WHA54/200 1/REC/1
ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD
54a ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD GINEBRA, 14-22 DE MAYO DE 2001
RESOLUCIONES Y DECISIONES
GINEBRA 2001
WHA54/200 1/REC/1
ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD
54a ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD GINEBRA, 14-22 DE MAYO DE 2001
RESOLUCIONES Y DECISIONES
GINEBRA 2001
SIGLAS
Entre las siglas empleadas en la documentación de la OMS figuran las siguientes: ACNUR ASEAN CAC CCIS -Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (Oficina) - Asociación de Naciones del Asia Sudorienta! - Comité Administrativo de Coordinación - Comité Consultivo de Investigaciones Sanitarias - Centro Internacional de Investigaciones sobre el Cáncer - Consejo de Organizaciones Internacionales de las Ciencias Médicas -Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación -Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola -Fondo Monetario Internacional -Fondo de Población de las Naciones Unidas -Organización de Aviación Civil Internacional - Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos - Organismo Internacional de Energía Atómica -Organización (Oficina) Internacional del Trabajo - Organización Mundial del Comercio - Organización Marítima Internacional - Organización Meteorológica Mundial -Organización Mundial de la Propiedad Intelectual - Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial - Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH/SIDA -Organismo de Obras Públicas y Socorro de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en el Cercano Oriente - Organización Panamericana de la Salud - Oficina Sanitaria Panamericana -Organización de la Unidad Africana - Programa Mundial de Alimentos -Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo -Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente -Unión Internacional de Telecomunicaciones - Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo -Programa de las Naciones Unidas para la Fiscalización Internacional de Drogas - Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura -Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia
ene
CIOMS FAO FIDA FMI FNUAP OACI OCDE OlEA OIT OMC OMI OMM OMPI ONUDI ONUSIDA OOPS OPS OSP OUA PMA PNUD PNUMA UIT UNCTAD UNDCP UNESCO UNICEF
Las denominaciones empleadas en este volumen y la forma en que aparecen presentados los datos que contiene no implican, por parte de la Secretaría de la Organización Mundial de la Salud, juicio alguno sobre la condición jurídica de países, territorios, ciudades o zonas, o de sus autoridades, ni respecto del trazado de sus fronteras o límites. La denominación «país o zona» que figura en los títulos de los cuadros abarca países, territorios, ciudades o zonas.
- 11 -
INTRODUCCIÓN La 543 Asamblea Mundial de la Salud se celebró en el Palais des Nations, Ginebra, del 14 al 22 de mayo de 2001, de acuerdo con la decisión adoptada por el Consejo Ejecutivo en su 1063 reunión. Sus debates se publican en tres volúmenes que contienen, entre otras cosas, el material siguiente: Resoluciones y decisiones: documento WHA54/2001/REC/l Actas taquigráficas de las sesiones plenarias y lista de participantes: documento WHA54/200 1/REC/2 Actas resumidas de las comisiones y de las mesas redondas ministeriales e informes de las comisiones: documento WHA54/2001/REC/3.
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ÍNDICE Página Introducción ... ..... .. .. .. ..... .. ...... .. .. ..... ... ... .... .. ... .. .. .... ....... ... ... ....... ... ... .. ... ... .. ........ .. .. .... .. ... ... ... ... ... .. Orden del día ... .. ... ....... ... .. .. .. ...... .. ... ... ... .... .. ... ... .. ........ .. ....... .. ... ....... .. ... ..... ..... ... .. .. .. ..... .. ..... ...... .. Lista de documentos .. .. .... .. ... .... ... ... .. ... ... .... .. ...... .. ... .. .. .. .. ..... ... .... ... .. ... .... ...... .. .... .. ..... .. .. .. .. .. ... .. ... Mesa de la Asamblea y composición de sus comisiones .............................................................. 111
vn xt xv
RESOLUCIONES Y DECISIONES Resoluciones WHA54.1 WHA54.2 WHA54.3 WHA54.4 Programa general de trabajo ......................................................................... . Nutrición del lactante y del niño pequeño .................................................... . Sueldos de los titulares de puestos sin clasificar y de la Directora General .. Informe financiero interino no comprobado sobre las cuentas de la OMS en 2000 ......................................................................................................... . Miembros con atrasos de contribuciones de importancia bastante para que esté justificado aplicar el Artículo 7 de la Constitución ............................... . Arreglos especiales para la liquidación de atrasos ........................................ . Fondo para la Gestión de Bienes Inmuebles ................................................. . Ingresos ocasionales ..................................................................................... . Contribución de la República Federativa de Yugoslavia .............................. . Ampliación de la respuesta al VIH/SIDA ..................................................... . Estrategia farmacéutica de la OMS .............................................................. . Fortalecimiento de la enfermería y la partería .............................................. . Fortalecimiento de los sistemas de salud en los países en desarrollo ........... . Seguridad sanitaria mundial: alerta y respuesta ante epidemias .................. .
1 1
6
6
WHA54.5
7 8
WHA54.6 WHA54.7 WHA54.8 WHA54.9 WHA54.10 WHA54.11 WHA54.12 WHA54.13 WHA54.14
9 9 10 11 14 17 19 22
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Página WHA54.15 Situación sanitaria de la población árabe en los territorios árabes ocupados, incluida Palestina, y asistencia prestada ..................................... . Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo ................. . Contribuciones para el ejercicio 2002-2003 ................................................ . Transparencia en la lucha antitabáquica ...................................................... . Esquistosomiasis y helmintiasis transmitidas por el suelo ........................... . Resolución de Apertura de Créditos para el ejercicio 2002-2003 ................ . Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud ........................................................................................................ . Reforma del Consejo Ejecutivo ................................................................... .
24 26 28 32 33 34
WHA54.16 WHA54.17 WHA54.18 WHA54.19 WHA54.20 WHA54.21
36 37
WHA54.22
Decisiones WHA54(1) WHA54(2) WHA54(3) Composición de la Comisión de Credenciales ............................................. . Composición de la Comisión de Candidaturas ............................................ . Elección del Presidente y de los Vicepresidentes de la 543 Asamblea Mundial de la Salud ..................................................................................... . Elección de la Mesa de las comisiones principales ...................................... . Constitución de la Mesa de la Asamblea ..................................................... . Adopción del orden del día .......................................................................... . Verificación de credenciales ........................................................................ . Elección de Miembros facultados para designar una persona que forme parte del Consejo Ejecutivo ......................................................................... . Caja Común de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas: nombramiento de representantes en el Comité de la Caja de Pensiones del Personal de la OMS ..................................................................................... . Informes del Consejo Ejecutivo sobre sus 1063 y 1073 reuniones ................ . Elección del país en que ha de reunirse la 55a Asamblea Mundial de la Salud ............................................................................................................ . 38 38
38 38 39 39 39
WHA54(4) WHA54(5) WHA54(6) WHA54(7) WHA54(8)
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WHA54(9)
40 41
WHA54(10) WHA54(11)
41
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ORDEN DEL DÍA 1 SESIONES PLENARIAS
l.
Apertura de la Asamblea 1.1 1.2 1.3 Establecimiento de la Comisión de Credenciales Elección de la Comisión de Candidaturas Informes de la Comisión de Candidaturas • • Elección de Presidente Elección de cinco Vicepresidentes y de Presidentes de las comisiones, y establecimiento de la Mesa de la Asamblea
1.4
Adopción del orden del día y distribución de su contenido entre las comisiones principales
2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9.
Informes del Consejo Ejecutivo sobre sus 1063 y 1073 reuniones Alocución de la Dra. Gro Harlem Brundtland, Directora General Oradores invitados [suprimido] Elección del Consejo Ejecutivo Premios Informes de las comisiones principales Clausura de la Asamblea
MESAS REDONDAS 10. Mesas redondas: salud mental
1
El orden del día se adoptó en la segunda sesión plenaria. - Vll-
543 ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
COMISIÓN A 11. 12. Apertura de la Comisión, incluida la elección de Vicepresidentes y de Relator Presupuesto por programas 12.1 12.2 12.3 13. Programa general de trabajo Proyecto de presupuesto por programas para 2002-2003 Presupuesto de ingresos varios
Asuntos técnicos y sanitarios 13.1 13.2 13.3 Estrategia mundial para la alimentación del lactante y del niño pequeño Fomento de la salud Enfermedades transmisibles • • 13.4 Seguridad sanitaria mundial: alerta y respuesta ante epidemias Lucha contra la esquistosomiasis
Fortalecimiento de la prestación de servicios de salud • • Fortalecimiento de la enfermería y la partería Fortalecimiento de los sistemas de salud en los países en desarrollo
13.5
Lucha antitabáquica • Convenio marco para la lucha antitabáquica: informe del Órgano de Negociación Intergubemamental Otras actividades
• 13.6 13.7 13.8 13.9
VIH/SIDA Erradicación de la viruela: conservación temporal de las existencias de virus variólico Estrategia revisada en materia de medicamentos Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud (CIDDM-2)
13.1 O Efectos del uranio empobrecido en la salud
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ORDEN DEL DÍA
COMISIÓNB 14. 15. Apertura de la Comisión, incluida la elección de Vicepresidentes y de Relator Asuntos financieros 15.1 Informes • Informe financiero interino no comprobado sobre las cuentas de la OMS en 2000 y observaciones del Comité de Administración, Presupuesto y Finanzas • Informe interino del Comisario de Cuentas • Informe del Auditor Interno
15.2 Estado de la recaudación de las contribuciones señaladas, y Miembros con atrasos de contribuciones de importancia bastante para que esté justificado aplicar el Artículo 7 de la Constitución 15.3 Arreglos especiales para la liquidación de atrasos 15.4 Fondos para la Gestión de Bienes Inmuebles 15.5 Ingresos ocasionales 15.6 Contribuciones de nuevos Miembros y Miembros Asociados 15.7 Escala de contribuciones para 2002-2003 16. Asuntos de personal 16.1 16.2 16.3 16.4 Recursos humanos: informe annual Modificaciones del Estatuto del Personal y del Reglamento de Personal Informe del Comité Mixto de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas Nombramiento de representantes en el Comité de la Caja de Pensiones del Personal de laOMS
17.
Situación sanitaria de la población árabe en los territorios árabes ocupados, incluida Palestina, y asistencia prestada Colaboración dentro del sistema de las Naciones Unidas y con otras organizaciones intergubernamentales • Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo
18.
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543 ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
19.
Utilización de los idiomas en la OMS
Punto suplementario del orden del día: Funcionamiento eficaz de los órganos deliberantes de la OMS
-x-
LISTA DE DOCUMENTOS
A54/1 Rev.l A54/2 A54/3 A54/4 A54/5 y Corr.l A54/6 y Corr.l A54/7 A54/7 Add.l A54/8 A54/9 A54/10 A54/11 A54/12 A54/13 A54/13 Add.l
Orden del día 1 Informes del Consejo Ejecutivo sobre sus 1063 y 1073 reuniones Alocución de la Directora General a la 543 Asamblea Mundial de la Salud Programa General de Trabajo 2002-2005 Proyecto de presupuesto por programas para 2002-2003 Presupuesto de ingresos varios Estrategia mundial para la alimentación del lactante y del niño pequeño Estrategia mundial para la alimentación del lactante y del niño pequeño Promoción de la salud Seguridad sanitaria mundial: alerta y respuesta ante epidemias Enfermedades transmisibles Fortalecimiento de la prestación de servicios de salud Fortalecimiento de la prestación de servicios de salud Convenio marco de la OMS para la lucha antitabáquica Convenio marco para la lucha antitabáquica: informe del Órgano de Negociación Intergubemamental Lucha antitabáquica: otras actividades VIH/SIDA Erradicación de la viruela: conservación temporal de las existencias de virus variólico Estrategia revisada en materia de medicamentos Clasificación internacional del funcionamiento, de la discapacidad y de la salud
A54/14 A54/15 A54/16
A54/17 A54/18
1
Véase p. vii.
