en estrategias basadas en pruebas científicas, el papel de los investiga- dores de salud pública en la detección temprana, la respuesta y los esfuerzos de recuperación tras emer- gencias sanitarias, y el apoyo al bienestar mental y psicosocial de los trabajadores sanitarios y asisten- ciales; 1. EXHORTA A los Estados Miembros a que, de acuerdo con el contexto y las prioridades nacio- nales:1 1) sigan aplicando la Estrategia mundial sobre recursos humanos para la salud: personal sani- tario 2030, en particular a través de la Red Mundial de Personal Sanitario, lo que incluye: i) impulsar el programa de inversiones en personal sanitario y asistencial, prestando especial atención al personal de atención primaria de salud para acelerar la cobertura sani- taria universal; ii) acelerar la medición, el seguimiento y el suministro de información, con una perio- dicidad adecuada, para apoyar la planificación del personal nacional basada en datos de- mográficos desglosados por sexo y otras características sobre el personal sanitario y asis- tencial, a través de una mayor aplicación de las cuentas nacionales del personal de salud, con objeto de garantizar que haya un número suficiente de trabajadores sanitarios y asis- tenciales, así como su distribución, competencia, utilización, empleo, salvaguardia y pro- tección, y en particular su capacidad y preparación para desempeñar funciones integradas de salud pública de forma eficaz, a fin de fortalecer la preparación, prevención, detección y respuesta ante las emergencias de salud y apoyar la aplicación del Reglamento Sanitario Internacional (2005); iii) llevar a cabo una evaluación de las implicaciones y necesidades del personal sanita- rio y asistencial en relación con todas las políticas, estrategias, planes y programas de salud, a fin de garantizar la continuidad del apoyo y la inversión, la utilización óptima de los trabajadores disponibles en los sectores público y privado, el liderazgo coordinado, la me- jora del rendimiento del personal y la seguridad del lugar de trabajo y del entorno donde se lleva a cabo el ejercicio profesional; iv) seguir aplicando en 2020 el Código de prácticas mundial de la OMS sobre contrata- ción internacional de personal de salud y las recomendaciones del Grupo consultivo de expertos encargado de examinar la pertinencia y eficacia del Código de prácticas mundial de la OMS sobre contratación internacional de personal de salud,2 con el fin de fortalecer equitativamente los sistemas de salud en todo el mundo, atenuar los efectos negativos de la migración del personal de salud y salvaguardar los derechos de todo el personal de salud, 1 Y, si procede, a las organizaciones de integración económica regional. 2 Documento A73/9. Informe del Grupo consultivo de expertos de la OMS encargado de examinar la pertinencia y eficacia del Código de prácticas mundial de la OMS sobre contratación internacional de personal de salud (https://apps.who.int/gb/ebwha/pdf_files/WHA73/A73_9-sp.pdf). (Proyecto) A74/61 16 prestando especial atención a los 47 países identificados en la Lista de apoyo y protección para el personal de salud de la OMS (2020),1 y a que informe cada tres años a la Asamblea de la Salud, por conducto del Consejo Ejecutivo, sobre la aplicación del Código de prácti- cas, incluyendo datos sobre migración internacional del personal de salud, como por ejem- plo el nivel y el país a que corresponden los datos de los exámenes profesionales de los sistemas de información sobre el personal de salud, así como las medidas adoptadas, los resultados obtenidos y las dificultades encontradas en la aplicación del Código de prácticas; v) facilitar la capacidad nacional y subnacional para establecer un mecanismo eficaz de coordinación intersectorial que gestione las agendas del personal sanitario y asistencial; 2) hagan partícipes a los sectores pertinentes y procuren establecer, a escala subnacional, na- cional y regional, los mecanismos intersectoriales apropiados para invertir de manera eficiente y aplicar eficazmente las políticas relativas al personal de salud, utilizando un enfoque inclusivo y basado en el género; 3) prioricen las inversiones y el uso eficiente y eficaz de la financiación nacional e internacio- nal sostenida en relación con la contratación y la fidelización, la educación y la formación, las competencias, los puestos de trabajo, la salvaguardia y la protección necesarios para crear capa- cidades, competencias y aptitudes resilientes en los sistemas de salud, a través de un personal sanitario y asistencial cuya distribución, despliegue, utilización, fidelización, empoderamiento, protección y apoyo se base en criterios equitativos, con el fin de cumplir con las prioridades y los objetivos nacionales en relación con la salud de la población, contribuir a una mejor comprensión y gestión de la migración de los trabajadores de la salud mediante la mejora de los datos y la información para la consecución de la cobertura sanitaria universal, y desempeñar de forma eficaz las funciones esenciales de la salud pública; 4) desarrollen, financien, apliquen y vigilen, con indicación del método utilizado, las estrate- gias y los planes de inversión nacionales en materia de personal sanitario y asistencial, en conso- nancia con las necesidades de salud actuales y futuras de la población, así como con las oportu- nidades de empleo, las competencias y la trayectoria de educación y formación, prestando espe- cial atención a la equidad y a las cuestiones relativas al género, la diversidad y la inclusión en el sector sanitario y asistencial; 5) enriquezcan las trayectorias profesionales del personal sanitario y asistencial en todos los países, fomentando el desarrollo tanto de las capacidades de laboratorio en materia de diagnóstico y vigilancia como de los programas investigación que combinen los conocimientos locales con la comprensión y la metodología científicas más actualizadas; 6) adopten las medidas necesarias para salvaguardar y proteger a los trabajadores