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Tercer informe de la Comisión B: (proyecto)

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ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD 58ª ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD (Proyecto) A58/59 24 de mayo de 2005

Tercer informe de la Comisión B (Proyecto)

La Comisión B celebró sus sesiones sexta y séptima el 23 de mayo de 2005, bajo la presidencia del Dr. Md. Abdur Rahman Khan (Bangladesh). Se decidió recomendar a la 58ª Asamblea Mundial de la Salud que adoptara las resoluciones que se adjuntan, relativas a los siguientes puntos del orden del día: 17. Asuntos financieros 17.1 Informe financiero interino no comprobado sobre las cuentas de la OMS en 2004 y observaciones del Comité de Programa, Presupuesto y Administración Una resolución titulada: - Informe financiero interino no comprobado sobre las cuentas de la OMS en 2004 17.4 Contribuciones para 2006-2007 Una resolución, en su forma enmendada 17.6 Modificaciones del Reglamento Financiero y las Normas de Gestión Financiera Una resolución 18. Fondo para la Gestión de Bienes Inmuebles Una resolución 13. Asuntos técnicos y sanitarios 13.12 Prevención y control del cáncer Una resolución, en su forma enmendada 13.13 Discapacidad, incluidos la prevención, el tratamiento y la rehabilitación Una resolución, en su forma enmendada

(Proyecto) A58/59

Punto 17.1 del orden del día

Informe financiero interino no comprobado sobre las cuentas de la OMS en 2004 La 58ª Asamblea Mundial de la Salud, Visto el informe financiero interino no comprobado sobre el año 2004;1 Habiendo tomado nota del primer informe del Comité de Programa, Presupuesto y Administración del Consejo Ejecutivo a la 58ª Asamblea Mundial de la Salud,2 ACEPTA el informe financiero interino no comprobado del Director General sobre el año 2004.

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Documentos A58/26 y Corr.1 y A58/26 Add.1. Documento A58/27.

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Punto 17.4 del orden del día

Contribuciones para 2006-2007 La 58ª Asamblea Mundial de la Salud, Habiendo examinado el informe del Director General,1 ADOPTA la siguiente escala de contribuciones de los Miembros para el bienio 2006-2007, que refleja la más reciente escala de cuotas de las Naciones Unidas disponible: Miembros y Miembros Asociados Afganistán Albania Alemania Andorra Angola Antigua y Barbuda Arabia Saudita Argelia Argentina Armenia Australia Austria Azerbaiyán Bahamas Bahrein Bangladesh Barbados Belarús Bélgica Belice Benin Bhután Bolivia Bosnia y Herzegovina Botswana Brasil Brunei Darussalam Bulgaria Burkina Faso Burundi Cabo Verde 1

Escala de la OMS para 2006-2007 % 0,00200 0,00500 8,66230 0,00500 0,00100 0,00300 0,71300 0,07600 0,95600 0,00200 1,59200 0,85900 0,00500 0,01300 0,03000 0,01000 0,01000 0,01800 1,06900 0,00100 0,00200 0,00100 0,00900 0,00300 0,01200 1,52300 0,03400 0,01700 0,00200 0,00100 0,00100

Documento A58/30.

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(Proyecto) A58/59

Miembros y Miembros Asociados Camboya Camerún Canadá Colombia Comoras Congo Costa Rica Côte d’Ivoire Croacia Cuba Chad Chile China Chipre Dinamarca Djibouti Dominica Ecuador Egipto El Salvador Emiratos Árabes Unidos Eritrea Eslovaquia Eslovenia España Estados Unidos de América Estonia Etiopía Ex República Yugoslava de Macedonia Federación de Rusia Fiji Filipinas Finlandia Francia Gabón Gambia Georgia Ghana Granada Grecia Guatemala Guinea Guinea-Bissau Guinea Ecuatorial Guyana Haití Honduras 4