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543 ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
A54/19 A54/19 Add.l A54/20 A54/20 Add.l y Corr.l A54/21 A54/22 A54/23
Efectos del uranio empobrecido en la salud Efectos del uranio empobrecido en la salud Informe financiero interino no comprobado sobre el año 2000 Informe financiero interino no comprobado sobre el año 2000
Informe financiero interino no comprobado sobre el año 2000 Asuntos administrativos y financieros Estado de la recaudación de las contribuciones señaladas, y Miembros con atrasos de contribuciones de importancia bastante para que esté justificado aplicar el Artículo 7 de la Constitución. Arreglos especiales para la liquidación de atrasos Ingresos ocasionales Contribuciones de nuevos Miembros y Miembros Asociados Escala de contribuciones para el ejercicio 2002-2003 Recursos humanos: informe anual, 2000 Informe del Comité Mixto de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas Nombramiento de representantes en el Comité de la Caja de Pensiones del Personal de la OMS Situación sanitaria de la población árabe en los territorios árabes ocupados, incluida Palestina, y asistencia prestada Colaboración dentro del sistema de las Naciones Unidas y con otras organizaciones intergubernamentales Colaboración dentro del sistema de las Naciones Unidas y con otras organizaciones intergubernamentales: emergencias sanitarias Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo Normas de Gestión Financiera Informe financiero interino no comprobado sobre las cuentas de la OMS en 2000; informe del Comisario de Cuentas; informe del Auditor Interno Escala de contribuciones para 2002-2003 Proyecto de presupuesto por programas para 2002-2003
A54/24 A54/25 A54/26 A54/27 A54/28 A54/29 A54/30
A54/31
A54/32
A54/32 Add.l
A54/33 A54/34 A54/35
A54/36 A54/37
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LISTA DE DOCUMENTOS
A54/38 A54/39 A54/40 A54/41 A54/42 A54/43 A54/44
Presupuesto de ingresos varios Primer informe de la Comisión de Candidaturas Segundo informe de la Comisión de Candidaturas Tercer informe de la Comisión de Candidaturas Primer informe de la Comisión de Credenciales Primer informe de la Comisión A Elección de Miembros facultados para designar una persona que forme parte del Consejo Ejecutivo Segundo informe de la Comisión A Primer informe de la Comisión B Segundo informe de la Comisión de Credenciales Tercer informe de la Comisión A Escala de contribuciones para el ejercicio 2002-2003 Cuarto informe de la Comisión A Quinto informe de la Comisión A Segundo informe de la Comisión B Tercer informe de la Comisión B Programa General de Trabajo 2002-2005
A54/45 A54/46 A54/47 A54/48 A54/49 y Corr.l A 54/50 A54/51 A54/52 A54/53 GPW/2002-2005
Documentos de información A54/INF .DOC./1 A54/INF.DOC./2 A54/INF .DOC./3 A54/INF.DOC./4 A54/INF .DOC./S Premios Utilización de los idiomas en la OMS Marco financiero de la OMS Estrategia mundial para la alimentación del lactante y del niño pequeño Situación sanitaria de la población árabe en los territorios árabes ocupados, incluida Palestina, y asistencia prestada Situación sanitaria de la población árabe en los territorios árabes ocupados, incluida Palestina, y asistencia prestada
A54/INF .DOC./6
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543 ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
A54/INF .DOC./7
Situación sanitaria de la población árabe en los territorios árabes ocupados, incluida Palestina, y asistencia prestada Proyecto de presupuesto por programas para 2002-2003 Informe financiero interino no comprobado sobre las cuentas de la OMS en 2000 y observaciones del Comité de Administración, Presupuesto y Finanzas
A54/INF .DOC./8 A54/INF .DOC./9
Documentos varios A54/DIV/4 y Corr.l
Mesas redondas ministeriales
A54/DIV/6 A54/DIV/7
Carta abierta de la Directora General a los Jefes de delegación Aplicación de la resolución EB 107 .R8, Evaluación del desempeño de los sistemas de salud Mesas redondas: salud mental
A54/DIV/8
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MESA DE LA ASAMBLEA DE LA SALUD Y COMPOSICIÓN DE SUS COMISIONES
Presidente Dr. HONG Sun Huot (Camboya) Vicepresidentes Dr. A. M. KASI (Pakistán) Sra. M. ARGÜELLO (Nicaragua) Sr. P. J. E. TAPSOBA (Burkina Faso) Dr. l. B. ZELENKEVICH (Belarús) Sr. Ri TCHEUL (República Popular Democrática de Corea) Secretario Dra. G. H. BRUNDTLAND, Directora General Comisión de Credenciales La Comisión de Credenciales estuvo formada por delegados de los Estados Miembros siguientes: Austria, Bangladesh, Bosnia y Herzegovina, Jamahiriya Árabe Libia, Liberia, Luxemburgo, Malasia, Mozambique, Paraguay, República Árabe Siria, Saint Kitts y Nevis, y Uganda. Presidente: Dr. A. S. M. MUSHIOR RAHMAN (Bangladesh) Vicepresidente: Sra. A. SCHLEDER-LEUCK (Luxemburgo) Relator: Dr. N. S. BARTEE (Liberia) Secretario: Sr. T. S. R. TOPPING, Asesor Jurídico Comisión de Candidaturas La Comisión de Candidaturas estuvo formada por delegados de los Estados Miembros siguientes: Argentina, Belice, Chad, China, Costa Rica, Croacia, Ecuador, Eritrea, Federación de Rusia, Francia, Gambia, Guinea, Israel, Jordania, Malta, Nepal, Nigeria, Papua Nueva Guinea, Qatar, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República Popular Democrática de Corea, Sudán, Vanuatu, Venezuela, y por la Dra. L. Amathila (Namibia), -xv-
Presidenta de la 53 3 Asamblea Mundial de la Salud, miembro ex officio. Presidente: Dra. L. AMA THILA (Namibia) Secretario: Dra. G. H. BRUNDTLAND, Directora General Mesa de la Asamblea La Mesa de la Asamblea estuvo formada por el Presidente y los Vicepresidentes de la Asamblea de la Salud, los Presidentes de las comisiones principales y delegados de los Estados Miembros siguientes: Bahrein, Bhután, Bolivia, China, Cuba, Dominica, Estados Unidos de América, Federación de Rusia, Francia, Guinea-Bissau, Irán (República Islámica del), Japón, Malí, Níger, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República Democrática del Congo y Suecia. Presidente: Dr. HONG Sun Huot (Camboya) Secretario: Dra. G. H. BRUNDTLAND, Directora General
COMISIONES PRINCIPALES En virtud de lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento Interior de la Asamblea Mundial de la Salud, cada delegación estuvo representada por uno de sus miembros en cada una de las comisiones principales. Comisión A Presidente: Profesor S. K. ONGERI (Kenya) Vicepresidentes: Dr. M. FIKRI (Emiratos Árabes Unidos) y Dr. C. T. OTTO (Palau) Relator: Sra. L. POPESCU (Rumania) Secretario: Dra. S. HOLCK, Directora, Gestión y Difusión de la Información Sanitaria
543 ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
Comisión B Presidente: Sr. D. Á. GUNNARSSON (Islandia) Vicepresidentes: Dra. M. DAHL-REGIS (Bahamas) y Dr. PAKDEE POTHISIRI (Tailandia)
Relator: Dr. J. MANDLA KUNENE (Swazilandia)
Secretario: Dr. M. KARAM, Desarrollo y Vigilancia de Estrategias para la Erradicación y la Eliminación
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RESOLUCIONES
WHA54.1
Programa general de trabajo
La 543 Asamblea Mundial de la Salud, Habiendo examinado el proyecto de Programa General de Trabajo 2002-2005, que le ha presentado el Consejo Ejecutivo de conformidad con el Artículo 28(g) de la Constitución; Consciente de los retos que plantea la rápida evolución del contexto de la acción sanitaria internacional y de la necesidad de que la OMS se adapte en consecuencia; Enterada de las orientaciones estratégicas y de las funciones básicas expuestas en la estrategia institucional elaborada por la Directora General 1 y aprobada por el Consejo Ejecutivo,2 y de la estrecha relación que se deriva de esa estrategia en el establecimiento de prioridades, la planificación programática y la presupuestación; Observando que el Programa General de Trabajo 2002-2005 y el proyecto de presupuesto por programas 2002-2003 3 son más coherentes y están más estrechamente vinculados entre sí; Acogiendo con agrado la introducción de un proceso de planificación programática que contará con apoyo de evaluación y se llevará a cabo en un momento más próximo al de la aplicación, en el marco de los esfuerzos desplegados por la OMS para convertirse en una organización más eficiente y productiva, APRUEBA el Programa General de Trabajo 2002-2005. (Séptima sesión plenaria, 18 de mayo de 2001 Comisión A, primer informe)
WHA54.2
Nutrición del lactante y del niño pequeño
La 543 Asamblea Mundial de la Salud, Recordando las resoluciones WHA33.32, WHA34.22, WHA35.26, WHA37.30, WHA39.28, WHA41.11, WHA43.3, WHA45.34, WHA46.7, WHA47.5 y WHA49.15, referentes a la nutrición del lactante y del niño pequeño, las prácticas apropiadas de alimentación y otras cuestiones conexas; Habiendo examinado el informe sobre alimentación del lactante y del niño pequeño;4
1
Documento EB 105/3. Documento EB 105/2000/REC/2, acta resumida de la primera sesión, sección 2. Documento PPB/2002-2003. Documento A5417.
2 3
4
- 1-
2
54a ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
Profundamente interesada en mejorar la nutrición del lactante y del niño pequeño y en aliviar todas las formas de malnutrición en el mundo, porque más de una tercera parte de los menores de cinco años aún están malnutridos - con retraso del crecimiento, emaciación o carencias de yodo, vitamina A, hierro u otros micronutrientes - y porque la malnutrición aún contribuye a causar cerca de la mitad de los 10,5 millones de defunciones de niños en edad preescolar que se producen cada año en el mundo; Hondamente alarmada porque la malnutrición de los lactantes y los niños pequeños sigue siendo uno de los más graves problemas de salud pública del mundo, a la vez causa y consecuencia importante de la pobreza, la privación, la inseguridad alimentaria y la desigualdad social, y porque la malnutrición no sólo es causa de una mayor vulnerabilidad a las infecciones y otras enfermedades, incluido el retraso del crecimiento, sino también de minusvalías intelectuales, mentales, sociales y del desarrollo, y de un aumento del riesgo de morbilidad a lo largo de toda la infancia, la adolescencia y la vida adulta; Reconociendo el derecho de toda persona a tener acceso a alimentos inocuos y nutritivos, en consonancia con el derecho a una alimentación adecuada y el derecho fundamental de toda persona a no padecer hambre, y la necesidad de desplegar todos los esfuerzos posibles para lograr progresivamente el ejercicio pleno de ese derecho; Reconociendo la necesidad de que todos los sectores de la sociedad - incluidos los gobiernos, la sociedad civil, las asociaciones de profesionales de la salud, las organizaciones no gubernamentales, las empresas comerciales y los organismos internacionales - contribuyan a mejorar la nutrición de los lactantes y los niños pequeños utilizando todos los medios de que dispongan, especialmente fomentando las prácticas óptimas de alimentación, aplicando un enfoque integral multisectorial, holístico y estratégico; Tomando nota de las orientaciones emanadas de la Convención sobre los Derechos del Niño, especialmente del artículo 24, en el que se reconoce, entre otras cosas, la necesidad de asegurar que todos los sectores de la sociedad, en particular los padres y los niños, dispongan de apoyo e información para aplicar los conocimientos básicos sobre la salud y la nutrición de los niños y sobre las ventajas de la lactancia materna; Consciente de que, pese a que en el Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna y en las ulteriores resoluciones pertinentes de la Asamblea de la Salud se afirma que los productos a los que se refieren sus disposiciones no deben ser objeto de publicidad o de otras formas de promoción, se están utilizando cada vez más métodos de comunicación nuevos y modernos, inclusive medios electrónicos, para promocionar esos productos; y consciente de la necesidad de que la Comisión del Codex Alimentarius tenga en cuenta el Código Internacional y las ulteriores resoluciones pertinentes de la Asamblea de la Salud cuando al elaborar normas y directrices alimentarias se ocupe de las declaraciones relativas a los efectos saludables; Consciente de que en 2001 se cumplen 20 años de la adopción del Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna, y de que la adopción de la presente resolución ofrece la oportunidad de reforzar la función fundamental del Código Internacional en la protección, la promoción y el apoyo de la lactancia materna; Reconociendo que existe una base científica sólida para adoptar decisiones normativas que refuercen las actividades de los Estados Miembros y de la OMS; para proponer enfoques nuevos e innovadores de la vigilancia del crecimiento y la mejora de la nutrición; para promover el mejoramiento de la lactancia materna y de las prácticas de alimentación complementaria y un asesoramiento racional y adaptado a las diversas culturas; para mejorar el estado nutricional de las mujeres en edad reproducti-
RESOLUCIONES Y DECISIONES
3
va, especialmente durante el embarazo y el puerperio; para mitigar todas las formas de malnutrición; y para proporcionar orientación sobre las prácticas de alimentación de los lactantes cuyas madres son VIH-positivas; Tomando nota de que es necesario disponer de sistemas eficaces para evaluar la magnitud y la distribución geográfica de todas las formas de malnutrición, con sus consecuencias y los factores contribuyentes, y de las enfermedades de transmisión alimentaria; y para vigilar la seguridad alimentaria; Acogiendo con satisfacción los esfuerzos desplegados por la OMS, en estrecha colaboración con el UNICEF y sus otros asociados internacionales, para preparar una estrategia mundial integral para la alimentación del lactante y del niño pequeño y para utilizar el Subcomité de Nutrición del CAC como foro interinstitucional para la coordinación y el intercambio de información a ese respecto, l. DA LAS GRACIAS a la Directora General por el informe sobre los progresos realizados en el desarrollo de una nueva estrategia mundial para la alimentación del lactante y del niño pequeño; 2. INSTA a los Estados Miembros: 1) a que reconozcan el derecho de toda persona a tener acceso a alimentos inocuos y nutritivos, en consonancia con el derecho a una alimentación adecuada y el derecho fundamental de toda persona a no padecer hambre, y la necesidad de desplegar todos los esfuerzos posibles para lograr progresivamente el ejercicio pleno de ese derecho, y a que pidan a todos los sectores de la sociedad que cooperen en los esfuerzos para mejorar la nutrición del lactante y del niño pequeño; 2) a que adopten, en su calidad de Estados Partes, las medidas necesarias para aplicar eficazmente la Convención sobre los Derechos del Niño, con el fin de garantizar el derecho de cada niño al grado más alto posible de salud y atención sanitaria; 3) a que establezcan foros de debate interinstitucional e intersectorial con todos los interesados, o refuercen los que ya existan, con el fin de alcanzar un consenso nacional sobre las estrategias y políticas, incluido el fortalecimiento, en colaboración con la OIT, de las políticas en apoyo de la lactancia materna para las mujeres que trabajan, al objeto de mejorar sustancialmente la alimentación del lactante y del niño pequeño y de elaborar mecanismos de programación participativos para establecer y ejecutar programas y proyectos de nutrición específicos con vistas a crear nuevas iniciativas y enfoques innovadores; 4) a que fortalezcan las actividades y elaboren nuevos criterios para proteger, promover y apoyar la lactancia natural exclusiva durante seis meses como recomendación de salud pública mundial, teniendo en cuenta las conclusiones de la reunión consultiva de expertos de la OMS sobre la duración óptima de la lactancia natural exclusiva, 1 y a que proporcionen alimentos complementarios inocuos y apropiados, junto con la continuación del amamantamiento hasta los dos años de edad o más allá, haciendo hincapié en los canales de divulgación social de esos conceptos a fin de inducir a las comunidades a hacer suyas esas prácticas; 5) a que apoyen la iniciativa «Hospitales amigos del niño» y creen mecanismos, con inclusión de reglamentos, leyes y otras medidas, destinados a respaldar directa e indirectamente la
1 Según Jo expuesto en las conclusiones y recomendaciones de la reunión consultiva de expertos (Ginebra, 28 a 30 de marzo de 200 1) que llevó a cabo el examen sistemático de la información relativa a la duración óptima de la Jactancia natural exclusiva (véase el documento A54/INF.DOC./4).
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54" ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
reevaluación periódica de los hospitales, y a que garanticen el mantenimiento de los estándares y la sostenibilidad y credibilidad de la iniciativa a largo plazo; 6) a que mejoren los alimentos complementarios y las prácticas de alimentación facilitando a las madres de niños pequeños un asesoramiento nutricional que sea sólido y conforme a los valores culturales y en el que se recomiende la utilización más amplia posible de alimentos autóctonos ricos en nutrientes; y a que otorguen prioridad a la elaboración y la difusión de directrices sobre la nutrición de los niños menores de dos años, a la capacitación de los agentes de salud y los dirigentes de la comunidad en este tema y a la integración de estos mensajes en las estrategias de información, educación y comunicación referentes a la salud y la nutrición; 7) a que refuercen la vigilancia del crecimiento y el mejoramiento de la nutrición, centrándose en estrategias basadas en la comunidad, y a que se esfuercen por garantizar que todos los niños malnutridos, ya sea en la comunidad o en los hospitales, sean correctamente diagnosticados y tratados; 8) a que elaboren, apliquen o fortalezcan medidas sostenibles, inclusive, cuando proceda, de carácter legislativo, para reducir todas las formas de malnutrición en los niños pequeños y las mujeres en edad reproductiva, especialmente la carencia de hierro, vitamina A y yodo, mediante una combinación de estrategias que incluyan la suplementación, el enriquecimiento de los alimentos y la diversificación de la dieta, recomendando prácticas de alimentación que sean propias de cada cultura y se basen en los alimentos locales, y recurriendo a otros enfoques de base comunitaria; 9) a que fortalezcan sus mecanismos nacionales para asegurar el cumplimiento mundial del Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna y de las resoluciones ulteriores pertinentes de la Asamblea de la Salud, en lo que respecta al etiquetado y atodas las formas de publicidad y promoción comercial en todos los tipos de medios de comunicación; a que alienten a la Comisión del Codex Alimentarius a que tome en consideración el Código Internacional y las resoluciones ulteriores pertinentes de la Asamblea de la Salud al elaborar sus normas y directrices; y a que informen al público general sobre los progresos realizados en la aplicación del Código y de las resoluciones ulteriores pertinentes de la Asamblea de la Salud; 1O) a que reconozcan y evalúen las pruebas científicas disponibles sobre el peso relativo del riesgo de transmisión del VIH por la leche materna y del riesgo de no amamantar, y la necesidad de investigaciones independientes a este respecto; a que se esfuercen por asegurar la nutrición adecuada de los lactantes de madres VIH-positivas; a que hagan más accesibles los servicios de orientación y de realización de pruebas de carácter voluntario y confidencial para facilitar el suministro de información y la adopción de decisiones fundamentadas; y a que reconozcan que, cuando la alimentación de sustitución es aceptable, factible, asequible, sostenible e inocua, se recomienda que las madres VIH-positivas eviten completamente la lactancia natural; que en los demás casos se recomienda la lactancia natural exclusiva durante los primeros meses de vida; y que debe alentarse a quienes escojan otras opciones a que las utilicen sin influencias comerciales; 11) a que adopten todas las medidas necesarias para proteger a todas las mujeres del riesgo de infección por el VIH, especialmente durante el embarazo y la lactancia; 12) a que fortalezcan sus sistemas de información, junto con sus sistemas de vigilancia epidemiológica, a fin de evaluar la magnitud y la distribución geográfica de la malnutrición en todas sus formas y de las enfermedades transmitidas por los alimentos;
RESOLUCIONES Y DECISIONES
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3.