sanitarios y asistenciales en todos los niveles, mediante la distribución equitativa de los equipos de protección personal, los tratamientos, las vacunas y otros servicios de salud, el control eficaz de la prevención de infecciones y la aplicación de medidas de seguridad y salud en el trabajo dentro de un entorno laboral seguro y propicio que esté libre de discriminación racial y de cualquier otra forma de discriminación; 7) reconozcan y condenen los crecientes incidentes de agresiones contra los trabajadores sa- nitarios y asistenciales, incluidas las agresiones motivadas por el miedo y la estigmatización aso- ciados a la COVID-19, y cumplan plenamente sus obligaciones en virtud del derecho 1 Health Workforce Support and Safeguards List, 2020. Ginebra, Organización Mundial de la Salud, febrero de 2021 (https://cdn.who.int/media/docs/default-source/health-workforce/hwf-support-and-safeguards-list8jan.pdf?sfvrsn=1a16bc6f_5). (Proyecto) A74/61 17 internacional, incluido el derecho internacional de los derechos humanos, según proceda, y el derecho internacional humanitario,1 y apliquen el marco jurídico internacional existente para pro- teger la prestación de atención de salud y el acceso a ella en los conflictos armados y otras emer- gencias, incluida la actual pandemia de COVID-19; 8) proporcionen un acceso equitativo a las vacunas, los tratamientos y las pruebas diagnósti- cas, en particular para todos los trabajadores sanitarios y asistenciales que estén al frente de la respuesta a la COVID-19 y a otros futuros brotes, epidemias y pandemias; y garanticen su pro- tección personal y su salvaguardia mediante las directrices y medidas pertinentes en materia de salud y seguridad en el trabajo y prevención y control de infecciones;2,3 9) apoyen, con el debido respeto a la negociación colectiva, el trabajo decente, las condiciones de trabajo, la igualdad salarial y otras protecciones laborales, promuevan el respeto de los princi- pios y derechos fundamentales en el trabajo para todos los trabajadores sanitarios y asistenciales, apoyen la prevención de la violencia, la discriminación y el acoso, incluido el acoso sexual contra los trabajadores sanitarios y asistenciales, la mayoría de los cuales (casi el 70%) son mujeres, y creen oportunidades para las mujeres dentro de la fuerza de trabajo sanitaria y asistencial que promuevan su participación y representación plenas y significativas, en particular en las funciones de dirección y toma de decisiones; 2. INVITA a los asociados y a las partes interesadas internacionales, regionales y nacionales a com- prometerse a apoyar la inversión catalizadora, la protección y la salvaguardia del personal sanitario y asistencial a través de una agenda y un plan de acción nacionales coordinados de inversión en este per- sonal, en los que se pida específicamente: 1) que las iniciativas sanitarias mundiales pertinentes y los asociados inviertan en los recursos humanos para la salud y en la preparación, la educación, la formación, las aptitudes y las compe- tencias del personal sanitario y asistencial, en particular para gestionar la pandemia actual y re- forzar la prestación de servicios de salud esenciales ininterrumpidos; y creen capacidades en ma- teria de preparación y respuesta sanitarias; 2) que las asociaciones profesionales, los consejos, los organismos reguladores, los sindicatos, la sociedad civil, el sector privado y los líderes políticos movilicen la acción colectiva y la pro- moción para apoyar las inversiones en la creación de empleo, las competencias, la educación y la formación del personal sanitario y asistencial; que inviertan en los centros nacionales de educa- ción, incluida la colaboración con la Academia de la OMS, la salvaguardia y la protección; y que destaquen el papel fundamental de los trabajadores sanitarios y asistenciales en la aceleración de la recuperación económica, el fortalecimiento de los sistemas de salud, el bienestar de la sociedad y la protección social; 3) que las instituciones financieras internacionales, los bancos regionales de desarrollo y otras instituciones financieras públicas y privadas complementen la financiación nacional para el per- sonal sanitario y apoyen de forma prioritaria la inversión catalizadora, sostenible y ampliable en la educación, las competencias y los empleos en los sectores sanitario y asistencial como parte de 1 Resolución 2286 (2016) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (https://undocs.org/es/S/RES/2286(2016)), consultado el 2 de mayo de 2021. 2 OIT y OMS. COVID-19: Occupational health and safety for health workers. Interim guidance, 2 de febrero de 2021. Ginebra, Organización Internacional del Trabajo y Organización Mundial de la Salud, 2021 (https://www.ilo.org/wcmsp5/ groups/public/---ed_dialogue/---sector/documents/publication/wcms_769309.pdf). 3 Health workforce policy and management in the context of the COVID-19 pandemic response: interim guidance, 3 de diciembre de 2020. Ginebra: Organización Mundial de la Salud; 2020 (https://apps.who.int/iris/handle/10665/337333). (Proyecto) A74/61 18 la recuperación económica, y creen capacidades en materia de preparación, disposición operacio- nal y sistemas de salud para alinear sus inversiones y contribuciones a la fuerza de trabajo sanitaria y asistencial con el mecanismo del Fondo Fiduciario de Asociados Múltiples de la iniciativa «Tra- bajar en pro de la salud»;1 4) que los asociados bilaterales y multilaterales y las instituciones de financiación integren y proporcionen un apoyo financiero catalizador a medio y largo plazo que garantice niveles soste- nidos de inversión en el personal sanitario y asistencial y en los sistemas de salud; 5) que todos los asociados apoyen los esfuerzos de la OMS en el Año Internacional de los Trabajadores Sanitarios y Asistenciales y se unan a su campaña su campaña «Proteger. Invertir. Juntos», así como a la Iniciativa para la igualdad de género en los sectores sanitario y asistencial. 