Escala de la OMS para 2006-2007 % 0,00200 0,00800 2,81300 0,15500 0,00100 0,00100 0,03000 0,01000 0,03700 0,04300 0,00100 0,22300 2,05300 0,03900 0,71800 0,00100 0,00100 0,01900 0,12000 0,02200 0,23500 0,00100 0,05100 0,08200 2,52000 22,00000 0,01200 0,00400 0,00600 1,10000 0,00400 0,09500 0,53300 6,03010 0,00900 0,00100 0,00300 0,00400 0,00100 0,53000 0,03000 0,00300 0,00100 0,00200 0,00100 0,00300 0,00500

(Proyecto) A58/59

Miembros y Miembros Asociados Hungría India Indonesia Irán (República Islámica del) Iraq Irlanda Islandia Islas Cook Islas Marshall Islas Salomón Israel Italia Jamahiriya Árabe Libia Jamaica Japón Jordania Kazajstán Kenya Kirguistán Kiribati Kuwait Lesotho Letonia Líbano Liberia Lituania Luxemburgo Madagascar Malasia Malawi Maldivas Malí Malta Marruecos Mauricio Mauritania México Micronesia (Estados Federados de) Mónaco Mongolia Mozambique Myanmar Namibia Nauru Nepal Nicaragua Níger

Escala de la OMS para 2006-2007 % 0,12600 0,42100 0,14200 0,15700 0,01600 0,35000 0,03400 0,00100 0,00100 0,00100 0,46700 4,88510 0,13200 0,00800 19,46830 0,01100 0,02500 0,00900 0,00100 0,00100 0,16200 0,00100 0,01500 0,02400 0,00100 0,02400 0,07700 0,00300 0,20300 0,00100 0,00100 0,00200 0,01400 0,04700 0,01100 0,00100 1,88300 0,00100 0,00300 0,00100 0,00100 0,01000 0,00600 0,00100 0,00400 0,00100 0,00100 5

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Miembros y Miembros Asociados Nigeria Niue Noruega Nueva Zelandia Omán Países Bajos Pakistán Palau Panamá Papua Nueva Guinea Paraguay Perú Polonia Portugal Puerto Rico Qatar Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte República Árabe Siria República Centroafricana República Checa República de Corea República Democrática del Congo República Democrática Popular Lao República de Moldova República Dominicana República Popular Democrática de Corea República Unida de Tanzanía Rumania Rwanda Saint Kitts y Nevis Samoa San Marino San Vicente y las Granadinas Santa Lucía Santo Tomé y Príncipe Senegal Serbia y Montenegro Seychelles Sierra Leona Singapur Somalia Sri Lanka Sudáfrica Sudán Suecia Suiza Suriname 6

Escala de la OMS para 2006-2007 % 0,04200 0,00100 0,67900 0,22100 0,07000 1,69000 0,05500 0,00100 0,01900 0,00300 0,01200 0,09200 0,46100 0,47000 0,00100 0,06400 6,12720 0,03800 0,00100 0,18300 1,79600 0,00300 0,00100 0,00100 0,03500 0,01000 0,00600 0,06000 0,00100 0,00100 0,00100 0,00300 0,00100 0,00200 0,00100 0,00500 0,01900 0,00200 0,00100 0,38800 0,00100 0,01700 0,29200 0,00800 0,99800 1,19700 0,00100

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Miembros y Miembros Asociados Swazilandia Tailandia Tayikistán Timor-Leste Togo Tokelau Tonga Trinidad y Tabago Túnez Turkmenistán Turquía Tuvalu Ucrania Uganda Uruguay Uzbekistán Vanuatu Venezuela (República Bolivariana de) Viet Nam Yemen Zambia Zimbabwe Total

Escala de la OMS para 2006-2007 % 0,00200 0,20900 0,00100 0,00100 0,00100 0,00100 0,00100 0,02200 0,03200 0,00500 0,37200 0,00100 0,03900 0,00600 0,04800 0,01400 0,00100 0,17100 0,02100 0,00600 0,00200 0,00700 100,00000

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Punto 17.6 del orden del día

Modificaciones del Reglamento Financiero y las Normas de Gestión Financiera La 58ª Asamblea Mundial de la Salud, Habiendo examinado el informe sobre las modificaciones del Reglamento Financiero,1 1. APRUEBA las modificaciones del Reglamento Financiero que figuran en el anexo 1 del informe, con efecto a partir del 1 de enero de 2006; 2. AUTORIZA, con carácter provisional, que al final del ejercicio 2006-2007 las obligaciones pendientes correspondientes al ejercicio 2004-2005 sean canceladas y se acrediten a la Cuenta de Ingresos Varios.