PIDE a la Directora General: l) que, en colaboración con la OIT, la FAO, el UNICEF, el FNUAP y otras organizaciones competentes pertenecientes o ajenas al sistema de las Naciones Unidas, haga mayor hincapié en la nutrición del lactante y del niño pequeño, habida cuenta del liderazgo de la OMS en la esfera de la salud pública, en consonancia con la Convención sobre los Derechos del Niño y los otros instrumentos de derechos humanos pertinentes y guiándose por esos instrumentos; 2) que promueva, con todos los sectores de la sociedad que proceda, un diálogo constructivo y transparente con miras a vigilar los progresos realizados en la aplicación del Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna y de las resoluciones ulteriores pertinentes de la Asamblea de la Salud, de manera independiente y libre de influencias comerciales, y que preste apoyo a los Estados Miembros en su labor de vigilancia de la aplicación del Código; 3) que preste apoyo a los Estados Miembros en la identificación, aplicación y evaluación de criterios innovadores para mejorar la alimentación del lactante y del niño pequeño, haciendo hincapié en la lactancia materna exclusiva durante seis meses como recomendación de salud pública mundial, teniendo en cuenta las conclusiones de la reunión consultiva de expertos de la OMS sobre la duración óptima de la lactancia natural exclusiva, 1 así como en la provisión de alimentos complementarios inocuos y apropiados, manteniendo la lactancia materna hasta los dos años de edad o más allá, y poniendo el acento en actividades de base comunitaria e intersectoriales; 4) que siga aplicando el criterio gradual basado en los países y las regiones para elaborar la nueva estrategia mundial para la alimentación del lactante y del niño pequeño, y que haga participar a los organismos internacionales que se ocupan de la salud y del desarrollo, en particular el UNICEF, y a otros interesados oportunos; 5) que aliente y apoye la realización de nuevas investigaciones independientes sobre la transmisión del VIH por la leche materna y sobre otras medidas encaminadas a mejorar el estado nutricional de las madres y los niños ya afectados por el VIH/SIDA; 6) que presente la estrategia mundial al Consejo Ejecutivo en su 1oga reunión, en enero de 2002, y a la 55a Asamblea Mundial de la Salud (mayo de 2002) para su consideración. (Séptima sesión plenaria, 18 de mayo de 2001 Comisión A, segundo informe)
Según lo expuesto en las conclusiones y recomendaciones de la reunión consultiva de expertos (Ginebra, 28 a 30 de marzo de 2001) que llevó a cabo el examen sistemático de la información relativa a la duración óptima de la lactancia natural exclusiva (véase el documento A54/INF.DOC./4).
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543 ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
WHA54.3
Sueldos de los titulares de puestos sin clasificar y de la Directora General
La 543 Asamblea Mundial de la Salud, Enterada de la recomendación del Consejo Ejecutivo acerca de la remuneración de los titulares de puestos sin clasificar y de la Directora General, l. FIJA el sueldo anual de los titulares de puestos sin clasificar en US$ 151 840, que, una vez deducidos los impuestos del personal, dejarán un sueldo neto modificado de US$ 104 341 (con familiares a cargo) o de US$ 94 484 (sin familiares a cargo); 2. FIJA el sueldo anual de la Directora General en US$ 205 309, que, una vez deducidos los impuestos del personal, dejarán un sueldo neto modificado de US$ 137 492 (con familiares a cargo) o de US$ 122 268 (sin familiares a cargo); 3. DECIDE que esos ajustes surtan efecto a partir del 1 de marzo de 2001. (Octava sesión plenaria, 21 de mayo de 2001 Comisión B, primer informe)
WHA54.4
Informe financiero interino no comprobado sobre las cuentas de la OMS en 2000
La 543 Asamblea Mundial de la Salud, Visto el informe financiero interino no comprobado sobre el año 2000 del ejercicio 2000-2001; 1 Enterada del primer informe del Comité de Administración, Presupuesto y Finanzas del Consejo Ejecutivo a la 543 Asamblea Mundial de la Salud,2 ACEPTA el informe financiero interino no comprobado de la Directora General sobre el año 2000. (Octava sesión plenaria, 21 de mayo de 2001 Comisión B, primer informe)
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Documentos A54/20, AS4/20 Add.l y Corr.l, y A5411NF.DOC./9. Documento A54/35.
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RESOLUCIONES Y DECISIONES
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WHA54.5
Miembros con atrasos de contribuciones de importancia bastante para que esté justificado aplicar el Artículo 7 de la Constitución
La 543 Asamblea Mundial de la Salud, Visto el segundo informe del Comité de Administración, Presupuesto y Finanzas del Consejo Ejecutivo a la 543 Asamblea Mundial de la Salud sobre los Miembros con atrasos de contribuciones de importancia bastante para que esté justificado aplicar el Artículo 7 de la Constitución; 1 Enterada de que, en el momento de la apertura de la 543 Asamblea Mundial de la Salud, continuaba suspendido el derecho de voto del Afganistán, Antigua y Barbuda, Armenia, Azerbaiyán, Bosnia y Herzegovina, el Chad, Comoras, Gambia, Georgia, Guinea-Bissau, el Iraq, Kazajstán, Kirguistán, Liberia, el Níger, la República Centroafricana, la República Dominicana, la República de Moldova, Somalia, Tayikistán, Turkmenistán y Ucrania, y de que dicha suspensión seguirá hasta que los atrasos de esos Estados Miembros se hayan reducido, en la actual Asamblea de la Salud o en otras futuras, a un nivel inferior a la cuantía que justifica la aplicación del Artículo 7 de la Constitución; Tomando nota de que, con arreglo a la resolución WHA53.2, el derecho de voto de Nauru y de Nigeria ha quedado suspendido a partir del 14 de mayo de 2001, al inaugurarse la 543 Asamblea Mundial de la Salud, y de que dicha suspensión seguirá hasta que los atrasos se hayan reducido a un nivel inferior a la cuantía que justifica la aplicación del Artículo 7 de la Constitución; Tomando nota de que Belarús, Burundi, Djibouti, Guinea, Mauritania, el Perú, la República Democrática del Congo, Suriname y el Togo tenían en el momento de la apertura de la 543 Asamblea Mundial de la Salud atrasos de contribuciones de importancia bastante para que fuera necesario que la Asamblea de la Salud examinara, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7 de la Constitución, la procedencia de suspender o no el derecho de voto de esos países en la fecha de apertura de la 55 3 Asamblea Mundial de la Salud; Habiendo sido informada de que ulteriormente Mauritania liquidó por completo sus atrasos, y por lo tanto ya no figura en la lista de Miembros con atrasos de importancia bastante para que esté justificado aplicar el Artículo 7 de la Constitución, RESUELVE: 1) que de acuerdo con la declaración de principios adoptada en la resolución WHA41.7, si en el momento de la apertura de la 55 3 Asamblea Mundial de la Salud Belarús, Burundi, Djibouti, Guinea, el Perú, la República Democrática del Congo, Suriname y el Togo siguen con atrasos de contribuciones de importancia bastante para que esté justificado aplicar el Artículo 7 de la Constitución se les suspenda el derecho de voto con efecto a partir de dicha apertura; 2) que cualquier suspensión que entre en vigor a tenor del párrafo precedente continúe en la 55 3 Asamblea Mundial de la Salud y en las subsiguientes Asambleas, hasta que los atrasos de Belarús, Burundi, Djibouti, Guinea, el Perú, la República Democrática del Congo, Suriname y el Togo se hayan reducido a un nivel inferior a la cuantía que justifica la aplicación del Artículo 7 de la Constitución;
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Documento A54/23.
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543 ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
3) que esta decisión se aplique sin perjuicio del derecho que asiste a todo Miembro de pedir el restablecimiento de su derecho de voto de conformidad con el Artículo 7 de la Constitución. (Octava sesión plenaria, 21 de mayo de 2001 Comisión B, primer informe)
WHA54.6
Arreglos especiales para la liquidación de atrasos
La 543 Asamblea Mundial de la Salud, Recordando las resoluciones precedentes de la Asamblea de la Salud relativas a los Miembros con atrasos de contribuciones de importancia bastante para que esté justificado aplicar el Artículo 7 de la Constitución, en particular las resoluciones WHA8.13 y WHA41.7; Habiendo examinado el informe sobre arreglos especiales para la liquidación de atrasos, 1 l. INVITA a los Miembros con atrasos de contribuciones de importancia bastante para que esté justificado aplicar lo dispuesto en el Artículo 7 de la Constitución, o que prevén dificultades para cumplir sus obligaciones para con la Organización, a que se pongan en contacto con la Directora General con el fin de examinar el estado de sus cuentas; 2. INVITA ADEMÁS a los Miembros con atrasos que deseen reprogramar el pago de éstos en el marco de un arreglo que contemple el restablecimiento del derecho de voto, a que hagan llegar sus solicitudes por escrito a la Directora General no más tarde del 31 de marzo, consignando en éstas al menos la información siguiente: i) la cantidad total adeudada, incluida la contribución señalada del año en curso; ii) el periodo en el que se propone efectuar el pago; iii) el monto mínimo del pago que el Estado Miembro pretenda hacer cada año y iv) una indicación de si el Estado Miembro tiene previsto pedir la aprobación de la Directora General para efectuar los pagos en la moneda local, de conformidad con el Reglamento Financiero y las Normas de Gestión Financiera; 3. PIDE a la Directora General que examine esas solicitudes con los Estados Miembros interesados y que presente propuestas de reprogramación de las liquidaciones de atrasos al Comité de Administración, Presupuesto y Finanzas del Consejo Ejecutivo en su reunión inmediatamente precedente a la Asamblea de la Salud; 4. PIDE al Comité de Administración, Presupuesto y Finanzas que en nombre del Consejo Ejecutivo formule a la Asamblea de la Salud las recomendaciones apropiadas, para su consideración. (Octava sesión plenaria, 21 de mayo de 2001 Comisión B, primer informe)
1
Documento A54/24.
RESOLUCIONES Y DECISIONES
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WHA54.7
Fondo para la Gestión de Bienes Inmuebles
La 543 Asamblea Mundial de la Salud, Habiendo examinado el informe de la Directora General sobre la situación de los proyectos financiados con cargo al Fondo para la Gestión de Bienes Inmuebles y sobre las necesidades previsibles del Fondo en el periodo comprendido entre el 1 de junio de 2001 y el 31 de mayo de 2002 y la posible construcción en el futuro de un edificio OMS/ONUSIDA en Ginebra; 1 Expresando su agradecimiento a la Confederación Helvética y a la República y Cantón de Ginebra por sus continuas manifestaciones de hospitalidad; Reconociendo que determinadas estimaciones deben considerarse forzosamente provisionales, AUTORIZA la financiación con cargo al Fondo para la Gestión de Bienes Inmuebles de los gastos que se resumen en la parte 111 del informe de la Directora General, por un importe aproximado de US$ 3 250 000; l.
2. ASIGNA al Fondo para la Gestión de Bienes Inmuebles, con cargo a la Cuenta de Ingresos Ocasionales, la suma de US$ 2 689 712; AUTORIZA a la Directora General a llevar adelante las negociaciones con las autoridades sui3. zas respecto del proyecto descrito en la parte 11 de su informe; PIDE a la Directora General que presente un nuevo informe y el proyecto a la 55a Asamblea 4. Mundial de la Salud. (Octava sesión plenaria, 21 de mayo de 2001 Comisión B, primer informe)
WHA54.8
Ingresos ocasionales
La 543 Asamblea Mundial de la Salud, Habiendo examinado el informe de la Directora General sobre los ingresos ocasionales,2 DECIDE que el monto estimado disponible al 31 de diciembre de 2000 en la Cuenta de Ingresos Ocasionales se utilice para lo siguiente:
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Documento EB107/2001/REC/l, anexo l. Documento A54/25.
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54a ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
US$ i)
financiar parcialmente el presupuesto ordinario para el ejercicio 2002-2003 aplicando un prorrateo entre los Estados Miembros de conformidad con el plan de incentivos financieros (resolución WHA41.12) con cargo a los intereses estimados devengados en 2000 financiar el Fondo para la Gestión de Bienes Inmuebles, de conformidad con las propuestas que figuran en el informe de la Directora General 1 reabastecer el Fondo de Operaciones con el monto estimado de los atrasos de contribuciones acreditados a los ingresos ocasionales mantener el saldo estimado en la Cuenta de Ingresos Ocasionales a la espera de disponer de él como parte de los ingresos varios
6 883 150
ii)
2 689 712
iii)
7 602 828
iv)
6 111 160
(Octava sesión plenaria, 21 de mayo de 2001 Comisión B, primer informe)
WHA54.9
Contribución de la República Federativa de Yugoslavia
La 54a Asamblea Mundial de la Salud, Enterada de que la Asamblea General de las Naciones Unidas, por resolución 55/5, estableció la cuota de la República Federativa de Yugoslavia en 0,026% para 2000 y en 0,020% para 2001; Recordando el principio, establecido en la resolución WHA8.5 y confirmado en la resolución WHA24.12, según el cual la última escala de cuotas de las Naciones Unidas debe servir de base para determinar la escala de contribuciones de la OMS, DECIDE: 1) que la cuota de contribución anual de la República Federativa de Yugoslavia para el año 2000 sea del 0,026%; 2) que su contribución para 2000 se reduzca a dos doceavos de 0,026%;
3) que la cuota de contribución anual de la República Federativa de Yugoslavia para el año 2001 sea de 0,020%. (Octava sesión plenaria, 21 de mayo de 2001Comisión B, primer informe)
1
Documento EB107/2001/REC/l, anexo l.
