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Convenio marco de la OMS para la lucha antitabáquica: presentación de proyectos de textos

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ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD ÓRGANO DE NEGOCIACIÓN INTERGUBERNAMENTAL SOBRE EL CONVENIO MARCO DE LA OMS PARA LA LUCHA ANTITABÁQUICA Segunda reunión A/FCTC/INB2/DIV/5 26 de abril de 2001

Convenio marco de la OMS para la lucha antitabáquica: presentación de proyectos de textos 1. Se ruega a las delegaciones que deseen presentar proyectos de textos sobre el convenio marco para la lucha antitabáquica durante la reunión del Órgano de Negociación Intergubernamental que los entreguen a los Secretarios de los respectivos grupos de trabajo.1 Por «proyectos de textos» entendemos aquí exclusivamente las formulaciones o enmiendas específicas que se proponga introducir en el texto objeto de la negociación. No comprenden las observaciones o consideraciones que se formulen sobre ese texto. 2. Los proyectos depositados antes de las 19.00 horas serán traducidos y reproducidos en todos los idiomas oficiales como documentos de conferencia y distribuidos en la sala de reuniones al día siguiente. Las propuestas resultantes de las reuniones nocturnas se procesarán con tiempo suficiente para la siguiente reunión de ese grupo de trabajo. Las propuestas entregadas a cualquier persona que no sea el Secretario apropiado no ingresarán en el proceso de producción. 3. La capacidad de procesamiento del servicio que funcionará durante la noche es limitada. Las solicitudes de procesamiento nocturno de textos serán atendidas en la medida de lo posible con arreglo a la capacidad máxima disponible, y en el orden en que se reciban. 4. Los proyectos pueden presentarse en cualquiera de los idiomas oficiales, en lo posible mecanografiados y registrados en disquete. 5. Los proyectos presentados oralmente durante la reunión serán interpretados en los otros idiomas oficiales como de costumbre, y aparecerán en las actas resumidas en el idioma original. 6. Los delegados que lean declaraciones durante las sesiones podrán, si lo estiman oportuno, estregarlas al ujier que se las solicite. Dichas declaraciones escritas se utilizarán en la redacción de las actas resumidas, pero no se reproducirán como documentos de conferencia. = 1

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Se recuerda a las delegaciones lo estipulado en el artículo 52 del Reglamento Interior de la Asamblea de la Salud, que se aplica al Órgano de Negociación como órgano subsidiario de la Asamblea: Las propuestas y las enmiendas se presentarán de ordinario por escrito y se entregarán al Director General, que se encargará de que su texto sea distribuido a las delegaciones. Salvo en el caso de que la Asamblea de la Salud decida otra cosa, no se discutirá ni se pondrá a votación en las sesiones de la Asamblea de la Salud ninguna propuesta que no haya sido distribuida a todas las delegaciones por lo menos dos días antes. El Presidente podrá, sin embargo, permitir la discusión y el examen de las enmiendas, aun cuando no hayan sido distribuidas o lo hayan sido durante el mismo día en que se celebre la sesión.

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Document type Technical Documents
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Source World Health Organization