3. PIDE al Director General que tenga a bien: 1) aplicar las recomendaciones del informe del Director General a la 74.ª Asamblea Mundial de la Salud titulado «Trabajar en pro de la salud: Plan de acción quinquenal para el empleo en el ámbito de la salud y el crecimiento económico inclusivo (2017-2021)», entre ellas: i) elaborar, a través de un proceso dirigido por los Estados Miembros, un conjunto claro de acciones, una agenda para 2022-2030 y un mecanismo de aplicación que se pre- sentarán a la 75.ª Asamblea Mundial de la Salud en 2022, con el fin de acelerar las inver- siones en la educación, las competencias, el empleo, la salvaguardia y la protección de los trabajadores sanitarios y asistenciales, aprovechando el apoyo conjunto de la OMS, la OIT y la OCDE y del actual Fondo Fiduciario de Asociados Múltiples de la iniciativa «Trabajar en pro de la salud»; ii) formular recomendaciones para fortalecer el mecanismo del Fondo Fiduciario de Asociados Múltiples de la iniciativa «Trabajar en pro de la salud» y su capacidad de cola- borar con instituciones internacionales de financiación para obtener financiación sostenible e innovadora para todos los aspectos de la agenda y el plan de acción multisectoriales sobre el personal sanitario y asistencial: 2022-2030; iii) prestar apoyo a los Estados Miembros, previa solicitud, para aplicar la Estrategia mundial de recursos humanos para la salud: personal sanitario 2030, y movilizar financia- ción catalizadora para invertir en el apoyo a la fuerza de trabajo y los sistemas de salud necesario para fortalecer la atención primaria de salud con el fin de alcanzar la cobertura sanitaria universal, así como las funciones sólidas de salud pública integradas para reforzar la preparación, prevención, detección y respuesta frente a emergencias sanitarias, a través de la aplicación progresiva de una agenda y plan de acción multisectoriales sobre el perso- nal sanitario y asistencial: 2020-2030, y con especial hincapié en la promoción del diálogo normativo multisectorial y el diálogo social sectorial, la aplicación de datos y análisis fia- bles y de calidad para las decisiones basadas en la evidencia y las inversiones, y la movili- zación de recursos; 2) elaborar, en consulta con los Estados Miembros, un escueto documento de compilación titulado «pacto mundial de los trabajadores sanitarios y asistenciales», en seguimiento de la reso- lución WHA73.1 (2020) y la decisión WHA73(30) (2020), basado en documentos ya existentes 1 Trabajar en pro de la salud (Working for Health – MPTF). Oficina del Fondo Fiduciario de Asociados Múltiples [base de datos en línea]. Nueva York, Grupo de las Naciones Unidas para el Desarrollo (http://mptf.undp.org/factsheet/fund/WHL00), consultado el 3 de mayo de 2021. (Proyecto) A74/61 19 de organizaciones internacionales pertinentes (en cualquier caso de la OMS y la OIT), que tenga por objeto ofrecer a los Estados Miembros, las partes interesadas y otras organizaciones pertinen- tes orientaciones técnicas sobre cómo proteger a los trabajadores sanitarios y asistenciales y sal- vaguardar sus derechos, y promover y garantizar el trabajo decente, en el que no tengan cabida la discriminación racial ni ninguna otra forma de discriminación, y un entorno seguro y propicio para la práctica profesional, en consonancia con el Código de prácticas mundial de la OMS sobre contratación internacional de personal de salud; 3) facilitar la cooperación entre los programas y organismos de las Naciones Unidas, y otras iniciativas de salud mundial y partes interesadas pertinentes, para alinear los recursos y las inver- siones con la agenda y el plan de acción multisectoriales sobre el personal sanitario y asistencial: 2022-2030, y en particular para la aplicación efectiva de estrategias y planes nacionales sobre la fuerza de trabajo, incluidas estrategias que aborden los retos específicos para la contratación, for- mación, apoyo y protección del personal sanitario y asistencias en emergencias de salud pública prolongadas y entornos humanitarios; 4) acelerar los Objetivos de Desarrollo Sostenible relacionados con la salud, el 13.º Programa General de Trabajo, 2019-2023 y la respuesta a la COVID-19 prestando apoyo al personal sani- tario y asistencial con acceso equitativo a formación basada en competencias y aprendizaje a lo largo de la vida, con métodos de aprendizaje digitales y adecuados a los fines, en particular sobre la preparación y respuesta frente a emergencias sanitarias, a través de la Academia de la OMS, aunque no exclusivamente, así como oportunidades educativas que puedan ofrecer las institucio- nes académicas, las organizaciones no gubernamentales y los Estados Miembros; 5) utilizar y ampliar las cuentas nacionales del personal de salud para acelera la medición continua y el seguimiento del número, estado, competencias, distribución, utilización, financia- ción, salvaguardia y protección del personal sanitario y asistencial, incluida la compilación de datos sobre la morbilidad y mortalidad de los trabajadores sanitarios y asistenciales, en el contexto de su labor de respuesta a epidemias y/o pandemias, así como la cuantificación y medición de la fuerza de trabajo necesaria para la prestación de servicios esenciales de salud ininterrumpidos, las funciones de salud pública y la preparación y respuesta frente a emergencias sanitarias en conso- nancia con el Reglamento Sanitario Internacional (2005); 6) alentar y apoyar a todos los Estados Miembros a presentar informes cada tres años sobre la aplicación del Código de prácticas mundial de la OMS sobre contratación internacional de perso- nal de salud, e instar a los Estados Miembros a que se responsabilicen, con arreglo al contexto y las prioridades nacionales, de sus compromisos de presentación de informes; 7) difundir y alentar el uso de información para abordar la migración internacional del perso- nal de salud; 8) presentar un informe a la Asamblea de la Salud sobre los progresos logrados en la aplicación de la presente resolución, integrado con la presentación de informes sobre la Estrategia mundial de recursos humanos para la salud: personal sanitario 2030 y alineado con el Código de prácticas mun- dial de la OMS sobre contratación internacional de personal de salud, en 2020, 2025 y 2028. (Proyecto) A74/61 20 Punto 15 del orden del día Fortalecimiento de la enfermería y la partería: inversiones en educación, puestos de trabajo, liderazgo y prestación de servicios La 74.