ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD 54ª ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD (Proyecto) A54/52 21 de mayo de 2001
Segundo informe de la Comisión B (Proyecto)
La Comisión B celebró sus sesiones cuarta, quinta, sexta y séptima los días 18 y 21 de mayo de 2001 bajo la presidencia del Sr. D. Á. Gunnarsson (Islandia) y del Dr. M. Dahl-Regis (Bahamas). Se decidió recomendar a la 54ª Asamblea Mundial de la Salud que adoptara las cuatro resoluciones que se adjuntan, relativas a los siguientes puntos del orden del día: 17. Situación sanitaria de la población árabe en los territorios árabes ocupados, incluida Palestina, y asistencia prestada Una resolución 18. Colaboración dentro del sistema de las Naciones Unidas y con otras organizaciones intergubernamentales Una resolución titulada: - Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo 15. Asuntos financieros 15.7 Escala de contribuciones para 2002-2003 Una resolución titulada: - Contribuciones para el ejercicio 2002-2003 13. Asuntos técnicos y sanitarios 13.5 Lucha antitabáquica • Otras actividades Una resolución titulada: - Transparencia en el proceso de lucha antitabáquica
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Punto 17 del orden del día
Situación sanitaria de la población árabe en los territorios árabes ocupados, incluida Palestina, y asistencia prestada
La 54ª Asamblea Mundial de la Salud, Habida cuenta del principio básico, establecido en la Constitución de la OMS, según el cual la salud de todos los pueblos es una condición fundamental para lograr la paz y la seguridad; Recordando todas sus resoluciones anteriores sobre la situación sanitaria en los territorios árabes ocupados; Recordando la Conferencia Internacional de Paz sobre el Oriente Medio (Madrid, 30 de octubre de 1991), convocada sobre la base de las resoluciones 242 (1967), 338 (1973) y 425 (1978) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, así como del principio de «paz por territorio» y los subsiguientes acuerdos entre las partes palestina e israelí, el último de los cuales es el Acuerdo de Sharm El-Sheikh; Reafirmando el derecho inalienable, permanente e incondicional del pueblo palestino a la autodeterminación, en particular su derecho a establecer un Estado palestino soberano e independiente; Expresando su profunda preocupación por el deterioro experimentado por la situación sanitaria como consecuencia de la escalada de violencia registrada desde septiembre de 2000, que sigue causando un elevado número de muertos y heridos, sobre todo entre los palestinos; Expresando asimismo su profunda preocupación por el cierre de las zonas palestinas y de su interior, que afecta gravemente a los programas sanitarios y al suministro de servicios de salud a la población palestina, sobre todo en lo que respecta a los programas de atención maternoinfantil, la inmunización y el control de las epidemias, la salud escolar, el control de la salubridad del agua, la lucha contra los insectos, la salud mental y la educación sanitaria; Subrayando la urgente necesidad de aplicar plenamente la Declaración de Principios y los acuerdos subsiguientes entre la Organización de Liberación de Palestina y el Gobierno de Israel; Expresando grave preocupación por las políticas israelíes de establecimiento de asentamientos en el territorio ocupado, incluida la Jerusalén oriental, en violación del derecho internacional, de la Cuarta Convención de Ginebra y de las resoluciones pertinentes de las Naciones Unidas; Haciendo hincapié en la necesidad de preservar la integridad territorial de todos los territorios palestinos ocupados y de garantizar la libertad de movimiento de las personas y mercancías dentro del territorio palestino, incluida la supresión de las restricciones de entrada y salida de Jerusalén oriental y la libertad de movimiento hacia y desde el mundo exterior, teniendo presentes las consecuencias adversas del cierre del territorio palestino para su desarrollo socioeconómico, incluido el sector sanitario, especialmente en la situación actual;