RESOLUCIONES Y DECISIONES
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WHA54.10
Ampliación de la respuesta al VIH/SIDA
La 543 Asamblea Mundial de la Salud, Teniendo en cuenta el informe sobre el VIH/SIDA; 1 Reconociendo que el SIDA representa una crisis de dimensiones sin precedentes que amenaza al desarrollo, la cohesión social, la estabilidad política y la esperanza de vida, e impone una carga devastadora a numerosos países y regiones; Recordando que en la Constitución de la Organización Mundial de la Salud se señala que el goce del grado máximo de salud que se pueda lograr es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano sin distinción de raza, religión, ideología política o condición económica o social, y considerando que, para su progresiva realización en lo que atañe al VIHISIDA, ese derecho requiere el acceso, sin discriminación alguna, a los centros de salud y a la prevención, la atención, el tratamiento y el apoyo necesarios; Considerando que la estigmatización, el silencio, la discriminación y el rechazo agravan el impacto de la epidemia; Reconociendo que todos los países deben seguir haciendo hincapié en una prevención generalizada y eficaz, con inclusión de la educación, la nutrición, la información y los servicios, así como en el acceso a, entre otros productos, vacunas, preservativos, microbicidas y medicamentos; Reconociendo que la prevención y la atención están inextricablemente ligadas, y que su eficacia aumenta cuando se aplican conjuntamente; Considerando que el VIH/SIDA afecta con especial gravedad a las mujeres y los niños; Reconociendo la existencia de medicamentos baratos y eficaces para prevenir y tratar las infecciones oportunistas, la urgencia con que se necesitan y la posibilidad de conseguirlos rápidamente; Reconociendo que la falta de productos farmacéuticos asequibles y de estructuras de suministro y sistemas de salud viables sigue dificultando la articulación de una respuesta eficaz contra el VIH/SIDA en muchos países, en especial para la población más pobre; Reconociendo que, allí donde se ha podido administrar, la terapia antirretrovírica ha reducido la mortalidad y prolongado la vida sana, y que las recientes reducciones de los precios abren nuevas oportunidades para ampliar ese beneficio a quienes de otro modo no podrían permitírselo; Observando la función crucial que deben desempeñar los servicios y sistemas de salud para ofrecer y ampliar las respuestas eficaces, así como la tensión a que están sometidos los sistemas de salud de muchos países en desarrollo como consecuencia de la carga actual de morbilidad, y en particular del impacto adicional del VIHISIDA; Reconociendo que, para aplicar un enfoque amplio y multisectorial contra el VIH/SIDA, la tuberculosis y otras enfermedades infecciosas, se requerirán recursos humanos y financieros suficientes a nivel nacional e internacional;
1
Documento A54/15.
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543 ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
Teniendo en cuenta la necesidad de aplicar medidas que incorporen intervenciones de prevención, atención y sensibilización en materia de VIHISIDA en los programas de asistencia humanitaria, a fin de asegurar que las poblaciones afectadas por los conflictos y los desastres naturales y humanos -refugiados, desplazados internos y, en particular, mujeres y niños- estén protegidas y sean tratadas adecuadamente contra la infección por el VIH y las infecciones asociadas; Recordando los esfuerzos desplegados a fin de abaratar los medicamentos para los más necesitados; Acogiendo con satisfacción las actividades en curso para establecer un fondo mundial para el VIHISIDA y la salud; Teniendo presente que diversas iniciativas regionales, entre ellas la Declaración de Abuja sobre el VIHISIDA, la tuberculosis y otras enfermedades infecciosas conexas, suscrita por los Jefes de Estado y de Gobierno de África, que reconoce que hay que abordar esas epidemias como parte fundamental del programa de mitigación de la pobreza y de promoción de un desarrollo sostenible, y la Declaración de la Ciudad de Quebec formulada por los Jefes de Estado y de Gobierno de las Américas, en la que se hace hincapié en que la salud y el acceso equitativo a atención médica, servicios de salud y medicamentos asequibles son vitales para el desarrollo humano y el logro de los objetivos políticos, económicos y sociales; Vistas las resoluciones 2001/33 y 2001/51 adoptadas por la Comisión de Derechos Humanos en su 57° periodo de sesiones; Reconociendo el papel del ONUSIDA en la dirección de la respuesta mundial al VIHISIDA y su apoyo a los programas nacionales contra esa enfermedad, así como el liderazgo del Secretario General de las Naciones Unidas, especialmente en el contexto del periodo extraordinario de sesiones sobre el VIHISIDA (junio de 2001); Reconociendo asimismo el papel clave desempeñado por la OMS en la promoción de la salud, la prevención de las enfermedades, la atención y el tratamiento, la organización de servicios, la difusión de información de apoyo a la formulación de políticas de salud y la mejora del acceso a los medicamentos asequibles y a los productos necesarios, l. INSTA a los Estados Miembros: 1) a que velen por que el VIHISIDA sea una de las principales prioridades en el programa de salud y desarrollo, y a que destinen recursos suficientes a la respuesta contra el VIHISIDA; 2) a que adopten medidas eficaces, en un entorno favorable, para asegurar que todas las personas, en particular los jóvenes, sepan cómo evitar la infección, y para facilitar el acceso a los servicios y métodos de prevención, que deben ser el pilar de los programas; 3) a que amplíen sus respuestas contra el VIHISIDA, haciendo especial hincapié en la creación de alianzas intersectoriales, el fortalecimiento de los sistemas de atención sanitaria, los programas nutricionales, los programas de educación e información, y la concepción de intervenciones de prevención, tratamiento y atención en las que participen las personas que viven con el VIHISIDA; 4) a que reconozcan la necesidad de lograr una respuesta a nivel de toda la sociedad para reducir la estigmatización y la discriminación relacionadas con el VIHISIDA;
RESOLUCIONES Y DECISIONES
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5) a que no escatimen esfuerzos para proporcionar, gradualmente y de manera sostenible, el nivel más alto de tratamiento del VIH/SIDA, con inclusión de la profilaxis y el tratamiento de las infecciones oportunistas, así como la utilización segura y eficaz de terapia antirretrovírica de calidad controlada, con la vigilancia y el cuidado debidos con el fin de mejorar la observancia y la eficacia y reducir el riesgo de aparición de resistencia; 6) a que procuren que en la formulación de políticas nacionales contra el VIH/SIDA participen las personas que viven con el VIH/SIDA; 7) a.que desarrollen, teniendo en cuenta las diferencias en los sistemas de atención de salud, modalidades de atención apropiadas, como los servicios ambulatorios, la atención domiciliaria y la atención diurna, en el contexto de una verdadera continuidad en la prestación de atención, a fin de asegurar la sostenibilidad y la alta calidad del diagnóstico, el asesoramiento, la realización de pruebas, el tratamiento y la prestación de apoyo; 8) a que apoyen, alienten e incentiven un incremento de las inversiones en la investigación relacionada con el VIHISIDA, incluidas investigaciones sociales y comportamentales, así como en el desarrollo de nuevos enfoques y tecnologías de prevención y curación, con inclusión, en particular, de vacunas contra el VIH/SIDA y microbicidas; 9) a que hagan todo lo posible para proporcionar apoyo financiero y cooperación técnica para ampliar la respuesta a la pandemia; 1O) a que, con miras a ampliar el acceso a los medicamentos, cooperen de manera constructiva en el fortalecimiento de las políticas y prácticas farmacéuticas, incluidas las aplicables a los medicamentos genéricos y los regímenes de propiedad intelectual, a fin de promover la innovación y el desarrollo de industrias nacionales que se atengan al derecho internacional pertinente; 11) 2. a que apoyen el establecimiento de un fondo mundial para el VIH/SIDA y la salud;
INSTA a la Directora General: 1) a que proporcione a los Estados Miembros y a los asociados en las esferas de la salud y el desarrollo orientaciones normativas de alta calidad en relación con la salud y apoyo técnico sostenido e integral para que los países puedan intensificar sus respuestas nacionales al VIH/SIDA en consonancia con sus circunstancias y prioridades particulares; 2) a que preste asistencia en el desarrollo y en la aplicación de estrategias integrales de prevención y atención; 3) a que amplíe con urgencia el apoyo prestado para el desarrollo de las capacidades y estructuras necesarias de los sistemas de salud, y proporcione orientación normativa y cooperación técnica a fin de mejorar la prevención, el tratamiento clínico, la atención de enfermería, la orientación y el apoyo social y psicológico a las personas que viven con el VIH/SIDA; 4) a que impulse la investigación, incluidos ensayos clínicos controlados y éticos, sobre vacunas contra el VIH, microbicidas y nuevas terapias antirretrovíricas, así como nuevos artículos necesarios, como kits de análisis; 5) a que oriente y apoye el desarrollo de la capacidad nacional para vigilar las posibles reacciones adversas a los medicamentos y la aparición de resistencia en relación con los fármacos antirretrovíricos;
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543 ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
6) a que mantenga relaciones de estrecha colaboración con la comunidad internacional y el sector privado a fin de ampliar la disponibilidad de medicamentos contra el VIH/SIDA, incluida la terapia antirretrovírica; 7) a que participe activamente, junto con otros actores internacionales, en el desarrollo y el establecimiento de un fondo mundial para el VIH/SIDA y la salud, incluso mediante la promoción de mecanismos para dotarlo de una estructura de gestión transparente y participativa que incluya a representantes de la sociedad civil. (Octava sesión plenaria, 21 de mayo de 2001 Comisión A, tercer infonne)
WHA54.11
Estrategia farmacéutica de la OMS
La 543 Asamblea Mundial de la Salud, Recordando las resoluciones WHA39.27, WHA41.16, WHA43.20, WHA45.27, WHA47.12, WHA47.16, WHA47.17, WHA49.14 y WHA52.19; Habiendo examinado el informe sobre la estrategia revisada en materia de medicamentos, 1 y teniendo presente el informe anterior sobre el tema, 2 donde se ponen de relieve los desafíos relacionados con los acuerdos comerciales internacionales, el acceso a los medicamentos esenciales, la calidad de los medicamentos y el uso racional de los mismos, así como la urgente necesidad de mejorar el acceso a los medicamentos requeridos para tratar problemas de salud prioritarios, como el paludismo, las enfennedades infantiles, el VIHISIDA y la tuberculosis, entre otros; Reconociendo los cuatro objetivos principales de la estrategia farmacéutica de la OMS, a saber: fonnular y aplicar medidas de política; asegurar el acceso; asegurar la calidad, la inocuidad y la eficacia; y promover la utilización racional de los medicamentos; Teniendo en cuenta que los problemas de salud que acaban de mencionarse castigan de fonna especial a las poblaciones pobres y vulnerables, que quedan atrapadas en la pobreza, e impiden en gran medida el crecimiento de la economía en los planos nacional e internacional, en perjuicio de toda la humanidad; Recordando que en la Constitución de la Organización Mundial de la Salud se afinna que el goce del grado máximo de salud que se pueda lograr es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano sin distinción de raza, religión, ideología política o condición económica o social, y considerando que la realización progresiva de ese derecho debe abarcar el acceso, sobre una base no discriminatoria, a los servicios de salud, incluida la prevención, la atención, el tratamiento y el apoyo en relación con el acceso a los medicamentos; Teniendo presente el marco mundial de la OMS para mejorar el acceso a los medicamentos esenciales, y sus cuatro componentes: selección y utilización racionales de los medicamentos, sistemas fiables de salud y suministros, financiación sostenible y precios asequibles;
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Documento A54/17. Documento A53/IO.
RESOLUCIONES Y DECISIONES
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Considerando que el acceso a los medicamentos es especialmente sensible a los precios, pues la mayoría de la población de los países en desarrollo ha de pagar personalmente la atención sanitaria, y que para lograr el acceso universal se requiere el compromiso de gobiernos, de organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, del sector privado y de la sociedad civil; 1 Teniendo en cuenta que la estrategia farmacéutica de la OMS debe aplicarse de inmediato para que se materialicen los enormes beneficios sanitarios que los medicamentos esenciales pueden reportar a la tercera parte de la población humana, que ahora carece de ellos; Teniendo en cuenta la necesidad de incrementar la ayuda económica y técnica internacional destinada a la aplicación de la estrategia farmacéutica de la OMS; Reconociendo la importancia de las políticas farmacéuticas nacionales establecidas de conformidad con las directrices de la OMS; Encomiando el firme liderazgo demostrado por la OMS al insistir en el concepto de medicamentos esenciales, y la contribución aportada por las organizaciones no gubernamentales activas en el sector de la salud pública al logro de objetivos tales como la formulación de políticas farmacéuticas nacionales y sus aspectos conexos; Observando que es preciso evaluar más a fondo las repercusiones de los acuerdos comerciales internacionales en el acceso a los medicamentos esenciales o en su fabricación, así como en el desarrollo de nuevos medicamentos; Reconociendo que los sistemas de salud eficientes y equitativos, así como los sistemas de suministro fiables, son elementos fundamentales de todo marco para la ampliación del acceso a los medicamentos esenciales; Teniendo presente la resolución 2001/33, sobre el acceso a la medicación en el contexto de pandemias como las del VIH/SIDA, aprobada por la Comisión de Derechos Humanos en su 57° periodo de sesiones, l. INSTA a los Estados Miembros: 1) a que reafirmen su compromiso de velar por los intereses de la salud pública, no escatimen esfuerzos para promover el acceso equitativo a los medicamentos, y adopten las medidas necesarias en el marco de sus políticas nacionales de salud, incluso en relación con las enfermedades prioritarias y las pandemias, como aspecto importante de la realización progresiva del derecho a gozar del grado máximo de salud que pueda lograrse; 2) a que adopten medidas eficaces de conformidad con el derecho internacional y los acuerdos internacionales a los que se hayan adherido, a fin de lograr un mejor acceso a los medicamentos; 3) a que lleven a cabo actividades de cooperación en relación con la resolución 2001/33 de la Comisión de Derechos Humanos;
1 Véase Globalization, TRIPS and access to phannaceuticals. WHO Policy Perspectives on Medicines, N° 3. Ginebra, Organización Mundial de la Salud, marzo de 2001. (Documento WHO/EDM/2001.2.)