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Documento A58/32.

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Punto 18 del orden del día

Fondo para la Gestión de Bienes Inmuebles La 58ª Asamblea Mundial de la Salud, Habiendo examinado el informe del Director General sobre la utilización del Fondo para la Gestión de Bienes Inmuebles a fin de construir oficinas de Representantes de la OMS en la Región del Mediterráneo Oriental;1 Tomando nota de que resulta difícil encontrar locales adecuados para las oficinas de los Representantes de la OMS en la Región del Mediterráneo Oriental a un costo razonable, que sean seguras, estén protegidas y permitan que los funcionarios puedan realizar su labor común con eficiencia, 1. EXPRESA su reconocimiento a los gobiernos que han facilitado terrenos en sus países y a los que han prometido aportar contribuciones en efectivo para prestar asistencia en la construcción de oficinas de los Representantes de la OMS; 2. AUTORIZA al Director General: 1) a llevar adelante el reacondicionamiento o la construcción de locales adecuados para las oficinas de los Representantes de la OMS en el Iraq, en Jordania y en Túnez; 2) a utilizar la suma de US$ 1,5 millones prevista en el proyecto de presupuesto por programas para 2006-2007 en la partida relativa al Fondo para la Gestión de Bienes Inmuebles para la Región del Mediterráneo Oriental a fin de contribuir a sufragar el reacondicionamiento o la construcción de locales adecuados para las oficinas de los Representantes de la OMS en el Iraq, Jordania y Túnez.

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Documento A58/33.

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Punto 13.12 del orden del día

Prevención y control del cáncer La 58ª Asamblea Mundial de la Salud, Habiendo examinado el informe sobre prevención y control del cáncer; Recordando las resoluciones WHA51.18 y WHA53.17, sobre prevención y control de las enfermedades no transmisibles, WHA57.17, relativa a la Estrategia Mundial sobre Régimen Alimentario, Actividad Física y Salud, WHA56.1, sobre control del tabaco, WHA57.12, sobre la estrategia de salud reproductiva, incluido el control del cáncer cervicouterino, y WHA57.16, sobre promoción de la salud y modos de vida sanos; Reconociendo el sufrimiento de los pacientes de cáncer y de sus familias, y la medida en que el cáncer supone una amenaza para el desarrollo cuando afecta a los miembros de la sociedad económicamente activos; Alarmada por la tendencia al alza de los factores de riesgo de cáncer, del número de casos nuevos de cáncer y de la morbilidad y la mortalidad debidas al cáncer en todo el mundo, en particular en los países en desarrollo; Reconociendo que muchos de esos casos de cáncer y de esas muertes se podrían prevenir, y que la administración de atención paliativa a todas las personas que lo necesitan es una urgente responsabilidad humanitaria; Reconociendo que las técnicas de diagnóstico y tratamiento del cáncer están muy desarrolladas y que muchos casos de cáncer pueden curarse, sobre todo si se detectan más tempranamente; Reconociendo que el consumo de tabaco es la causa de cáncer que mejor podría evitarse en todo el mundo y que en todos los lugares, con independencia del nivel de recursos, es posible aplicar eficazmente medidas de control, por ejemplo, de índole legislativa y educativa y de promoción de los entornos sin humo, así como de tratamiento de la dependencia del tabaco; Reconociendo que entre todas las localizaciones del cáncer, el cáncer cervicouterino, que causa el 11% de todas las muertes por cáncer entre las mujeres de los países en desarrollo, es uno de los que ofrece más posibilidades de detección precoz y curación, que se dispone de intervenciones costoeficaces para la detección precoz que aún no se utilizan de forma generalizada, y que el control del cáncer cervicouterino contribuirá al logro de objetivos y metas internacionales de desarrollo relacionados con la salud reproductiva; Reconociendo el valor de un manejo multidisciplinario y la importancia de la cirugía, la radioterapia, la quimioterapia, los cuidados paliativos y otros métodos en el tratamiento del cáncer; Reconociendo la contribución del CIIC, a lo largo de 40 años, a la investigación de la etiología y la prevención del cáncer, terreno en el que ha aportado pruebas científicas sobre la prevalencia y la incidencia del cáncer a nivel mundial, las causas de cáncer, los mecanismos de la carcinogénesis y las estrategias eficaces de prevención y detección precoz de la enfermedad; 10

