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Presupuesto por programas 2014-2015

Organisation mondiale de la santé
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66.ª ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD Punto 12.3 del orden del día

WHA66.2 24 de mayo de 2013

Presupuesto por programas 2014-2015 La 66.ª Asamblea Mundial de la Salud, 1. APRUEBA el programa de trabajo, consignado en el presupuesto por programas 2014-2015;1

2. APRUEBA el presupuesto para el ejercicio 2014-2015 [con cargo a fondos de todas las procedencias, esto es, contribuciones señaladas y contribuciones voluntarias], por valor de US$ 3977 millones; 3. DISTRIBUYE el presupuesto para el ejercicio 2014-2015 entre las seis categorías siguientes: 1) 2) 3) 4) 5) Enfermedades transmisibles US$ 841 millones Enfermedades no transmisibles US$ 318 millones Promoción de la salud a lo largo del ciclo de vida US$ 388 millones Sistemas de salud US$ 531 millones Preparación, vigilancia y respuesta US$ 287 millones

6) Servicios corporativos/funciones instrumentales US$ 684 millones además del componente para emergencias US$ 928 millones; 4. RESUELVE que el presupuesto se financiará del siguiente modo: 1) mediante las contribuciones netas de los Estados Miembros ajustadas en función de los ingresos no señalados procedentes de los Estados Miembros, por un total de US$ 929 millones; 2) mediante contribuciones voluntarias por un total de US$ 3048 millones;

5. RESUELVE ADEMÁS que del monto bruto de la contribución señalada para cada Estado Miembro se deducirán las cantidades abonadas en su favor en el Fondo de Iguala de Impuestos; que esa deducción se ajustará en el caso de los Miembros que gravan con impuestos los sueldos percibidos por los funcionarios de la OMS, impuestos que la Organización reembolsa a ese personal; el monto to-

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Documento A66/7.

WHA66.2

tal de esos reembolsos se estima en US$ 29,6 millones, lo que eleva las contribuciones de los Miembros a un total de US$ 958,6 millones; 6. DECIDE que el Fondo de Operaciones se mantenga en su actual nivel de US$ 31 millones.

7. AUTORIZA a la Directora General a utilizar las contribuciones señaladas y las contribuciones voluntarias, con sujeción a la disponibilidad de recursos, para financiar el presupuesto según se ha distribuido en el párrafo 3, sin exceder las cantidades aprobadas; 8. AUTORIZA ADEMÁS a la Directora General a efectuar transferencias, cuando sea necesario, entre las seis categorías previstas en el párrafo 3 supra, hasta por un monto que no supere el 5% de la cantidad asignada a la categoría desde la que se haga la transferencia; los gastos derivados de ese tipo de transferencias se consignarán en el informe financiero sobre el ejercicio 2014-2015; 9. AUTORIZA ADEMÁS a la Directora General a realizar gastos, cuando sea necesario, con cargo al componente de emergencias del presupuesto por encima del monto asignado a dicho componente, con sujeción a la disponibilidad de recursos, y pide a la Directora General que informe a los órganos deliberantes sobre la disponibilidad de recursos y los gastos en ese componente; 10. PIDE a la Directora General que por conducto del Consejo Ejecutivo y de su Comité de Programa, Presupuesto y Administración, presente de forma periódica a la Asamblea Mundial de la Salud informes sobre la financiación y ejecución del presupuesto tal como se presenta en el documento A66/7, así como acerca del resultado del diálogo sobre la financiación, la asignación estratégica de financiación flexible y los resultados de la estrategia coordinada de movilización de recursos. Octava sesión plenaria, 24 de mayo de 2013 A66/VR/8

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Informations clés
Type de document Governing Bodies documents
Date d'adoption
Source Organisation mondiale de la santé