CONSEJO EJECUTIVO EB141/11 Add.1 141.ª reunión 21 de mayo de 2017 Punto 8.2 del orden del día provisional Repercusiones financieras y administrativas para la Secretaría de las resoluciones cuya adopción se ha propuesto al Consejo Ejecutivo Resolución: Modificaciones del Estatuto del Personal y del Reglamento de Personal A. Relación con el Programa General de Trabajo y el presupuesto por programas 1. Efecto(s) del Duodécimo Programa General de Trabajo, 2014-2019 y producto(s) del presupuesto por programas 2016-2017 a los que contribuiría esta resolución en caso de que fuera adoptada. Efecto(s) del Duodécimo Programa General de Trabajo, 2014-2019: Ninguno. Producto(s) del presupuesto por programas 2016-2017: Ninguno. 2. Si no hay relación con los resultados indicados en el Duodécimo Programa General de Trabajo, 2014-2019 y el presupuesto por programas 2016-2017, justifíquese brevemente por qué habría que considerar el proyecto de resolución. Las modificaciones descritas en el documento EB141/11 derivan de las decisiones adoptadas por la Asamblea General de las Naciones Unidas, en su septuagésimo periodo de sesiones, en la resolución 70/244 del 23 de diciembre de 2015,1 sobre la base de las recomendaciones formuladas por la Comisión de Administración Pública Internacional en su informe correspondiente a 2015.2 3. Plazo estimado (en años o meses) para aplicar los posibles entregables adicionales. Las modificaciones relativas a la prórroga de la edad de separación obligatoria del servicio a los 65 años para los funcionarios nombrados el 1 de enero de 2014 o anteriormente, teniendo en cuenta sus derechos adquiridos, entran en vigor: a) con efecto a partir del 1 de enero de 2018 (en cuyo caso se invitar al Consejo a adoptar el proyecto de resolución 1); o b) con efecto a partir del 1 de enero de 2020 (en cuyo caso se invitará al Consejo a adoptar el proyecto de resolución 2). 1 Véase http://www.un.org/en/ga/search/view_doc.asp?symbol=A/RES/70/244 (consultado el 10 de mayo de 2017). 2 Véase http://icsc.un.org/resources/pdfs/ar/AR2015.pdf (consultado el 10 de mayo de 2017). EB141/11 Add.1 2 B. Repercusiones presupuestarias 1. Estimación del costo total de la aplicación de la resolución en caso de que fuera adoptada, en millones de US$: Si se adopta la resolución 1, la OMS podría incurrir en un pasivo adicional de aproximadamente US$ 10 millones para el bienio 2018-2019 (véase la sección 3). 2.a. Estimación de las necesidades presupuestarias adicionales en el bienio actual, en millones de US$: Ninguna repercusión presupuestaria en el bienio actual. 2.b. Recursos disponibles en el bienio actual – Recursos disponibles en el bienio actual para financiar la aplicación de la resolución en caso de que se adopte, en millones de US$: No se aplica. – Cuantía del déficit de financiación, si lo hubiere, en millones de US$: No se aplica. – Estimación de los recursos aún no disponibles que contribuirían a cubrir el déficit de financiación, en millones de US$: No se aplica. 3. Estimación de las necesidades presupuestarias adicionales en 2018-2019 (de ser necesario), en millones de US$: La prórroga de la edad de separación obligatoria del servicio a los 65 años para los funcionarios nombrados el 1 de enero de 2014 o anteriormente tendrá repercusiones presupuestarias en tanto que retrasará una realineación más costoeficaz de la estructura de personal de la OMS. Con respecto a la resolución 2: Dado que en 2018 y 2019 deben jubilarse 359 funcionarios (164 funcionarios de las categorías profesional y superiores, 151 funcionarios de los servicios generales y 44 funcionarios nacionales de la categoría profesional), la OMS podría evitarse un pasivo adicional de unos US$ 10 millones para el bienio 2018-2019 en caso de que la prórroga se posponga dos años, sobre la base de: i) una estimación de los costos de separación reglamentarios adicionales en el caso de los funcionarios que decidan quedarse, pero cuyos puestos se supriman posteriormente, entre los que los funcionarios que trabajan para la Iniciativa de Erradicación Mundial de la Poliomielitis constituyen el grupo más numeroso (US$ 3 - US$ 4 millones de los aproximadamente US$ 10 millones en costos adicionales). Es probable, sin embargo, que también se vean afectados algunos otros programas, dado el panorama presupuestario global); ii) el grado/escalón más alto que corresponderá a los funcionarios que se hubieran jubilado en comparación con los funcionarios más jóvenes que hubieran sido nombrados para sustituirlos (el 51% de los funcionarios que deben jubilarse en 2018 y 2019 han alcanzado el escalón más alto dentro de su grado); iii) el hecho de que podría reducirse el grado de muchos de los puestos actualmente ocupados por funcionarios que deben jubilarse en 2018 y años posteriores, lo que crearía nuevas oportunidades más costoeficaces para la contratación en categorías más subalternas; iv) el hecho de que el 12,5% de los funcionarios que habrían debido jubilarse en 2018 y 2019 podrán cumplir el criterio de los 10 años para beneficiarse del seguro de enfermedad después de la separación del servicio, lo que supondría un aumento del pasivo de la OMS que podría haberse evitado. EB141/11 Add.1 3 En lo que respecta a la Caja Común de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas, la prórroga no parece tener repercusiones en cuanto a los costos: habría desembolsos adicionales en concepto de pensiones como consecuencia de la prolongación del periodo de servicio, lo que probablemente contrarrestará los ingresos adicionales procedentes de las contribuciones a la pensión pagaderas durante tres años más, financiadas por el personal en un tercio y en dos tercios por la OMS. ¿Se ha incluido esto en el proyecto de presupuesto por programas 2018-2019? No se aplica. 4. Estimación de las necesidades presupuestarias adicionales en futuros bienios (de ser necesario), en millones de US$: Véase la sección 3. = = =
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Repercusiones financieras y administrativas para la Secretaría de las resoluciones cuya adopción se ha propuesto al Consejo Ejecutivo
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