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Consciente de que se requiere una planificación y una priorización meticulosas del uso de los recursos si se desea emprender actividades eficaces para reducir la carga del cáncer; Reconociendo la importancia de una financiación adecuada para los programas de prevención, y control y atención paliativa del cáncer, sobre todo en los países en desarrollo; Alentada por las perspectivas que ofrecen las alianzas establecidas con organizaciones internacionales y nacionales en el marco de la Alianza Mundial para el Control del Cáncer, y con otros organismos como, por ejemplo, las organizaciones de pacientes; Reconociendo el apoyo prestado por el OIEA para combatir el cáncer, y acogiendo con agrado la iniciativa de este organismo de establecer el Programa de Acción para el Tratamiento del Cáncer, así como las actividades de investigación llevadas a cabo por los institutos nacionales del cáncer en diversos Estados Miembros, 1. INSTA a los Estados Miembros: 1) a que colaboren con la Organización en la elaboración de programas integrales de control del cáncer, y en el reforzamiento de los existentes, adaptados al contexto socioeconómico y encaminados a reducir la incidencia del cáncer y la mortalidad que causa, y a mejorar la calidad de vida de los pacientes de cáncer y sus familias, en particular mediante la aplicación sistemática, escalonada y equitativa de estrategias de prevención, detección precoz, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y atención paliativa basadas en datos científicos, y a que evalúen las repercusiones de esos programas; 2) a que fijen prioridades basándose en la carga nacional de cáncer, la disponibilidad de recursos y la capacidad de los sistemas de salud para ejecutar programas de prevención, control y atención paliativa del cáncer; 3) a que integren en sus actuales sistemas de salud unos programas nacionales de control del cáncer que establezcan objetivos mensurables y orientados a la obtención de resultados a plazo corto, medio y largo, como se recomienda en el anexo a la presente resolución, identifiquen medidas sostenibles basadas en datos científicos que abarquen todas las fases de la atención, y hagan el mejor uso posible de los recursos en beneficio de toda la población, insistiendo en el papel eficaz que cumple la atención primaria de salud en la promoción de las estrategias de prevención; 4) a que fomenten y formulen políticas tendentes a reforzar y mantener los equipos técnicos de diagnóstico y tratamiento del cáncer en los hospitales que presten servicios oncológicos y otros servicios pertinentes; 5) a que presten especial atención a los cánceres relacionados con exposiciones evitables, en particular la exposición a sustancias químicas y humo de tabaco en el lugar de trabajo y en el entorno, a algunos agentes infecciosos, y a las radiaciones ionizantes y solares; 6) a que alienten las investigaciones científicas necesarias para ampliar los conocimientos acerca de la carga y las causas del cáncer humano, otorgando prioridad a los tumores que, como el cáncer cervicouterino y el cáncer de la boca, tienen una alta incidencia en los entornos de bajos recursos y se pueden combatir con intervenciones costoeficaces;