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543 ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
4) a que apliquen medidas encaminadas a ampliar el acceso de su población a los medicamentos esenciales, incluida la aplicación de la resolución WHA52.19, teniendo en cuenta la eficiencia de la utilización racional de los medicamentos, así como la asequibilidad; 5) a que, para aumentar el acceso a los medicamentos, y en función de las necesidades sanitarias de las personas, en especial las que menos pueden asumir los costos, y reconociendo los esfuerzos que despliegan los Estados Miembros para ampliar el acceso a los medicamentos y promover la industria nacional, cooperen de manera constructiva en el fortalecimiento de las políticas y prácticas farmacéuticas, incluidas las aplicables a los medicamentos genéricos, y de los regímenes en materia de propiedad intelectual, con objeto de promover en mayor medida la innovación y el desarrollo de las industrias nacionales, en consonancia con el derecho internacional aplicable; 6) a que proporcionen apoyo financiero y cooperación técnica para que los Estados Miembros que lo necesiten puedan ampliar el acceso de su población a los medicamentos esenciales; 2. PIDE a la Directora General: 1) que, conjuntamente con los Estados Miembros, las organizaciones no gubernamentales y otros asociados interesados en la salud pública, lleve a cabo un examen permanente de la eficacia de la actual estrategia en materia de medicamentos esenciales e impulse el desarrollo de medicamentos para luchar contra las enfermedades que afectan sobre todo a los países pobres; 2) que estudie la viabilidad y la eficacia de aplicar, en colaboración con organizaciones no gubernamentales y otros asociados interesados, sistemas de vigilancia, con carácter voluntario, y de notificación de los precios de los medicamentos a nivel mundial, con objeto de lograr un acceso más equitativo a los medicamentos esenciales en los sistemas de salud, y de prestar apoyo a los Estados Miembros en esta esfera; 3) que preste apoyo para la aplicación de sistemas de vigilancia de los medicamentos que permitan identificar mejor el desarrollo de resistencias, las reacciones adversas y la utilización incorrecta de los medicamentos en los sistemas de salud, promoviendo así la utilización racional de los medicamentos; 4) que prosiga y redoble los esfuerzos encaminados a estudiar y notificar las repercusiones sanitarias actuales y futuras de los acuerdos comerciales internacionales, en estrecha cooperación con las organizaciones intergubernamentales apropiadas; 5) que preste más apoyo a los Estados Miembros que lo necesiten y lo soliciten para alcanzar los objetivos prioritarios establecidos en la estrategia farmacéutica de la OMS; 6) que preste apoyo a los Estados Miembros a fin de establecer mecanismos nacionales eficaces de reglamentación para garantizar la calidad, que contribuyan a velar por la observancia de las buenas prácticas de fabricación, así como de las normas sobre biodisponibilidad y bioequivalencia; 7) que siga promoviendo la labor de la OMS en la esfera de las medicinas tradicionales;
8) que informe a la 55 3 Asamblea Mundial de la Salud sobre el curso de las iniciativas adoptadas a nivel mundial o regional para ampliar el acceso a los medicamentos esenciales. (Octava sesión plenaria, 21 de mayo de 2001 Comisión A, tercer informe)
RESOLUCIONES Y DECISIONES
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WHA54.12
Fortalecimiento de la enfermería y la partería
La 543 Asamblea Mundial de la Salud, Habiendo examinado el informe sobre fortalecimiento de la enfermería y la partería; 1 Recordando las resoluciones WHA42.27, WHA45.5, WHA47.9, WHA48.8 y WHA49.1, en las que se recomendaban medidas para fortalecer la enfermería y la partería; Reconociendo la importancia de unos sistemas de salud accesibles en las iniciativas de mejora de la salud de la población, según se resalta en el Informe sobre la salud en el mundo 2000; 2 Reconociendo la importancia que reviste el uso de recursos apropiados, en particular los recursos humanos, en la prestación de servicios de salud; Consciente de que las enfermeras y las parteras desempeñan una función crucial y eficaz con relación al costo para reducir el exceso de mortalidad, morbilidad y discapacidad, así como para fomentar modos de vida sanos, e interesada en que se intensifique la acción para potenciar su contribución al máximo; Preocupada por la escasez mundial de enfermeras y parteras; Reconociendo la importancia que tienen los servicios de enfermería y los servicios de partería3 como núcleo de todo sistema sanitario y en la salud nacional; Teniendo presente la necesidad de seguir colaborando con todos los asociados cuyo trabajo repercute en la salud de la población, en la promoción de la salud y en la atención sanitaria, 1. INSTA a los Estados Miembros: 1) a que fomenten el desarrollo de sus sistemas de salud y prosigan la reforma del sector sanitario haciendo participar a las enfermeras y las parteras en la elaboración, planificación y aplicación de la política sanitaria a todos los niveles; 2) a que examinen o elaboren y apliquen planes de acción nacionales en pro de la salud, así como modelos de enseñanza, legislación, reglamentación y práctica para las enfermeras y parteras, y velen por que· todos ellos reflejen suficiente y apropiadamente las competencias y los conocimientos que permitan a las enfermeras y las parteras atender las necesidades de la población a la que sirven; 3) a que establezcan programas integrales de desarrollo de los recursos humanos que favorezcan la formación, la contratación y la retención en los servicios de salud de un personal de enfermería y partería cualificado y motivado; 4) a que elaboren y apliquen políticas y programas que garanticen la salubridad del lugar de trabajo y la calidad del entorno laboral de las enfermeras y parteras;
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Documento A54/ 11.
Informe sobre la salud en el mundo 2000: mejorar el desempeño de los sistemas de salud. Ginebra, Organización Mundial de la Salud, 2000. 3
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Y el personal oficialmente reconocido como equivalente que presta esos servicios.
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54a ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
5) a que respalden las medidas precitadas con la evaluación continua de las necesidades de enfermería y partería y mediante la elaboración, el examen periódico y la aplicación de planes de acción nacionales de enfermería y partería, como parte integrante de la política nacional de salud; 6) a que potencien el desarrollo de servicios de enfermería y partería que reduzcan los factores de riesgo y respondan a las necesidades sanitarias, sobre la base de datos científicos y clínicos sólidos; 7) 2. a que preparen planes para evaluar los servicios de enfermería;
PIDE a la Directora General: 1) que preste apoyo a los Estados Miembros para que establezcan mecanismos de indagación de las causas de la escasez mundial de personal de enfermería y partería, incluido el efecto de las migraciones, y para que elaboren planes y programas de recursos humanos, con inclusión de modalidades de contratación internacional ajustadas a la ética; 2) que preste apoyo a los Estados Miembros en sus esfuerzos encaminados a fortalecer la contribución de las enfermeras y parteras a la salud de la población, y que adopte las medidas necesarias para aumentar el número de centros colaboradores de la OMS en materia de enfermería y partería en los países en desarrollo; 3) que asegure la participación de expertos en enfermería y partería en la planificación integrada de los recursos humanos para la salud, y en la planificación sanitaria en general, y que preste apoyo a los Estados Miembros que emprendan programas de parteras cualificadas de aldea desarrollando directrices y módulos de formación, ampliando de ese modo la función de las enfermeras, y en particular de las parteras; 4) que siga cooperando con los gobiernos para fomentar una coordinación eficaz entre todos los organismos y organizaciones interesados en el desarrollo de la enfermería y la partería; 5) que proporcione apoyo continuado a la labor del Grupo Consultivo Mundial sobre Enfermería y Partería, y que tenga en cuenta los intereses y la contribución de la enfermería y la partería en aspectos más amplios de la elaboración y aplicación de las políticas y los programas de laOMS; 6) que desarrolle y aplique sistemas e indicadores uniformes del desempeño en los planos nacional, regional y mundial para vigilar y medir los progresos realizados hacia esos objetivos e informar al respecto; 7) que prepare rápidamente un plan de acción para el fortalecimiento de la enfermería y la partería y prevea su evaluación externa una vez ejecutado; 8) que mantenga informada a la Asamblea de la Salud de los progresos realizados en la aplicación de esta resolución, y que informe a la 563 Asamblea Mundial de la Salud en 2003. (Novena sesión plenaria, 21 de mayo de 2001 Comisión A, cuarto informe)
RESOLUCIONES Y DECISIONES
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WHA54.13
Fortalecimiento de los sistemas de salud en los países en desarrollo
La 543 Asamblea Mundial de la Salud, Consciente de los principios y de la necesidad evidente de la cooperación técnica entre los países en desarrollo, así como del interés mostrado por la Asamblea de la Salud, en virtud de sus resoluciones WHA31.41, WHA31.54, WHA32.27, WHA35.24, WHA36.34, WHA37.15, WHA37.16, WHA38.23, WHA39.23, WHA40.17, WHA40.30, WHA50.27, WHA51.16 y WHA52.23, por reforzar este tipo de cooperación con el fin de mejorar la situación sanitaria en los países en desarrollo; Habiendo examinado el informe sobre fortalecimiento de la prestación de servicios de salud; 1 Subrayando los propósitos y principios de las Naciones Unidas, enunciados en la Carta de las Naciones Unidas, en particular la igualdad soberana de los Estados y el fomento de relaciones de amistad entre las naciones, basadas en el respeto de la igualdad de derechos y de la libre determinación de los pueblos, que han sido reafirmados constantemente por los Estados Miembros del Movimiento de los Países No Alineados; Reconociendo que, para hacer realidad las aspiraciones y lograr el desarrollo social y el bienestar de las poblaciones, los gobiernos y todos los sectores de la sociedad tienen la responsabilidad básica de adoptar medidas que faciliten el logro de las metas relativas a la erradicación de la pobreza y a la seguridad alimentaria, a la salud, la educación, el empleo, la vivienda y la integración social; Reafirmando los compromisos asumidos a este respecto en el vigésimo cuarto periodo extraordinario de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, titulado «Cumbre Mundial para el Desarrollo Social y el futuro: en pos del desarrollo social para todos en el actual proceso de mundialización»; Reconociendo que los determinantes principales de la mala salud, como la pobreza y la falta de instrucción, figuran entre las causas fundamentales del subdesarrollo, y que la salud es al mismo tiempo una condición previa necesaria y un resultado del proceso general de desarrollo; Reconociendo asimismo que es preciso prestar especial atención a las necesidades sanitarias de las mujeres, las niñas, los niños y las personas de edad; Consciente de que la mundialización ofrece oportunidades y plantea retos a todos los países y que los países en desarrollo, en particular los más pobres, son vulnerables a los efectos adversos de la mundialización que agudizan las desigualdades en la situación sanitaria y en la atención de salud tanto en esos países como entre ellos y los países desarrollados; Recordando que la falta de acceso a medicamentos esenciales inocuos y asequibles y a otras tecnologías sanitarias es un factor importante de perpetuación y ampliación de esas desigualdades; Observando con preocupación la necesidad de fondos destinados a la cooperación para el desarrollo mientras aumenta la demanda de los países en desarrollo, y reconociendo que el alivio de la deuda, incluidas la iniciativa en favor de los países pobres muy endeudados y otras actividades, podrían liberar recursos considerables para su utilización en el desarrollo de infraestructuras y servicios de salud;
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Documento A54/12.
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543 ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
Reconociendo los avances realizados en las esferas de la genética humana y la biotecnología, así como los beneficios que podrían derivarse de la investigación en estas esferas; Observando con preocupación el aumento del VIHISIDA, de la tuberculosis y de otras enfermedades en los países en desarrollo, en especial los del África subsahariana; Acogiendo con satisfacción la importancia asignada al VIHISIDA en el programa internacional y tomando nota de la aprobación de la resolución 2001/33, relativa al acceso a la medicación, por la Comisión de Derechos Humanos en su 57° periodo de sesiones, la Declaración de Abuja sobre el VIHISIDA, la Tuberculosis y Otras Enfermedades Infecciosas Conexas, así como el debate extraordinario convocado a petición del Grupo de África (junio de 2001) del Consejo de los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio sobre el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC), de la OMC, y la cuestión del acceso a los medicamentos esenciales, y el periodo extraordinario de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre el VIH/SIDA (junio de 2001); Haciendo suyo el reconocimiento de que la enfermedad mental es un problema importante al que es preciso prestar especial atención en los sistemas de salud de los países en desarrollo; Acogiendo con satisfacción las iniciativas de la OMS relativas a la promoción de la cooperación horizontal entre los países en desarrollo, l. REAFIRMA su compromiso con los objetivos de la estrategia de salud para todos, en particular con la consecución de sistemas de salud equitativos, económicos, asequibles y sostenibles, basados en la atención primaria de salud, en todos los Estados Miembros; 2. RECONOCE el derecho soberano de cada país de adoptar políticas nacionales adecuadas a las necesidades específicas de su población; 3. INSTA a los Estados Miembros: 1) a que reafirmen la importancia de la salud como recurso indispensable para el desarrollo sostenible, e impulsen ese desarrollo mediante medidas que promuevan y mantengan la equidad y la igualdad, incluso entre los hombres y las mujeres; 2) a que sigan desarrollando los sistemas de salud de conformidad con los principios mencionados supra, y velen por que, cuando el mercado esté presente en el sector de salud, éste funcione de manera eficaz dentro de un marco adecuado de principios éticos y de conformidad con las reglamentaciones y normas técnicas establecidas por la autoridad gubernamental; 3) a que participen en el debate extraordinario del Consejo de los ADPIC, de la OMC, sobre los aspectos de los derechos de propiedad intelectual relacionados con el acceso a los medicamentos esenciales, a fin de abordar los aspectos de interés destacados por los países en desarrollo; 4) a que, con carácter prioritario, adopten medidas que respondan a las necesidades de los sectores más vulnerables de sus poblaciones; 5) a que hagan todo lo posible por asegurar que no se obstaculicen los esfuerzos desplegados por los países para usar las opciones que les brindan los acuerdos internacionales que han suscrito para proteger y potenciar el acceso a fármacos que salvan vidas y a los medicamentos esenciales;
RESOLUCIONES Y DECISIONES
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6) a que sigan prestando apoyo a la investigación en el campo de la genética humana y la biotecnología, sometida a normas científicas y éticas aceptadas y al criterio de su beneficio potencial para todos, especialmente para la población pobre; 7) a que eviten todo tipo de medidas contrarias al derecho internacional, inclusive las convenciones internacionales, que dificulten la prestación de servicios de salud y priven de atención a los más necesitados; 4. EXHORTA a los Estados Miembros, especialmente los que son países desarrollados: 1) a que sigan facilitando la transferencia de material, equipo, tecnología y recursos apropiados para las necesidades sanitarias de los países en desarrollo; 2) a que apoyen la cooperación técnica con los países en desarrollo y entre éstos;
3) a que revisen, con miras a aumentarlos, los recursos que destinan a la cooperación para el desarrollo y a la lucha contra el VIH/SIDA y otras enfermedades prioritarias; 5. PIDE a la comunidad internacional y a las instituciones multilaterales: 1) que sigan centrando sus deliberaciones en las personas, en particular cuando las medidas propuestas en tales deliberaciones puedan perjudicar, directa o indirectamente, al estado de salud de los más vulnerables; 2) que, cuando proceda, integren la dimensión de la salud en sus programas y estrategias, sobre todo en lo que respecta al VIH/SIDA y a otras enfermedades prioritarias; 3) que, de acuerdo con su mandato y su competencia particular, apoyen las actividades destinadas a fortalecer los sistemas de salud de los países en desarrollo; 4) que busquen y apliquen soluciones duraderas y orientadas al desarrollo para resolver los problemas del servicio de la deuda de los países en desarrollo con miras a aliviar la deuda externa; 5) que apliquen las conclusiones de las cumbres y conferencias de las Naciones Unidas que abordan problemas de salud y que formulen nuevas recomendaciones en ese sentido; 6) 6. que respalden el establecimiento de un fondo mundial para el VIHISIDA y la salud;
PIDE a la Directora General: 1) que siga prestando apoyo a los Estados Miembros en sus actividades encaminadas a atender las necesidades sanitarias de su población, en especial de las personas más vulnerables; 2) que coopere con los Estados Miembros para garantizar el acceso a medicamentos esenciales inocuos y asequibles y a otras tecnologías sanitarias apropiadas; 3) que refuerce la capacidad del sector de la salud para participar eficazmente en los esfuerzos multisectoriales realizados para combatir las causas básicas de los problemas de salud;
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543 ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
4) que siga apoyando las actividades emprendidas por instituciones de los países en desarrollo en el terreno de la reforma del sector de la salud, y que valide y coteje los resultados de la labor de esas y otras instituciones a fin de asegurar que en el futuro las políticas y el asesoramiento se basen en la mejor información disponible; 5) que informe más ampliamente sobre las oportunidades de interacción con miembros del Movimiento de los Países No Alineados y otros países en desarrollo con miras a facilitar y mejorar la labor de la OMS; 6) que informe a la 563 Asamblea Mundial de la Salud sobre las medidas adoptadas y los progresos realizados en la aplicación de la presente resolución. (Novena sesión plenaria, 21 de mayo de 2001 Comisión A, cuarto informe)
WHA54.14
Seguridad sanitaria mundial: alerta y respuesta ante epidemias
La 543 Asamblea Mundial de la Salud, Recordando las resoluciones WHA48.7, sobre el Reglamento Sanitario Internacional, WHA48.13, sobre enfermedades infecciosas nuevas, emergentes y reemergentes, y WHA51.17, sobre resistencia a los antimicrobianos; Habiendo examinado el informe sobre seguridad sanitaria mundial: alerta y respuesta ante epidemias;1 Recordando que la salud pública es una condición prioritaria para el desarrollo y que existen importantes e inmediatas oportunidades para lograr progresos en la lucha contra las enfermedades transmisibles, que constituyen una importante carga en términos de mortalidad y morbilidad humanas; Consciente de la mundialización del comercio y de la circulación de personas, animales, mercancías y productos alimenticios, así como de la rapidez con que ambas se producen; Reconociendo que, en consecuencia, cualquier aumento brusco del número de casos infecciosos en un país determinado constituye un motivo potencial de preocupación para la comunidad internacional, l. EXPRESA su apoyo a lo siguiente: 1) la labor en curso de revisión del Reglamento Sanitario Internacional, inclusive sobre los criterios para definir las emergencias sanitarias de interés internacional;
2) el desarrollo de una estrategia mundial para contener y, cuando sea posible, prevenir la resistencia a los medicamentos antimicrobianos;
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Documento A54/9.