ª Asamblea Mundial de la Salud, Habiendo examinado el informe del Director General relativo a las orientaciones estratégicas so- bre enfermería y partería 2021-2025;1 Recordando que la 72.ª Asamblea Mundial de la Salud había decidido designar el año 2020 como Año Internacional del Personal de Enfermería y de Partería con el fin de fomentar el agradecimiento y las inversiones hacia el personal de enfermería y de partería; Encomiando el liderazgo, compromiso y profesionalidad del personal de enfermería y de partería, que sigue prestando servicios de salud esenciales y permanece en la primera línea en la lucha contra la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19) y en las emergencias humanitarias; Profundamente preocupada por la pandemia de COVID-19 y los efectos perjudiciales que ha te- nido en los trabajadores de la salud y asistenciales, en particular el personal de enfermería y de partería, que representa casi el 50% del personal de salud de todo el mundo; Reconociendo que proteger y salvaguardar a los trabajadores de la salud y asistenciales, e invertir en ellos, es fundamental para promover la resiliencia de los sistemas de salud y mantener los servicios de salud esenciales y las funciones de salud pública, en particular en la preparación, implantación y evaluación para la introducción de la vacuna contra la COVID-19, con el fin de propiciar la recuperación económica y social; Recordando la resolución WHA64.10 (2011), sobre el fortalecimiento de la capacidad nacional de manejo de las emergencias sanitarias y los desastres y la resiliencia de los sistemas de salud, en la que se reconoce que el personal de salud nacional presta los principales servicios de salud en todos los países, incluidos los que tienen sistemas de salud frágiles, y es fundamental para establecer sistemas de salud resilientes que contribuyan a alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible;2 Reafirmando la resolución WHA69.11 (2016), sobre la salud en la Agenda 2030 para el Desarro- llo Sostenible, en la que se reconoce que los trabajadores sanitarios y el personal de salud pública son fundamentales para establecer sistemas sanitarios sólidos y resistentes que contribuyan a alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible; Reafirmando la resolución WHA69.19 (2016), relativa a la Estrategia mundial de recursos huma- nos para la salud: personal sanitario 2030, y los objetivos para ampliar y transformar el desarrollo, la formación teórica y práctica, la distribución y la fidelización de los trabajadores de la salud y asisten- ciales, especialmente el personal de enfermería y partería; 1 Documento A74/13. 2 https://apps.who.int/gb/ebwha/pdf_files/WHA64-REC1/A64_REC1-sp.pdf. (Proyecto) A74/61 21 Tomando nota de las perturbaciones registradas en la educación y el aprendizaje permanente como consecuencia de la pandemia mundial y de la mayor demanda de educación digital basada en competencias para ofrecer a todos los profesionales de la enfermería y la partería acceso suficiente a datos científicos y educación y aprendizaje de calidad; Tomando nota del informe del Director General, en el que se detallan la escasez y la distribución inadecuada de las fuerzas de trabajo de enfermería y partería, y las prominentes inequidades que está previsto que se mantengan de aquí a 2030, a menos que se adopten medidas decididas para mejorar la educación, incrementar la demanda económica para la creación de puestos de trabajo, en particular en zonas rurales, fomentar el liderazgo de enfermería y partería, y proteger y capacitar a los profesionales de la enfermería y la partería en sus entornos de prestación de servicio; Reconociendo que la pandemia de COVID-19 ha tenido un efecto desproporcionado en las po- blaciones más pobres y vulnerables, con repercusiones en los avances en materia de salud y desarrollo, en particular en los países en desarrollo, y sobre todo en los países menos adelantados y los pequeños Estados insulares en desarrollo, dificultando así el logro de la cobertura sanitaria universal y el fortale- cimiento de la atención primaria de salud; Reconociendo que la atención primaria de salud es la piedra angular de un sistema de salud sos- tenible para la cobertura sanitaria universal, y que el personal sanitario y asistencial es un pilar funda- mental de la atención primaria de salud;1,2,3 Reconociendo además la contribución decisiva de las profesiones de enfermería y partería al for- talecimiento de los sistemas de salud, al incremento del acceso a servicios de salud integrales y centrados en el paciente para las personas a las que atienden a lo largo de la vida, teniendo en cuenta los contextos culturales, y a los esfuerzos por cumplir los objetivos de desarrollo relacionados con la salud acordados internacionalmente, en particular la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y los de los programas de la OMS; Reconociendo las diferencias entre la enfermería y la partería y que, si bien las dos profesiones comparten muchos de los mismos desafíos, mantienen sus propios ámbitos de práctica específicos; Reconociendo que la salud, el bienestar, la vida y la seguridad de los profesionales de enfermería y partería, en particular los que prestan servicios de primera línea, ya estaban afectados por la escasez de personal de salud y de competencias en muchos países, y que ello se ha visto exacerbado aún más a causa de la pandemia de COVID-19, lo que ha dado lugar al aumento del estrés, la presión y el síndrome de desgaste profesional y a la reducción de la productividad y el