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7) a que den prioridad también a las investigaciones sobre estrategias de prevención, detección precoz y tratamiento del cáncer, incluidos, cuando proceda, los medicamentos y terapias tradicionales, incluso para los cuidados paliativos; 8) a que enfoquen las fases de planificación, aplicación y evaluación del control del cáncer de manera que participen todas las partes interesadas en representación de organizaciones gubernamentales, no gubernamentales y comunitarias, incluidas las representantes de los pacientes y sus familias; 9) a que posibiliten el acceso a una información apropiada en relación con los procedimientos y opciones de prevención, diagnóstico y tratamiento, especialmente a los pacientes de cáncer y con los cuidados paliativos; 10) a que establezcan sistemas de información apropiados, con inclusión de indicadores de resultados y de funcionamiento de los procesos, que presten apoyo a la planificación, el monitoreo y la evaluación de los programas de prevención, control y atención paliativa del cáncer; 11) a que evalúen periódicamente el desempeño de los programas de prevención y control del cáncer de modo que los países puedan mejorar la efectividad y la eficiencia de sus programas; 12) a que participen activamente en la aplicación de las estrategias integrales de la OMS de promoción de la salud y prevención focalizadas en los factores de riesgo de las enfermedades no transmisibles, incluido el cáncer, como por ejemplo el tabaco, las dietas malsanas, el consumo nocivo de alcohol y la exposición a agentes biológicos, químicos y físicos de actividad cancerígena conocida, y a que consideren la firma, ratificación, aceptación, aprobación, confirmación oficial o adhesión al Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco; 13) a que mejoren el acceso a tecnologías apropiadas, con el apoyo de la OMS, para el diagnóstico y el tratamiento del cáncer, a fin de promover un diagnóstico y un tratamiento precoces, especialmente en los países en desarrollo; 14) a que determinen normas mínimas costoeficaces, adaptadas a las situaciones locales, para el tratamiento y la atención paliativa del cáncer que utilicen las estrategias de la OMS de provisión nacional de medicamentos esenciales, técnicas, pruebas de diagnóstico y vacunas, teniendo en cuenta en el caso de la atención paliativa las recomendaciones de la Segunda Cumbre Mundial de Asociaciones Nacionales de Cuidados Terminales y Paliativos (Seúl, 2005); 15) a que velen por que en la práctica médica se disponga de analgésicos opioides, de conformidad con los tratados internacionales y las recomendaciones de la OMS y de la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes y con sujeción a un sistema eficaz de vigilancia y control; 16) a que velen, cuando proceda, por la seguridad y la eficacia documentadas y basadas en pruebas científicas de los medicamentos y terapias tradicionales disponibles; 17) a que desarrollen y fortalezcan la infraestructura de los sistemas de salud, particularmente en relación con los recursos humanos, a fin de crear una capacidad adecuada para la eficaz ejecución de los programas de prevención y control del cáncer, incluido un sistema de registro del cáncer;

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18) a que asignen alta prioridad a la planificación y ejecución de actividades de control del cáncer de los grupos de alto riesgo, en particular los familiares de pacientes y las personas que han experimentado una exposición larga y muy intensa a agentes carcinógenos; 2. PIDE al Director General: 1) que amplíe las actividades y la capacidad de la OMS respecto de la prevención y el control del cáncer y que promueva unas estrategias de prevención y control del cáncer eficaces e integrales en el contexto de la estrategia mundial de prevención y control de las enfermedades no transmisibles, la Estrategia Mundial sobre Régimen Alimentario, Actividad Física y Salud, y la resolución WHA57.16, sobre promoción de la salud y modos de vida sanos, prestando especial atención a los países poco desarrollados; 2) que preste apoyo técnico a los Estados Miembros en el establecimiento de prioridades para los programas de prevención, control y atención paliativa del cáncer; 3) que refuerce la participación de la OMS en las alianzas internacionales y la colaboración con los Estados Miembros, con otros órganos del sistema de las Naciones Unidas y con las partes interesadas de una amplia variedad de sectores y disciplinas conexos con el fin de promover un planteamiento integral del control del cáncer y de movilizar recursos y crear capacidad al respecto; 4) que siga elaborando la estrategia de la OMS para la formulación y el perfeccionamiento de los programas de prevención y control del cáncer mediante el acopio, el análisis y la difusión de experiencias nacionales al respecto, y dando orientación apropiada a los Estados Miembros que lo soliciten; 5) que contribuya a la elaboración de recomendaciones sobre el diagnóstico precoz del cáncer, especialmente para definir las poblaciones objetivo que deberían beneficiarse de ese diagnóstico y atenderlas; 6) que considere la posibilidad de asignar recursos adicionales para que los conocimientos que rindan las investigaciones se traduzcan en medidas de salud pública eficaces y eficientes para la prevención y el control del cáncer; 7) que promueva las investigaciones para el estudio de la costoeficacia de distintas estrategias de prevención y tratamiento de diversos tipos de cáncer; 8) que promueva y preste apoyo a las investigaciones de evaluación de las intervenciones de bajo costo que resulten asequibles y sostenibles en los países de bajos ingresos; 9) que promueva las investigaciones para la obtención de una vacuna eficaz contra el cáncer cervicouterino; 10) que apoye el mayor desarrollo y ampliación de un programa de investigaciones en el CIIC y otros órganos, que sea apropiado para formular políticas y estrategias integradas de control del cáncer y que promueva y apoye programas técnicos y médicos para el tratamiento del cáncer; 11) que promueva la elaboración de principios rectores sobre la atención paliativa de los pacientes de cáncer, incluidos los aspectos éticos; 13