RESOLUCIONES Y DECISIONES
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3) la colaboración entre la OMS y todos los asociados técnicos potenciales en materia de alerta y respuesta ante epidemias, incluidos los sectores públicos pertinentes, las organizaciones intergubemamentales, las organizaciones no gubernamentales y el sector privado; 2. INSTA a los Estados Miembros: 1) a que, junto con la OMS y otros asociados técnicos, participen activamente en la verificación y la validación de los datos y la información de vigilancia relativos a las emergencias sanitarias de interés internacional; 2) a que elaboren y actualicen planes nacionales de preparación y respuesta;
3) a que desarrollen la capacitación del personal interesado y el intercambio de prácticas adecuadas entre especialistas en respuesta a las alertas; 4) a que actualicen regularmente la información sobre los recursos disponibles para vigilar las enfermedades infecciosas y luchar contra ellas; 5) 3. a que designen un punto focal para el Reglamento Sanitario Internacional;
PIDE a la Directora General: 1) que establezca instrumentos internacionales pertinentes y preste apoyo técnico a los Estados Miembros para que desarrollen o fortalezcan, como parte integrante de sus programas de gestión de las emergencias, actividades de preparación y respuesta contra los riesgos dimanantes de agentes biológicos; 2) que proporcione apoyo técnico a los Estados Miembros para que desarrollen programas de intervención que prevengan las epidemias y respondan a las amenazas y emergencias causadas por las enfermedades transmisibles, en particular en relación con las investigaciones epidemiológicas, los diagnósticos de laboratorio y el tratamiento de los casos a nivel comunitario y clínico; 3) que tome las providencias apropiadas para la elaboración de planes regionales de preparación y respuesta; 4) que preste apoyo a los Estados Miembros en el fortalecimiento de su capacidad para detectar las amenazas y emergencias causadas por las enfermedades transmisibles, y responder rápidamente a ellas, especialmente mediante el desarrollo de la competencia de laboratorio necesaria para el diagnóstico, así como por medio de la capacitación en métodos epidemiológicos de uso sobre el terreno, en particular en los países más expuestos; 5) que ponga a disposición de los Estados Miembros, así como de las organizaciones íntergubernamentales competentes y de los asociados técnicos, información pertinente sobre los riesgos para la salud pública; 6) que preste apoyo técnico a los Estados Miembros en la realización de actividades nacionales encaminadas a contener y prevenir la resistencia a los agentes antimicrobianos. (Novena sesión plenaria, 21 de mayo de 2001 Comisión A, cuarto informe)
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54" ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
WHA54.15
Situación sanitaria de la población árabe en los territorios árabes ocupados, incluida Palestina, y asistencia prestada
La 54" Asamblea Mundial de la Salud, Habida cuenta del principio básico, establecido en la Constitución de la OMS, según el cual la salud de todos los pueblos es una condición fundamental para lograr la paz y la seguridad; Recordando todas sus resoluciones anteriores sobre la situación sanitaria en los territorios árabes ocupados; Recordando la Conferencia Internacional de Paz sobre el Oriente Medio (Madrid, 30 de octubre de 1991), convocada sobre la base de las resoluciones 242 (1967), 338 (1973) y 425 (1978) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, así como del principio de «paz por territorio» y los subsiguientes acuerdos entre las partes palestina e israelí, el último de los cuales es el Acuerdo de Sharm El-Sheikh; Reafirmando el derecho inalienable, permanente e incondicional del pueblo palestino a la autodeterminación, en particular su derecho a establecer un Estado palestino soberano e independiente; Expresando su profunda preocupación por el deterioro experimentado por la situación sanitaria como consecuencia de la escalada de violencia registrada desde septiembre de 2000, que sigue causando un elevado número de muertos y heridos, sobre todo entre los palestinos; Expresando asimismo su profunda preocupación por el cierre de las zonas palestinas y de su interior, que afecta gravemente a los programas sanitarios y al suministro de servicios de salud a la población palestina, sobre todo en lo que respecta a los programas de atención maternoinfantil, la inmunización y el control de las epidemias, la salud escolar, el control de la salubridad del agua, la lucha contra los insectos, la salud mental y la educación sanitaria; Subrayando la urgente necesidad de aplicar plenamente la Declaración de Principios y los acuerdos subsiguientes entre la Organización de Liberación de Palestina y el Gobierno de Israel; Expresando grave preocupación por las políticas israelíes de establecimiento de asentamientos en el territorio ocupado, incluida la Jerusalén oriental, en violación del derecho internacional, de la Cuarta Convención de Ginebra y de las resoluciones pertinentes de las Naciones Unidas; Haciendo hincapié en la necesidad de preservar la integridad territorial de todos los territorios palestinos ocupados y de garantizar la libertad de movimiento de las personas y mercancías dentro del territorio palestino, incluida la supresión de las restricciones de entrada y salida de Jerusalén oriental y la libertad de movimiento hacia y desde el mundo exterior, teniendo presentes las consecuencias adversas del cierre del territorio palestino para su desarrollo socioeconómico, incluido el sector sanitario, especialmente en la situación actual; Expresando grave preocupación por el serio deterioro de la situación económica en los territorios palestinos y por la amenaza consiguiente para el sistema de salud palestino, agravados por el hecho de que Israel retenga fondos adeudados a la Autoridad Palestina; Reconociendo la necesidad de acrecentar el apoyo y la asistencia sanitaria internacionales a la población palestina en las zonas que se hallan bajo la responsabilidad de la Autoridad Palestina, así como a las poblaciones árabes en los territorios árabes ocupados, incluidos los palestinos y la población árabe siria;
RESOLUCIONES Y DECISIONES
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Reafirmando el derecho de los pacientes y el personal médico palestinos a beneficiarse de los servicios de salud disponibles en las instituciones sanitarias palestinas de la Jerusalén oriental ocupada; Reconociendo la necesidad de prestar apoyo y asistencia sanitaria a las poblaciones árabes en las zonas que se hallan bajo la responsabilidad de la Autoridad Palestina y en los territorios ocupados, incluido el Golán sirio ocupado; Habiendo examinado el informe de la Directora General, 1
l. ESPERA CON INTERÉS la reanudación de las conversaciones de paz encaminadas a lograr una paz justa, duradera y completa en el Oriente Medio; 2. LAMENTA PROFUNDAMENTE la escalada de violencia y el elevado número de víctimas resultante, en especial el excesivo recurso a la fuerza contra los palestinos; 3. AFIRMA la necesidad de apoyar los esfuerzos del Ministerio de Salud palestino para asegurar los servicios de emergencia, proseguir la ejecución de los programas de salud, afrontar la actual carga adicional de víctimas y las discapacidades fisicas y mentales resultantes; 4. EXHORTA a Israel a que no obstaculice el desempeño por parte del Ministerio de Salud palestino de todas sus responsabilidades para con el pueblo palestino, incluida la Jerusalén oriental ocupada, a que ponga fin al cierre impuesto a los territorios palestinos y en su interior, y a que libere los fondos adeudados a la Autoridad Palestina; 5. INSTA a los Estados Miembros y a las organizaciones intergubernamentales, no gubernamentales y regionales a que presten una asistencia rápida y generosa para posibilitar el desarrollo sanitario del pueblo palestino y atender sus urgentes necesidades humanitarias; 6. DA LAS GRACIAS a la Directora General por sus esfuerzos y le pide: a) que adopte medidas urgentes en cooperación con los Estados Miembros para apoyar al Ministerio de Salud palestino en sus esfuerzos por superar las dificultades actuales, y en particular para garantizar la libre circulación de las autoridades sanitarias, los pacientes, los agentes de salud y los servicios de emergencia, así como el suministro normal de productos médicos a los locales médicos palestinos, incluidos los de Jerusalén; b) que siga proporcionando la asistencia técnica necesaria a fin de apoyar programas y proyectos sanitarios para el pueblo palestino, y que aliente el suministro de asistencia humanitaria de emergencia para atender las necesidades provocadas por la actual crisis;
e) que adopte las medidas y establezca los contactos necesarios para obtener financiación de diversas fuentes, incluidas fuentes extrapresupuestarias, a fin de atender las urgentes necesidades sanitarias del pueblo palestino;
d) que prosiga sus esfuerzos encaminados a ejecutar el programa especial de asistencia sanitaria y adaptarlo a las necesidades sanitarias del pueblo palestino, teniendo en cuenta el plan de salud del pueblo palestino;
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Documento A54/31.
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543 ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
e) que informe a la 55 3 Asamblea Mundial de la Salud sobre la aplicación de la presente resolución, incluyendo una evaluación comparativa y basada en pruebas científicas de la situación sanitaria en los territorios ocupados a la luz de la crisis actual; 7. EXPRESA su gratitud a todos los Estados Miembros, las organizaciones intergubernamentales y las organizaciones no gubernamentales, y les exhorta a que presten la asistencia requerida para atender las necesidades sanitarias del pueblo palestino. (Novena sesión plenaria, 22 de mayo de 2001 Comisión B, segundo informe)
WHA54.16
Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo
La 543 Asamblea Mundial de la Salud, Recordando las resoluciones WHA47.27, WHA48.24, WHA49.26, WHA50.31, WHA51.24 y WHA53 .1 O, sobre la contribución de la OMS al logro de los objetivos del Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo (1994-2003); Habiendo examinado el informe sobre el Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo· 1
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Recordando asimismo la resolución 501157 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, en la que se adoptó el programa de actividades del Decenio Internacional, donde se recomienda que «los organismos especializados del sistema de las Naciones Unidas y otros organismos internacionales y nacionales, así como las comunidades y las empresas privadas, [presten] especial atención a las actividades de desarrollo que beneficien a las comunidades indígenas»; que se establezcan centros de coordinación para las cuestiones relativas a las poblaciones indígenas en todas las organizaciones pertinentes del sistema de las Naciones Unidas; y que los órganos rectores de los organismos especializados del sistema de las Naciones Unidas adopten programas de acción para el Decenio en sus propias esferas de competencia, «en estrecha cooperación con las poblaciones indígenas»; Acogiendo con agrado la decisión del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas en su resolución 2000/22, de 28 de julio de 2000, de establecer, como órgano asesor del Consejo, un Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas con el mandato de examinar las cuestiones indígenas en el contexto de las atribuciones del Consejo relativas al desarrollo económico y social, la cultura, el medio ambiente, la educación, la salud y los derechos humanos, cumpliendo con ello uno de los objetivos importantes del Decenio; Encomiando los progresos realizados en la Región de Las Américas en relación con la Iniciativa sobre la Salud de las Poblaciones Indígenas de las Américas; Profundamente preocupada por las disparidades entre la situación sanitaria de las poblaciones indígenas y la de la población general,
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Documento A54/33.
RESOLUCIONES Y DECISIONES
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l.