desempeño, y ha afectado a la fideliza- ción de la fuerza de trabajo y por tanto al funcionamiento, la eficiencia y la resiliencia de los sistemas de salud; Reconociendo además la importancia, puesta de manifiesto por la pandemia de COVID-19, de fortalecer la protección de los trabajadores de la salud y el bienestar de los empleados, en particular a través de enfoques adaptados de apoyo psicosocial, formación adicional y apoyo a nuevas prácticas para la recuperación y el seguimiento continuo del bienestar de los empleados, y de garantizar entornos de trabajo respetuosos en los que la discriminación racial y todas las otras formas de discriminación no tengan cabida; 1 https://apps.who.int/iris/bitstream/handle/10665/328128/WHO-HIS-SDS-2018.61-spa.pdf?sequence=1&isAllowed=y. 2 https://apps.who.int/gb/ebwha/pdf_files/WHA72/A72_R2-sp.pdf. 3 https://apps.who.int/iris/bitstream/handle/10665/4261/A62_R12-sp.pdf?sequence=1&isAllowed=y. (Proyecto) A74/61 22 Preocupada por la escasez enraizada y la distribución inadecuada de los profesionales de la en- fermería y la enfermería en muchos países, en particular en entornos rurales y remotos, y los efectos que ello tiene en los resultados para la salud y el desarrollo, que están inextricablemente vinculados, y reco- nociendo la necesidad de una planificación eficaz de la educación, el despliegue y la fidelización de los profesionales de la salud —en particular a través de la colaboración de las autoridades responsables de la salud, la educación y el empleo— para educar, emplear y fidelizar a otros 5,7 millones de profesio- nales de la enfermería y a 750 000 profesionales de la partería de aquí al año 2030 con el fin de alcanzar el Objetivo de Desarrollo Sostenible 3 (Garantizar una vida sana y promover el bienestar de todos a todas las edades); Recordando la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, en particular la meta 3.8, sobre el logro de la cobertura sanitaria universal, y la meta 3.c del Objetivo de Desarrollo Sostenible 3, a saber, «au- mentar considerablemente la financiación de la salud y la contratación, el perfeccionamiento, la capaci- tación y la retención del personal sanitario en los países en desarrollo, especialmente en los países menos adelantados y los pequeños Estados insulares en desarrollo»; Observando también con preocupación que los factores que afectan negativamente a la contrata- ción y fidelización de personal general y especializado de enfermería y partería persisten y se han exa- cerbado durante la pandemia de COVID-19, lo que ha entorpecido la capacidad de los países, en parti- cular los países en desarrollo, y especialmente los países menos adelantados y los pequeños Estados insulares en desarrollo, de prestar atención y servicios de salud de calidad eficientes y eficaces; Reafirmando la importancia continuada de la resolución WHA63.16 (2010) en la aplicación del Código de prácticas mundial de la OMS sobre contratación internacional de personal de salud, y el reconocimiento que se hace en dicho Código de que una fuerza de trabajo sanitaria suficiente y accesible es fundamental para un sistema sanitario integrado y eficaz y para prestar servicios sanitarios esenciales; Reconociendo que la aplicación del Código de prácticas mundial de la OMS sobre contratación de personal de salud es crucial para garantizar la gestión adecuada y ética de la contratación internacio- nal, y la migración internacional del personal de salud, y que ello puede contribuir al desarrollo y el fortalecimiento de los sistemas de salud, teniendo presente a la vez la necesidad de mitigar sus repercu- siones en los países de origen; Reiterando la importancia de realizar esfuerzos continuos y concertados y de prestar asistencia para el desarrollo; y reconociendo además con profunda preocupación las repercusiones de los elevados niveles de deuda en la capacidad de los países para hacer frente a los efectos de la crisis de la COVID-19; Observando las necesidades específicas y las circunstancias especiales de los países en desarrollo, y sobre todo de los países menos adelantados y de los pequeños Estados insulares en desarrollo, y de los países en entornos frágiles, afectados por conflictos y vulnerables, debido a sus vulnerabilidades y las limitaciones de su capacidad, y su necesidad de asistencia técnica y financiera sostenida orientada a fortalecer los sistemas de salud, en particular el perfeccionamiento del personal de enfermería y de par- tería; Reconociendo además los debates mantenidos por los Estados Miembros en los tres Eventos de Alto Nivel sobre la Financiación para el Desarrollo en la Era de la COVID-19 y Después, y la necesidad de potenciar el apoyo a los más vulnerables, en particular a través de la protección social y financiera, y los sistemas educativos y de salud, para que nadie quede rezagado, como parte de la recuperación eco- nómica a todos los niveles; (Proyecto) A74/61 23 Reconociendo la importancia de iniciativas que promueven la igualdad de género, como la Plata- forma de Acción de Beijing (Beijing + 25), el Foro Generación Igualdad y la Iniciativa para la igualdad de género en los sectores sanitario y asistencial, teniendo presente que las mujeres constituyen el 90% de la fuerza de trabajo mundial de enfermería y de partería; Teniendo en cuenta anteriores resoluciones orientadas a fortalecer la enfermería y la parte- ría,1,2,3,4,5,6 así como anteriores orientaciones estratégicas sobre la enfermería y la partería, incluida la más reciente iteración para 2016-2020; Recordando también la decisión WHA73(30) (2020), en la que se pedía al Director General que actualizara las Orientaciones estratégicas mundiales para el fortalecimiento de la enfermería y la par- tería 2016-2020 y presentara la actualización a la 74.