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12) que proporcione recursos adecuados y asuma funciones de liderazgo para apoyar al Programa Internacional de Seguridad de las Sustancias Químicas a fin de que éste desempeñe un papel activo en los mecanismos multisectoriales internacionales encargados de la seguridad de las sustancias químicas, incluido el apoyo a la creación de capacidad nacional en materia de seguridad de las sustancias químicas; 13) que apoye y fortalezca los mecanismos para transferir a los países en desarrollo competencias técnicas en materia de prevención y control del cáncer, incluidas la vigilancia, el cribado y la investigación; 14) que preste asesoramiento a los Estados Miembros, en especial a los países en desarrollo, para que establezcan o mantengan un registro nacional del cáncer en el que se indique el tipo de cáncer, su localización y su distribución geográfica; 15) que colabore con los Estados Miembros en sus esfuerzos encaminados a establecer institutos nacionales del cáncer; 16) que estudie mecanismos apropiados para financiar adecuadamente los programas de prevención, control y atención paliativa del cáncer, en especial en los países en desarrollo; 17) que estudie la viabilidad de crear un programa conjunto entre la OMS y el OIEA para la prevención, el control, el tratamiento y la investigación del cáncer; 18) que examine con la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes la viabilidad de un posible mecanismo de asistencia que facilitase el tratamiento apropiado del dolor utilizando analgésicos opioides; 19) que examine todas las oportunidades de mejorar la accesibilidad, la asequibilidad y la disponibilidad de fármacos para quimioterapia, particularmente en los países en desarrollo, destinados al tratamiento de los tipos de cáncer relacionados con el VIH/SIDA; 20) que informe periódicamente a la Asamblea de la Salud sobre la aplicación de la presente resolución.

ANEXO PROGRAMAS NACIONALES DE CONTROL DEL CÁNCER: RECOMENDACIONES PARA DEFINIR OBJETIVOS ORIENTADOS A LA OBTENCIÓN DE RESULTADOS Se propone a las autoridades nacionales de salud la consideración de los siguientes objetivos orientados a la obtención de resultados para sus programas de control del cáncer, según el tipo de cáncer: •

tumores prevenibles (por ejemplo, del pulmón, colorrectales, de la piel y del hígado): evitar o reducir la exposición a factores de riesgo (por ejemplo, consumo de tabaco, dietas malsanas, consumo nocivo de alcohol, sedentarismo, exposición excesiva a la luz solar, agentes infecciosos, incluidos el virus de la hepatitis B y los trematodos hepáticos, y la exposición profesional), para limitar así la incidencia de esos cánceres;

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cánceres susceptibles de detección y tratamiento tempranos (por ejemplo, de la boca, cervicouterino, de mama y de próstata): reducir la demora en la consulta médica y garantizar un tratamiento apropiado, con el fin de aumentar la supervivencia, reducir la mortalidad y mejorar la calidad de vida; cánceres generalizados con posibilidades de curación o de que se prolongue considerablemente la vida del paciente (por ejemplo, leucemia aguda en la infancia): proporcionar una atención apropiada con el fin de aumentar la supervivencia, reducir la mortalidad y mejorar la calidad de vida; cánceres avanzados: mejorar el alivio del dolor y otros síntomas y mejorar la calidad de vida de los pacientes y sus familias.

