World Health Organization (WHO) · Governing Bodies documents

Gripe aviar y gripe pandémica: novedades, respuesta y seguimiento, aplicación del Reglamento Sanitario Internacional (2005), y prácticas óptimas para el intercambio de virus de la gripe y de datos sobre sus secuencias

World Health Organization
View original document

The full text is hosted by the publishing organisation. lawenc.com indexes the metadata and links to the official source.

Full text

48

CONSEJO EJECUTIVO, 120ª REUNIÓN

EB120.R7

Gripe aviar y gripe pandémica: novedades, respuesta y seguimiento, aplicación del Reglamento Sanitario Internacional (2005), y prácticas óptimas para el intercambio de virus de la gripe y de datos sobre sus secuencias

El Consejo Ejecutivo, Habiendo examinado los informes sobre la pandemia de gripe aviar: novedades, respuesta y seguimiento, aplicación del Reglamento Sanitario Internacional (2005), y prácticas óptimas para el intercambio de virus de la gripe y de datos sobre sus secuencias,1 RECOMIENDA a la 60ª Asamblea Mundial de la Salud que adopte la resolución siguiente:2 La 60ª Asamblea Mundial de la Salud, Habiendo examinado el informe sobre la pandemia de gripe aviar: novedades, respuesta y seguimiento; Recordando las resoluciones WHA58.5 y WHA59.2, en las que se expresaba su inquietud por la posibilidad de que la cepa H5N1 de Influenzavirus A provocara una pandemia y se instaba a los Estados Miembros a difundir a los centros colaboradores de la OMS la información y el material biológico oportunos, incluidas muestras clínicas y virus; Reconociendo, en particular, la importancia del intercambio internacional con los centros colaboradores de la OMS de muestras clínicas y virus como contribución a la evaluación del riesgo de pandemia, el desarrollo de vacunas antipandémicas, la actualización de los reactivos de diagnóstico y los kits de pruebas, y la vigilancia de la resistencia a los antivirales, 1. INSTA a los Estados Miembros: 1) a que continúen respaldando la Red Mundial OMS de Vigilancia de la Gripe y sus procedimientos de obtención, intercambio y caracterización sistemáticos de cepas circulantes de virus de la gripe estacional; 2) a que establezcan mecanismos, conformes con sus legislaciones y normativas nacionales y los reglamentos internacionales, tales como los relativos a la bioseguridad y el transporte, para garantizar el intercambio sistemático y puntual de material biológico relacionado con los nuevos virus de la gripe que entrañen riesgo de pandemia, incluidas las cepas víricas de H5N1 aisladas de personas y animales, y la incorporación sistemática y puntual a bases de datos de dominio público de los datos sobre las secuencias genéticas de esos virus; 3) a que respalden la aplicación del plan de acción mundial de la OMS contra la gripe pandémica para aumentar el suministro de vacunas3 como medio para ampliar la disponibilidad de vacunas contra la gripe pandémica y el acceso a ellas;

1 2 3

Documentos EB120/15, EB120/16 y EB120/INF.DOC./3, respectivamente. En el anexo 6 se exponen las repercusiones financieras y administrativas de esta resolución para la Secretaría. Documento WHO/IVB/06.13 - WHO/CDS/EPR/GIP/2006.1.

RESOLUCIONES Y DECISIONES

49

4) a que sigan realizando investigaciones clínicas y epidemiológicas rápidas de los casos de personas infectadas y compartan los resultados de forma oportuna con la OMS y la comunidad internacional; 2. PIDE a la Directora General: 1) que continúe coordinando las actividades internacionales de vigilancia de los virus de la gripe estacional y los virus potencialmente pandémicos; 2) que refuerce el mecanismo de comunicación con el fin de que los centros nacionales de la gripe reciban de forma puntual las notificaciones sistemáticas de los resúmenes de los resultados de los análisis virológicos importantes que realicen los centros colaboradores de la OMS y los laboratorios de referencia del H5; 3) que promueva el mayor acceso posible a los productos de aplicación práctica, incluidas las vacunas contra la gripe pandémica, resultantes de las investigaciones sobre los virus de la gripe, incluida la cepa H5N1; 4) que adopte las medidas apropiadas si un Estado Miembro notifica a la OMS que cree que los virus proporcionados por ese Estado Miembro han sido indebidamente utilizados por un centro colaborador de la OMS o un laboratorio de referencia del H5 para investigaciones o con fines comerciales en una forma contraria a las prácticas óptimas;1 5) que facilite una distribución regional más amplia y más equitativa de la capacidad para producir vacunas contra la gripe y el aumento de la capacidad para producir vacunas antipandémicas mediante la aplicación del plan de acción mundial de la OMS contra la gripe pandémica para aumentar el suministro de vacunas, haciendo especial hincapié en las actividades destinadas a aumentar el acceso a las vacunas antipandémicas en los países en desarrollo y en otros países que no tienen capacidad propia de fabricación; 6) que, según proceda, defina y recomiende posibles opciones encaminadas a promover la accesibilidad generalizada a una vacuna contra la gripe pandémica y a los medicamentos antivirales, por ejemplo movilizando fondos para la investigación y la obtención de la vacuna contra la gripe pandémica y de medicamentos antivirales, y que preste apoyo a la aplicación de esas opciones; 7) que continúe estudiando la evolución del riesgo de una pandemia de gripe y mantenga puntualmente informada a la comunidad internacional al respecto; 8) que preste apoyo a los países en desarrollo, inclusive aquellos que intercambian sus virus, para que aumenten la capacidad de vigilancia, detección y notificación de casos, facilitando la participación de personal científico de los países que proporcionan virus en actividades pertinentes de investigación y análisis realizadas por los centros colaboradores de la OMS de la Red Mundial OMS de Vigilancia de la Gripe; 9) que coopere con los Estados Miembros con el fin de establecer incentivos viables y sostenibles, inclusive alentando y reconociendo públicamente sus contribuciones, al intercambio de sus virus y de información sobre secuencias genéticas;

1

Documento EB120/INF.DOC./3.

50

CONSEJO EJECUTIVO, 120ª REUNIÓN

10) que movilice apoyo adicional para los Estados Miembros que tienen sistemas de salud vulnerables con el fin de fortalecer esos sistemas y mejorar su grado de preparación; 11) que informe todos los años a la Asamblea de la Salud por conducto del Consejo Ejecutivo acerca de la situación de la gripe pandémica y del grado de preparación a escala mundial. (Décima sesión, 26 de enero de 2007)

Key facts
Adoption date
Source World Health Organization