INSTA a los Estados Miembros: 1) a que reconozcan y protejan en sus políticas nacionales generales de desarrollo el derecho de las poblaciones indígenas al goce del grado máximo de salud que se pueda lograr, tal y como se afirma en la Constitución de la Organización Mundial de la Salud; 2) a que adopten en sus sistemas nacionales de salud las disposiciones adecuadas para atender las necesidades de salud de las poblaciones indígenas inclusive mediante la mejora del acopio y la notificación de estadísticas e información sanitaria; 3) a que respeten, preserven y mantengan los remedios y las prácticas curativas tradicionales, en consonancia con las normas aceptadas a escala nacional e internacional, y velen por que las poblaciones indígenas conserven esos conocimientos tradicionales y los beneficios conexos;
2. PIDE a los comités regionales de la OMS que presten atención urgente a la posibilidad de adopción de planes regionales de acción en materia de salud de las poblaciones indígenas que tengan en cuenta, cuando proceda, las conclusiones y recomendaciones en materia de salud de la Reunión Consultiva Internacional sobre la Salud de los Pueblos Indígenas (Ginebra, noviembre de 1999); 3. PIDE a la Directora General: 1) que fortalezca la asociación con las poblaciones indígenas en todas las actividades apropiadas de la OMS; 2) que colabore con los asociados en la salud y el desarrollo para proteger y promover el derecho de las poblaciones indígenas del mundo al goce del grado máximo de salud que se pueda lograr, como se afirma en la Constitución de la OMS, inclusive mediante el uso de información exacta y actualizada sobre la situación sanitaria de las poblaciones indígenas; 3) que ultime, en consulta estrecha con los gobiernos nacionales y las organizaciones de poblaciones indígenas, la elaboración del marco para un plan mundial de acción para mejorar la salud de las poblaciones indígenas, haciendo especial hincapié en un enfoque orientado hacia las necesidades de las que se encuentran en los países en desarrollo, para presentarlo ante la 55 3 Asamblea Mundial de la Salud con miras a finalizar el plan mundial de acción antes de que termine el Decenio; 4) que coopere con el Secretario General de las Naciones Unidas y la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, en su calidad de organismo principal para el establecimiento del Foro Permanente sobre las Cuestiones Indígenas, y les preste su apoyo, así como a otros organismos especializados y Estados Miembros, en los preparativos de la reunión inaugural del foro en 2002, inclusive presentando información acerca de cuestiones sanitarias que afecten a las poblaciones indígenas. (Novena sesión plenaria, 22 de mayo de 2001 Comisión B, segundo informe)
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543 ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
WHA54.17
Contribuciones para el ejercicio 2002-2003
La 543 Asamblea Mundial de la Salud l. RESUELVE que las contribuciones señaladas a los Miembros para el bienio 2002-2003 serán las que se indican infra; RESUELVE ADEMÁS que en la 55 3 Asamblea Mundial de la Salud revisará las contribuciones 2. para 2003 a tenor del párrafo 1, después del examen del Consejo Ejecutivo. Año 2002 US$ 12 640 12 640 40 813 946 16 853 8 427 8427 2 317 299 294 929 4 571 398 8 427 6 147 161 3 905 701 16 853 50 559 71 626 42 133 33 706 80 052 4575611 4 213 8 427 4 213 29493 16 853 42 133 6 096 602 84 265 46 346 8427 4 213 4 213 4213 37 919 10 689 066 4 213 564 578 4 124 791 139 038 450 820 Año2003 US$ 12 640 12 640 40 813 946 16 853 8 427 8427 2 317 299 294 929 4 629 330 8 427 6 310 425 3 918 341 16 853 50 559 72 679 42 133 34 759 80 052 4 611 424 4 213 8 427 4 213 30 546 16 853 42 133 6 741 232 96 905 48 453 8 427 4 213 4 213 4 213 37 919 10 689 066 4 213 617 244 4 694 636 143 251 515 072
Miembros y Miembros Asociados Afganistán Albania Alemania Andorra Angola Antigua y Barbuda Arabia Saudita Argelia Argentina Armenia Australia Austria Azerbaiyán Bahamas Bahrein Bangladesh Barbados Belarús Bélgica Belice Benin Bhután Bolivia Bosnia y Herzegovina Botswana Brasil Brunei Darussalam Bulgaria Burkina Faso Burundi Cabo Verde Camboya Camerún Canadá Chad Chile China Chipre Colombia
RESOLUCIONES Y DECISIONES
29
Miembros y Miembros Asociados Comoras Congo Costa Rica Cote d'Ivoire Croacia Cuba Dinamarca Djibouti Dominica Ecuador Egipto El Salvador Emiratos Árabes Unidos Eritrea Eslovaquia Eslovenia España Estados Unidos de América Estonia Etiopía Ex República Yugoslava de Macedonia Federación de Rusia Fiji Filipinas Finlandia Francia Gabón Gambia Georgia Ghana Granada Grecia Guatemala Guinea Guinea Ecuatorial Guinea-Bissau Guyana Haití Honduras Hungría India Indonesia Irán (República Islámica del) Iraq Irlanda Islandia Islas Cook Islas Marshall Islas Salomón
Año 2002 US$ 4 213 4 213 67 412 37 919 122 185 101 118 2 869 237 4 213 4213 84 265 269 649 50 559 737 322 4 213 143 251 252 796 10 524 748 92 691 940 42 133 16 853 16 853 4 466 066 16 853 337 062 2 178 261 27 011274 58 986 4 213 21 066 21 066 4 213 1 453 578 75 839 12 640 4 213 4 213 4 213 8 427 12 640 497 166 1 238 701 779 455 665 697 130 611 926 919 130 611 4 213 4 213 4 213
Año2003 US$ 4 213 4 213 71 626 37 919 131 665 106 385 2 934 543 4 213 4 213 89 532 286 502 56 879 764 709 4 213 151 678 273 863 10 524 748 92 691 940 42 133 16 853 18 960 4 593 518 16 853 357 075 2 178 261 27 011 274 58 986 4 213 21 066 21 066 4 213 1 652 655 84265 12 640 4213 4213 4 213 8427 13 693 498 219 1 285 047 793 148 743 642 203 290 1 002 758 131 665 4 213 4 213 4 213
30
543 ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
Miembros y Miembros Asociados Israel Italia Jamahiriya Árabe Libia Jamaica Japón Jordania Kazajstán Kenya Kirguistán Kiribati Kuwait Lesotho Letonia Líbano Liberia Lituania Luxemburgo Madagascar Malasia Malawi Mal divas Malí Malta Marruecos Mauricio Mauritania México Micronesia (Estados Federados de) Mónaco Mongolia Mozambique Myanmar Namibia Nauru Nepal Nicaragua Níger Nigeria Niue Noruega Nueva Zelandia Omán Países Bajos Pakistán Palau Panamá Papua Nueva Guinea Paraguay Perú
Año 2002
Año2003
US$ 1 449 365 21 159 042 278 076 16 853 81 539 414 25 280 117 972 29493 4 213 4 213 530 872 4 213 42 133 50 559 4 213 63 199 282 289 12 640 758 389 8 427 4 213 8 427 58 986 168531 37 919 4 213 4 124 791 4 213 16 853 4213 4 213 33 706 29493 4 213 16 853 4 213 4 213 130 611 4 213 2 527 962 914 280 210 664 6 766 512 244 370 4 213 54 773 25 280 58 986 408 687
US$ 1 519 937 21 159 042 278 076 16 853 81 539 414 27 386 117 972 30 546 4 213 4 213 551 938 4 213 42 133 50 559 4 213 65 306 294 929 12 640 814 214 8 427 4 213 8 427 60 039 172 744 40 026 4 213 4 228 016 4 213 16 853 4 213 4 213 33 706 29493 4 213 16 853 4 213 4 213 155 891 4 213 2 571 148 937 453 222 250 6 889 750 246 476 4 213 60 039 25 280 61 092 429 754
RESOLUCIONES Y DECISIONES
31
Miembros y Miembros Asociados Polonia Portugal Puerto Rico Qatar Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte República Árabe Siria República Centroafricana República Checa República de Corea República de Moldova República Democrática del Congo República Democrática Popular Lao República Dominicana República Popular Democrática de Corea República Unida de Tanzanía Rumania Rwanda Saint Kitts y Nevis Samoa San Marino San Vicente y las Granadinas Santa Lucía Santo Tomé y Príncipe Senegal Seychelles Sierra Leona Singapur Somalia Sri Lanka Sudáfrica Sudán Suecia Suiza Suriname Swazilandia Tailandia Tayikistán Togo Tokelau Tonga Trinidad y Tabago Túnez Turkmenistán Turquía Tuvalu Ucrania Uganda Uruguay Uzbekistán
Año 2002 US$ 813 161 1 786 426 4 213 134 825 21 112 696 265 436 4 213 442 393 4171137 8 427 16 853 4 213 63 199 37 919 12 640 231 730 4 213 4 213 4 213 8 427 4 213 4 213 4 213 21 066 8427 4 213 741 536 4 213 50 559 1 516 777 25 280 4 289 109 5 039 071 8 427 8 427 703 616 4 213 4 213 4 213 4 213 67 412 113 758 12 640 1 824 346 4 213 219 090 16 853 198 024 46 346
Año 2003 US$ 940 613 1 822 239 4 213 135 878 21 616 182 283 342 4 213 509 806 5 062 244 8 427 16 853 4 213 71 626 37 919 12 640 234 890 4 213 4 213 4 213 8 427 4 213 5 267 4 213 21 066 8 427 4 213 966 945 4 213 54 773 1 563 123 25 280 4 289 109 5 099 110 8 427 8 427 791 041 4 213 4 213 4 213 4 213 67 412 116 918 12 640 1 828 559 4 213 219 090 16 853 232 783 46 346
32
543 ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
Miembros y Miembros Asociados Vanuatu Venezuela VietNam Yemen Yugoslavia Zambia Zimbabwe Subtotal Ingresos varios
Año 2002 US$ 4 213 661 483 29 493 29 493 84 265 8 427 33 706 400 673 550 20 653 450
Año 2003 US$ 4 213 714 149 35 813 29493 84 265 8 427 33 706 405 827 433 15 499 567
Total
421327 000
421327 000
(Novena sesión plenaria, 22 de mayo de 2001 Comisión B, segundo informe)
WHA54.18
Transparencia en la lucha antitabáquica
La 543 Asamblea Mundial de la Salud, Enterada con gran inquietud de las conclusiones del Comité de Expertos en Documentos de la Industria Tabacalera, a saber, que la industria tabacalera ha funcionado durante años con la intención manifiesta de socavar el papel de los gobiernos y de la OMS en la aplicación de las políticas de salud pública encaminadas a combatir la epidemia de tabaquismo; 1 Entendiendo que la confianza del público se reforzaría con una transparencia total acerca de las relaciones entre los delegados ante la Asamblea de la Salud y otras reuniones de la OMS y la industria tabacalera, l. INSTA a los Estados Miembros a que se informen de la relación que pudieran tener los miembros de sus delegaciones con la industria tabacalera; 2. INSTA a la OMS y a los Estados Miembros a estar alerta a cualquier intento de la industria tabacalera de persistir en sus prácticas subversivas y a garantizar la probidad en el desarrollo de políticas sanitarias en todas las reuniones de la OMS y en los gobiernos nacionales; EXHORTA a la OMS a que siga informando a los Estados Miembros sobre las actividades de la 3. industria tabacalera que repercutan negativamente en las actividades de lucha antitabáquica. (Novena sesión plenaria, 22 de mayo de 2001 Comisión B, segundo informe)
Estrategias de la industria tabacalera para socavar las actividades de lucha antitabáquica de la Organización Mundial de la Salud. Ginebra, julio de 2000. http://www.who.int/genevahearings/inquiry.html
1
RESOLUCIONES Y DECISIONES
33
WHA54.19
Esquistosomiasis y helmintiasis transmitidas por el suelo
La 543 Asamblea Mundial de la Salud, Recordando las resoluciones EB5.R5, WHA3.26, EB55.R22, WHA28.53 y WHA29.58 sobre la esquistosomiasis; Tomando nota del informe sobre la lucha contra la esquistosomiasis y las helmintiasis transmitidas por el suelo; 1 Reconociendo que donde las medidas de control se han aplicado de manera sostenible, como se ha comprobado en varios países, la mortalidad, la morbilidad y la transmisión han disminuido de manera espectacular, lo que en algunos países ha llevado a la eliminación; Expresando su preocupación por que 2000 millones de personas están infectadas en todo el mundo por esquistosomas y helmintos transmitidos por el suelo, 300 millones de las cuales padecen asimismo una grave morbilidad asociada, y por que las esquistosomiasis y las helmintiasis transmitidas por el suelo siempre prevalecen más en los estratos más pobres de las poblaciones que residen en los países menos adelantados; Reconociendo asimismo que el saneamiento y el agua salubre son esenciales, y que la quimioterapia repetida a intervalos regulares con medicamentos inocuos, de dosis única y costeables asegura que los niveles de infección se mantengan por debajo de los que se asocian con la morbilidad, y que mejora la salud y el desarrollo, en especial de los niños, l. APRUEBA, como el mejor medio para reducir la mortalidad y la morbilidad y mejorar la salud y el desarrollo de las comunidades infectadas, el tratamiento sistemático de los grupos de alto riesgo, en particular los niños en edad escolar, y un acceso asegurado a los medicamentos de dosis única contra la esquistosomiasis y las helmintiasis transmitidas por el suelo en los servicios de atención primaria de salud, complementados mediante la aplicación simultánea de planes de saneamiento básico y de abastecimiento suficiente de agua salubre; 2. INSTA a los Estados Miembros: 1) a que mantengan en las zonas de baja transmisión actividades eficaces de control con el fin de eliminar la esquistosomiasis y las helmintiasis transmitidas por el suelo como problema de salud pública, y a que den alta prioridad a la aplicación o la intensificación del control de la esquistosomiasis y las helmintiasis transmitidas por el suelo en las zonas de alta transmisión, vigilando siempre la calidad y la eficacia de los medicamentos; 2) a que aseguren el acceso a los medicamentos esenciales contra la esquistosomiasis y las helmintiasis transmitidas por el suelo en todos los servicios de salud de las zonas endémicas, para el tratamiento de los casos clínicos y los grupos de alto riesgo de contraer la enfermedad, como las mujeres y los niños, con el objetivo de alcanzar la meta mínima de que, para el año 201 O, se administre sistemáticamente quimioterapia a por lo menos el 75%, y hasta el 100% de todos los niños en edad escolar en riesgo de contraer la enfermedad; 3) a que promuevan el acceso a agua salubre, saneamiento y educación sanitaria mediante la colaboración intersectorial;
1
Documento WHA54/l O.
34
543 ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
4) a que velen por que toda actividad de desarrollo que pueda favorecer la aparición o la propagación de enfermedades parasitarias vaya acompañada de medidas preventivas destinadas a limitar su impacto; 5) a que movilicen recursos con el fin de sostener las actividades de control de la esquistosomiasis y las helmintiasis transmitidas por el suelo;
3.
ALIENTA a las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, los organismos bilaterales y las organizaciones no gubernamentales: 1) a que intensifiquen el apoyo al control de las helmintiasis y a que aprovechen la sinergia que puede crearse con las iniciativas ya existentes de prevención, control y eliminación de otras enfermedades transmisibles; 2) a que intensifiquen el apoyo a los programas de saneamiento y de salubridad del agua y tengan en cuenta, en relación con la posible reaparición de enfermedades, los aspectos sanitarios de los programas de desarrollo agrícola y los programas de desarrollo de recursos hídricos;
4.
PIDE a la Directora General: 1) que combata la esquistosomiasis y las helmintiasis transmitidas por el suelo promoviendo la creación de nuevas asociaciones con organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, organismos bilaterales, organizaciones no gubernamentales y el sector privado, y manteniendo la orientación y coordinación internacionales que facilita; 2) que siga recabando los fondos requeridos para apoyar las actividades de promoción, los programas, la coordinación y la investigación; 3) que siga promoviendo el fortalecimiento de los sistemas y servicios de salud como un componente importante de los programas eficaces de lucha contra las enfermedades; 4) que mantenga informados al Consejo Ejecutivo y a la Asamblea de la Salud sobre los progresos realizados en el control o la eliminación de la esquistosomiasis y las helmintiasis transmitidas por el suelo en los países de alta y baja transmisión, respectivamente.
(Novena sesión plenaria, 22 de mayo de 2001 Comisión A, quinto informe)
WHA54.20
Resolución de Apertura de Créditos para el ejercicio 2002-2003
La 543 Asamblea Mundial de la Salud l. ENCOMIA a la Directora General por los nuevos progresos realizados en materia de reforma presupuestaria con la presentación integrada del proyecto de presupuesto por programas para 2002-2003; 2. TOMA NOTA con satisfacción de que el proyecto de presupuesto por programas para 2002-2003 se ha elaborado con un enfoque estratégico de la presupuestación basada en los resultados, cumpliendo con ello las resoluciones anteriores del Consejo Ejecutivo y la Asamblea de la Salud al respecto;
RESOLUCIONES Y DECISIONES
35
TOMA NOTA ADEMÁS de que también se han introducido mejoras considerables en la trans3. parencia, la responsabilización y la eficacia de los sistemas financieros de la Organización de acuerdo con las prácticas óptimas de gestión, como se pedía en la resolución WHA52.20; 4. RESUELVE abrir créditos para el ejercicio 2002-2003 por un importe de US$ 935 654 000 con cargo al presupuesto ordinario, como sigue:
A. Sección Importe US$ Enfermedades transmisibles ...................................... . Enfermedades no transmisibles y salud mental ......... . Salud familiar y comunitaria ..................................... . Desarrollo sostenible y ambientes saludables ............ . Tecnología de la salud y productos farmacéuticos .... . Pruebas científicas e información para las políticas .. . Relaciones externas y órganos deliberantes .............. . Administración general .............................................. . Directora General, Directores Regionales y funciones independientes ........................................ . Programas en los países Subtotal 11. 11.1
l.
50 892 000 40 170 000 33 372 000 47 368 000 34 982 000 94 132 000 44 746 000 139 459 000 21 528 000 336 005 000 842 654 000
2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10.
Actividades financiadas con cargo a ingresos varios: Cobertura del riesgo cambiario (en lugar del mecanismo previsto con arreglo al párrafo 4.4 del Reglamento Financiero) ........................................ . Fondo para la Gestión de Bienes Inmuebles .............. . Subtotal Presupuesto efectivo
10 000 000 3 000 000 13 000 000 855 654 000 80 000 000 935 654 000
11.2
12.
Transferencia al Fondo de Iguala de Impuestos ......... . Total
B. De conformidad con las disposiciones del Reglamento Financiero, se liberarán las cantidades necesarias para atender el pago de las obligaciones contraídas entre el 1 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2003, sin que su importe pueda exceder de los créditos abiertos en el párrafo A. No obstante lo dispuesto en el presente párrafo, la Directora General limitará las obligaciones que hayan de contraerse durante el ejercicio 2002-2003 al importe de las secciones 1 a 11.
