69.ª ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD Punto 12.1 del orden del día provisional
A69/7 Add.2 6 de mayo de 2016
Nutrición de la madre, el lactante y el niño pequeño Decenio de las Naciones Unidas de Acción sobre la Nutrición (2016-2025) Informe de la Secretaría
1. El 1 de abril de 2016, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la resolución 70/259, titulada «Decenio de las Naciones Unidas de Acción sobre la Nutrición (2016-2025)», en la que, entre otras cosas: •
decide proclamar el periodo comprendido entre 2016 y 2025 Decenio de las Naciones Unidas de Acción sobre la Nutrición, dentro de las estructuras existentes y los recursos disponibles; hace suya la Declaración de Roma sobre Nutrición, así como el Marco de Acción;1 invita a los gobiernos y a otros interesados pertinentes a que apoyen de manera activa la celebración del Decenio, entre otras cosas, a través de contribuciones voluntarias, según proceda.
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2. En el presente informe se describe la labor encomendada a la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) y a la OMS en la resolución, y se expone brevemente el modo en que la FAO y la OMS prevén llevar a cabo conjuntamente esa labor.
LABOR ENCOMENDADA A LA FAO Y LA OMS 3. En la resolución se exhorta a la FAO y a la OMS a que lleven a cabo los siguientes cometidos: •
dirigir la celebración del Decenio de las Naciones Unidas de Acción sobre la Nutrición, en colaboración con el Programa Mundial de Alimentos, el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, y utilizando mecanismos de coordinación como el Comité Permanente de Nutrición y plataformas integradas por diversos participantes, como el Comité de Seguridad Alimentaria Mundial, en consonancia con su mandato, y en consulta con otras organizaciones y plataformas internacionales y regionales;
Véanse, respectivamente, http://www.fao.org/3/a-ml542s.pdf y http://www.fao.org/3/a-mm215s.pdf; ambos textos fueron aprobados por la 68.ª Asamblea Mundial de la Salud en su resolución WHA68.19 (2015) (http://apps.who.int/ gb/s/s_wha68.html) (consultados el 15 de abril de 2016). 1
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determinar y preparar un programa de trabajo basado en la Declaración de Roma y su Marco de Acción, junto con sus medios de aplicación para 2016-2025; compilar conjuntamente informes bienales con el fin de informar a la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre la celebración del Decenio de Acción sobre la Nutrición.
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DIRIGIR LA CELEBRACIÓN DEL DECENIO DE ACCIÓN SOBRE LA NUTRICIÓN 4. El objetivo del Decenio de Acción sobre la Nutrición es aumentar las actividades llevadas a cabo a escala nacional, regional y mundial para poner en práctica las medidas recomendadas en el Marco de Acción, aprobado en la Segunda Conferencia Internacional sobre Nutrición (Roma, 19 a 21 de noviembre de 2014), a fin de alcanzar las metas mundiales ya establecidas para mejorar la nutrición de la madre, el lactante y el niño pequeño, reducir los factores de riesgo de enfermedades no transmisibles para 20251 y alcanzar de aquí a 2030 las metas correspondientes de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.2 5. La FAO y la OMS están trabajando conjuntamente para establecer un proceso abierto e inclusivo, con el fin de pedir a los Estados Miembros, las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y otras organizaciones y plataformas internacionales, y los agentes no estatales que contribuyan a la consecución de los objetivos del Decenio de Acción sobre Nutrición con compromisos concretos. Esos compromisos han de ser específicos, mensurables, alcanzables, pertinentes y sujetos a un plazo, y su aplicación y efectos deben ser objeto de seguimiento y vigilancia por medio de los indicadores existentes. La FAO y la OMS, en colaboración con otras organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, también están cooperando para ofrecer ejemplos de compromisos. 6. El Comité Permanente de Nutrición y el Comité de Seguridad Alimentaria Mundial, así como otras organizaciones y plataformas internacionales y regionales, como el Movimiento para el Fomento de la Nutrición, en consonancia con sus mandatos y prioridades, serán fundamentales para promover que se asuman compromisos, se cumplan y se supervisen.
ELABORAR UN PROGRAMA DE TRABAJO 7. La OMS y la FAO pondrán en marcha oficialmente el Decenio de las Naciones Unidas de Acción sobre la Nutrición en julio de 2016. 8. En septiembre de 2016, al inicio del debate general del 71.º periodo de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, se celebrará una primera conferencia para promover la asunción de compromisos. Partiendo de los compromisos contraídos en esa conferencia, la FAO y la OMS prepararán un programa de trabajo para el Decenio de las Naciones Unidas de Acción sobre la Nutrición y sus medios de aplicación para 2016-2025, de conformidad con las modalidades establecidas en la resolución 70/259. El programa de trabajo se actualizará periódicamente.
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De conformidad con el párrafo 2 de la Declaración de Roma.
Resolución 70/1 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, titulada «Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible».
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COMPILAR INFORMES BIENALES 9. La OMS y la FAO elaborarán conjuntamente Informes bienales sobre los progresos realizados en la aplicación de la resolución 70/259, con aportaciones de otras organizaciones del sistema de las Naciones Unidas. Esos informes se someterán a la consideración de los Estados Miembros, a través de los órganos de gobierno de la FAO y la OMS, así como en otros foros intergubernamentales pertinentes, como el Comité de Seguridad Alimentaria Mundial. 10. Los informes se basarán en los datos procedentes de las encuestas nacionales de nutrición compiladas por la OMS, el UNICEF y el Banco Mundial, y en las autoevaluaciones de las políticas de los países. La OMS examina periódicamente las políticas de nutrición a escala mundial a partir de las respuestas recibidas a los cuestionarios que se envían a los países. El siguiente examen ya está en marcha. La FAO también recopilará información relativa a las políticas de alimentación y agricultura. La OMS adaptará su base de datos mundial sobre la aplicación de medidas nutricionales, a fin de satisfacer los requisitos de presentación de informes a la Asamblea General. La FAO también adaptará sus bases de datos internacionales para cumplir con las obligaciones relativas a la presentación de informes. Ambos organismos procurarán armonizar sus bases de datos mundiales para responder a las 60 recomendaciones formuladas en el Marco de Acción y facilitar el acceso a información a los países. 11. Los informes incluirán los siguientes elementos: a) un registro de las medidas que los Estados Miembros, los asociados internacionales y los agentes no estatales se comprometan a poner en práctica; b) informes sobre los progresos realizados con relación a la aplicación de las políticas y programas que están en marcha para cumplir con los compromisos nacionales; c) un conjunto de datos cuantitativos basados en los indicadores internacionales acordados, relativos a los resultados nutricionales, el entorno normativo en materia de nutrición y la ejecución de los programas de nutrición, incluido el Marco de Vigilancia Mundial de la Nutrición adoptado por la Asamblea de la Salud.1 12. La información aportada por esos informes también servirá para preparar la nota del Secretario General de las Naciones Unidas mediante la que se transmiten los informes de los Directores Generales de la FAO y la OMS sobre los progresos realizados en la aplicación de la resolución 70/259.
INTERVENCIÓN DE LA ASAMBLEA DE LA SALUD 13. Se invita a la Asamblea de la Salud a que tome nota del presente informe. = = =
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Véanse las decisiones WHA67(9) (2014) y WHA68(14) (2015).
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