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Punto 13.13 del orden del día

Discapacidad, incluidos la prevención, el tratamiento y la rehabilitación La 58ª Asamblea Mundial de la Salud, Habiendo examinado el informe sobre la discapacidad, incluidos el tratamiento y la rehabilitación;1 Enterada de que unos 600 millones de personas viven con algún tipo de discapacidad; Consciente de la magnitud mundial de las necesidades en materia de salud y rehabilitación de las personas con discapacidad y del costo que supone su exclusión de la sociedad; Preocupada por el rápido incremento del número de personas con discapacidad que han traído consigo el crecimiento de la población, el crecimiento de la población que envejece, las enfermedades crónicas, la malnutrición, los heridos por minas terrestres, las guerras, la violencia, en especial la violencia doméstica, el SIDA, la degradación ambiental, los traumatismos por accidentes de tránsito, domésticos, en actividades recreativas y laborales y otras causas a menudo relacionadas con la pobreza; Subrayando que el 80% de las personas con discapacidad, particularmente en la población infantil, viven en países de bajos ingresos y que la pobreza limita aún más el acceso a servicios básicos de salud, incluidos los servicios de rehabilitación; Reconociendo la importante contribución que las personas con discapacidades aportan a la sociedad, y que la asignación de recursos a su rehabilitación constituye una inversión; Reconociendo la importancia que reviste una información fiable sobre diversos aspectos de la prevención, rehabilitación y atención de las discapacidades, así como la necesidad de invertir en los servicios de salud y rehabilitación requeridos para asegurar la igualdad de oportunidades y una buena calidad de vida a las personas con discapacidad; Recordando las Normas Uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad;2 Recordando la Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud (CIF), que hizo suya la 54ª Asamblea Mundial de la Salud en 2001; Recordando asimismo el Programa de Acción Mundial de las Naciones Unidas para los Impedidos,3 en el que se indica, entre otras cosas, que el ámbito de responsabilidad de la OMS abarca la prevención de la discapacidad y la rehabilitación médica;

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Documento A58/17. Adoptadas por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 48/96. Resolución 37/52 de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

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Habida cuenta del Decenio de los Impedidos de África (2000-2009), el Decenio de los Impedidos de Asia y el Pacífico (1993-2002), el Nuevo Decenio de los Impedidos de Asia y el Pacífico (2003-2012) y el Año Europeo de las Personas con Discapacidades (2003); Recordando las resoluciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas 56/168, de 19 de diciembre de 2001, 57/229, de 18 de diciembre de 2002, y 58/246, de 23 de diciembre de 2003; Consciente de que los objetivos de desarrollo acordados internacionalmente que figuran en la Declaración del Milenio de las Naciones Unidas no se podrán alcanzar si no se abordan las cuestiones relacionadas con la salud y la rehabilitación de las personas con discapacidad; Reconociendo la importancia de la pronta conclusión de la Convención internacional amplia e integral de las Naciones Unidas para promover y proteger los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad,1 1. INSTA a los Estados Miembros: 1) a que refuercen los programas, políticas y estrategias nacionales encaminados a aplicar las Normas Uniformes de las Naciones Unidas sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad; 2) a que sensibilicen al público general acerca de la importancia de la cuestión de la discapacidad y a que coordinen los esfuerzos de todos los sectores de la sociedad por participar en las actividades de prevención de la discapacidad; 3) a que desarrollen su base de conocimientos a fin de promover y proteger los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad y de garantizar su plena integración en la sociedad, en particular alentando la capacitación y protegiendo el empleo; 4) a que adopten todas las medidas necesarias para reducir los factores de riesgo que contribuyen a la discapacidad durante el embarazo y la infancia; 5) a que promuevan la intervención e identificación tempranas en los casos de discapacidad, en especial durante el embarazo y entre los niños, y la plena accesibilidad física, informativa y económica en todas las esferas de la vida, incluidos los servicios de salud y de rehabilitación, con el fin de garantizar la plena participación y la igualdad de las personas con discapacidad; 6) a que apliquen, según corresponda, programas de asesoramiento a las familias, inclusive pruebas prenupciales confidenciales para detectar enfermedades como la anemia y la talasemia, así como orientación preventiva para los matrimonios entre familiares; 7) a que promuevan y fortalezcan programas comunitarios de rehabilitación vinculados a la atención primaria de salud e integrados en el sistema de salud; 8) a que faciliten el acceso a tecnologías de asistencia apropiadas y promuevan su desarrollo y el de otros medios que alienten la incorporación de las personas con discapacidades a la sociedad; 1

