CONSEJO EJECUTIVO 126.ª reunión Punto 4.7 del orden del día provisional
EB126/10 Add.1 3 de diciembre de 2009
Defectos congénitos Revisión del proyecto de resolución examinado por el Consejo Ejecutivo en su 125.ª reunión1 y propuestas formuladas por Bahamas, Canadá, Chile, Mauricio, Nueva Zelandia, Omán y Paraguay
El Consejo Ejecutivo, Preocupado por el elevado número de defunciones prenatales y neonatales que se registran en todo el mundo y por la considerable incidencia de la mortalidad neonatal en la mortalidad de los niños menores de cinco años; Reconociendo la importancia de los defectos congénitos como causa de mortalidad prenatal y neonatal; Teniendo presente que existen intervenciones eficaces para prevenir los defectos congénitos [Nueva Zelandia], incluido el suministro de servicios genéticos comunitarios apropiados, que se pueden integrar en los servicios de salud maternoinfantil y reproductiva; Alarmado Preocupado [Bahamas, Canadá, Chile y Nueva Zelandia] por la insuficiente cobertura de intervenciones de salud materna, del recién nacido y del niño y por los obstáculos que aún limitan el acceso a los servicios sanitarios en los países más afectados por la mortalidad materna, del recién nacido y del niño; Consciente de que para lograr el Objetivo de Desarrollo del Milenio 4, relativo a la reducción de la mortalidad infantil, será necesario acelerar el ritmo de reducción de la mortalidad neonatal, con inclusión de la prevención y el tratamiento de los defectos congénitos; Recordando la resolución WHA58.31 en la que la Asamblea de la Salud abogó por la cobertura universal en las intervenciones de salud materna, del recién nacido y del niño e instó a los Estados Miembros a que consignaran recursos y aceleraran la aplicación de medidas nacionales para establecer un proceso ininterrumpido de atención de salud reproductiva, materna, del recién nacido y del niño, así como la resolución WHA57.13 en la que se reconoció que la genómica encierra grandes posibilidades para la salud pública;
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Véase el documento EB125/2009/REC/1, acta resumida de la segunda sesión, sección 1.
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Reconociendo que la prevalencia de los defectos congénitos varía entre las comunidades y que la falta de datos epidemiológicos adecuados puede obstaculizar el suministro de un tratamiento eficaz y equitativo; Reconociendo que los trastornos congénitos obedecen a causas y determinantes diversos, entre ellos factores prevenibles como los de carácter infeccioso o nutricional, las enfermedades prevenibles mediante vacunación, el consumo de alcohol, medicamentos o drogas o la exposición a sustancias químicas, sobre todo a plaguicidas [Paraguay]; Profundamente preocupado por el hecho de que los defectos congénitos aún no se reconozcan como problema prioritario de salud pública; Alarmado Preocupado [Bahamas, Canadá, Chile y Nueva Zelandia] por la limitación de los recursos que se destinan a la prevención y el tratamiento de los defectos congénitos, en particular en los países de ingresos medios y bajos; Acogiendo con beneplácito el informe sobre los defectos congénitos,1 1. INSTA a los Estados Miembros: 1) a que fomenten la sensibilización de todas las partes interesadas pertinentes, incluidos los funcionarios gubernamentales, los profesionales de la salud, la sociedad civil y el público, acerca de la importancia de los defectos congénitos como causa de morbilidad y mortalidad infantil; 2) a que establezcan prioridades, consignen recursos y formulen planes y actividades para integrar intervenciones eficaces de prevención y atención de los niños con defectos congénitos en los servicios existentes de salud maternoinfantil y reproductiva, para atender a todas las personas que los necesiten; 3) a que promuevan la aplicación de normas internacionalmente reconocidas que regulen el uso de sustancias químicas en el aire, el agua y el suelo [Paraguay]; 4) a que amplíen la cobertura de medidas preventivas eficaces mediante programas de educación sanitaria que abarquen las cuestiones éticas, jurídicas y sociales asociadas con los defectos congénitos, destinados a la población en general y a los grupos de alto riesgo, y promuevan el establecimiento de organizaciones de padres y pacientes, así como de servicios genéticos comunitarios apropiados; 5) a que integren en los sistemas nacionales de información sanitaria los datos de vigilancia sobre defectos congénitos; 6) a que desarrollen conocimientos especializados y creen capacidad en materia de prevención y tratamiento para atender a los niños con defectos congénitos; 7) a que intensifiquen las investigaciones y los estudios sobre etiología, diagnóstico y prevención de los principales defectos congénitos y promuevan la cooperación internacional para combatir estas afecciones; 1
Documento EB125/7.
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PIDE a la Directora General: 1) que promueva la reunión de datos sobre la carga mundial de mortalidad y morbilidad debida a los defectos congénitos y estudie la posibilidad de ampliar, cuando se revise la Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y Problemas de Salud Conexos (décima edición), los grupos de anomalías congénitas incluidos en esta clasificación; 2) que siga colaborando con la Organización Internacional de Vigilancia e Investigación de los Defectos de Nacimiento para mejorar la recopilación de datos sobre la carga mundial de mortalidad y morbilidad debida a los defectos congénitos [Bahamas, Canadá, Chile y Nueva Zelandia]; 3) que preste apoyo a los Estados Miembros en la formulación de planes nacionales para aplicar intervenciones eficaces encaminadas a la prevención y el tratamiento de los defectos congénitos en el marco de sus planes nacionales de salud materna, del recién nacido y del niño, el fortalecimiento de los sistemas de salud y la atención primaria, en particular incrementando la cobertura de vacunación para prevenir defectos congénitos [Bahamas], y la promoción de un acceso equitativo a esos servicios; 4) que apoye a los Estados Miembros en la elaboración de directrices éticas y jurídicas en relación con los defectos congénitos [Bahamas y Mauricio]; 5) que apoye a los Estados Miembros en la prestación de servicios genéticos comunitarios apropiados como parte del sistema de atención primaria de salud [Bahamas y Mauricio]; 6) que promueva la cooperación técnica entre los Estados Miembros, las organizaciones no gubernamentales y otros órganos pertinentes con miras a la prevención de los defectos congénitos; 7) que apoye y facilite las actividades de investigación sobre prevención y tratamiento de los defectos congénitos a fin de mejorar la calidad de vida de las personas que padecen esos trastornos; 8) que en 2014 informe a la 67.ª Asamblea Mundial de la Salud por conducto del Consejo Ejecutivo sobre los progresos realizados en la aplicación de la presente resolución.
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