ª Asamblea Mundial de la Salud para su conside- ración; Reafirmando el compromiso de los Estados Miembros de fortalecer la enfermería y la partería invirtiendo en educación, puestos de trabajo, liderazgo y prestación de servicios, y en particular la fun- ción de los profesionales de la enfermería y de la partería en los sistemas de salud, sociales y educativos, 1. ADOPTA las orientaciones estratégicas mundiales sobre enfermería y partería 2021-2025; 2. EXHORTA A los Estados Miembros a:7,8 1) en la medida de lo posible, aplicar las prioridades normativas de las orientaciones estraté- gicas mundiales sobre enfermería y partería 2021-2025 en relación con la educación, los puestos de trabajo, el liderazgo y la prestación de servicios según sean pertinentes para las estrategias nacionales de desarrollo socioeconómico y en materia de salud, con el objetivo de lograr las cuatro orientaciones estratégicas y los mecanismos de seguimiento instrumentales; 2) invertir, entre otras cosas, en políticas del lugar de trabajo, planificación estratégica, movi- lización de recursos internos, asignación presupuestaria adicional, según sea aplicable, con miras a garantizar la mejora de la situación y la protección y el bienestar de los profesionales de la enfermería y la partería, teniendo en cuenta posibles emergencias, desastres y conflictos futuros; 3) potenciar al máximo las contribuciones de los profesionales de la enfermería y la partería en entornos de prestación de servicios procurando garantizar que las reglamentaciones de la prác- tica profesional estén actualizadas con el fin de que los profesionales de la enfermería y la partería puedan ejercer su profesión al máximo de su capacidad y que en los lugares de trabajo se ofrezca trabajo decente, remuneración y condiciones laborales justas, incluidas prestaciones adecuadas 1 https://apps.who.int/iris/bitstream/handle/10665/5427/A64_R7-sp.pdf?sequence=1&isAllowed=y. 2 https://apps.who.int/iris/bitstream/handle/10665/24641/A59_R27-sp.pdf?sequence=1&isAllowed=y. 3 https://apps.who.int/iris/bitstream/handle/10665/83291/sa54r12.pdf?sequence=1&isAllowed=y. 4 https://apps.who.int/iris/bitstream/handle/10665/203931/WHA49_R1_spa.pdf?sequence=1&isAllowed=y. 5 https://apps.who.int/iris/bitstream/handle/10665/202839/WHA45_R5_spa.pdf?sequence=1&isAllowed=y. 6 https://apps.who.int/iris/bitstream/handle/10665/202341/WHA42_R27_spa.pdf?sequence=1&isAllowed=y. 7 Y, cuando proceda, a las organizaciones de integración económica regional. 8 Teniendo en cuenta el contexto de los Estados federales, en los que la salud es una responsabilidad compartida entre autoridades nacionales y subnacionales. (Proyecto) A74/61 24 de licencias, equilibro y paridad de género, protección y derechos laborales, atención de salud mental y la prevención de la violencia y el acoso, incluido el acoso y el abuso sexuales; 4) velar por que los profesionales de la enfermería y la partería tengan apoyo y protección, estén motivados, cuenten con ayuda suficiente y formación y estén equipados para contribuir de forma eficaz y segura en sus entornos de práctica, y eliminar los obstáculos a su práctica profe- sional, en particular impedimentos a la igualdad de género, y mitigar su exposición a la violencia y el acoso; 5) dotar a los profesionales de la enfermería y la partería de las competencias necesarias, y de profesionalidad, con el objetivo de atender plenamente las necesidades de los sistemas de salud, a través de una ampliación de la educación adaptada a las necesidades de las poblaciones presentes y futuras en materia de salud, que incluya, entre otras cosas, colaboración con la Academia de la OMS; 6) facilitar la práctica de los profesionales de la enfermería y la partería al máximo nivel de su formación teórica y práctica, articulando también supervisión y tutoría suficientes y formación en el empleo, así como el desarrollo de las aptitudes en el lugar de trabajo; 7) mejorar la capacidad de las instituciones de enseñanza para que ofrezcan programas clíni- cos y de desarrollo profesional basados en competencias y fomentar la capacidad de investigación, en particular los enfoques basados en datos científicos en colaboración con sus instituciones de enseñanza; 8) según sea aplicable, incrementar el acceso a los servicios de salud creando de forma soste- nible puestos de trabajo de enfermería y partería con remuneración justa, contratando y fideli- zando efectivamente a profesionales de la enfermería y la partería donde más se los necesita, y gestionando éticamente la movilidad y la migración internacionales con arreglo al Código de prácticas mundial de la OMS sobre contratación internacional de personal de salud; 9) establecer y fortalecer funciones de liderazgo superior nacionales y subnacionales para pro- fesionales de enfermería y partería con autoridad y responsabilidad para la gestión del personal de enfermería y partería y participación en la adopción de decisiones en materia de salud, en particular en calidad de reguladores de la práctica profesional y la educación de enfermería y partería; 10) considerar la posibilidad de designar a funcionarios jefes de los servicios públicos de en- fermería y partería, de conformidad con las recomendaciones de las orientaciones estratégicas mundiales sobre enfermería y partería 2021-20251 y alineados, según proceda, con las orientacio- nes de la OMS sobre sus funciones y responsabilidades;2 11) según sea aplicable, fortalecer los mecanismos institucionales para la coordinación en los países entre los directores superiores de enfermería y partería y sus homólogos en las instituciones académicas, las asociaciones profesionales y los organismos reguladores; y fomentar las genera- ciones futuras de directores de enfermería y partería mediante el apoyo a programas de desarrollo de aptitudes de liderazgo; 1 https://www.who.int/publications/m/item/global-strategic-directions-for-nursing-and-midwifery-2021-2025. 