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Expresando grave preocupación por el serio deterioro de la situación económica en los territorios palestinos y por la amenaza consiguiente para el sistema de salud palestino, agravados por el hecho de que Israel retenga fondos adeudados a la Autoridad Palestina; Reconociendo la necesidad de acrecentar el apoyo y la asistencia sanitaria internacionales a la población palestina en las zonas que se hallan bajo la responsabilidad de la Autoridad Palestina, así como a las poblaciones árabes en los territorios árabes ocupados, incluidos los palestinos y la población árabe siria; Reafirmando el derecho de los pacientes y el personal médico palestinos a beneficiarse de los servicios de salud disponibles en las instituciones sanitarias palestinas de la Jerusalén oriental ocupada; Reconociendo la necesidad de prestar apoyo y asistencia sanitaria a las poblaciones árabes en las zonas que se hallan bajo la responsabilidad de la Autoridad Palestina y en los territorios ocupados, incluido el Golán sirio ocupado, 1. ESPERA CON INTERÉS la reanudación de las conversaciones de paz encaminadas a lograr una paz justa, duradera y completa en el Oriente Medio; 2. LAMENTA PROFUNDAMENTE la escalada de violencia y el elevado número de víctimas resultante, en especial el excesivo recurso a la fuerza contra los palestinos; 3. AFIRMA la necesidad de apoyar los esfuerzos del Ministerio de Salud palestino para asegurar los servicios de emergencia, proseguir la ejecución de los programas de salud, afrontar la actual carga adicional de víctimas y las discapacidades físicas y mentales resultantes; 4. EXHORTA a Israel a que no obstaculice el desempeño por parte del Ministerio de Salud palestino de todas sus responsabilidades para con el pueblo palestino, incluida la Jerusalén oriental ocupada, a que ponga fin al cierre impuesto a los territorios palestinos y en su interior, y a que libere los fondos adeudados a la Autoridad Palestina; 5. INSTA a los Estados Miembros y a las organizaciones intergubernamentales, no gubernamentales y regionales a que presten una asistencia rápida y generosa para posibilitar el desarrollo sanitario del pueblo palestino y atender sus urgentes necesidades humanitarias; 6. DA LAS GRACIAS a la Directora General por sus esfuerzos y le pide: a) que adopte medidas urgentes en cooperación con los Estados Miembros para apoyar al Ministerio de Salud palestino en sus esfuerzos por superar las dificultades actuales, y en particular para garantizar la libre circulación de las autoridades sanitarias, los pacientes, los agentes de salud y los servicios de emergencia, así como el suministro normal de productos médicos a los locales médicos palestinos, incluidos los de Jerusalén; b) que siga proporcionando la asistencia técnica necesaria a fin de apoyar programas y proyectos sanitarios para el pueblo palestino, y que aliente el suministro de asistencia humanitaria de emergencia para atender las necesidades provocadas por la actual crisis;
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c) que adopte las medidas y establezca los contactos necesarios para obtener financiación de diversas fuentes, incluidas fuentes extrapresupuestarias, a fin de atender las urgentes necesidades sanitarias del pueblo palestino; d) que prosiga sus esfuerzos encaminados a ejecutar el programa especial de asistencia sanitaria y adaptarlo a las necesidades sanitarias del pueblo palestino, teniendo en cuenta el plan de salud del pueblo palestino; e) que informe a la 55ª Asamblea Mundial de la Salud sobre la aplicación de la presente resolución, incluyendo una evaluación comparativa y basada en la evidencia de la situación sanitaria en los territorios ocupados a raíz de la crisis actual; 7. EXPRESA su gratitud a todos los Estados Miembros, las organizaciones intergubernamentales y las organizaciones no gubernamentales, y les exhorta a que presten la asistencia requerida para atender las necesidades sanitarias del pueblo palestino.