36
543 ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
C. No obstante lo dispuesto en el párrafo 4.3 del Reglamento Financiero, la Directora General podrá efectuar transferencias de créditos entre las secciones 1 a 1O del presupuesto efectivo, siempre que el importe de las transferencias efectuadas con cargo a una sección no excedan del 10% de la dotación de ésta. Todas esas transferencias constarán en el informe financiero sobre el ejercicio 2002-2003. Cualquier otra transferencia que sea necesaria habrá de hacerse y notificarse con sujeción a las disposiciones del párrafo 4.3 del Reglamento Financiero. D. El monto necesario para atender los pagos con arreglo al plan de incentivos financieros de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 6.5 del Reglamento Financiero, que se estima en US$ 3 000 000, se financiará con cargo a ingresos varios. E. El importe de los créditos abiertos en el párrafo A se cubrirá con las contribuciones de los Miembros y con cargo a ingresos varios, de conformidad con lo dispuesto en la resolución WHA54.17 (Contribuciones para el ejercicio 2002-2003). Para calcular la suma pagadera por cada Miembro respecto de su contribución se deducirá a) el importe calculado respecto de los gastos de apoyo a programas pagaderos por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, estimados en US$ 500 000; b) las cantidades abonadas en su favor en el Fondo de Iguala de Impuestos, con la salvedad de que en el caso de los Miembros que gravan con impuestos los sueldos percibidos por los funcionarios de la OMS los abonos se reducirán en la cuantía previsible de los correspondientes reembolsos pagaderos por la Organización a ese personal; y e) el monto acreditado de conformidad con el plan de incentivos financieros; 5. ACOGE CON SATISFACCIÓN los esfuerzos que se están realizando para conseguir economías por aumento de la eficiencia, de acuerdo con lo dispuesto en la resolución WHA52.20, y pide que prosigan esos esfuerzos en 2002-2003; esas economías se utilizarán para sufragar los ajustes necesarios en función de los aumentos de costos y las fluctuaciones monetarias, por valor de US$ 16 172 000; 6. ACOGE CON SATISFACCIÓN, además, la aseveración de la Directora General de que presentará al Consejo Ejecutivo, en su 1O~ reunión, información presupuestaria sobre dotación de personal y categorías de gasto derivada de la planificación operacional para 2002-2003; 7. PIDE que también se informe periódicamente al Consejo Ejecutivo y a la Asamblea de la Salud acerca de otros aspectos de la reforma en curso, particularmente en la esfera de la vigilancia y evaluación de los programas; 8. TOMA NOTA de que el gasto estimado en el presupuesto por programas para el ejercicio 2002-2003 se financiará con cargo a fuentes distintas del presupuesto ordinario por un importe de US$ 1 3 80 000 000, lo que eleva el total del presupuesto por programas teniendo en cuenta todas las fuentes de financiación a US$ 2 235 654 000. (Novena sesión plenaria, 22 de mayo de 2001 Comisión A, quinto informe)
WHA54.21
Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud
La 543 Asamblea Mundial de la Salud l. HACE SUYA la segunda edición de la Clasificación Internacional de Deficiencias, Discapacidades y Minusvalías, con el título Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud, que en adelante se abreviará CIF;
RESOLUCIONES Y DECISIONES
37
2. INSTA a los Estados Miembros a usar cuando proceda la CIF en sus actividades de investigación, vigilancia y notificación, teniendo en cuenta las situaciones específicas de los Estados Miembros y, en particular, en vista de las posibles revisiones en el futuro; 3. PIDE a la Directora General que preste apoyo a los Estados Miembros que lo pidan para hacer uso de la CIF. (Novena sesión plenaria, 22 de mayo de 2001 Comisión A, quinto informe)
WHA54.22
Reforma del Consejo Ejecutivo
La 543 Asamblea Mundial de la Salud, Guiada por los objetivos y los principios de la Carta de las Naciones Unidas, que reconocen la igualdad soberana de todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas; Reafirmando la necesidad de una participación equitativa de todos los Miembros de la Organización en los asuntos de ésta; Recordando la Constitución de la Organización Mundial de la Salud, en particular los Artículos 18, 24, 27 y 28; Tomando nota de las opiniones y preocupaciones expresadas por los Estados Miembros acerca de los métodos de trabajo del Consejo Ejecutivo y sobre la limitada participación de los Estados Miembros no representados en el Consejo Ejecutivo o sus órganos subsidiarios en los trabajos de éstos; Teniendo presente que la mejora de la participación de los Estados Miembros no representados en el Consejo en los trabajos de éste, especialmente en los grupos de trabajo y comités de redacción, puede contribuir a mejorar la labor del Consejo Ejecutivo, l. PIDE al Consejo Ejecutivo: 1) que efectúe una revisión de sus métodos de trabajo y los de sus órganos subsidiarios para velar por que sean eficaces, eficientes y transparentes, y para garantizar una mayor participación de los Estados Miembros en su labor, inclusive en los grupos de trabajo y comités de redacción; 2) que establezca con ese fin un grupo de trabajo intergubernamental especial de composición abierta que formule recomendaciones al Consejo Ejecutivo para la mejora de sus métodos de trabajo; 3) que informe a la 553 Asamblea Mundial de la Salud sobre los progresos realizados en la revisión, inclusive cualquier recomendación que haya de examinar la Asamblea de la Salud; 2. PIDE a la Directora General que, dentro de sus atribuciones, vele por que los Estados Miembros que participen en los trabajos del Consejo pero no sean miembros de éste puedan tomar asiento en un lugar adecuado, con placas en las que figuren sus nombres. (Novena sesión plenaria, 22 de mayo de 2001 Comisión B, tercer informe)
38
543 ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
DECISIONES
WHA54(1)
Composición de la Comisión de Credenciales
La 543 Asamblea Mundial de la Salud estableció una Comisión de Credenciales compuesta por delegados de los 12 Estados Miembros siguientes: Austria, Bangladesh, Bosnia y Herzegovina, Jamahiriya Árabe Libia, Liberia, Luxemburgo, Malasia, Mozambique, Paraguay, República Árabe Siria, Saint Kitts y Nevis, y Uganda. (Primera sesión plenaria, 14 de mayo de 2001)
WHA54(2)
Composición de la Comisión de Candidaturas
La 543 Asamblea Mundial de la Salud eligió una Comisión de Candidaturas compuesta por delegados de los Estados Miembros siguientes: Argentina, Belice, Chad, China, Costa Rica, Croacia, Ecuador, Eritrea, Federación de Rusia, Francia, Gambia, Guinea, Israel, Jordania, Malta, Nepal, Nigeria, Papua Nueva Guinea, Qatar, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República Popular Democrática de Corea, Sudán, Vanuatu, Venezuela, y por la Dra. L. Amathila (Namibia), Presidenta de la 53 3 Asamblea Mundial de la Salud, miembro ex officio. (Primera sesión plenaria, 14 de mayo de 2001)
WHA54(3)
Elección del Presidente y de los Vicepresidentes de la 54a Asamblea Mundial de la Salud
La 543 Asamblea Mundial de la Salud, después de examinar las recomendaciones de la Comisión de Candidaturas, eligió al Presidente y a los Vicepresidentes: Presidente: Vicepresidentes: Dr. Hong Sun Huot (Camboya) Dr. A. M. Kasi (Pakistán) Sra. M. Argüello (Nicaragua) Sr. P. J. E. Tapsoba (Burkina Faso) Dr. l. B. Zelenkevich (Belarús) Sr. Ri Tcheul (República Popular Democrática de Corea) (Primera sesión plenaria, 14 de mayo de 2001)
WHA54(4)
Elección de la Mesa de las comisiones principales
La 543 Asamblea Mundial de la Salud, después de examinar las recomendaciones de la Comisión de Candidaturas, eligió a los presidentes de las comisiones principales:
RESOLUCIONES Y DECISIONES
39
Comisión A: Comisión B:
Presidente Presidente
Profesor S. K. Ongeri (Kenya) Sr. D. Á. Gunnarsson (Islandia) (Primera sesión plenaria, 14 de mayo de 2001)
Las comisiones principales eligieron después a los Vicepresidentes y Relatores:
Comisión A:
Vicepresidentes
Dr. M. Fikri (Emiratos Árabes Unidos) Dr. C. T. Otto (Palau) Sra. L. Popescu (Rumania) Dra. M. Dahl-Regis (Bahamas) Dr. Pakdee Pothisiri (Tailandia) Dr. J. Mandla Kunene (Swazilandia)
Relator Comisión B: Vicepresidentes
Relator
(Primera sesión de la Comisión A y primera sesión de la Comisión B, 15 y 16 de mayo de 2001)
WHA54(5)
Constitución de la Mesa de la Asamblea
La 543 Asamblea Mundial de la Salud, después de examinar las recomendaciones de la Comisión de Candidaturas, eligió a los delegados de los 17 países siguientes para formar parte de la Mesa de la Asamblea: Bahrein, Bhután, Bolivia, China, Cuba, Dominica, Estados Unidos de América, Federación de Rusia, Francia, Guinea-Bissau, Irán (República Islámica del), Japón, Malí, Níger, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República Democrática del Congo y Suecia. (Primera sesión plenaria, 14 de mayo de 2001)
WHA54(6)
Adopción del orden del día
La 543 Asamblea Mundial de la Salud adoptó el orden del día provisional preparado por el Consejo Ejecutivo en su 1073 reunión, después de suprimir un punto y agregar un punto suplementario. (Segunda sesión plenaria, 14 de mayo de 2001)
WHA54(7)
Verificación de credenciales
La 543 Asamblea Mundial de la Salud consideró válidas las credenciales de las delegaciones siguientes: Afganistán; 1 Albania; Alemania; Andorra; Angola; Arabia Saudita; Argelia; Argentina; Armenia; Australia; Austria; Azerbaiyán; Bahamas; Bahrein; Bangladesh; Barbados; Belarús; Bélgica; Belice; Benin; Bhután; Bolivia; Bosnia y Herzegovina; Botswana; Brasil; Brunei Darussalam;
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Credenciales aceptadas provisionalmente.
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543 ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
Bulgaria; Burkina Faso; Burundi; Cabo Verde; Camboya; Camerún; Canadá; Chad; Chile; China; Chipre; Colombia; Comoras; Congo; Costa Rica; Cote d'Ivoire; Croacia; Cuba; Dinamarca; Djibouti; Dominica; Ecuador; Egipto; El Salvador; Emiratos Árabes Unidos; Eritrea; Eslovaquia; Eslovenia; España; Estados Unidos de América; Estonia; Etiopía; Ex República Yugoslava de Macedonia; Federación de Rusia; Fiji; Filipinas; Finlandia; Francia; Gabón; Gambia; Georgia; Ghana; Granada; Grecia; Guatemala; Guinea; Guinea-Bissau; Guinea Ecuatorial; Guyana; Haití; Honduras; Hungría; India; Indonesia; Irán (República Islámica del); Iraq; Irlanda; Islandia; Islas Cook; Islas Salomón; 1 Israel; Italia; Jamahiriya Árabe Libia; Jamaica; Japón; Jordania; Kazajstán; Kenya; Kirguistán; Kiribati; Kuwait; Lesotho; Letonia; Líbano; Liberia; Lituania; Luxemburgo; Madagascar; Malasia; Malawi; Maldivas; Malí; Malta; Marruecos; Mauricio; Mauritania; México; Mónaco; Mongolia; Mozambique; Myanmar; Namibia; Nauru; Nepal; Nicaragua; Níger; Nigeria; Noruega; Nueva Zelandia; Omán; Países Bajos; Pakistán; Palau; Panamá; Papua Nueva Guinea; Paraguay; Perú; Polonia; Portugal; Qatar; Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte; República Árabe Siria; República Centroafricana; República Checa; República de Corea; República Democrática del Congo; República Democrática Popular Lao; República de Moldova; República Dominicana; República Popular Democrática de Corea; República Unida de Tanzanía; Rumania; Rwanda; Saint Kitts y Nevis; Samoa; San Marino; Santa Lucía; Santo Tomé y Príncipe; San Vicente y las Granadinas; Senegal; Seychelles; Sierra Leona; Singapur; Somalia; Sri Lanka; Sudáfrica; Sudán; Suecia; Suiza; Swazilandia; Tailandia; Togo; Tonga; Trinidad y Tabago; Túnez; Turquía; Tuvalu; Ucrania; Uganda; Uruguay; Uzbekistán; Vanuatu; Venezuela; VietNam; Yemen; Yugoslavia; Zambia y Zimbabwe. (Cuarta y octava sesiones plenarias, 16 y 21 de mayo de 2001)
WHA54(8)
Elección de Miembros facultados para designar una persona que forme parte del Consejo Ejecutivo
La 543 Asamblea Mundial de la Salud, después de examinar las recomendaciones de la Mesa de la Asamblea/ eligió a los siguientes países como Miembros facultados para designar una persona que forme parte del Consejo Ejecutivo: Arabia Saudita, Colombia, Cuba, Egipto, Eritrea, Etiopía, Filipinas, Granada, Kazajstán, Myanmar, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República de Corea. (Séptima sesión plenaria, 18 de mayo de 2001)
WHA54(9)
Caja Común de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas: nombramiento de representantes en el Comité de la Caja de Pensiones del Personal de la OMS
La 543 Asamblea Mundial de la Salud volvió a nombrar miembro del Comité de la Caja de Pensiones del Personal de la OMS al Dr. J. Lariviere, delegado del Canadá, y miembro suplente delComité al Dr. S. P. Bhattarai, delegado de Nepal, en ambos casos por un periodo de tres años. La 543 Asamblea Mundial de la Salud nombró asimismo miembro del Comité al Sr. L. Rokovada, delegado de Fiji, y miembro suplente del Comité al Sr. M. Chakalisa, delegado de Botswana, en sustitución del Dr. L. MaloJo y del Dr. J. K. W. Mulwa, respectivamente, hasta la expiración del mandato de éstos. 1
Documento A54/44.
RESOLUCIONES Y DECISIONES
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La 543 Asamblea Mundial de la Salud nombró además miembro suplente del Comité al Dr. J. K. Gmrik, delegado de Dinamarca, en sustitución del Dr. E. Krag, hasta la expiración del mandato de éste. (Octava sesión plenaria, 21 de mayo de 2001)
WHA54(10)
Informes del Consejo Ejecutivo sobre sus 1068 y 107• reuniones
La 543 Asamblea Mundial de la Salud, después de examinar los informes del Consejo Ejecutivo sobre sus 10631 y 10732 reuniones, aprobó los informes, felicitó al Consejo por la labor realizada, manifestó su aprecio por la dedicación con que el Consejo había desempeñado las tareas que le habían sido encomendadas y pidió al Presidente que diese las gracias en nombre de la Asamblea de la Salud a los miembros del Consejo, en particular a aquellos cuyo mandato debía expirar inmediatamente después de la clausura de la Asamblea de la Salud. (Novena sesión plenaria, 22 de mayo de 2001)
WHA54(11)
Elección del país en que ha de reunirse la ss• Asamblea Mundial de la Salud
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 14 de la Constitución, la 543 Asamblea Mundial de la Salud decidió que la 55 3 Asamblea Mundial de la Salud se celebrase en Suiza. (Novena sesión plenaria, 22 de mayo de 2001)
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Documento EB 106/2000/REC/1. Documentos EB107/2001/REC/l y EB107/2001/REC/2.
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