2 https://www.who.int/hrh/nursing_midwifery/cnow/en/. (Proyecto) A74/61 25 12) facilitar el seguimiento de la aplicación de las orientaciones estratégicas mundiales sobre enfermería y partería 2021-2025 mediante, entre otras posibilidades, la presentación de informes anuales a través de las cuentas nacionales del personal de salud (resolución WHA69.19 (2016)) y el Foro mundial de la OMS de jefes de servicios públicos de enfermería y partería, de periodicidad bienal; 13) proporcionar, en la medida de lo posible, asistencia técnica y financiera a los países en desarrollo, y especialmente a los países menos adelantados y los pequeños Estados insulares en desarrollo y a los entornos humanitarios, orientada a fortalecer el desarrollo del personal de salud y los sistemas de salud, que incluya formación especializada en enfermería y partería e inversio- nes en sistemas de información, para contribuir a subsanar la escasez de personal y/o los desafíos en materia de capacidad; 14) según sea aplicable, armonizar la asistencia oficial para el desarrollo destinada a la ense- ñanza y el empleo de enfermería y partería con las estrategias nacionales de desarrollo del perso- nal sanitario y del sector de la salud; 15) proporcionar, en la medida de lo posible, apoyo financiero y técnico apropiado en relación con las capacidades del personal de enfermería y partería a los países en desarrollo con circuns- tancias especiales, como sistemas de salud endebles que también luchen contra la pandemia de COVID-19; 16) marcarse como objetivo completar las actividades conmemorativas en el marco del Año Internacional del Personal de Enfermería y Partería que hubieran quedado interrumpidas debido a la pandemia de COVID-19 y cooperar con las asociaciones nacionales de profesionales de la enfermería y la partería para planificar y ejecutar actividades conmemorativas con el fin de cerrar el Año Internacional del Personal de Enfermería y Partería en 2021; 17) seguir aplicando el Código de prácticas mundial de la OMS sobre contratación internacio- nal de personal de salud y las últimas recomendaciones del Grupo consultivo de expertos de la OMS encargado de examinar la pertinencia y eficacia del Código de prácticas mundial de la OMS sobre contratación internacional de personal de salud para fortalecer equitativamente los sistemas de salud en el mundo, atenuar los efectos negativos de la migración del personal de salud en los sistemas de salud de los países y presentar un informe a la Secretaría de la OMS sobre la aplicación del Código de prácticas mundial de la OMS sobre contratación internacional de perso- nal de salud, así como datos sobre la migración internacional del personal de salud, datos proce- dentes de los sistemas de información del personal de salud, y las medidas adoptadas, los resul- tados logrados y las dificultades encontradas en la aplicación; 18) alentar y facilitar, según proceda, el establecimiento y el fortalecimiento de consejos de enfermería y partería según sea pertinente en el contexto; 19) participar en la Iniciativa para la igualdad de género en los sectores sanitario y asistencial; 3. EXHORTA a los asociados internacionales, regionales, nacionales y locales, así como a las partes interesadas del sector sanitario y de otros sectores, a que presten su colaboración y apoyo a la aplicación de las Orientaciones estratégicas mundiales para la enfermería y la partería 2021-2025, y específica- mente: 1) que, en la medida de lo posible, las instituciones educativas y de otro tipo integradas en los sistemas de salud y fuera de ellos, adapten sus programas y modalidades de formación orientados a impartir capacitación basada en las competencias y enseñanzas integradoras de las tecnologías (Proyecto) A74/61 26 apropiadas, el aprendizaje interprofesional y la atención culturalmente aceptable; trabajen de forma sinérgica con organismos de acreditación, a fin de subsanar la carencia de capacidad y satisfacer las necesidades de desarrollo de las facultades; y recopilen e intercambien datos insti- tucionales esenciales para los análisis nacionales del mercado de trabajo en el sector sanitario y la planificación del personal sanitario; 2) que los colegios de profesionales y los organismos de reglamentación actualicen y refuer- cen las políticas, los reglamentos y las normas relativas al ejercicio profesional de la enfermería y la partería, según proceda, y mejoren la capacidad normativa, en particular mediante la colabo- ración de las autoridades competentes en las áreas de salud, educación y empleo, según se indique; y modernicen los sistemas de registro e información, según proceda, a fin de posibilitar el inter- cambio de datos actualizados y precisos sobre profesionales de enfermería y partería y facilitar la movilidad segura y eficiente en las jurisdicciones; 3) que las empresas de contratación privadas y otros agentes pertinentes adopten prácticas de contratación éticas y contribuyan a luchar contra el maltrato de trabajadores sanitarios migrantes durante el proceso de contratación y reforzar la idoneidad, eficacia y aplicación del Código de prácticas mundial de la OMS sobre contratación internacional de personal de salud; 4) que las asociaciones profesionales y los sindicatos propicien medidas colectivas destinadas a alentar la inversión en lo que respecta a la capacitación, el empleo, el liderazgo y la prestación de servicios del personal de enfermería y partería; participen en foros sobre datos, diálogo y toma de decisiones; y promuevan el programa de trabajo decente de la OIT en pro de lugares de trabajo seguros y equitativos; 5) que los donantes y los asociados para el desarrollo, junto con las instituciones internacio- nales de financiación, los bancos regionales de desarrollo y otras importantes instituciones públi- cas y privadas de financiación, prioricen inversiones sostenibles y ampliables en áreas tales como educación, trabajo, liderazgo y prestación de servicios de calidad en los sectores sanitario y asis- tencial, incluido el personal de enfermería y partería; 6) que las entidades del sector privado respalden inversiones para educación basada en las competencias, becas, capacitación y perfeccionamiento, a fin de satisfacer la cambiante demanda del sistema de salud y las necesidades de salud de la población; 7) que los