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Punto 18 del orden del día
Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo
La 54ª Asamblea Mundial de la Salud, Recordando las resoluciones WHA47.27, WHA48.24, WHA49.26, WHA50.31, WHA51.24 y WHA53.10, sobre la contribución de la OMS al logro de los objetivos del Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo (1994-2003); Recordando asimismo la resolución 50/157 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, en la que se adoptó el programa de actividades del Decenio Internacional, donde se recomienda que «los organismos especializados del sistema de las Naciones Unidas y otros organismos internacionales y nacionales, así como las comunidades y las empresas privadas, [presten] especial atención a las actividades de desarrollo que beneficien a las comunidades indígenas»; que se establezcan centros de coordinación para las cuestiones relativas a las poblaciones indígenas en todas las organizaciones pertinentes del sistema de las Naciones Unidas; y que los órganos rectores de los organismos especializados del sistema de las Naciones Unidas adopten programas de acción para el Decenio en sus propias esferas de competencia, «en estrecha cooperación con las poblaciones indígenas»; Acogiendo con agrado la decisión del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas en su resolución 2000/22, de 28 de julio de 2000, de establecer, como órgano asesor del Consejo, un Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas con el mandato de examinar las cuestiones indígenas en el contexto de las atribuciones del Consejo relativas al desarrollo económico y social, la cultura, el medio ambiente, la educación, la salud y los derechos humanos, cumpliendo con ello uno de los objetivos importantes del Decenio; Encomiando los progresos realizados en la Región de Las Américas en relación con la Iniciativa sobre la Salud de las Poblaciones Indígenas de las Américas; Profundamente preocupada por las disparidades entre la situación sanitaria de las poblaciones indígenas y la de la población general, 1. INSTA a los Estados Miembros: 1) a que reconozcan y protejan en sus políticas nacionales generales de desarrollo el derecho de las poblaciones indígenas al goce del grado máximo de salud que se pueda lograr, tal y como se afirma en la Constitución de la OMS; 2) a que adopten en sus sistemas nacionales de salud las disposiciones adecuadas para atender las necesidades de salud de las poblaciones indígenas inclusive mediante la mejora del acopio y la notificación de estadísticas e información sanitaria;
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3) a que respeten, preserven y mantengan los remedios y las prácticas curativas tradicionales, en consonancia con las normas aceptadas a escala nacional e internacional, y velen por que las poblaciones indígenas conserven esos conocimientos tradicionales y los beneficios conexos; 2. PIDE a los comités regionales de la OMS que presten atención urgente a la posibilidad de adopción de planes regionales de acción en materia de salud de las poblaciones indígenas que tengan en cuenta, cuando proceda, las conclusiones y recomendaciones en materia de salud de la Reunión Consultiva Internacional sobre la Salud de los Pueblos Indígenas (Ginebra, noviembre de 1999); 3. PIDE a la Directora General: 1) que fortalezca la asociación con las poblaciones indígenas en todas las actividades apropiadas de la OMS; 2) que colabore con los asociados en la salud y el desarrollo para proteger y promover el derecho de las poblaciones indígenas del mundo al goce del grado máximo de salud que se pueda lograr, como se afirma en la Constitución de la OMS, inclusive mediante el uso de información exacta y actualizada sobre la situación sanitaria de las poblaciones indígenas; 3) que ultime, en consulta estrecha con los gobiernos nacionales y las organizaciones de poblaciones indígenas, la elaboración del marco para un plan mundial de acción para mejorar la salud de las poblaciones indígenas, haciendo especial hincapié en un enfoque orientado hacia las necesidades de las que se encuentran en los países en desarrollo, para presentarlo ante la 55ª Asamblea Mundial de la Salud con miras a finalizar el plan mundial de acción antes de que termine el Decenio; 4) que coopere con el Secretario General de las Naciones Unidas y la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, en su calidad de organismo principal para el establecimiento del Foro Permanente sobre las Cuestiones Indígenas, y les preste su apoyo, así como a otros organismos especializados y Estados Miembros, en los preparativos de la reunión inaugural del foro en 2002, inclusive presentando información acerca de cuestiones sanitarias que afecten a las poblaciones indígenas.
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Punto 15.7 del orden del día
Contribuciones para el ejercicio 2002-2003
La 54ª Asamblea Mundial de la Salud 1. RESUELVE que las contribuciones señaladas de los Miembros para el bienio 2002-2003 serán las que se indican en el anexo; 2. RESUELVE ADEMÁS que en su 55ª reunión, después del examen del Consejo Ejecutivo revisará las contribuciones para 2003 a tenor del párrafo dispositivo 1.