Resolución 56/168 de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

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9) a que incluyan un componente de discapacidad en sus políticas y programas de salud, en particular en las esferas de la salud del niño y del adolescente, la salud sexual y reproductiva, la salud mental, el envejecimiento, el VIH/SIDA y enfermedades crónicas tales como la diabetes mellitus, las enfermedades cardiovasculares y el cáncer; 10) a que coordinen las políticas y programas relativos a la discapacidad con los relativos al envejecimiento, cuando proceda; 11) a que garanticen la igualdad entre los sexos en todas las medidas, haciendo especial hincapié en las mujeres y niñas con discapacidad, que suelen sufrir desventajas sociales, culturales y económicas; 12) a que participen de forma activa y constructiva en el proceso de elaboración de la Convención internacional amplia e integral de las Naciones Unidas para promover y proteger los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad,1 de modo que pueda ser adoptada, lo antes posible, por la Asamblea General con carácter prioritario; 13) a que investiguen y pongan en práctica, bajo sus condiciones específicas, las medidas más eficaces para prevenir las discapacidades, con la participación de otros sectores de la comunidad; 14) a que garanticen la prestación de atención médica apropiada y eficaz a las personas con necesidades especiales y a que faciliten su acceso a esa atención, inclusive a prótesis, sillas de ruedas, ayudas para la conducción y otros dispositivos; 15) a que investiguen y pongan en práctica las medidas más eficaces para prevenir las discapacidades en colaboración con las comunidades y otros sectores; 2. PIDE al Director General: 1) que intensifique la colaboración dentro de la Organización para trabajar en pro de un mejoramiento de la calidad de vida y la promoción de los derechos y la dignidad de las mujeres, hombres, niños y niñas con discapacidad, entre otras cosas incluyendo en todas sus esferas de trabajo información y análisis estadísticos desglosados por sexos; 2) que preste apoyo a los Estados Miembros para fortalecer los programas nacionales de rehabilitación y aplicar las Normas Uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad, de las Naciones Unidas; 3) que preste apoyo a los Estados Miembros para reunir datos más fiables sobre todos los aspectos pertinentes, con inclusión de la costoeficacia de las intervenciones de prevención, rehabilitación y atención de las discapacidades, y para evaluar las posibilidades de utilizar los recursos nacionales e internacionales disponibles para la prevención, rehabilitación y atención de las discapacidades; 4) que intensifique la colaboración con el sistema de las Naciones Unidas, así como con los Estados Miembros, universidades, el sector privado y organizaciones no gubernamentales, incluidas las asociaciones de personas con discapacidad; 1

Resolución 56/168 de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

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5) que contribuya apropiadamente a la labor del Comité Especial encargado de elaborar una convención de las Naciones Unidas amplia e integral para promover y proteger los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad; 6) que organice una reunión de expertos para examinar las necesidades en materia de salud y rehabilitación de las personas con discapacidad; 7) que promueva estudios de incidencia y prevalencia de las discapacidades como base para la formulación de estrategias de prevención, tratamiento y rehabilitación; 8) que prepare un informe mundial sobre discapacidad y rehabilitación basado en las mejores pruebas científicas disponibles; 9) que promueva el conocimiento cabal de la contribución que las personas con discapacidades pueden aportar a la sociedad; 10) que apoye a los Estados Miembros en la adopción de las medidas necesarias para reducir los factores de riesgo que llevan a la discapacidad; 11) que informe a la 60ª Asamblea Mundial de la Salud, por conducto del Consejo Ejecutivo, sobre la marcha de la aplicación de la presente resolución.

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Key facts
Adoption date
Source World Health Organization