asociados sigan respaldando iniciativas y campañas tales como Nursing Now Cha- llenge y Young Midwifery Leaders Programme, que mejoran la condición y el perfil de la enfer- mería y la partería, a fin de, inter alia, conseguir mayores inversiones, con miras a fortalecer la formación, el desarrollo profesional y las condiciones de empleo, así como la influencia del per- sonal de enfermería y partería en las políticas mundiales y nacionales de salud promovidas por el Año Internacional del Personal de Enfermería y de Partería; 8) que todos los asociados respalden los empeños de la OMS relativos al Año Internacional del Personal Sanitario y Asistencial, en 2021, y se sumen a su campaña «Proteger. Invertir. Juntos»; 9) que los asociados tomen parte en la Iniciativa para la igualdad de género en los sectores sanitario y asistencial; (Proyecto) A74/61 27 4. PIDE al Director General: 1) que preste apoyo a los Estados Miembros que lo soliciten, con miras a optimizar las con- tribuciones de la enfermería y la partería a las políticas sanitarias nacionales y los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en particular en lo concerniente a la aplicación y el seguimiento de las Orientaciones estratégicas mundiales para la enfermería y la partería 2021-2025; 2) que fortalezca el desarrollo y la aplicación graduales de cuentas nacionales del personal de salud, a fin de mejorar la disponibilidad, calidad e integridad de los datos sobre trabajadores sa- nitarios, como base para el diálogo normativo y los procesos decisorios basados en pruebas cien- tíficas; 3) que integre en la OMS las nuevas iniciativas de apoyo puestas en marcha a raíz de la pan- demia de COVID-19, que tuvieron un efecto positivo en los servicios de enfermería y partería y, en general, en los servicios de atención de salud de los Estados Miembros; 4) que desarrolle directrices técnicas y recomendaciones normativas de alcance mundial rela- tivas a enfermería y partería, en particular sobre retención de personal en zonas rurales y gestión de la migración, teniendo en cuenta las enseñanzas adquiridas y las experiencias comunes deri- vadas de la pandemia de COVID-19; 5) que refuerce la asistencia a los países en desarrollo, especialmente a los países menos ade- lantados y a los pequeños Estados insulares en desarrollo, así como a los que atraviesan por crisis humanitarias y dificultades especiales para formar, desarrollar y retener a los profesionales de enfermería y partería, por medio de, inter alia, actividades de promoción, estudios basados en pruebas científicas y notificación de datos; 6) que colabore con los Estados Miembros y todas las partes interesadas pertinentes para elaborar, en consulta con los Estados Miembros, un breve documento recapitulativo con el nom- bre de «pacto mundial para los trabajadores sanitarios y asistenciales», en consonancia con la resolución WHA73.1 (2020) y la decisión WHA73.(30) (2020), sobre la base de documentos existentes de organizaciones internacionales pertinentes (en cualquier caso, la OMS y la OIT), destinados a proporcionar orientaciones técnicas a los Estados Miembros, las partes interesadas y otras organizaciones pertinentes, acerca de la manera de proteger a los trabajadores sanitarios y asistenciales, salvaguardar sus derechos y promover y asegurar el trabajo decente, los entornos de ejercicio profesional seguros y propicios, exentos de discriminación racial o de cualquier otro tipo, especialmente en lo que atañe a la equidad y las dificultades por motivos sexistas que afronta el personal de enfermería y partería en todo el mundo, en consonancia con el Código de prácticas mundial de la OMS sobre contratación internacional de personal de salud; 7) que apoye a los Estados Miembros, y en particular a los directores gubernamentales com- petentes en las áreas de enfermería y partería, a promover el uso de datos nacionales sobre el personal de enfermería y partería, en el diálogo normativo intersectorial y los procesos decisorios basados en pruebas científicas relativos a la manera de fortalecer los sectores de enfermería y partería para alcanzar los objetivos sanitarios de la población, incluso mediante la participación en el Foro bienal mundial de la OMS para directores nacionales de enfermería y partería (Global Forum for Government Chief Nursing and Midwifery Officers); 8) que publique en el sitio web de la OMS la lista de los directores nacionales de enfermería y partería, previo consentimiento, y se comprometa a actualizarla periódicamente; (Proyecto) A74/61 28 9) que refuerce la pertinencia, eficacia y aplicación del Código de prácticas mundial de la OMS sobre contratación internacional de personal de salud, en particular mediante el fomento constante del diálogo y la cooperación bilaterales y multilaterales destinados a promover la reci- procidad de los beneficios derivados de la movilidad internacional de los trabajadores sanitarios, y el fortalecimiento de la colaboración con agentes no estatales, incluidas las agencias de contra- tación; 10) que aliente y apoye a todos los Estados Miembros para que informen sobre la aplicación del Código de prácticas mundial de la OMS sobre contratación internacional de personal de salud, y promueva la rendición de cuentas por parte de los Estados Miembros, en consonancia con el contexto y las prioridades nacionales, en relación con sus obligaciones de presentación de infor- mes; y 11) que informe periódicamente a la Asamblea de la Salud sobre los progresos alcanzados en la aplicación de la presente resolución, integrada en la presentación de informes sobre la Estrate- gia mundial de recursos humanos para la salud: personal sanitario 2030 y armonizada con los requisitos para la presentación de informes del Código de prácticas mundial de la OMS sobre contratación internacional de personal de salud en 2022 y 2025. = = =
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Tercer informe de la Comisión B (proyecto)
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