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ANEXO Año 2002 US$ Afganistán Albania Argelia Andorra Angola Antigua y Barbuda Argentina Armenia Australia Austria Azerbaiyán Bahamas Bahrein Bangladesh Barbados Belarús Bélgica Belice Benin Bhután Bolivia Bosnia y Herzegovina Botswana Brasil Brunei Darussalam Bulgaria Burkina Faso Burundi Camboya Camerún Canadá Cabo Verde República Centroafricana Chad Chile China Colombia Comoras Congo Islas Cook Costa Rica Côte d'Ivoire Croacia Cuba 8
Año 2003 US$ 12 640 12 640 294 929 16 853 8 427 8 427 4 629 330 8 427 6 310 425 3 918 341 16 853 50 559 72 679 42 133 34 759 80 052 4 611 424 4 213 8 427 4 213 30 546 16 853 42 133 6 741 232 96 905 48 453 8 427 4 213 4 213 37 919 10 689 066 4 213 4 213 4 213 617 244 4 694 636 515 072 4 213 4 213 4 213 71 626 37 919 131 665 106 385
12 640 12 640 294 929 16 853 8 427 8 427 4 571 398 8 427 6 147 161 3 905 701 16 853 50 559 71 626 42 133 33 706 80 052 4 575 611 4 213 8 427 4 213 29 493 16 853 42 133 6 096 602 84 265 46 346 8 427 4 213 4 213 37 919 10 689 066 4 213 4 213 4 213 564 578 4 124 791 450 820 4 213 4 213 4 213 67 412 37 919 122 185 101 118
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Año 2002 US$ Chipre República Checa República Popular Democrática de Corea República Democrática del Congo Dinamarca Djibouti Dominica República Dominicana Ecuador Egipto El Salvador Guinea Ecuatorial Eritrea Estonia Etiopía Fiji Finlandia Francia Gabón Gambia Georgia Alemania Ghana Grecia Granada Guatemala Guinea Guinea-Bissau Guyana Haití Honduras Hungría Islandia India Indonesia Irán (República Islámica del) Iraq Irlanda Israel Italia Jamaica Japón Jordania Kazajstán Kenya Kiribati 139 038 442 393 37 919 16 853 2 869 237 4 213 4 213 63 199 84 265 269 649 50 559 4 213 4 213 42 133 16 853 16 853 2 178 261 27 011 274 58 986 4 213 21 066 40 813 946 21 066 1 453 578 4 213 75 839 12 640 4 213 4 213 8 427 12 640 497 166 130 611 1 238 701 779 455 665 697 130 611 926 919 1 449 365 21 159 042 16 853 81 539 414 25 280 117 972 29 493 4 213
Año 2003 US$ 143 251 509 806 37 919 16 853 2 934 543 4 213 4 213 71 626 89 532 286 502 56 879 4 213 4 213 42 133 16 853 16 853 2 178 261 27 011 274 58 986 4 213 21 066 40 813 946 21 066 1 453 578 4 213 84 265 12 640 4 213 4 213 8 427 13 693 498 219 131 665 1 285 047 793 148 743 642 203 290 1 002 758 1 519 937 21 159 042 16 853 81 539 414 27 386 117 972 30 546 4 213 9
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Año 2002 US$ Kuwait Kirguistán República Democrática Popular Lao Letonia Líbano Lesotho Liberia Jamahiriya Árabe Libia Lituania Luxemburgo Madagascar Malawi Malasia Maldivas Malí Malta Islas Marshall Mauritania Mauricio México Micronesia (Estados Federados de) Mónaco Mongolia Marruecos Mozambique Myanmar Namibia Nauru Nepal Países Bajos Nueva Zelandia Nicaragua Níger Nigeria Niue Noruega Omán Pakistán Palau Panamá Papua Nueva Guinea Paraguay Perú Filipinas Polonia Portugal 10
Año 2003 US$ 551 938 4 213 4 213 42 133 50 559 4 213 4 213 278 076 65 306 294 929 12 640 8 427 814 214 4 213 8 427 60 039 4 213 4 213 40 026 4 228 016 4 213 16 853 4 213 172 744 4 213 33 706 29 493 4 213 16 853 6 889 750 937 453 4 213 4 213 155 891 4 213 2 571 148 222 250 246 476 4 213 60 039 25 280 61 092 429 754 357 075 940 613 1 822 239
530 872 4 213 4 213 42 133 50 559 4 213 4 213 278 076 63 199 282 289 12 640 8 427 758 389 4 213 8 427 58 986 4 213 4 213 37 919 4 124 791 4 213 16 853 4 213 168 531 4 213 33 706 29 493 4 213 16 853 6 766 512 914 280 4 213 4 213 130 611 4 213 2 527 962 210 664 244 370 4 213 54 773 25 280 58 986 408 687 337 062 813 161 1 786 426
