Organisation mondiale de la santé (OMS) · Governing Bodies documents

Comités del Consejo Ejecutivo: fusión de comités: mandato y opciones de composición

Organisation mondiale de la santé
Voir le document original

Le texte intégral est hébergé par l’organisation qui le publie. lawenc.com indexe les métadonnées et renvoie vers la source officielle.

Texte intégral

114ª reunión Punto 6.2 del orden del día

EB114.R4 26 de mayo de 2004

Comités del Consejo Ejecutivo Fusión de comités: mandato y opciones de composición

El Consejo Ejecutivo, Habiendo decidido en su 113ª reunión que el Comité de Administración, Presupuesto y Finanzas, el Comité de Desarrollo del Programa y el Comité de Auditoría deberían fusionarse en un único comité; Teniendo en cuenta la necesidad de fortalecer el papel de dicho comité en las actividades del Consejo, 1. DECIDE suprimir el Comité de Administración, Presupuesto y Finanzas, el Comité de Desarrollo del Programa y el Comité de Auditoría y crear un único comité denominado Comité de Programa, Presupuesto y Administración, con el mandato, la periodicidad de las reuniones, la composición y la duración de las funciones, y los requisitos para ser miembro que figuran en el anexo; 2. DECIDE que el Comité de Programa, Presupuesto y Administración celebre su primera reunión el miércoles, jueves y viernes anteriores a la inauguración de la 115ª reunión del Consejo.

EB114.R4

ANEXO

MANDATO a) Examinar y, según convenga, formular recomendaciones al Consejo Ejecutivo sobre lo siguiente: i) ii) iii) el Programa General de Trabajo, el Presupuesto por Programas y los informes de ejecución y de evaluación, los exámenes críticos,

iv) el informe financiero interino, el informe financiero y los estados financieros comprobados, y el correspondiente dictamen del Comisario de Cuentas, v) los planes de auditoría detallados del Auditor Interno y del Comisario de Cuentas, así como todo informe que éstos presenten al Consejo Ejecutivo, vi) los informes de la Dependencia Común de Inspección,

vii) las respuestas de la Secretaría a las cuestiones mencionadas en las subsecciones ii) a vi) supra, viii) otras cuestiones financieras y administrativas que figuren en el orden del día propuesto para la siguiente reunión del Consejo Ejecutivo, ix) b) cualquier otro asunto remitido por el Consejo Ejecutivo,

Actuar en nombre del Consejo Ejecutivo a efectos de: i) examinar la situación de los Miembros con atrasos de contribuciones de importancia bastante para que esté justificado aplicar el Artículo 7 de la Constitución, ii) considerar el informe financiero interino, el informe financiero y los estados financieros comprobados y el dictamen del Comisario de Cuentas, iii) examinar cualquier otra cuestión de programa, administrativa, presupuestaria o financiera que el Consejo juzgue apropiada, iv) formular observaciones o recomendaciones sobre todas esas cuestiones directamente a la Asamblea de la Salud.

PERIODICIDAD DE LAS REUNIONES El Comité se reunirá dos veces al año, durante un máximo de tres días (en los años en que se presenta presupuesto) antes de la reunión de enero del Consejo, y durante un máximo de dos días antes de la 2

Anexo

EB114.R4

Asamblea de la Salud. El informe del Comité se presentará al Consejo al inicio de cada reunión, a efectos de que cualesquiera recomendaciones contenidas en él puedan examinarse exhaustivamente durante sus deliberaciones.

COMPOSICIÓN DEL COMITÉ Teniendo en cuenta la necesidad de respetar la representación geográfica y de que el comité tenga un tamaño razonable, para que ofrezca múltiples perspectivas, el Comité estará integrado por 14 miembros, dos de cada región seleccionados entre los miembros del Consejo, y que el Presidente y el Vicepresidente del Consejo participen de oficio.

DURACIÓN DE LAS FUNCIONES Y REQUISITOS PARA SER MIEMBRO Lo ideal sería que los miembros formaran parte del Comité durante un periodo de dos años, para que hubiera cierta continuidad. Se nombrará entre ellos un Presidente y un Vicepresidente, por el plazo de un año o durante dos reuniones del Comité, en primera instancia (con la posibilidad de continuar un año adicional si siguen siendo miembros del Consejo). Se podría establecer la práctica de elegir al Vicepresidente entre los miembros entrantes, de forma que pueda desempeñarse como Presidente durante el segundo año de su mandato.

Sexta sesión, 26 de mayo de 2004 EB114/SR/6

=

=

=

3

Informations clés
Type de document Governing Bodies documents
Date d'adoption
Source Organisation mondiale de la santé