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Año 2002 US$ Puerto Rico Qatar República de Corea República de Moldova Rumania Federación de Rusia Rwanda Saint Kitts y Nevis Santa Lucía San Vicente y las Granadinas Samoa San Marino Santo Tomé y Príncipe Arabia Saudita Senegal Seychelles Sierra Leona Singapur Eslovaquia Eslovenia Islas Salomón Somalia Sudáfrica España Sri Lanka Sudán Suriname Swazilandia Suecia Suiza República Árabe Siria Tayikistán Tailandia Ex República Yugoslava de Macedonia Togo Tokelau Tonga Trinidad y Tabago Túnez Turquía Turkmenistán Tuvalu Uganda Ucrania Emiratos Árabes Unidos Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte 4 213 134 825 4 171 137 8 427 231 730 4 466 066 4 213 4 213 4 213 4 213 4 213 8 427 4 213 2 317 299 21 066 8 427 4 213 741 536 143 251 252 796 4 213 4 213 1 516 777 10 524 748 50 559 25 280 8 427 8 427 4 289 109 5 039 071 265 436 4 213 703 616 16 853 4 213 4 213 4 213 67 412 113 758 1 824 346 12 640 4 213 16 853 219 090 737 322 21 112 696
Año 2003 US$ 4 213 135 878 5 062 244 8 427 234 890 4 593 518 4 213 4 213 5 267 4 213 4 213 8 427 4 213 2 317 299 21 066 8 427 4 213 966 945 151 678 273 863 4 213 4 213 1 563 123 10 524 748 54 773 25 280 8 427 8 427 4 289 109 5 099 110 283 342 4 213 791 041 18 960 4 213 4 213 4 213 67 412 116 918 1 828 559 12 640 4 213 16 853 219 090 764 709 21 616 182 11
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Año 2002 US$ República Unida de Tanzanía Estados Unidos de América Uruguay Uzbekistán Vanuatu Venezuela Viet Nam Yemen Yugoslavia Zambia Zimbabwe Subtotal Ingresos varios Total 12 640 92 691 940 198 024 46 346 4 213 661 483 29 493 29 493 84 265 8 427 33 706 400 673 550 20 663 455 421 337 005
Año 2003 US$ 12 640 92 691 940 232 783 46 346 4 213 714 149 35 813 29 493 84 265 8 427 33 706 405 628 356 15 708 649 421 337 005
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Punto 13.5 del orden del día
Transparencia en el proceso de lucha antitabáquica
La 54ª Asamblea Mundial de la Salud, Enterada con gran inquietud de las conclusiones del Comité de Expertos en Documentos de la Industria Tabacalera, a saber, que la industria tabacalera ha funcionado durante años con la intención manifiesta de socavar el papel de los gobiernos y de la OMS en la aplicación de las políticas de salud pública encaminadas a combatir la epidemia de tabaquismo;1 Entendiendo que la confianza del público se reforzaría con una transparencia total acerca de las relaciones entre los delegados ante la Asamblea de la Salud y otras reuniones de la OMS y la industria tabacalera, 1. INSTA a la OMS y a sus Estados Miembros a estar alerta a cualquier intento de la industria tabacalera de persistir en esas prácticas y a garantizar la probidad en el desarrollo de políticas sanitarias en todas las reuniones de la OMS y en los gobiernos nacionales; 2. INSTA a los Estados Miembros a que se informen de la relación que pudieran tener los miembros de sus delegaciones con la industria tabacalera; 3. EXHORTA a la OMS a que siga informando a los Estados Miembros sobre las actividades de la industria tabacalera que repercutan negativamente en las actividades de lucha antitabáquica.
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Estrategias de la industria tabacalera para socavar las actividades de lucha antitabáquica de la Organización Mundial de la Salud. Ginebra, julio de 2000. http://www.who.int/genevahearings/inquiry.html
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